ON PROTECCION 40A 425 PCBO40A425Fun N°Tipo de Plan:INDIVIDUAL PRESTACIONESOFERTA PREFERENTE (1.a)Tope máximo año contrato por beneficiario (2.b) LIBREELECCIÓNTope máximo año contrato por beneficiario (2.b)%Tope%Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a.2) Día Cama 70% Sin Tope Hospital Clínico Universidad de Chile 60% Sin Tope Clínica Bupa Santiago 50% Sin Tope Clínica Dávila (Recoleta) (1.a.2)60% 5,0UF Sin Tope Día Cama Cuidados Intensivos, Coronarios o Intermedios7,7UF DíaCama Sala Cuna-Fototerapia2,5UF Día Cama Observación-Recuperación2,5VA Derecho de Pabellón5,3VA Exámenes de Laboratorio3,4VA Exámenes de Histopatología3,7VA Imagenología (Rayos; Scanner;Ecotomografía)3,4VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2,4VA Kinesiología y fisioterapia2,2VA22UF Medicamentos (1.f)(2.i)24,5UF Sin Tope Materiales e insumos clínicos (1.f)(2.i)16,3UF Procedimientos (1.a.2.3)(1.c)3,4VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.a.2.3)3,0VA Visita por médico tratante o médico interconsultor (1.a.2.3)(1.b)Habitación Individual y Doble(1.a.2.1)Staff Médicos Clínicas(1.a.2.2) (1.a.2.3)1,3UF Drogas Biológicas (2.f)(2.i)60% Sin Tope ClínicaBupa Santiago800UF25,0UF200UF Quimioterapia (2.d)(2.i) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 1,9VA Sin Tope Traslados Médicos (1.i)1,6VA Injertos Hematopoyéticos1.0VA Tratamientos Fertilización AsistidaPAD(1.e)1.0VA AMBULATORIAS Consulta médica 60% Sin Tope Integramédica, Clínica Bupa Santiago, Clínica Dávila (Recoleta), Hospital Clínico Universidad de Chile (1.a.1) Sin Tope 60% 0,5UF 7UFConsulta médicade telemedicina en especialidad (1.m)0,5UF Consulta oftalmológica0,9UF Exámenes de Laboratorio3,2VA Sin Tope Exámenes de Histopatología3,5VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)3,2VA Pabellón Ambulatorio (2.a) (1.d)4,9VA Procedimientos (1.c)2,0VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)3,7VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1,8VA Kinesiología y fisioterapia20UF2,2VA10UF Radioterapia60% Sin Tope ClínicaBupa Santiagoe IRAM800UF2,0VA200UF Quimioterapia (2.d)(2.i)Idéntica cobertura preferente hospitalaria25,0UF200UF Atención integral de enfermería (2.h) Sólo Cobertura Libre Elección (1.a.3) 2,0VASin Tope Atención integral y Consulta Nutricionista (1.l)2,0VA6UF Fonoaudiología1,0VA10UF Prótesis y órtesis1,9VASinTope Injertos Hematopoyéticos1,0VA Prestaciones DentalesPAD(1.k)1.0VA7UF Tratamientos Fertilización AsistidaPAD(1.e)1.0VA Sin TopeClínica de Lactancia(0 y 6 meses de edad)PAD(1.n)1.0VA Mal Nutrición Infantil(7 y 72meses de edad)PAD(1.o)1.0VA PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Clínica de RecuperaciónSólo Cobertura Libre Elección(1.a.3)60%1,0UF10UF CirugíaFotorefractiva(Lasik),PET-CT(2.e)25% de la Cobertura General del Plan OTRAS COBERTURAS Cirugía de Bariátrica, Metabólica(2.e)60% Sin Tope ClínicaBupa Santiago25% de la Cobertura Libre Elección Box ambulatorio (1.d)Idéntica cobertura preferente ambulatoria 60% 3,4VASin Tope Medicamentosambulatorios (1.j)(2.i)0,4UF Óptica (1.h)Sólo Cobertura Libre Elección(1.a.3)0,70UF0,70UF Traslados médicos (1.i)1,6VASin Tope ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.2.5) (1.g) Consulta de Urgencia (1.a.2.4) Idénticosporcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos prestadores. (excluye Integramédica) 60%0,9UFSin Tope RNM–PRO–HMQ–DPA EXS–RX–TAC–ECO Medicamentos ambulatorios (1.j) PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6) Prestaciones AmbulatoriasClínica Hospital del Profesor Hospitalarias y Cirugía Mayor AmbulatoriaClínica Hospital del Profesor VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha ON PROTECCION 40A 425 PCBO40A425 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Precio Base Precio Total según composición del grupo familiar TABLA DE FACTORES N° 343 Edad (Años)ContratanteCargas 0 a menos de 200.60.6 20a menos de250.90.7 25 a menos de 351.00.7 35 a menos de 451.30.9 45 a menos de 551.41.0 55 a menos de 652.01.4 65y más2.42.2 Identificación única del arancelIsapre CruzBlanca–31Modalidad Arancel$ Tope General por Beneficiario en UF5000 (2.b)
ON PROTECCION 40A 425 PCBO40A425 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE NOTAS EXPLICATIVAS 1) Coberturas 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtienea través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:Integramédica, Clínica Bupa Santiago, Clínica Dávila (Recoleta), Hospital Clinico Universidad de Chile. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:Clínica Bupa Santiago, Clínica Dávila (Recoleta), Hospital Clínico Universidad de Chile. 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laHabitación Individual y Dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo con elconvenio vigente con el prestador. Suite o Departamento sólo modalidad libre elección. 1.a.2.2)Son prestadores Staff del Plan PreferenteON PROTECCION 40A 425todos los profesionales médicos que trabajan enClínica Bupa Santiago, Clínica Dávila (Recoleta), Hospital Clínico Universidad de Chiley que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a travéscualquiera de nuestros canales de contactoCruzBlanca. 1.a.2.3)En atencioneshospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario del ítem honorarios, si su atención se efectúa con profesionales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo contrario, será la de la Libre Elección. 1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia de los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente,tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan. 1.a.2.5) EstePlan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, quépor condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia oexámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional,los valoresqueIsapre CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado enClínica Bupa Santiago, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre laClínica Bupa Santiago y el prestador en la que recibió las atenciones. 1.a.2.6)La cobertura de laOferta Preferente que sea procedente, corresponderá siempre a la indicada para cada prestador o grupo de prestadores de la red de prestadores preferentes del planON PROTECCION 40A 425sin que operen como prestadores derivados el uno respecto del otro. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos preferente, sólo corresponderá si utiliza médicos con convenio en los prestadores que consideran dicha coberturaen el plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. Para el caso de presentarse una insuficiencia que afecte a la totalidad de la indicada red de prestadores preferentes, esto es, cuando todos ellos se encuentren imposibilitados temporal o permanentemente para otorgar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente dentro de los tiempos de espera máximos definidos en las condiciones de la oferta preferente, el beneficiario tiene derecho a solicitar su derivación, a el (los) prestador(es)Clínica Hospital del Profesor, conforme lo indique la Isapre, y que se designan como prestadores derivados a los de la red de prestadores preferentes, manteniendo la misma cobertura de haberse atendido en el prestador que dio origen a dicha derivación. 1.a.3) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificaciónde los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para larealización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.f)El tope definido para lacobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. 1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadasen servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h) Para obtener la cobertura de LentesÓpticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o más piezas dentales y los diagnosticados con Cáncer sin límite de edad, en prestaciones odontológicas y deespecialidad de Periodoncia de diagnóstico, preventivas y curativas. 1.l) Podrán acceder a la prestación de consulta de nutricionista todo beneficiario que presente sobrepeso u obesidad según criterios de IMC, tendrá derecho a la cobertura de la consulta de nutricionista. La primera consulta, dentro del año calendario, deberáser indicada por el médico tratante. 1.m)Sólo tendrán cobertura las consultas de telemedicina de las especialidades aquellas que se encuentran codificadas por Fonasa.Para el otorgamiento de la bonificación, la Isapre podrá requerir al beneficiario que acredite la realización de la atención a través de una boleta o factura emitida por el prestador, en que conste expresamente el código de la consulta médica de Telemedicina realizada. Asimismo, podrá solicitar cualquier otro documento que dé cuenta delotorgamiento efectivo de la prestación. 1.n)Estas prestaciones incluyen la consulta por profesional de la salud (matrona, enfermera o nutricionista) y 2 sesiones de consejería en técnicas de lactancia y alimentación saludable.Asimismo, en caso de sospecha de alergias alimentarias o alguna patología del niño(a), incluirá Consulta por médico pediatra y, en caso de confirmarse, consideraráapoyo de nutricionista en la alimentación de la madre.También deberá incluir una atención psicológica a la madre cuando se requiera. 1.o)Estas prestaciones incluyen las coberturas integrales dos consultas profesionales por nutricionista principalmente, siendo una de ellas de seguimiento, dos sesiones de consejería en técnicas de lactancia y alimentación saludable, una atención psicológica ala madre, cuando se requiera, e insumos de enfermería en general. Asimismo, en caso de sospecha de alergias alimentarias o alguna patología del niño(a), incluirá la consulta por médico pediatra. 2)DefinicionesVA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento. Staff Médicos Clínicas =Médicos de las Clínicas Red HospitalariaClínica Bupa Santiago, Clínica Dávila (Recoleta), Hospital Clínico Universidad de Chile, que tienen convenio con Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de pabellón. 2.a) Pabellónambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos oterapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección como por oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a ladiferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la coberturafinanciera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicadosen el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d) Se entiende por quimioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La cobertura de laCirugía Bariátrica, Metabólica,Cirugía Lasiky PET-CT, corresponde al evento hospitalario completo. 2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamientode patologías no oncológicas.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha 2.g) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalizacióndomiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 2.i) Todos los medicamentos, materiales e insumos clínicos,drogas biológicas,incluidos medicamentos para quimioterapia, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren registrados por el Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fines curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o experimentación. 3)Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" 4)Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)Para las bonificaciones: Si los topes estánexpresadosen unidadesde fomento (UF), el valor de laconversión que se utilizará corresponderá al que dichaunidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b)Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5)Reajuste del arancel de prestaciones El valor de cada una delas prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dichoreajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.),entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.
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