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3SMP370714

SANTA MARIA PLUS 3700

Sin puntaje, no analizado

Desde

$122.452/mes

% Copago Fijo %
3.20
UF
0.85
UF
2.40
VA
1.28
VA
6.00
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.e)
10.00 UF
1.60
VA 16.00 UF
1.50
UF 16.00 UF
3.11
VA
4.67
VA
12.65
UF 37.95 UF
12.65
UF 37.95 UF
0.70
UF
0.70
UF
0.70
UF
Laboratorio
1.00 VA
Histopatología
1.10 VA
Rayos - Scanner - Ecotomografía
1.30 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.00 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (1.i)
2.40 VA
Derecho de Pabellón (1.i)
2.00 VA
Procedimientos (1.c)
1.28 VA
Radioterapia
1.28 VA
Atención Integral de enfermería (2.g)
1.28 VA
Atención Integral de nutricionista (2.g)
1.28 VA 4.22 UF
1.28
VA 3.20 UF
0.70
UF 16.00 UF
3.50
VA 16.00 UF
3.50
VA 16.00 UF
2.20
VA 2.86 UF
3.11
VA
12.65
UF 37.95 UF
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.n):

4.00
UF
12.00
UF
1.80
VA 0.72 UF
4.67
VA
Box ambulatorio (1.i)(2.a)
6.00 VA
10.00
UF
Cobertura Internacional (1.k)

70
70 0.70 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Sin Tope

Sin Tope

90% Sin Tope
Clínica Santa María
(**) Staff C.S.M
100%Sin Tope
Clínica Dávila
(**) Staff C.Dávila

40
1.00 VA
Consulta Oftalmológica (**)

Tratamiento con Drogas Biológicas (2.h)

Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Hombre

Sin Tope

PRESTADORES DERIVADOS (1.a.2)

Clínica Dávila

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Consulta Psiquiatría

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Sin Tope

80

Sin Tope Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO
Atenciones de Urgencia
Clínica Dávila

Sólo cobertura Libre Elección

LIBRE ELECCIÓN

ATENCIONES DE URGENCIA.

Consulta Médica (**)

Consulta Urgencia (**) (1.f)

70% Sin Tope
Clínica Santa María
Clínica Dávila

Sólo cobertura Libre Elección

Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Mujer

Sin Tope

Sin Tope

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Copago Fijo UF 0.70

Derecho de Pabellón

80% Sin Tope Clínica Santa María
95% Sin Tope Clínica Dávila
80Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)
NOMBRE :
SANTA MARIA PLUS 3700
Bonificación

Prótesis y Ortesis

Tope

Tope max. Año
contrato por
evento (2b)

Medicamentos en hospitalización (1.k)

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (**) (1.b)

80

Clínica Santa María
Clínica Dávila

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR
AMBULATORIA

TIPO DE PLAN :
INDIVIDUAL
Bonificación

CODIGO DE PLAN :

FUN Nº

Tope max. Año contrato
por evento (2b)

3SMP370714

Tope

1.a) Cobertura Preferente

Kinesiterapia

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Histopatología

Materiales Clínicos e Insumos(1.k)

Día Cama Especialidades

Laboratorio

Día Cama Otros

Día cama Cuidados Intermedios

Psiquiatría Ambulatoria

Sin Tope

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2d)

Psiquiátrica, psicológica, tratamientos de Infertilidad, PET - CT
Cirugía bariátrica o de obesidad (1.l) (2.e)
Cirugía fotorrefractiva (lasik) (1.l) (2.e)

Endodoncia Premolar

Endodoncia Molar

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

OTRAS COBERTURAS (1.a.1)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1.c)

Óptica (1.g)

Fonoaudiología

UF

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.d)

80

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia (2.d)

Día Cama Psiquiatría (1.d)

Día Cama Clínica de Recuperación

16.00

Copago Fijo UF 0.50

Traslados (1.h)

Sólo cobertura Libre Elección

PRESTACIONES AMBULATORIAS

70

Kinesiterapia

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Prestaciones Dentales PAD (1.m):

Sólo cobertura Libre Elección

90% Sin Tope
Libre Elección
60% Sin Tope
Clínica San Carlos de
Apoquindo
50% Sin Tope
Clínica Alemana
Clínica Las Condes

Medicamentos Ambulatorios (1.j)
70
Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

Prótesis y Ortesis
Sin Tope
80

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Traslados (1.h)

Endodoncia Incisivo

Sólo cobertura Libre Elección

Copago Fijo UF 0.90

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut :
Rut :
Fecha :

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:

1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

Edad (Años)

(**) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Dávila en convenio con Isapre Cruz Blanca.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que
explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la
Red de la Isapre.

1.n) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las consultas de especialidad, exámenes de laboratorio e Imagenología propios de este
tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el
1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente
disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su
modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.g) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso
según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de
enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

2.f) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un
beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en
uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de
la respectiva bonificación.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en
que se devenga la remuneración.

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

1.i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box ambulatorio, derecho de pabellón y
honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

2.h) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

1.a.2) Son prestadores derivados para la atención ambulatoria del Plan Preferente SANTA MARIA PLUS 3700, Clínica Dávila. En caso de insuficiencia, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada
En el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador.
El prestador derivado para la atención hospitalaria del Plan SANTA MARIA PLUS 3700 es Clínica Dávila.

1.m) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1.l) La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

2.- Definiciones

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores.

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

1.f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Tope General por
Beneficiario (2.b)

1.h) Con indicación médica justificada.

1.- Coberturas

1.a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la
habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye el Suite y/o Departamento.

(**) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Isapre Cruz Blanca.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

3SMP370714

Huella Dactilar

Contratante

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Contratante

Unidad

SANTA MARIA PLUS 3700

Nombre Arancel (5.a)

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
(4.b)
Cargas
3SMP370714

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar

NOMBRE :

$

CÓDIGO DE PLAN :

UF 4000
Isapre Cruz Blanca -31