CÓDIGO DE PLAN:3MXH501216 TIPO DE PLANINDIVIDUALFUN N° % Bonif. Valor Real Día Cama Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día cama Cuidados Intermedios Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía; RNM) Kinesiología y fisioterapia Medicamentos en hospitalización(2.c) Materiales Clínicos e Insumos(2.c) Visita por Médico Tratante(1.c) Visita por Médico Interconsultor(1.c) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.b) Drogas biológicas (tope Mensual)(2.h)30.00UF70.00UF Quimioterapia(2.f)30.00UF70.00UF Prótesis, Ortesis, y elementos de osteosíntesis2.36VA Traslados Médicos(1.i)2.80VA Consulta Médico de Familia0.20 Consulta de Especialidades0.40 Exámenes de Laboratorio Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía; RNM) Honorarios Médicos Ambulatorios(1.j) Procedimientos(1.b) Atención Integral de Enfermería(2.e) Atención Integral de Nutricionista(2.e) Kinesiterapia6.70 Box ambulatorio(1.j) (2.a) Derecho de Pabellón(1.j) Radioterapia Consulta Psiquiatría1.90VA Psiquiatría Ambulatoria1.90VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria1.90VA3.80 Fonoaudiología1.65VA3.30 Prótesis y Ortesis2.36VA Prestaciones Dentales PAD (1.f) :1.00VA7.00 Prestaciones Fertilización PAD (1.d): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF Quimioterapia(2.f)80%30.00UF70.00 Día cama Maternidad Pabellón Medicamentos en hospitalización(2.c) Materiales Clínicos e Insumos(2.c) Honorarios Médicos Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios (2.g)(1.l) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón (2.g)(1.l) PET -CT Día Cama Psiquiatría Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Día Cama Clínica de Recuperación7.00 Medicamentos Ambulatorios(1.g)2.30VA3.45 Óptica(1.h)2.20UF2.20 PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.4) Cobertura Internacional Atención Dental con Descuento Fono CruzBlanca 600 818 0000 34 PRESTACIONES GARANTIZADAS (1.a.1) Copago Fijo por Evento de: UF 7 OTRAS PRESTACIONES 90% Sin Tope, con Copago Máximo por Evento de: UF 10 Se excluye Parto, Cesárea y Aborto Clínica Avansalud Providencia - Hospital del Profesor - Clínica Bicentenario - Clínica Dávila 25% de la Cobertura General del Plan Sin Tope 3.50VA PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.6) PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA 70% Centro Integramedica Tobalaba Clínicas Cordillera - Bicentenario - Avansalud (sólo urgencia adulto) - Clínica Vespucio - Clínica Dávila PRESTADORES DERIVADOS VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE CERRADA. 3.00 UF ATENCION DE URGENCIA INTEGRAL ( 2.i)(1.k) UF 2.30 60%UF UF Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. 70%Sin Tope 60% AVANSALUD CUENTA CONMIGO 500 70% (Estación Central - Norte - Florida Vicuña Mackenna - Alameda - Maipú - Puente Alto) 1.a.b) Cobertura Preferente UF Año/Benef/UF Sin Tope Sin Tope i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. Tope UF PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CERRADO (1.a) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS (1.a.5) Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA UF - VECES ARANCEL (1.a.d) NOMBRE : Copago Fijo (2.d) Tope Bonificación Habitación Doble y Triple Modalidad Institucional UF La cobertura Internacional es por reembolso y corresponderá al 50% del arancel Cruz Blanca 30, garantizando la cobertura mínima Fonasa para las prestaciones contempladas en dicho arancel. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO OTRAS COBERTURAS Sin Tope UF UF www.cruzblanca.cl UF UF (1.a.b.1) 7.00 Médicos Staff Preferente MF 1.a.c) Clínica Avansalud Providencia - Hospital del Profesor - Clínica Bicentenario - Clínica Dávila 40% PRESTACIONES AMBULATORIAS 70% Sin Tope 80% VA COPAGO FIJO URGENCIA SIMPLE 1.50 UF 60% Descuento Arancel INTEGRAMEDICA Hospital Clínico Universidad de Chile 70%UF COPAGO FIJO URGENCIA COMPLEJA (2.i)
CÓDIGO DE PLAN:3MXH501216 HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 1- Coberturas 2-Definiciones 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.a.2. Exclusiones y Restricciones de las Prestaciones Garantizadas con Copago Fijo: $ NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3MXH501216 1.a) Se entiende por plan cerrado, aquel cuya estructura sólo contempla el otorgamiento de atenciones de salud a través de determinados prestadores individualizados en el plan, no previéndose el acceso a las prestaciones bajo la modalidad de libre elección. No está afecto a reembolsos. Cualquier prestación que se realice fuera de la Red Plan Medicina Familiar - INTEGRAMEDICA, sin autorización del Médico de Familia, no estará afecta a cobertura, no tiene reembolso. Derivado Hospitalario: Hospital Clínico Universidad de Chile - Derivado Ambulatorio: Centro Integramedica Tobalaba Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. Nombre : RUT: Fecha: Huella Dactilar Contratante Unidad Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Tope General por Beneficiario La Cobertura restringida de Parto, Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. Nombre Arancel (5.a) (2.d)1500 UF 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 1.k) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil en los prestadores señalados. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.a) Box ambulatoriocorresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.a.d) Los topes de bonificación que no son "Copagos fijos",se expresan en veces el Arancel CruzBlanca- 30. Isapre Cruz Blanca garantiza para todas lasprestaciones que corresponden a codificación Fonasa,la cobertura financiera del arancel Fonasa en su modalidad de libre elección, si ésta última fuera superior a lo señalado por el Arancel Cruz Blanca 30. 2.i) Atencion de Urgencia integral:corresponde a la atención efectuada en formaambulatoria en un servicio de urgencia y que incluye todas las prestaciones requeridas por el beneficiario para resolver el evento de urgencia, tales como consulta urgencia, exámenes de laboratorio, de imágenes, procedimientos médicos, insumos y medicamentos utilizados durante la atención. La "Urgencia Integral Compleja"la define la realización de exámenes de imagenología de los subgrupos 03 del arancel (TAC : tomografía axial computarizada -scanner), 04 del arancel (Ecotomografías) y subgrupo 05 (Resonancia Nuclear Magnética).También determinan una urgencia integral compleja, la realización de procedimientos médicos que incluyan prestaciones endoscópicas y atenciones de pacientes que ingresen en riesgo vital. En el caso de una atención de Urgencia Integral que se derive a una cirugía, la hospitalización en Clínica Vespucio debera ser en Habitación Doble. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 1.b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. Cargas 2.g)Se entiende porCirugía Bariátrica o de Obesidadal By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.c)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.Se entiende porEvento hospitalarioa aquelque engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público oprivado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. PRESTADORES DE APOYO AMBULATORIO: 1.a.2.2) Cuando se trate de cirugías múltiples o bilaterales, esto es, en aquellos casos en que se realizan dos o más intervenciones en un mismo acto quirúrgico y no corresponda a un evento único. Lo anterior es con excepción de aquellas prestaciones múltiples o bilaterales en que ambas se encuentren incorporadas en la nómina precedente. 1.a.c) Son prestadores Médicos Staff del Plan Preferente MF (Medicina Familiar) INTEGRAMEDICA todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan. 1.a.b.1)RED AMBULATORIA PLANES MAXSALUD Edad (Años) 1.a.1. 1.a.b) Las coberturas preferentes para prestaciones ambulatorias yhospitalarias definidas en el plan de salud complementario cerrado, se obtienen sólo si se realizan en los prestadores preferentes cerrados señalados en el plan y de acuerdo a los procedimientos definidos en el documento "Condiciones de la Oferta Preferente Cerrada" que forma parte del contrato. Firma Contratante Nombre: RUT: 2.f)Se entiende porquiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.h)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.d)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por modalidad del plan max salud. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad del plan max salud a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.i) Corresponderá cobertura de traslado sólo con indicación médica justificada. Estación Central - Norte - Florida Vicuña Mackenna - Alameda - Maipú - Puente Alto. 1.a.7) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, quepor condición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable. La consulta de urgencia y exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización, también estará afectos a la cobertura preferente. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la atención ambulatoria en el servicio de urgencia y a lacuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Hospital del Profesor.Serán de cargo del beneficiario, las diferencias del precio cobrado por el prestador ajeno al Plan. 1.a.5) Para determinar la cobertura hospitalaria, el beneficiario deberá utilizar el tipo de habitación, que para cada uno de los prestadores de la red hospitalaria se señala en el Plan de Salud o en su defecto el de menor valor en la institución.No se cubre Suite o Departamento. 2.e)Lacobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista:pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.f) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 1.l) La Exclusión de cobertura preferente de la cirugía Bariátrica y Lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía Ambulatoria de prestaciones asociadas a un pabellón con guarismo inferior a 4, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. VA= Veces Arancel,UF= Unidad de fomento. 5.a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancelen la mismafecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios. 2.b)Lasgarantías Explicitas en Salud (GES)y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE CERRADA". 1.a.4) En caso de insuficiencia de los Centros Especificados de INTEGRAMEDICA o alguno de los prestadores hospitalarios, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza los prestadores derivados correspondientes, previa autorización de su médico de cabecera o de Cruz Blanca. Tratándose de la cobertura de Honorarios Médicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos suscritos al convenio para el Plan: NOMBRE :CUENTA CONMIGO 500 Clínica Santa Lucia (San Bernardo) - Sonorad Región Metropolitana 1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.a.2.1) Que la o las prestaciones de que se trate se encuentren afectas a alguna restricción o exclusión de cobertura, o que el beneficiario haya alcanzado el tope general de cobertura delcontrato de salud. En el caso de preexistencias se bonificará el mínimo Fonasa. 1.a.6) Estas prestaciones contemplan una cobertura restringida en el Plan de Salud. Médicos de Familia INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS INDICADOS DE LA REGION METROPOLITANA 1.a.2.3) Las prestaciones requeridas en una hospitalización de urgencia, entendiéndose por tal aquella en que el paciente fue derivado desde un servicio de urgencia, que por su condición de salud o cuadro clínicorequiere atención médica inmediata e impostergable. 1.c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Isapre Cruz Blanca 30 ContratanteCódigoPrestaciónCódigoPrestación 2104159Meniscectomía Por Vía Artroscópica1803016Fístula Anorrectal 1802001Hernia Diafragmática1902037Resección Endoscópica Cáncer vesical 1902082Circuncisión2104048Luxación recidivante 1902090Tratramiento Litiasis Urinaria2104045Fractura de Clavícula 2104156Inestabilidad Crónica De Rodilla2104162Reparación Quirúrgica Ligamentos colaterales/cruzados 1902076Vasectomía Bilateral1802081Colecistectomía Laparoscópica 1902075Varicocele unilateral1202064Catarata (Incluido LIO) 1701031Angioplastía Intraluminal1802053Apendicectomía 1901002Cistoscopia1302029Amigdalotomía c/s Adenoidectomía 2104181Ruptura Tendón de Aquiles1703030Safenectomía Interna y/o Externa, Unilateral 1803001Absceso Anorrectal Complejo1103048Neurotomía Facetaria percutánea 1803031Quiste Sacrocoxigeo1802003Hernia Inguinal, Crural, Umbilical 1902055Resección Endoscópica Adenoma o Cáncer prostático1703027Ligadura de Otros Troncos Venosos 1902066Orquidopexia un lado1103049Hernia del Núcleo Pulposo (HNP) 1902061Descenso Testículo Inguinal1902021Uretero o Nefro Litotomía 1803018Hemorroi dectomía1402001Ti roi dectomía Bi l a tera l Total 2104051Ruptura Ma ngui tos Rotadores1103066Túnel Ca rpi a no