FUN N° % Bonif.% Bonif.Copago Valor RealValor RealFijo 1.60 VA1001.60 VA 0.60 UF0.60 UF 1.40 VA1.40 VA 1.40 VA1.40 VA3.50 UF 1.75 VA 3.50 UF 0.88 UF 1.75 VA 1.75 VA 1.00 VA 1.00 VA 1.00 VA 12.75 UF 6.38 UF7.65UF 0.44 UF 1.50 VA 3.19 UF 1.75 VA6.56 UF 0.40 UF(*) $ 3.500 0.50 UF800.50 UF Laboratorio1.00 VA85Sin Tope Rayos - TAC - ECO1.00 VA1.00 VA Resonancia Nuclear Magnética1.00 VA1.00 VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)1.60 VA1.60 VA Box ambulatorio(i)1.75 VA1.75 VA Derecho de Pabellón(i)1.75 VA1.75 VA Procedimientos(c)1.40 VA1.40 VA 1.40 VA1.40 VA3.50 UF 1.25 UF1.25 UF 0.30 UF0.30 UF 1.50 VA1.50 VA 1.50 VA1.50 VA1.50 UF 1.40 VA1.40 VA1.82 UF 5.00 VA2.00 UF 2.00 VA 2.32 VA 2.16 UF10.80 UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Materiales Clínicos e Insumos Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica DerivadoAño/Benef/UF UF - Veces Arancel Tope Bonificación Sin Tope (k)UF - Veces Arancel Tope Bonificación COLECTIVO CLINICA BIOBIO INDIVIDUAL 100CF Medicamentos en hospitalización Honorarios Médicos Quirúrgicos Día Cama Especialidades Derecho de Pabellón Laboratorio Rayos - TAC - ECO Resonancia Nuclear Magnética UTI-UCI Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(c) Traslados(h) Medicamentos Ambulatorios(j) Kinesiterapia PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CODIGO DE PLAN:CBBI200110NOMBRE: Día Cama Psiquiatría(d) 80 % de acuerdo a los topes Cobertura Preferente. Fonoaudiologia Prótesis y OrtesisSin Tope Atenciones de Urgencia 80 Día Cama Clínica de Recuperación Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(e) 90 UF Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b) Día Cama OtrosCopago Diario de 1.00 UF Sin Tope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia 6.56 70 Psiquiatría Ambulatoria 7 días Tiempos de Espera: PRESTACIONES HOSPITALIZADAS LIBRE ELECCIÓN TIPO DE PLAN:Grupal a) Cobertura Preferente Clínica BioBioPrestador Tope Individual NACIONAL Kinesiterapia Clínica BioBio Hospital Clínico U. de Chile Pieza Individual Pieza Individual 100 Intervenciones quirúrgicas OTRAS PRESTACIONES 1.50UF Consulta Psiquiatría Sin Tope Consulta Urgencia y Oftalmológica(f) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria 80 Sin Tope 15 días Exámenes Proc. diagnósticos y Terapéuticos Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Óptica(g) Consulta Médica 30 días
CBBI200110COLECTIVO CLINICA BIOBIO INDIVIDUAL 100CF HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : h)Con indicación médica justificada. a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones que se realicen en las Clínica BioBio. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Pieza Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Seexceptúadelacoberturapreferenciallaatenciónpsiquiátrica,psicológica, prótesis,traslados, atencióndental, cirugíafotorrefractiva(lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 (*) Megasalud, copago fijo, es sólo en Consulta Médica, a excepción de Consulta Urgencia y Oftalmología. 2100 UF Elaranceldeprestacionespodráserreajustadoy/omodificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de loanterior,laIsapreestáfacultadaparaincorporarnuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. UFIsapre Cruz Blanca -20 Unidad Nombre ArancelTope General por Beneficiario k) (El precio se pagaráen pesos. Para sucálculo seconsidera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar CODIGO DE PLAN: Cargas Edad (Años)Contratante k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, sólo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. La cobertura Internacional opera por reembolso yse rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatoriasBox ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos,se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. g)Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. NOMBRE : NOTAS EXPLICATIVAS Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. CONDICIONES DE OTORGAMIENTO Y MANTENCIÓN DE PLANES GRUPALES - Mantener un mínimo de 25 cotizantes dentro del convenio colectivo asociado a este plan. el plazo para alcanzar el ingreso mínimo será de 3 meses. - Mantener un nivel de gastos en salud inferior al 85%, y de subsidios inferior al 20% de la recaudación efectivamente recibida por Isapre Cruz Blanca S.A., sin considerar dentro de esta el precio pagado por la GES. - Renuncia por parte del afiliado a excedentes de cotización de salud y mantención de la misma. REQUISITOS PARA ENTRAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL - El trabajador debe mantener una relación laboral con plazo indefinido con la empresa.