NOMBRE FUN %Tope% 4.01UF 9.67UF 9.67UF 2.01UF 2.00VA 3.40VA 0.96VA 0.96VA 0.98VA 0.98VA 18.00UF 7.15UF 1.13VA1.98UF 0.60UF0.34UF 2.50VA2.22VA 1.13VA1.13VA 0.85UF4.50UF 4.50UF4.50UF 4.50VA4.50UF 3.40VA4.53UF 1.47VA 2.18VA 13.92UF41.76UF 0.51UF 0.51UF Laboratorio0.84VA Histopatología0.93VA Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j)702.5UF2.22VA Derecho de Pabellón(1.j)3.00VA Procedimientos(1.d)1.13VA 2.01VA3.52UF Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)0.86VA RNM - Resonancia Nuclear Magnética0.84VA Radioterapia1.13VA 1.13VA1.98UF 0.51UF2.55UF 2.55VA2.55UF 2.55VA2.55UF 1.13VA 1.13VA3.73UF 1.47VA Tratamientos con drogas biológicas(2.f)13.92UF41.76UF 13.92UF41.76UF 0.82UF 0.83UF 1.25UF 1.42UF 1.51UF 1.83UF Prestaciones Fertilización PAD(1.m): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO 1.00UF 0.85VA 4.50UF 1.79UF 0.56VA 1.47VA0.59UF 2.18VA 0.70UF Box Ambulatorio(1.j)(2.a)3.41VA 700.50UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl 40 Sin Tope Óptica(1.h) Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales Endodoncia Incisivo Prestaciones Dentales PAD(1.l): Medicamentos Ambulatorios(1.k) Cobertura Internacional (1.b) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Sólo cobertura Libre Elección Resonancia Nuclear Magnética La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. OTRAS PRESTACIONES 70 70% Sin Tope Clínica Alemana de Valdivia, Clínica Indisa o Clínica Tabancura. Clínica Alemana de Valdivia, Clínica Indisa o Clínica Tabancura. Medicamentos hospitalarios Sin Tope Sólo cobertura libre elección PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) 1.00 ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Día Cama Otros Honorarios Médicos Quirúrgicos Histopatología Día Cama Especialidades Derecho de PabellónSin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia 100 Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.c) Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental Fonoaudiología Psiquiatría Ambulatoria Atención Integral de enfermería(2.h) Kinesiterapia Prótesis y Ortesis Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Sólo cobertura Libre Elección 80 Endodoncia Molar MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Consulta Oftalmológica Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f) Kinesiterapia Individual 70 70% Sin Tope Clínica Alemana de Valdivia, Clínica Indisa o Clínica Tabancura. Atención Integral de nutricionista(2.h) CODIGO DE PLAN: Laboratorio 3AVIE14714Clínica Alemana de Valdivia Especial 1400 HI i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. 80 Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Prótesis y Ortesis Traslados(1.i) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN: Materiales Clínicos e Insumos(2.g) PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : 90Medicamentos en hospitalización(2.g) "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: Tope Tope max. Año contrato por Beneficiario(2.b) Día Cama Psiquiatría(1.e) Consulta Psiquiatría Materiales Clínicos e Insumos HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a.3) Consulta Urgencia (1.g) Día cama Maternidad Pabellón PRESTADORES DERIVADOS PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a.2) Clínica Alemana de Temuco (Habitación Individual). (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Copago Fijo UF 0.52 Clínica Alemana de Valdivia. 25 Sólo cobertura Libre Elección Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope Sin Tope Sin Tope Copago FijoBonificación Consulta Médica Sólo cobertura Libre Elección VA Endodoncia Premolar Traslados(1.i) Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, tratamientos de Infertilidad, PET - CT. cirugía fotorrefractiva (lasik)(2.e). cirugía bariátrica o de obesidad(2.e) 1.a) Cobertura Preferente Clínica Alemana de ValdiviaTope max. Año contrato por Beneficiario(2.b) PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sin Tope Sin Tope Sin Tope 80 Honorarios Médicos Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales LIBRE ELECCION Día Cama Cuidados Intermedios 90% Sin Tope Clínica Alemana de Valdivia Clínica Indisa Clínica Tabancura (Todos en Habitación Individual) Bonificación HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sólo cobertura Libre Elección Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.d) Día Cama Cuidados Intensivos PRESTACIONES
NOMBRE : HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut: 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.m)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.i)Con indicación médica justificada. 2.g)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.a.3) Es prestador derivado, para las prestaciones Hospitalarias y de Cirugía Mayor Ambulatoria, del prestador preferente,los siguientes señalados:Clínica Alemana de Temuco (Habitación Individual). y topes de cobertura señalados. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.h)- La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.j)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas y Citotóxicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.- Coberturas 1.b)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Huella Dactilar Contratante 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Cargas CODIGO DE PLAN: 1.a) Cobertura preferente de atención hospitalaria sólo a través de ordenes de Atencion con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferencial la hospitalización en suite o departamento. 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Contratante 1.a.2) Son prestadores derivados para las prestaciones ambulatorias, los prestadores que se indican: Clínica Alemana de Valdivia, Clínica Indisa o Clínica Tabancura.En caso de insuficiencia del prestador preferente, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en Plan de Salud complementario si utiliza estos prestadores. Unidad PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) 3AVIE14714 Tope General por Beneficiario 2.b)Nombre Arancel (5.a) UF 3500 NOTAS EXPLICATIVAS $ Edad (Años) Isapre Cruz Blanca - 31 Clínica Alemana de Valdivia Especial 1400 HI Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar