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3AODE14714

ALEMANA DE OSORNO ESP 1400HD

Puntuación del plan 2,5

Desde

$89.397/mes

CODIGO DE PLAN :
FUN

%
Tope %
4.01
UF
9.67
UF
9.67
UF
2.01
UF
2.00
VA
3.40
VA
0.96
VA
0.96
VA
0.98
VA
0.98
VA
18.00
UF
7.15
UF
1.13
VA 1.98 UF
0.50
UF 0.34 UF
2.50
VA 2.22 VA
1.13
VA 1.13 VA
0.85
UF 4.50 UF
4.50
UF 4.50 UF
4.50
VA 4.50 UF
3.40
VA 4.53 UF
1.47
VA
80
2.18 VA
13.92
UF 41.76 UF
0.51
UF
0.51
UF
Laboratorio
0.84 VA
Histopatología
0.93 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.j)
70 2.50 UF 2.22 VA
Derecho de Pabellón (1.j)
3.00 VA
Procedimientos (1.d)
1.13 VA
2.01
VA 3.52 UF
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
0.86 VA
RNM - Resonancia Nuclear Magnética
0.84 VA
Radioterapia
1.13 VA
1.13
VA 1.98 UF
0.51
UF 2.55 UF
2.55
VA 2.55 UF
2.55
VA 2.55 UF
1.13
VA
1.13
VA 3.73 UF
1.47
VA
Tratamientos con drogas biológicas (2.f)
13.92 UF 41.76 UF
13.92
UF 41.76 UF
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.m):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO

1.00
UF
0.85
VA
4.50
UF
1.79
UF
0.56
VA
1.47
VA 0.59 UF
2.18
VA
Box Ambulatorio (1.j)(2.a)
3.41 VA
0.70
UF
70
0.50 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
3AODE14714

Sólo cobertura Libre Elección
40
Sin Tope

Cobertura Internacional (1.b)

Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental

Tope max. Año contrato por
Beneficiario (2.b)

Día cama Maternidad

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, tratamientos de Infertilidad,
PET - CT.
cirugía fotorrefractiva (lasik)(2.e)
cirugía bariátrica o de obesidad(2.e)

Sólo cobertura Libre Elección

Pabellón

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la
cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

Día Cama Psiquiatría (1.e)

Consulta Psiquiatría

90

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Clínica Alemana de Osorno Especial 1400 HD
NOMBRE
Consulta Médica

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Atención Integral de nutricionista (2.h)

1.00
VA
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

Medicamentos hospitalarios

Sólo cobertura Libre Elección

70

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes
beneficios del nuevo plan.

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

TIPO DE PLAN :

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.

Individual

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

Día Cama Otros

90% Sin Tope
Clínica Alemana de Osorno
Clínica Indisa
Clínica Tabancura
(Todos en Habitación Doble)

Copago Fijo

OTRAS PRESTACIONES

80

Honorarios Médicos

Sólo cobertura Libre Elección

Consulta Oftalmológica

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)

Kinesiterapia

Día Cama Especialidades

Derecho de Pabellón
Sin Tope
Prótesis y Ortesis

Óptica (1.h)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Sólo cobertura Libre Elección

70

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.e)

Sin Tope

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Día Cama Cuidados Intermedios

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.d)

Día Cama Clínica de Recuperación

Traslados (1.i)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Histopatología

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre
Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF
1000.

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Materiales Clínicos e Insumos

100

25

70% Sin Tope
Clínica Alemana de Osorno, Clínica Indisa o
Clínica Tabancura.

Traslados (1.i)

Copago Fijo UF 0.35
Clínica Alemana de Osorno

Consulta Urgencia (1.g)

PRESTADORES DERIVADOS

PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a.2)

Clínica Alemana de Valdivia, Clínica Los Andes de Puerto Montt (Todos en Habitación Doble)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

Kinesiterapia

Psiquiatría Ambulatoria

70% Sin Tope
Clínica Alemana de Osorno, Clínica Indisa o
Clínica Tabancura.

Sin Tope

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.3)

Sin Tope

Día Cama Cuidados Intensivos

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (1.c)

Resonancia Nuclear Magnética

Fonoaudiología

Sin Tope

Sin Tope

Prótesis y Ortesis

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

Sólo cobertura Libre Elección

PRESTACIONES

1.a) Cobertura Preferente Clínica Alemana
de Osorno (*)
Tope max. Año
contrato por
Beneficiario (2.b)

LIBRE ELECCION

Bonificación
Bonificación
Tope

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Laboratorio

Atención Integral de enfermería (2.h)

Sin Tope

Sin Tope

Prestaciones Dentales PAD (1.l):

Endodoncia Incisivo

80

Sólo cobertura Libre Elección

Endodoncia Premolar

Endodoncia Molar

Clínica Alemana de Osorno, Clínica Indisa o Clínica Tabancura.

Medicamentos Ambulatorios (1.k)
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.m) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de
este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen
la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

CODIGO DE PLAN :
3AODE14714 NOMBRE :
Cargas

Clínica Alemana de Osorno Especial 1400 HD

Contratante

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto,
embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se
excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

1.b) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

NOTAS EXPLICATIVAS

Isapre Cruz Blanca - 31
$
4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior al de la respectiva bonificación.

UF 3500

1.a) Cobertura preferente de atención hospitalaria sólo a través de ordenes de Atencion con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación
preferente hospitalaria se considerará la Habitación Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la
cobertura preferencial la hospitalización en suite o departamento.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor
(IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la
autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se
incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

2.- Definiciones

VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento.

1.j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de
intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.
La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

1.- Coberturas

1.a.3) Es prestador derivado, para las prestaciones Hospitalarias y de Cirugía Mayor Ambulatoria, del prestador preferente, los siguientes señalados: Clínica Alemana de Valdivia, Clínica Los
Andes de Puerto Montt (Todos en Habitación Doble) y topes de cobertura señalados.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

2.g) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que
incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso
recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del
mes anterior en que se devenga la remuneración.

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

1.k) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas y Citotóxicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El
valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la
suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005,
determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

Contratante

Tope General por
Beneficiario 2.b)

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF (4.b)

1.a.2) Son prestadores derivados para las prestaciones ambulatorias, los prestadores que se indican: Clínica Alemana de Osorno, Clínica Indisa o Clínica Tabancura. En caso de insuficiencia
del prestador preferente, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud complementario si utiliza estos prestadores.

1.d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Nombre Arancel (5.a)

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Edad (Años)

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF
según Grupo familiar

2.h)- La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o
sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías
crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

Unidad

Huella Dactilar

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen
parte de la Red de la Isapre.

1.i) Con indicación médica justificada.