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CBBI200110

COLECTIVO CLINICA BIOBIO INDIVIDUAL 100CF

Sin puntaje, no analizado

Desde

$60.116/mes

Contratación telefónica

FUN N°
% Bonif. % Bonif. Copago
Valor Real Valor Real Fijo
1.60 VA 100 1.60 VA
0.60 UF 0.60 UF
1.40 VA 1.40 VA
1.40 VA 1.40 VA 3.50 UF
1.75 VA
3.50 UF
0.88 UF
1.75 VA
1.75 VA
1.00 VA
1.00 VA
1.00 VA
12.75 UF
6.38 UF 7.65 UF
0.44 UF
1.50 VA
3.19 UF
1.75 VA 6.56 UF
0.40 UF (*) $ 3.500
0.50 UF 80 0.50 UF
Laboratorio 1.00 VA 85 Sin Tope
Rayos - TAC - ECO 1.00 VA 1.00 VA
Resonancia Nuclear Magnética 1.00 VA 1.00 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i) 1.60 VA 1.60 VA
Box ambulatorio (i) 1.75 VA 1.75 VA
Derecho de Pabellón (i) 1.75 VA 1.75 VA
Procedimientos (c) 1.40 VA 1.40 VA
1.40 VA 1.40 VA 3.50 UF
1.25 UF 1.25 UF
0.30 UF 0.30 UF
1.50 VA 1.50 VA
1.50 VA 1.50 VA 1.50 UF
1.40 VA 1.40 VA 1.82 UF
5.00 VA 2.00 UF
2.00 VA
2.32 VA
2.16 UF 10.80 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
Materiales Clínicos e Insumos
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Consulta Médica
DerivadoAño/Benef/UF
UF - Veces Arancel
Tope Bonificación
Sin Tope
(k)UF - Veces Arancel
Tope Bonificación
COLECTIVO CLINICA BIOBIO INDIVIDUAL 100CF
Medicamentos en hospitalización
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Día Cama Especialidades
Derecho de Pabellón
Laboratorio
Rayos - TAC - ECO
Resonancia Nuclear Magnética
UTI-UCI
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)
Traslados (h)
Medicamentos Ambulatorios (j)
Kinesiterapia
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
CODIGO DE PLAN : CBBI200110 NOMBRE :
Día Cama Psiquiatría (d)
80 % de acuerdo a los topes Cobertura Preferente.
Fonoaudiologia
Prótesis y Ortesis Sin Tope
Atenciones de Urgencia
80
Día Cama Clínica de Recuperación
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)
90
UF
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)
Día Cama Otros Copago Diario de 1.00 UF
Sin Tope
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
6.56
70
Psiquiatría Ambulatoria
7 días
Tiempos de Espera:
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
LIBRE ELECCIÓN
TIPO DE PLAN : Grupal
a) Cobertura Preferente
Clínica BioBio Prestador
Tope
Individual
NACIONAL
Kinesiterapia
Clínica BioBio
Hospital Clínico U. de Chile
Pieza Individual
Pieza Individual
100
Intervenciones quirúrgicas
OTRAS PRESTACIONES
1.50 UF
Consulta Psiquiatría
Sin Tope
Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
80
Sin Tope
15 días
Exámenes
Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia
Óptica (g)
Consulta Médica
30 días
CBBI200110 COLECTIVO CLINICA BIOBIO INDIVIDUAL 100CF
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Contratante
Nombre : Nombre :
h) Con indicación médica justificada.
a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones que se realicen en las Clínica BioBio.
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Pieza Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de
acuerdo al convenio vigente con el prestador.
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre
Elección.
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
(*) Megasalud, copago fijo, es sólo en Consulta Médica, a excepción de Consulta Urgencia y Oftalmología.
2100 UF
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado
dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en
vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de
lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas
prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente,
las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
UFIsapre Cruz Blanca -20
Unidad
Nombre ArancelTope General por
Beneficiario k)
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el
valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la
cotización.)
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar
CODIGO DE PLAN :
Cargas
Edad (Años) Contratante
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por
libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la
diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, sólo se bonificará
el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan
un tope por evento o mensual en el plan de salud.
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en
el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado
en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se
presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones
ambulatorias Box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la
cobertura para prestaciones hospitalizadas.
g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
NOMBRE :
NOTAS EXPLICATIVAS
Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
CONDICIONES DE OTORGAMIENTO Y MANTENCIÓN DE PLANES GRUPALES
- Mantener un mínimo de 25 cotizantes dentro del convenio colectivo asociado a este plan. el plazo para alcanzar el
ingreso mínimo será de 3 meses.
- Mantener un nivel de gastos en salud inferior al 85%, y de subsidios inferior al 20% de la recaudación efectivamente
recibida por Isapre Cruz Blanca S.A., sin considerar dentro de esta el precio pagado por la GES.
- Renuncia por parte del afiliado a excedentes de cotización de salud y mantención de la misma.
REQUISITOS PARA ENTRAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL
- El trabajador debe mantener una relación laboral con plazo indefinido con la empresa.