II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO ( b ) ( b ) ( c ) ( d ) ( b ) ( b ) ( f ) M E S A Ñ O S (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) UF Firma del afiliadoFirma y Timbre Isapre _______________________________________________________________________________________________________________ El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. UnidadNombre del Arancel OTRAS PRESTACIONES 2,70 2,00 2,20 0,60 1,70 3,00 22,00 3,00 2,20 5,005,50 6,00 2,00 1,702,00 4,00 1,00 6,00 2,20 2,20 6,00 2,10 80 3,00 1,20 1,50 2,50 2,50 2,50 2,20 1,90 2,00 2,50 2,20 1,80 2,00 1,80 1,201,80 0,70 1,90 45 a 47 48 a 551,45 1,05 1,30 35 a 44 1,80 3,603,604,50 3,00 1,80 3,00 4,503,6080 y más 2,00 2,20 1,00 1,00 1 a 17 18 a 23 24 a 34 80 1,00 0,70 0,45 Procedimientos Diagnósticos 80 2,00 80 Derecho de Pabellón 100 40,00 100 100 Día Cama Unidad Intermedia 1,70 Procedimientos Diagnóstico Día Cama Unidad Tto. Intensivo (Adulto) Día Cama Unidad Tto.Intensivo (Ped-Neo) 100 Día Cama Psiquiatría Rx-Tac-Rnm-Ecotomografía Consulta Medica En Hospitalización 100 Prótesis Óptica80 Consulta Urgencia ( e ) 80 80 Sin Tope 10,41 Honorarios Médicos Ambulatorios 80 Kinesiología, Med.Fisica y Rehabilitación 100Día Cama PRESTACIONES AMBULATORIAS 3,00 Rx-Tac-Rnm-Ecotomografía 80 80 Exámenes de Laboratorio80 1,00 Medicamentos Ambulatorios, corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. La cobertura Internacional ambulatoria se rige por los porcentajes, topes y bonificaciones máximas citadas precedentemente. La cobertura Internacional hospitalaria en los ítems afectos al 90% libre elección, tendrán un tope de bonificación equivalente al valor convenido para cada prestación en Clínica Indisa, con tope de medicamentos de 360 UF. 2,00 5,00 f) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva. e) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 80 40,00 I. DISPOSICIONES GENERALES Psicología Ambulatoria Psiquiatría Ambulatoria Honorario Medico Quirúrgico Fonoaudiologia Procedimientos Terapéuticos Fonoaudiologia Consulta Médica( General y Especialidades ) Exámenes Radiológicos Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. 14,00 6,00 22,00 PINGUERAL 5200 TIPO DE PLAN : 80 0,95 80 100 100 100 100 100 100 80 Traslados Día Cama 100 100 Medicamentos en Hospitalización 100 Procedimientos Terapéuticos Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio Ex. Radiológicos b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón. c) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS 0 a 111,000,702,002,00 a) Cobertura Preferente Hospitalizada : 100% Sin tope pieza individual en cualquier Clínica o Establecimiento Hospitalario De la VIII Región. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos . Cada una de las prestaciones incluidas en la línea de cobertura "Prestaciones Psiquiátricas hospitalarias" tendrán una cobertura igual o superior a la cobertura que otorga Fonasa en la modalidad de Libre elección. 56 a 69 70 a 793,00 2,00 4,00 2,00 3,0060 a 69 0,452,00 EdadCarga Hombre Contratante Cónyuge Carga TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 18 MujerHombre 1,70 6,00 2,20 2,20 2,20 2,00 2,10 1,70 6,00 3,00 CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ____________________________________FECHA _____________________________________LUGAR__________________________ NOMBRE: _____________________________________________________________________RUT: _______________________________________________ 100 100 1,00 801,00 1,00 INDIVIDUALMATRIMONIAL CODIGO DE PLANPI52181NOMBRE ( UF) % DE BONIF. VALOR REAL COBERTURA PREFERENTE (ORDENES DE ATENCION) ( a ) MAX BONIF AÑO/BENEFIC. ( UF) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS 110000%%SSiinnttooppeeppiieezzaaiinnddiivviidduuaall eennccuuaallqquuiieerrCCllíínniiccaaoo EEssttaabblleecciimmiieennttooHHoossppiittaallaarriioo DDeellaaVVIIIIIIRReeggiióónn.. Kinesiología, Med.Fisica Y Rehabilitación TOPE BONIFICACION VECES EL ARANCEL 80 Las garantías Explicitas en Salud (GES) se otorgarán exclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre.Deigualmodo,elbeneficiodelacoberturaadicionalparaenfermedades Catastróficas(CAEC),y lacoberturaespecialGES-CAEC,se otorgarábajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. ISAPRE CRUZ BLANCA - 2 Tope General por Beneficiario 4000 UF Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar Mujer El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Quimioterapia Tope Mensual10040,00 1,50 10,41 5,00Audífono