% Bonif.% Bonif.% Bonif. 3.41UF3.41UF 12.26UF3.41UF 12.26UF3.41UF 1.97UF1.71UF 1.97UF1.71UF 3.93VA3.41VA 3.67VA2.64VA 0.96VA0.91VA 1.06VA1.00VA 0.98VA0.93VA 0.98VA0.93VA 11.34UF11.34UF 5.85UF5.85UF 1.13VA1.13VA1.13VA 2.22VA1.78VA1.78VA 0.34UF0.34UF0.34UF 0.34UF0.34UF0.34UF 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF 2.17VA1.97VA 2.24VA2.22VA 0.85UF8.50UF0.85UF8.50UF 3.40VA8.50UF3.40VA8.50UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.g)3.50UF8.50UF3.50UF8.50UF 3.41UF8.53UF3.41UF8.53UF 0.46UF0.46UF 0.50UF0.50UF 0.50UF0.50UF Exámenes de Laboratorio0.59VA0.59VA Exámenes de Histopatología0.65VA0.65VA 0.60VA0.86VA 0.84VA0.84VA 1.13VA2.83UF1.13VA2.83UF Pabellón Ambulatorio(1.c)2.64VA2.64VA 2.01VA2.61UF2.01VA2.61UF 1.13VA1.13VA 1.13VA1.13VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.c)2.22VA2.22VA 13.92UF41.75UF13.92UF41.75UF Prótesis y Órtesis2.17VA1.97VA Atención integral de enfermería(2.h)1.13VA1.13VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.13VA3.73UF1.13VA3.73UF 0.50UF2.50UF0.50UF2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 2.50VA2.50UF2.50VA2.50UF 1.00VA7.00UF1.00VA7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.m): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF1.00VA12.00UF Día Cama Maternidad0.85UF0.85UF Pabellón0.92VA0.66VA Medicamentos en hospitalización(2.g)2.84UF2.84UF Materiales Clínicos e Insumos(2.g)1.46UF1.46UF Honorarios Médicos0.45VA0.45VA 2.22VA2.22VA 2.64VA2.64VA 0.59UF0.59UF0.59UF0.59UF 2.22VA2.22VA Box ambulatorio(1.c) (2.a)3.41VA3.41VA 0.70UF0.70UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sólo Cobertura Libre Elección Psiquiatría Ambulatoria 8080 CODIGO DE PLAN:3CIE148016 Copago Fijo UF 0.28 Clínica Iquique Clínica San José de Arica Día cama Cuidados Intermedios Quimioterapia(2.d) Drogas Biológicas(2.f) TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Psiquiatría Consulta Urgencia(1.h) FUN Nº Consulta Psiquiatría Sin Tope 70Sin Tope Clínica San José de Arica (Habitación Doble) Sin Tope Honorarios Médicos Quirúrgicos Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) PRESTACIONES AMBULATORIAS Día Cama otros 90 90 Procedimientos(1.e) Exámenes de Laboratorio Sólo Cobertura Libre Elección LIBRE ELECCIÓN REGION XIII Tope Bonificación 1.a) OFERTA PREFERENTE Tope Bonificación LIBRE ELECCIÓN REGIONAL (Excepto Región XIII)(1.b) Día Observación o Recuperación 8080 80 Día Cama Especialidades PRESTACIONES AMBULATORIAS 80 Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señaladoparacadaítemenlascolumnasde Prestaciones. PRESTADORES DERIVADOS Cobertura Internacional(1.f) 80 Óptica(1.i) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección 90 70 Sólo Cobertura Libre Elección25Sin Tope OTRAS COBERTURAS 80 Sin Tope 40 70 Sin Tope Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Sin Tope Sin Tope Día Cama Clínica de Recuperación Kinesiología y fisioterapia Sin Tope Clínica Iquique y Clínica San José de Arica Habitación Doble Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante Consulta Médica Traslados médicos(1.j) PRESTACIONES MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE: Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios CLINICA IQUIQUE ESPECIAL 1400 (80/80) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Año/Benef/UF Tope max. (2.b) Año/Benef/UF Tope max. (2.b)Tope max.(2.b) Año/Benef/UFTope Bonificación Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón(2.e)(2.i) Traslados(1.j) Clínica Iquique y Clínica San José de Arica Consulta Oftalmológica Quimioterapia(2.d) Prestaciones Dentales PAD (1.l): Radioterapia PRESTACIONES RESTRINGIDAS Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope Exámenes de Histopatología Medicamentos en hospitalización(2.g) Visita Interconsultor(1.d) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.e) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sin Tope Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios(2.e)(2.i) Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000 Sólo Cobertura Libre Elección 40 www.cruzblanca.cl PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Sin Tope Sin Tope Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Derecho de Pabellón Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Fonoaudiología 80 Sin Tope Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1.k) Sin Tope Sin Tope Sin Tope COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Kinesiología y fisioterapia 25 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 _____________________________________________________ Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas 2.- Definiciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Huella Dactilar Contratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) 3CIE148016NOMBRE : 3500UF CLINICA IQUIQUE ESPECIAL 1400 (80/80) Isapre CruzBlanca - 31 $ Tope General Anual por Beneficiario 2.b) Modalidad del Arancel a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3CIE148016 1.g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.h)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El Copago fijo se refiere sólo a la Consulta Médica de Urgencia. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará lahabitación doblecon baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.c)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.m)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.k)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.i)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.b)Libre Elección Regional: El presente Plan de Salud,contempla mayor cobertura deatenciónhospitalariasi las prestaciones se realizan a través de órdenes de atención o reembolsosen cualquiera prestador de regiones distintas de la Región Metropolitana. 1.e)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.f)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Cargas b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 1.i)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 1.j)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. TABLA DE FACTORES Nº 537 Edad años Identificación Única del Arancel (5.a) Contratante CODIGO DE PLAN: