CÓDIGO DE PLAN:3MXS500012 TIPO DE PLANINDIVIDUALFUN N° % Bonif.Copago Fijo Valor Real$ / UF / % Día Cama Especialidades (a4) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Observación o Recuperación Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia Medicamentos en hospitalización (2c) Materiales Clínicos e Insumos (2c) Visita por Médico Tratante (1c) Visita por Médico Interconsultor(1c) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1b) Quimioterapia (2f)90%2.00VA100UF Prótesis, Ortesis, y elementos de osteosíntesis1.00VA Traslados Médicos (1j)1.00VA Consulta Médico de Familia$2,000 Consulta No Programada (a7)I$2,500 Consulta de EspecialidadesN$3,000 Exámenes de Laboratorio80%TSin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)80%ESin Tope Honorarios Médicos Ambulatorios (1j)GSin Tope Box ambulatorio (1j) (2a)RSin Tope Derecho de Pabellón (1j)ASin Tope Procedimientos (1b)MSin Tope RadioterapiaESin Tope Atención Integral de Enfermería (2e)DSin Tope Atención Integral de Nutricionista (2e)ISin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)80%CSin Tope KinesiterapiaA1.40VA2.70 Consulta Psiquiatría2.00VASin Tope Psiquiatría Ambulatoria2.00VASin Tope Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria2.00VA3.60 Fonoaudiología(a1)1.00VA2.10 Prótesis y Ortesis1.00VASin Tope Quimioterapia (2f)90%2.00VA100 Cgia. Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik): Honorarios (2g) Cgia. Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik): Pabellón 2g) PET -CT Drogas biológicas (tope Mensual)20.00UF Día Cama Psiquiatría (1d)Sin Tope Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1e )Sin Tope Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1d)Sin Tope Día Cama Clínica de RecuperaciónSin Tope6.00 OTRAS PRESTACIONES Medicamentos Ambulatorios (1g)1.00VA Óptica (1h)1.00VA Cobertura Internacional Consulta de Urgencia 1f)6,000$ Atención de Urgencia Clínica Bicentenario - Clínica Avansalud(sólo Adultos) : (Excepto Consulta) (a8)80% Consulta de Urgencia (1f)8,000$ Atención de Urgencia Clínica Dávila: (Excepto Consulta) (a8)80% Atención Dental con Descuento PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Fono CruzBlanca 600 818 0000 80% UF UF UF La cobertura Internacional es por reembolso y corresponderá al 50% del arancel Cruz Blanca 30, garantizando la cobertura mínima Fonasa para las prestaciones contempladas en dicho arancel. Para obtener la cobertura, el benficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. a1) Cobertura Preferente Sin Tope UF UF UF 80% 80% 80% 50%1.00VASin Tope Sin Tope www.cruzblanca.cl 60% Descuento Arancel INTEGRAMEDICA (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE CERRADA. Sin Tope Sin Tope OTRAS PRESTACIONES (Restricciones)a6) PRESTADORES DERIVADOS Clínica Dávila Sin Tope Clínica Dávila BicentenarioAvansalud Providencia Hospital Clínico U. de Chile - Clínica Hospital del Profesor( a5)Habitación Pluripersonal Modalidad Institucional ). Clínica Dávila Clínica Bicentenario Clínica Avansalud Providencia( a5) Habitación individual Clínica Bicentenario - Clínica Avansalud 100%6.00 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CERRADO (a) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS(a6) $ 40.000 por evento PRESTACIONES AMBULATORIAS ( a5)Habitación Pluripersonal Modalidad Institucional ) NOMBRE : Tope Bonificación MaxSalud 5000-12 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA UF - VECES ARANCEL (a3) 2i) Clínica Dávila Clínica Bicentenario Clínica Avansalud Providencia ( a5) Habitación individual Hospital Clínico U. de Chile - Clínica Hospital del Profesor Médicos Staff Preferente MF a2) Tope Año/Benef/UF (2d)
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF __________________________________________________ Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUTRUT Fecha 1- Coberturas 2-Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE CERRADA". b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. i) VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento. i) Corresponderá cobertura de traslado sólo con indicación médica justificada. e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. f) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. h) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncologicas. Médicos de Familia INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: c) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizadoses por evento hospitalario.Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientraspermanece internado en un centro asistencial (público o privado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir lasatenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. g) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. a5) Para determinar la cobertura preferente hospitalaria, el beneficiario deberá utilizar el tipo de habitación, que para cada uno de los prestadores de la red hospitalaria se señala en el Plan de Salud. No se cubre Suite o Departamento. a.6) Estas prestaciones contemplan una cobertura restringida en el Plan de Salud. b) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. d) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por la oferta Cerrada de atención. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. e) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería:para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. a) Se entiende por plan cerrado, aquel cuya estructura sólo contempla el otorgamiento de atenciones de salud a través de determinados prestadores individualizados en el plan, no previéndose el acceso a las prestaciones bajo la modalidad de libre elección. No está afecto a reembolsos. Cualquier prestación que se realice fuera de la Red Plan Medicina Familiar- INTEGRAMEDICA, sin autorización del Médico de Familia, no estará afecta a cobertura, no tiene reembolso. j) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía Ambulatoria de prestaciones asociadas a un pabellón con guarismo inferior a 4, y procedimiento de ortopedia y traumatología. h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. a3) Los topes de bonificación que no son "Copagos fijos",se expresan en veces el Arancel CruzBlanca- 30. Isapre Cruz Blanca garantiza para todas lasprestaciones que corresponden a codificación Fonasa, la cobertura financiera del arancel Fonasa en su modalidad de libre elección, si ésta última fuera superior a lo señalado por el Arancel Cruz Blanca 30. a4) En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA o alguno de los prestadores preferentes hospitalarios, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de los otros prestadores de la RED , previa autorización de su médico de cabecera o de Cruz blanca. Tratándose de la cobertura de Honorarios Médicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos suscritos al convenio para el Plan. Isapre Cruz Blanca 30 a.8) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. La consulta de urgencia y exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización, también estará afectos a la cobertura preferente. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la atención ambulatoria en el servicio de urgencia y a lacuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Bicentenario. a.7) Atención consulta médica no programada: En el caso de que el afiliado y/o beneficiario no encuentre hora con su médico de cabecera y requiera atención médica en un período inferior a 3 días , para una atención que no requiere de un servicio de urgencia, tendrá la opción de comunicarse con la enfermera de la familia para que lo oriente y eventualmente, en dependencia de la severidad del caso le agende una hora de consulta, bajo la modalidad de “consulta sin hora”. Esta consulta no necesariamente será con su médico de cabecera. b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. a 1) RED AMBULATORIA PLANES MAXSALUD Clínica Santa Lucía (San Bernardo)Estación Central - Plaza Oeste - Plaza Norte - Tobalaba - San Miguel - Florida Salud - Alameda y Puente Alto. Huella Dactilar Contratante NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3MXS500012 c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. a2) Son prestadores Médicos Staff del Plan Preferente MF (Medicina Familiar)INTEGRAMEDICA todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan. a1) Las coberturas preferentes para prestaciones ambulatorias yhospitalarias definidas en el plan de salud complementario cerrado, se obtienen sólo si se realizan en los prestadores preferentes cerrados señalados en el plan y de acuerdo a los procedimientos definidos en el documento "Condiciones de la Oferta Preferente Cerrada" que forma parte del contrato. Unidad $ Tope General por Beneficiario (2d) Sin Tope Nombre ArancelHombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537