FUN Nº %% 1.22UF 2.44UF 2.44UF 0.61UF 1.22VA 1.22VA 1.46VA Exámenes de Histopatología1.61VA 0.89VA 1.29VA 3.31UF1.70VA3.31UF 2.71UF 1.70VA 0.84VA 0.44UF 0.44UF 9050.00UF0.97UF 1.06VA 0.65VA 10.76UF32.00UF 10.76UF32.00UF UF 0,130.23UF UF 0,260.28UF Exámenes de Laboratorio0.79VA Exámenes de Histopatología0.87VA 0.70VA 1.00VA Pabellón Ambulatorio(1d)0.95VA Procedimientos(c)1.70VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1d)0.82VA 3.31UF1.70VA3.31UF 2.13UF2.24VA2.13UF 0.25UF1.26UF 1.25VA1.26UF 1.25VA1.26UF 10.76UF32.00UF 1.70VA Prótesis y Ortesis1.06VA Atención integral de enfermería(2h)1.70VA Atención integral de nutricionista(2h)1.70VA5.61UF 1.00VA7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.g): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF 0.31UF6.08UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1f)0.68UF6.08UF 1.62VA6.08UF 0.31UF4.56UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (A): Box ambulatorio(2a)0.95VA 0.39UF 0.22UF0.22UF 0.65VA UF 0,34700.28UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 25% de la Cobertura General del Plan, Sólo Libre Elección. Día Cama Observación-Recuperación PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Visita por Médico Tratante(*) Traslados médicos(1i) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. 3JJNECF118 Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Sin Tope ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. LIBRE ELECCIÓN Tope max. Año contrato por beneficiario (2b) 1.a) OFERTA PREFERENTE(*) Tope max. Año contrato por beneficiario (2b) Sin Tope i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse ,dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: 100% Sin Tope con Copago Fijo de UF 1.25 diario Materiales e Insumos Clínicos(2g) Visita por Médico Interconsultor(*) (1b) NOMBRE:ESP RED HOSPITAL CLINICO U. DE CHILE 100CF 18 Sin Tope Sin Tope Atención Staff Institucional www.cruzblanca.cl VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a.2)(1.a.1.1) INTEGRAMEDICA HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a.3.2) Sin Tope Hospital del Profesor Atención Institucional Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Consulta Psiquiatría Fonoaudiología Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Hospital Clinico Universidad de Chile Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección90 80 Quimioterapia(2d) Kinesiología y fisioterapia Sólo Cobertura Libre Elección Radioterapia (1.a.1) INTEGRAMEDICA HOSPITAL CLINICO UNIVERSIDAD DE CHILE 75 Consulta Oftalmológica Sin Tope Consulta Médica TIPO DE PLAN: Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope Bonificación Sin Tope Medicamentos(2g) Día Cama Día cama Cuidados Intermedios Consulta Urgencia(*)(1g) Día Cama Psiquiatría(1e) OTRAS COBERTURAS Consulta Urgencia(*)(1g) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1e) Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) ATENCIONES DE URGENCIA Honorarios Médicos Pabellón 90 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Exámenes de Laboratorio PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.3.1) Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope TopeTope Procedimientos(*) (1c) Kinesiología y fisioterapia Medicamentos Ambulatorios(1j)70 Sólo Cobertura Libre Elección Día cama Maternidad Habitación Pluripersonal INDIVIDUAL CODIGO DE PLAN: PRESTADORES DERIVADOS (1.a.3) Quimioterapia(2d) Derecho de Pabellón Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2e) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) 80Traslados(1i)Sin Tope 75SIN TOPE HOSPITAL CLINICO UNIVERSIDAD DE CHILE Óptica(1h) 70 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Hospital Clinico Universidad de Chile BonificaciónCopago Fijo Cobertura Internacional(1k)La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : PARTO - CESÁREA - ABORTO - EMBARAZO ECTÓPICO - HOSPITALIZACIÓN POR DIAGNÓSTICO DE AMENAZA DE PARTO PREMATURO O ABORTO Drogas Biológicas(2f) Medicamentos hospitalarios 40 Día Cama Clínica de Recuperación PET -CT Prestaciones Dentales PAD (1.m): Sólo Cobertura Libre Elección
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:CODIGO DE PLAN:3JJNECF118NOMBRE:ESP RED HOSPITAL CLINICO U. DE CHILE 100CF 18 HombreMujerHombreMujer 1.801.801.501.50 0.950.950.600.60 0.800.800.600.60 0.800.800.550.55 0.801.350.600.65 0.701.500.651.00 0.801.600.801.30 1.002.301.001.40 1.102.301.101.50 1.302.001.301.60 1.402.401.401.60 1.802.651.801.80 2.352.852.351.90 3.203.303.202.40 3.703.653.702.90 3.703.653.703.10 3.703.653.703.65 3.703.653.703.65 Modalidad del Arancel Tope General Anual por Beneficiario (2b) Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b) 25 a menos de 30 50 a menos de 55 0 a menos de2 55 a menos de 60 2 a menos de5 35 a menos de 40 40 a menos de 45 70 a menos de 75 5 a menos de 10 65 a menos de 70 Edad años 80 y más 15 a menos de 20 Identificación Única del Arancel (5a) 10 a menos de 15 UF 60 a menos de 65 2000 20 a menos de 25 30 a menos de 35 $ TABLA DE FACTORES Nº 538 ContratanteCargas 45 a menos de 50 75 a menos de 80 Isapre CruzBlanca - 31
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a3.3)Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención de urgencia efectuada en el Hospital Clínico de la Universidad de Chile o del Hospital del Profesor, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa en modalidad de atención Institucional. Se excluye la hospitalización en suite o departamento. 1.a.3.4)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en el Hospital Clínico Universidad de Chile, en atención Institucional (sala). INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA:Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.l)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenologia propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. Hospital Clínico Universidad de Chile, Clínica Quilín, Centro Médico Vivaceta, Centro Médico Macul 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. Atención Institucional: es la atención efectuada con médicos de staff del prestador preferente, en donde las hospitalizaciones se efectúan en habitaciones pluripersonales (sala). 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.a.3.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo en la modalidad libre elección. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a.3.2)Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura de honorarios médicos señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con profesionales del Staff Institucional del Hospital Clínico de la Universidad de Chile ó del Hospital del Profesor, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la atención em régimen de hospitalización institucional, el que considera la utilización de habitación pluripersonal (sala) utilizada por el beneficiario y atención con médicos de Staff institucional de acuerdo al convenio vigente con el prestador. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :3JJNECF118 RED UNIVERSIDAD DE CHILE: 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100%de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes precedente a aquel en que se efectuó el ultimo reajuste y el mes anteprecedente a aquel en que se aplique el nuevo reajuste, ambos inclusive. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO:La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud 1.a.2)Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Hospital Clínico Universidad de Chile es INTEGRAMEDICA . En caso de insuficiencia , el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . 1.a.3) Oferta preferente Hospitalaria: 1.a.1) Oferta preferente AMBULATORIA: