%Copago Fijo% 3.20UF 0.85UF 2.40VA 1.28VA 6.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e)10.00UF 1.60VA16.00UF 1.50UF16.00UF 3.11VA 4.67VA 12.65UF37.95UF 12.65UF37.95UF 0.70UF 0.70UF 0.70UF Laboratorio1.00VA Histopatología1.10VA Rayos - Scanner - Ecotomografía1.30VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(1.i)2.40VA Derecho de Pabellón(1.i)2.00VA Procedimientos(1.c)1.28VA Radioterapia1.28VA Atención Integral de enfermería(2.g)1.28VA Atención Integral de nutricionista(2.g)1.28VA4.22UF 1.28VA3.20UF 0.70UF16.00UF 3.50VA16.00UF 3.50VA16.00UF 2.20VA2.86UF 3.11VA 12.65UF37.95UF 0.82UF 0.83UF 1.25UF 1.42UF 1.51UF 1.83UF Prestaciones Fertilización PAD (1.n): 4.00UF 12.00UF 1.80VA0.72UF 4.67VA Box ambulatorio(1.i)(2.a)6.00VA 10.00UF Cobertura Internacional(1.k) 70700.70UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Sin Tope Sin Tope 90% Sin Tope Clínica Santa María (**) Staff C.S.M 100%Sin Tope Clínica Dávila (**) Staff C.Dávila 401.00VA Consulta Oftalmológica(**) Tratamiento con Drogas Biológicas(2.h) Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Hombre Sin Tope PRESTADORES DERIVADOS(1.a.2) Clínica Dávila (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Consulta Psiquiatría La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Sin Tope 80 Sin TopeExámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECOAtenciones de Urgencia Clínica Dávila Sólo cobertura Libre Elección LIBRE ELECCIÓN ATENCIONES DE URGENCIA. Consulta Médica(**) Consulta Urgencia(**)(1.f) 70% Sin Tope Clínica Santa María Clínica Dávila Sólo cobertura Libre Elección Tratamiento Fertilización Asistida baja complejidad Mujer Sin Tope Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) Copago Fijo UF 0.70 Derecho de Pabellón 80% Sin Tope Clínica Santa María 95% Sin Tope Clínica Dávila80Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) NOMBRE:SANTA MARIA PLUS 3700 Bonificación Prótesis y Ortesis Tope Tope max. Año contrato por evento (2b) Medicamentos en hospitalización(1.k) Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(**) (1.b) 80 Clínica Santa María Clínica Dávila Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE PRESTACIONESHOSPITALIZADASYCIRUGIAMAYOR AMBULATORIA TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL Bonificación CODIGO DE PLAN: FUN Nº Tope max. Año contrato por evento (2b) 3SMP370714 Tope 1.a) Cobertura Preferente Kinesiterapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Histopatología Materiales Clínicos e Insumos(1.k) Día Cama Especialidades Laboratorio Día Cama Otros Día cama Cuidados Intermedios Psiquiatría Ambulatoria Sin Tope Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2d) Psiquiátrica, psicológica, tratamientos de Infertilidad, PET - CT Cirugía bariátrica o de obesidad(1.l) (2.e) Cirugía fotorrefractiva (lasik)(1.l) (2.e) Endodoncia Premolar Endodoncia Molar Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria OTRAS COBERTURAS (1.a.1) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(**)(1.c) Óptica(1.g) Fonoaudiología UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d) 80 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Día Cama Psiquiatría(1.d) Día Cama Clínica de Recuperación 16.00 Copago Fijo UF 0.50 Traslados(1.h) Sólo cobertura Libre Elección PRESTACIONES AMBULATORIAS 70 Kinesiterapia PRESTACIONES AMBULATORIAS Prestaciones Dentales PAD (1.m): Sólo cobertura Libre Elección 90% Sin Tope Libre Elección 60% Sin Tope Clínica San Carlos de Apoquindo 50% Sin Tope Clínica Alemana Clínica Las Condes Medicamentos Ambulatorios(1.j)70 Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales Prótesis y OrtesisSin Tope 80 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Traslados(1.h) Endodoncia Incisivo Sólo cobertura Libre Elección Copago Fijo UF 0.90 Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Afiliado Nombre :Nombre : Rut :Rut : Fecha : 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. Edad (Años) (**) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Dávila en convenio con Isapre Cruz Blanca. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.n)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las consultas de especialidad, exámenes de laboratorio e Imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.g)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.f)El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 1.i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.h)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.a.2) Son prestadores derivados para la atención ambulatoria del Plan Preferente SANTA MARIA PLUS 3700, Clínica Dávila. En caso de insuficiencia, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada En el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. El prestador derivado para la atención hospitalaria del Plan SANTA MARIA PLUS 3700 es Clínica Dávila. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.l)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 2.- Definiciones VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores. 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. Tope General por Beneficiario(2.b) 1.h)Con indicación médica justificada. 1.- Coberturas 1.a)Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye el Suite y/o Departamento. (**) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Isapre Cruz Blanca. 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 3SMP370714 Huella Dactilar Contratante 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. Contratante Unidad SANTA MARIA PLUS 3700 Nombre Arancel(5.a) Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)Cargas 3SMP370714 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar NOMBRE : $ CÓDIGO DE PLAN: UF 4000Isapre Cruz Blanca -31