% Bonif.% Bonif.Copago Valor RealValor RealFijo 0.33UF0.45UF 1.65VA2.20VA 0.92VA1.23VA 0.92VA1.23VA3.06UF 1.19VA 2.38UF 0.60UF 1.19VA 1.40VA 1.00VA 1.10VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)1.00VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.00VA 10.20UF 5.10UF6.12UF 0.45UF 1.00VA 2.55UF 1.19VA4.46UF 800.45UF0.45UF 0.38UF$5,000 0.38UF0.45UF Laboratorio1.00VA Histopatología1.10VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)1.00VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.00VA1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)2.20VA2.20VA Box ambulatorio(i)1.19VA1.19VA Derecho de Pabellón(i)1.40VA1.40VA Procedimientos(c)0.92VA0.92VA Atención integral de enfermería y nutricionista(l)0.92VA0.92VA 0.92VA0.92VA3.06UF 1.00UF1.00UF 0.20UF0.20UF 1.00VA1.00VA 1.00VA1.00VA1.00UF 1.64VA1.64VA2.13UF 1.58VA2.13UF 1.81VA 2.79VA 6.83UF8.88UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. Histopatología Consulta Oftalmológica 15 días Exámenes Consulta Médica80 Traslados(h) Consulta Médica Consulta Psiquiatría OTRAS PRESTACIONES Proc. diagnósticos y Terapéuticos Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 1.00 4.46 UF Sin Tope Hospital Clínico U. de Chile Pieza Doble Sin Tope Clínica Sanatorio Alemán Pieza Doble 90 Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b) 90 Sin TopeHonorarios Médicos Quirúrgicos Día Cama Especialidades Día Cama Clínica de Recuperación Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e) UTI-UCI Materiales Clínicos e Insumos(k) UF - Veces Arancel Prestador Tope a) Cobertura Preferente DerivadoTope Bonificación Óptica(g) 80 Intervenciones quirúrgicas 7 días30 días OTROS (Restricciones) TIPO DE PLAN: Año/Benef/UF UF - Veces Arancel PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Clínica Sanatorio Alemán Tope Bonificación NACIONAL Individual LIBRE ELECCIÓN (m) Laboratorio Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(c) Día Cama Psiquiatría(d) Día Cama Otros Derecho de Pabellón Medicamentos en hospitalización(k) Kinesiterapia UF Sin Tope PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." CODIGO DE PLAN: Día Cama Sala Cuna-Fototerapia 3SADE38111NOMBRE:ESPECIAL SANATORIO ALEMAN DOBLE 90ST GrupalFUN N° Kinesiterapia Consulta Urgencia(f) PRESTACIONES AMBULATORIAS 70 80 85Sin Tope Sin Tope Fonoaudiología Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosdeInfertilidad, tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de obesidad y PET-CT. Solo cobertura Libre Elección Medicamentos Ambulatorios (j) Tiempos de Espera: 80 % de acuerdo a los topes Cobertura Preferente. Prótesis y Ortesis Atenciones de Urgencia Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
3SADE38111 HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. ESPECIAL SANATORIO ALEMAN DOBLE 90ST k)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. l)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. h)Con indicación médica justificada. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Pieza Doble o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias Box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos,se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Edad (Años) TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 CargasContratante m)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. CODIGO DE PLAN: g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. Tope General por Beneficiario m) 1500 UF Elarancelde prestacionespodrá serreajustado y/omodificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de loanterior,laIsapreestáfacultadaparaincorporarnuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. UFIsapre Cruz Blanca -20 a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones que se realicen en las Clínica Sanatorio Alemán. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la Unidad (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Nombre Arancel Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. NOMBRE : NOTAS EXPLICATIVAS Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.