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3UC3700510

PREFERENTE UC DOBLE 3700

Sin puntaje, no analizado

Desde

$120.620/mes

GRUPAL
% Bonif. % Bonif.
Valor Real Valor Real
0.60 UF
2.00 VA
1.20 VA
3.50 UF
6.30 UF
1.75 UF
3.50 VA
2.80 VA
1.00 VA
1.30 VA
1.30 VA
1.50 VA 3.75 UF
20.00 UF
10.00 UF 10.00 UF
0.88 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e) 5.00 UF
1.20 VA
0.88 UF 8.75 UF
0.40 UF
0.50 UF
0.50 UF
Laboratorio 1.00 VA
1.30 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i) 2.00 VA
Box ambulatorio (i) 2.10 VA
Derecho de Pabellón (i) 1.68 VA
Procedimientos (c) 1.20 VA
1.20 VA
1.50 VA 3.75 UF
0.60 UF 3.00 UF
0.30 UF
1.50 VA
1.50 VA 4.50 UF
1.50 VA 1.95 UF
3.00 VA 1.20 UF
2.00 VA
2.02 VA
8.00 UF 24.00 UF
70
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
PREFERENTE UC DOBLE 3700
Tope Prestador
Derivado
NACIONAL
UF - Veces Arancel
Clínica
Dávila
Pieza
Doble
Sin Tope
Tope Bonificación
80
UF
Libre Elección
(k)
Año/Benef/UF
UF - Veces Arancel
LIBRE ELECCIÓN a) COBERTURA PREFERENTE
Tope Bonificación
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL FUN Nº
CODIGO DE PLAN : 3UC3700510 NOMBRE :
Materiales Clínicos e Insumos
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)
Derecho de Pabellón
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
Día Cama Clínica de Recuperación
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)
Día Cama Especialidades
Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI)
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Día Cama Otros
Kinesiterapia
Laboratorio
Medicamentos en hospitalización
UF
Kinesiterapia
Consulta Psiquiatría
Sin Tope
Día Cama Psiquiatría (d)
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
90
Sin Tope
Pieza Doble
Hospital Clínico
Universidad Católica
Clínica U. Católica
Staff Médicos
ASOMEDUC
13.13
Sin Tope
Staff ASOMEDUC
Consulta Urgencia (f)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Consulta Médica
70
Sin Tope
Consulta Oftalmológica
Libre Elección
4.50
Fonoaudiologia
70
Prótesis y Ortesis
Medicamentos Ambulatorios (j) Sin Tope
Clínica Dávila
Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila
Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM
Tiempos de Espera:
Exámenes Intervenciones quirúrgicas
15 días
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
30 días
Atenciones de Urgencia
Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Psiquiatría Ambulatoria
Sin Tope
OTRAS PRESTACIONES
Óptica (g)
Sin Tope
Traslados (h)
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
70
Hospital Clínico
Universidad Católica
Libre Eleccion
OTROS (Restricciones)
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y
cirugía bariátrica o de obesidad (a.1)
Solo cobertura Libre Eleccion
Consulta Médica 7 días
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Contratante
Nombre : Nombre :
CODIGO DE PLAN : 3UC3700510 NOMBRE : PREFERENTE UC DOBLE 3700
Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo
familiar
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios
del profesional o la institución que realiza la atención.
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.
f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y
traumatología.
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La
bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en
un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo
190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado.
l) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y
está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b)
del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se
presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.)
Cargas
m) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en
prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
Contratante
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
(i) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura
equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o
superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más
g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a
cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
(h) Con indicación médica justificada.
NOTAS EXPLICATIVAS
a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación doble efectivamente utilizada por el beneficiario de
acuerdo al convenio vigente con el prestador. Prestador Derivado, se rige en los mismos términos del prestador preferente principal
definido en el Plan de Salud Complementario
Staff ASOMEDUC = Comprende médicos del Staff de la RED UC pertenecientes a la asociación de médicos de la U.C
(ASOMEDUC) en convenio con Cruz Blanca para la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC.
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro
del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a
contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la
Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel
en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en
vigencia al mes siguiente de su incorporación.
UFIsapre Cruz Blanca -20
a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde
la UF del último día del mes al que corresponde devengar la
cotización.)
Nombre ArancelTope General por
Beneficiario k) Unidad
UF 3000
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Precio Base Plan de Salud
Complementario en UFEdad (Años)