%Copago Fijo% 3.50UF 6.30UF 6.30UF 1.75UF 3.50VA 2.80VA 1.00VA Exámenes de Histopatología1.10VA 1.30VA 0.80VA 15.00UF1.17VA7.50UF 11.00UF 5.50UF 1.40VA 1.70VA 0.45UF 0.45UF 1.28VA 2.52VA 5.70UF57.00UF (a.1)0.32UF 0.40UF Exámenes de LaboratorioI1.00VA Exámenes de HistopatologíaN1.10VA T1.30VA Pabellón Ambulatorio(1.d)E2.80VA Procedimientos(1.c)G1.30VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)R1.70VA Atención integral de enfermería(2.h)A1.30VA Atención integral de nutricionista(2.h)M1.30VA4.29UF D0.80VA E15.00UF1.17VA7.50UF I15.00UF0.24UF7.50UF C15.00UF1.20VA7.50UF A15.00UF1.20VA7.50UF 15.00UF2.08VA8.25UF 1.30VA 5.70UF57.00UF Prótesis y Ortesis1.28VA Prestaciones Dentales PAD(1.l) Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF Día cama Maternidad0.88UF Pabellón0.70VA Medicamentos en hospitalización(2.g)2.75UF Materiales Clínicos e Insumos(2.g)1.38UF Honorarios Médicos0.43VA 0.88UF10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)2.75UF10.00UF 3.50VA10.00UF 0.88UF10.00UF 1.30VA 1.70VA 2.80VA 2.75UF Box ambulatorio(1.d) (2.a)3.50VA 1.10UF 2.50VA1.00UF 2.52VA Consulta Urgencia(*)(1.g)UF 0.5770%0.40UF UF 0.57 Fono CruzBlanca 600 818 0000 UF 0.31 Cobertura Libre Elección Sin Tope Sin Tope INDIVIDUAL COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO UF 0.26 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(**) (1.b) Consulta Médica Traslados médicos(1.i) PRESTACIONES Día Cama Psiquiatría(1.e) A: PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Kinesiología y fisioterapia Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.c) Día Cama Observación-Recuperación 70% Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Drogas Biológicas(2.g) RNM- PRO-HMQ-DPA MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE: TIPO DE PLAN: LIBRE ELECCIÓN ESP INTEGRAMEDICA SUPER B-3 FUN Nº Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Quimioterapia(2.d) Visita Interconsultor(**) (1.b) Sin Tope Sin Tope UF 50 Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Radioterapia 90 % Sin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia 100% (* *)Staff ISA Staff Preferente Plan INTEGRAMEDICA Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Fonoaudiología Consulta Psiquiatría Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Exámenes de Laboratorio Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.1) 25%Sin Tope OTRAS COBERTURAS PET -CT Día Cama Clínica de Recuperación Medicamentos Ambulatorios(1.j) PRESTACIONES AMBULATORIAS www.cruzblanca.cl (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Clínica Dávila HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIAClínica Avansalud y Clínica Bicentenario Prestadores RED Hospitalaria Super Planes Integramedica (a2) Sin Tope La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) ATENCIONES DE URGENCIA Día cama Cuidados Intermedios Habitación Doble y Triple Tope Quimioterapia(2.d) PRESTACIONES AMBULATORIAS 70% Kinesiología y fisioterapia Derecho de Pabellón Medicamentos en hospitalización(2.g) 3ISESB0013 1.a) OFERTA PREFERENTE (*) CODIGO DE PLAN: a.2) RED HOSPITALARIA SUPER Planes INTEGRAMEDICA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Especialidades Tope 70% Cobertura Internacional(1.k) Consulta Urgencia(*)(1.g) PRESTADORES DERIVADOS 1.a.1.2 Sin Tope 70%Sin Tope 70% 70% Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria UF 50 Traslados(1.i) 70% Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Sólo Cobertura Libre Elección Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) Óptica(1.h) Medicamentos Ambulatorios(1.j) 80% 40% Bonificación Tope máximo año contrato por Beneficiario(2.b) Bonificación Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin TopeSin Tope Sin Tope Consulta Oftalmológica 70% 70% EXS, RX,TAC,ECO Tiempos de Espera: Consulta Médica7 días15 días Exámenes Sin Tope 30 días Proc. diagnósticos y Terapéuticos 90% Intervenciones quirúrgicas Tope máximo año contrato por Beneficiario(2.b) 1.00 VA Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope Sin Tope
HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.- Coberturas RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICAINTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) 20 a menos de 25 15 a menos de 20 35 a menos de 40 30 a menos de 35 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. Clínica Hospital del Profesor 1.a.1.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Huella Dactilar Contratante 1.a.2.4)Las hospitalizacionesderivadas de unaatención efectuada en el Servicio deUrgencia de los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente,tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan. 1.a.2.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia,que no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Bicentenario Clínica Avansalud 1.a.2.2)Son prestadores Staff del Plan Preferente INTEGRAMEDICA todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 3ISESB0013 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías;RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 40 a menos de 45 60 a menos de 65 1.a.2.3)En atenciones Hospitalarias programadas ( no urgencia ), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario,sólo si su atención se efectúa con profesionales del Staff de INTEGRAMEDICA suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. 55 a menos de 60 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Se excluye de la Oferta Preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. Clínica Bicentenario Modalidad del Arancel Tope General Anual por Beneficiario 2.b) 45 a menos de 50 Cargas Isapre CruzBlanca - 31 Contratante Clínica Las Lilas 65 a menos de 70 70 a menos de 75 75 a menos de 80 50 a menos de 55 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Doble y Triple o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. No se cubre Suite o Departamento. Edad años TABLA DE FACTORES Nº 537 3000UF Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria: Identificación Única del Arancel (5.a) 10 a menos de 15 $ 0 a menos de2 80 y más 25 a menos de 30 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:a.2) RED HOSPITALARIA SUPER Planes INTEGRAMEDICA 5 a menos de 10 2 a menos de5 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. (* *)Staff ISA= Médicos Staff INTEGRAMEDICA en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. 1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.a.1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoriay hospitalaria del Plan Preferente INTEGRAMEDICAel(los)prestador(es) Clínica Avansalud y Clínica Bicentenario. En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste(estos) prestador(es) . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.