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CUCE340110

COLE HOSPITAL CLINICO UC ESPECIAL 3400

Sin puntaje, no analizado

Desde

$61.185/mes

GRUPAL
% Bonif. % Bonif.
Valor Real Valor Real
0.40 UF
1.50 VA
1.00 VA
2.00 UF
3.60 UF
1.00 UF
2.00 VA
1.60 VA
1.00 VA
1.30 VA
1.30 VA
1.50 VA 3.75 UF
10.00 UF
5.00 UF 5.00 UF
0.50 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e) 2.50 UF
1.20 VA
0.50 UF 5.00 UF
0.30 UF
0.40 UF
0.40 UF
Laboratorio 1.00 VA
1.00 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i) 1.50 VA
Box ambulatorio (i) 1.40 VA
Derecho de Pabellón (i) 1.10 VA
Procedimientos (c) 1.00 VA
1.00 VA
1.20 VA 3.00 UF
0.40 UF 3.00 UF
0.20 UF
1.00 VA
1.00 VA 3.00 UF
1.20 VA 1.56 UF
Consultas Pediatria y Subespecialidades; Neonatologia 70 0.08 UF
Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatologo 0.10 UF
Atencion Inmediata al recien Nacido 0.25 UF
Dia Cama Sala Cuna - Fototerapia 0.25 UF
Dia cama Incubadora 0.50 UF
0.90 UF
0.50 UF
0.40 VA
3.00 VA 1.20 UF
2.00 VA
2.00 VA
8.00 UF 24.00 UF
70
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
70
Hospital Clínico Universidad
Católica
Consulta Médica 7 días
Libre Eleccion
Psiquiatría Ambulatoria
Sin Tope
OTRAS PRESTACIONES
Óptica (g)
Sin Tope
Traslados (h)
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia
Resonancia Nuclear Magnética (RNM)
Rayos - Scanner - Ecotomografías (RX-TAC-ECO)
Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila
Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM
Tiempos de Espera:
Exámenes Intervenciones quirúrgicas
15 días
30 días
Atenciones de Urgencia
Proc. diagnósticos y Terapéuticos
70
Prótesis y Ortesis
Medicamentos Ambulatorios (j) Sin Tope
Clínica Dávila
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
Consulta Médica
70
Sin Tope
Consulta Oftalmológica
Libre Elección
3.00
Fonoaudiologia
UF
Sin Tope
Staff ASOMEDUC
Kinesiterapia
Laboratorio
Clínica Dávila
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)
Día Cama Especialidades
Consulta Urgencia (f)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Kinesiterapia
Consulta Psiquiatría
Sin Tope
Día Cama Psiquiatría (d)
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
90
Sin Tope
Rayos - Scanner - Ecotomografías (RX-TAC-ECO)
Resonancia Nuclear Magnética (RNM)
Día Cama Clínica de Recuperación
Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI)
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Día Cama Otros
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
TIPO DE PLAN : INDIVIDUAL FUN Nº
Sin Tope
Tope Bonificación
80
LIBRE ELECCIÓN
UF
Libre Elección
Tope Bonificación Año/Benef/UF
(k)UF - Veces Arancel UF - Veces Arancel
Pieza Individual
Hospital Clínico
Universidad Católica
Clínica U. Católica
Staff Médicos
ASOMEDUC
7.50
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)
NOMBRE : COLECTIVO HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA ESPECIAL 3400
Tope
Prestador Derivado
NACIONAL
Sin tope
a) COBERTURA PREFERENTE
UTI-UCI Pediatrica y Neonatal
Día Cama Hospitalizacion Medica y Quirurgica Pediatrica
Derecho de Pabellón Parto-Cesárea-Aborto
CODIGO DE PLAN : CUCE340110
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
Medicamentos en hospitalización
Materiales Clínicos e Insumos
80
Derecho de Pabellón
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de pretaciones que contemplan una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se encuntran contenidas en las siguientes
agrupaciones. Examenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografías específicas de niños y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de oftalmología en niños (7);
Procedimientos de otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños (1);Procedimientos y cirugías obstetricas relacionadas con el control de embarazo y atención del parto (22).
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :
"PARTO - CESAREA- ABORTO RETENIDO - ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS"
"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir
con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes
de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que
correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al
precio del nuevo plan."
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Contratante
Nombre : Nombre :
REQUISITOS PARA ENTRAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL
- El trabajador debe mantener una relación laboral con plazo indefinido con la empresa.
CONDICIONES DE OTORGAMIENTO Y MANTENCIÓN DE PLANES GRUPALES
- Mantener un mínimo de 25 cotizantes dentro del convenio colectivo asociado a este plan. el plazo para alcanzar el ingreso mínimo
será de 3 meses.
- Mantener un nivel de gastos en salud inferior al 85%, y de subsidios inferior al 20% de la recaudación efectivamente recibida por
Isapre Cruz Blanca S.A., sin considerar dentro de esta el precio pagado por la GES.
- Renuncia por parte del afiliado a excedentes de cotización de salud y mantención de la misma.
UF 3000 UFIsapre Cruz Blanca -22
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los
cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la
Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
NOTAS EXPLICATIVAS
a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la bonificación preferente
hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador.
Staff ASOMEDUC = Comprende médicos del Staff de la RED UC pertenecientes a la asociación de médicos de la U.C (ASOMEDUC) en convenio con Cruz Blanca para
la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC.
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes al que
corresponde devengar la cotización.)
Nombre ArancelTope General por Beneficiario
k) Unidad
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Precio Base Plan de Salud Complementario en
UFEdad (Años) Contratante
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
(i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias día cama, derecho
de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas.
g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
(h) Con indicación médica justificada.
Precio Total Plan de Salud Complementario en
UF según Grupo familiar
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que
realiza la atención.
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.
f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la
oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos
el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta
forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.
l) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por
beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud
Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su
liquidación.)
Cargas
m) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.
CODIGO DE PLAN : CUCE340110 NOMBRE : COLECTIVO HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA ESPECIAL 3400
Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo),
prstaciones pediatricas y neonatales cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección. Se deja constancia que para este tipo
de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.