NOMBRE: FUN N° % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 5.00UF 12.00UF 12.00UF 2.50UF 5.00VA 3.50VA 1.80VA Exámenes de Histopatología1.98VA 2.00VA 2.00VA 27.00UF 13.00UF 0.45UF0.33UF 4.27VA3.20VA 1.29VA1.29VA 1.29VA1.29VA3.06UF 2.65VA 2.86VA Tratamientos con drogas biológicas(2.f)1.60UF8.00UF 1.60UF8.00UF 0.60UF0.60UF 0.62UF0.60UF 1.80VA Exámenes de Histopatología1.98VA Imagenología (Rayos - TAC - ECO)2.00VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.00VA2.00VA Honorarios Médicos Ambulatorios(1.i)4.27VA4.27VA Derecho de Pabellón(1.i)1.26VA1.26VA Procedimientos(1.c)1.29VA1.29VA Radioterapia1.29VA1.29VA 1.29VA1.29VA3.06UF 0.20UF0.20UF 1.00VA1.00VA 1.00VA1.00VA1.00UF Atención Integral de Enfermería(2.h)1.29VA1.29VA Atención Integral de Nutricionista1.29VA1.29VA4.26UF 1.64VA1.64VA2.07UF 2.65VA 1.60UF8.00UF Prestaciones Dentales PAD (1.k):7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF 0.45UF 1.00VA 6.75UF6.75UF 5.00VA6.75UF 1.89UF1.89UF 2.86VA Box ambulatorio(1.i) (2.a)1.80VA 701.02 UF1.00 UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sólo cobertura Libre Elección OTRAS PRESTACIONES (1.a.1) RED METROPOLITANA 4 Fonoaudiología VA Sólo cobertura Libre Elección Medicamentos Ambulatorios(1.j) 1.00 UF - Veces Arancel Sólo cobertura Libre Elección 25% de la Cobertura General del Plan 40 Psiquiatría Ambulatoria Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Consulta Médica 80 Tope Bonificación Sin Tope (2.b) 80 Sin Tope UF1.00 UF - Veces Arancel 80 Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS 85% Sin Tope INTEGRAMEDICA Sin Tope Día cama cuidados intermedios Visita por Médico Tratante ó Visita por Médico Interconsultor(1.b) Procedimientos(1.c) Sin Tope VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Prótesis y Órtesis Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Prótesis y Órtesis Prestaciones Fertilización PAD (1.l): 80 Consulta Urgencia y Oftalmológica(1.f) Sin Tope 4.46 Consulta Psiquiatría CODIGO DE PLAN: Imagenología (Rayos - TAC - ECO) Día Cama 90 PET - CT Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.e) 80 RED METROPOLITANA 4 Tope Bonificación 1.a) Cobertura PreferenteLIBRE ELECCIÓN 100 Quimioterapia(2.d) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NACIONAL MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE 3SURD20219RED SUR DOBLE 90ST 219 PRESTADORES DERIVADOS(1.a.1.2) PRESTACIONES AMBULATORIAS Cobertura internacional(1.d) 70 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Óptica(1.g) Traslados(1.h) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Traslados(1.h) TIPO DE PLAN: Día cama cuidados intensivos o coronarios Individual Tope Año/Benef/UF Sin Tope UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.e) Kinesioterapia 100 Día Cama Otros Exámenes de Laboratorio Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Medicamentos(2.g) Quimioterapia(2.d) Día Cama Clínica de Recuperación Sólo cobertura Libre Elección100 Clínica Davila Clínica RedSalud Santiago Clínica RedSalud Providencia Habitación Doble Hospital Clínico U. de Chile Exámenes de Laboratorio Día Cama Psiquiatría Honorarios Médicos Quirúrgicos Derecho de Pabellón 80 Kinesioterapia
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 3SURD20219 Tope General por Beneficiario(2.b) $ Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar NOMBRE : Contratante RED SUR DOBLE 90ST 219 Edad (Años)Cargas CODIGO DE PLAN: 1500 UF Nombre Arancel(5.a)Unidad Isapre Cruz Blanca - 31 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
RED METROPOLITANA 4: 1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:3SURD20219 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatría es por evento. 1.d)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.h)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.i)Las prestaciones de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Doble, estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.l)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. Hospital Clínico Universidad de Chile, Clínica Davila, Clínica RedSalud Santiago, Clínica RedSalud Providencia. Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, Sur, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Maipú, Santa Lucía, Estación Central y Puente Alto, Talca, El Trebol, Mirador. 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a.1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente,la RED METROPOLITANA 4.En caso de insuficiencia de RED METROPOLITANA 4, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de los prestadores que componen esta misma red. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en RED METROPOLITANA 4, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Exs, RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) ,tendrán la cobertura definida para la libre Elección. 1.- Coberturas
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:2.- Definiciones VA = Veces Arancel,UF = Unidad de fomento. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 5.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no.La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 2.f)Se entiende por"Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.