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EVERE53

EVEREST 53

Puntuación del plan 7,4

Desde

$184.809/mes

Plan EVEREST
ANEXO DE CONTRATO
DE SALUD PREVISIONAL
EVEREST
Plan de Salud Complementario
con Modalidad Libre Elección
Plan con cobertura reducida de Parto, Cesárea,
Aborto Espontáneo y Neonatología y Cirugías
Bariátricas y Fotorrefractivas o Fototerapeúticas
y Cirugías Rinoplásticas y Hospitalización Pediátrica y Neonatológica y
procedimientos e intervenciones prostáticas y testiculares.
EVERE 53
COBERTURA INTERNACIONAL:
BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (1) Y (2). PARA EL CASO DE LAS PRESTACIONES SIN TOPE SE BONIFICARA EN BASE A LOS
TOPES EXPRESADOS EN LA COLUMNA (3).
OTRAS COBERTURAS
VA : VECES ARANCEL NUEVA MASVIDA
COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO:
La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Nueva Masvida.
El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan
convenio vigente con la Isapre Nueva Masvida. El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las ocinas de atención de público de la Isapre.
Plan con Cobertura Reducida en Prestaciones Obstétricas (Parto, Cesárea o Aborto), en Cirugías Bariátricas y Fotorrefractivas, Cirugías Rinoplásticas y
Hospitalización Pediátrica y Neonatológica y Procedimientos e Intervenciones quirúrgicas prostáticas y testiculares
AMBULATORIAS
Consulta Médica 70% 2,30 UF
Consulta Oftalmológica 70% 2,53 UF
Exámenes de Laboratorio 70% 4,20 VA
Imagenología 70% 4,20 VA
Procedimientos 70% 3,50 VA
Kinesiología 70% 3,55 VA 5,05 UF
Fonoaudiología 70% 3,55 VA 4,90 UF
Radioterapia (Incluye Insumos) 70% 30,00 UF
Quimioterapia 70% 50,00 UF
Prótesis y Ortesis 70%
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Día Cama Sala Cuna 90% 1,00 UF
Día Cama Incubadora 90% 2,00 UF
Día Cama Psiquiatría 90% 3,50 UF 52,50 UF
Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios 90% 4,00 VA 4,70 UF
Honorarios Matrona 90% 1,60 VA
Consulta Psiquiátrica 70% 3,80 VA 3,80 UF
Consulta Psicológica 70% 3,80 VA 3,80 UF
Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria 70% 4,20 VA
Scanner y Ecografías Ambulatorias 70% 4,20 VA
Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios 70% 3,55 VA 4,20 UF
Prestaciones Obstétricas (parto, Cesárea o Aborto).
Cirugías Bariátricas (Cualquier Técnica).
Hospitalización Neonatológica y Pediátrica ( Cualquier Intervención y Procedimiento).
Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas (Cualquier Técnica).
Cirugías Rinoplásticas (Cualquier Técnica).
Procedimientos e intervenciones prostáticas y testiculares (Cualquier Técnica).
Medicamentos e Insumos en Servicio de Urgencia (b) 70% 1,00 UF 2,00 UF
PRESTACIONES
%
Bonicación
sobre
Valor Real
de la Prestación
TOPE DE
BONIFICACION
U.F.
o Veces Arancel
(1)
TOPE MÁXIMO
Año Contrato por
Beneciario
en U.F.
(2)
AMPLIACIÓN
DE
COBERTURA
(4)
90% SIN TOPE
(Hospitalización
en Habitación
Individual
más Simple con
baño Privado).
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN
COBERTURA
Sin Cobertura
SIN
COBERTURA
SIN
COBERTURA
25% de la Cobertura del Plan Complementario de Salud.
85% Sin Tope
Nivel I, II y III(*)
TOPE
BONIFICACIÓN
Internacional
(3)
SIN TOPE
VER
COLUMNAS
(1) Y (2)
VER
COLUMNAS
(1) Y (2)
VER
COLUMNAS
(1) Y (2)
EVERE 53
Plan EVEREST 6860
10,00 UF
Lentes con Fuerza Dióptrica 70% 0,90 UF
Atención Integral de Enfermería 70% 0,57 UF 1,71 UF
Atención Integral de Nutricionista (****) 70% 0,57 UF 1,71 UF
Prestaciones Dentales (PA D) (*****) 70% 1,00 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos 90% 12,80 VA
Box Ambulatorio (por menos de 4 horas) 90% 5,00 UF
Pabellón Ambulatorio 90% 16,00 VA
230,00 UF
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA
Día Cama (Ver Anexo Plan de Salud Complementario (**)). 90% 18,00 UF
Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios 90% 20,00 UF
Día Cama Cuidados Intermedios 90% 19,00 UF
Exámenes de Laboratorio 90% 6,00 VA
Imagenología 90% 6,00 VA
Kinesiología 90% 6,00 VA
Derecho de Pabellón 90% 16,00 VA
Medicamentos (Por evento durante la Hospitalización) (***) 90%
Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***) 90% 110,00 UF
Procedimientos 90% 3,60 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos 90% 12,80 VA
Visita por Médico Tratante 90% 2,00 UF
Visita por Médico Interconsultor 90% 2,00 UF
Traslados Médicos 90% 3,10 UF
Quimioterapia 90% 50,00 UF
Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis 90% 14,00 UF
Firma Representante Isapre Firma y Huella Dactilar del Aliado
Nombre: Nombre:
RUT: RUT:
Fecha:
IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel Nueva Masvida No 2 UNIDAD: PESOS
PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: Suma de Factores x Tarifa Base.
* La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración.
TOPE GENERAL
POR BENEFICIARIO
U.F.
Año/Contrato
PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:
(Según composición del grupo familiar)
PRECIO BASE Unidades de Fomento *
Para aquellos planes en que el cálculo de la bonicación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad Libre Elección, la Isapre otorgará
dicha cobertura mínima.
- Hospitalización Pedriátrica y/o Neonatológica: Corresponde a la cobertura de las intervenciones y procedimientos incluidas en el grupo de Prestaciones Hospitalarias con ocasión de la
hospitalización de un menor de 15 años.
- La cobertura para el parto no podrá ser inferior a la que resulte de aplicar el nuevo plan la proporcionalidad que establece el Artículo 189, letra (g) del D.F.L. No 1 más la proporción
correspondiente al plan que estaba vigente a la fecha de la modicación.
CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO
Durante la vigencia del presente Plan, Isapre Nueva Masvida estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite.
El(la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos entre los siguientes planes de salud:
a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual
podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes benecios del nuevo plan.
b) Un Plan de salud que mantenga los benecios del Plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan.
En todo caso, las partes podrán convenir, de común acuerdo, que el (la) cotizante se incorpore a un plan que otorgue mayores benecios, realizando los
ajustes de precio que correspondan.
COBERTURA
25%
De la Cobertura
del Plan Complementario
de Salud.
Día Cama Cirugía o Maternidad
Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios e Intermedios
Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos (Por Evento durante la Hospitalización)
Visita por Médico Tratante e Interconsultor
Derecho de Pabellón
Atención Inmediata Recién Nacido
Honorarios Médicos Quirúrgicos y Matrona
Exámenes de Laboratorio
Imagenología
Kinesiología
Procedimientos
Las Prestaciones Obstétricas (Parto, Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas (cualquier técnica) y Fotorrefractivas y/o Fototerapeúticas (cualquier técnica) y
Cirugías Rinoplásticas (cualquier técnica) y Hospitalización Pediátrica y Neonatológica (Cualquier Intervención o procedimiento) y Procedimientos e Intervenciones quirúrgicas
prostáticas y testiculares (cualquier técnica) tendrán una cobertura reducida tal como se indica a continuación, en las prestaciones que le correspondan:
IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 63
GRUPOS COTIZANTE CARGA
DE EDAD HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER
0 a menos de 2 Años 1,80 1,80 1,80 1,80
2 a menos de 5 Años 0,80 0,80 0,75 0,75
5 a menos de 10 Años 0,70 0,80 0,55 0,55
10 a menos de 15 Años 0,70 0,80 0,55 0,55
15 a menos de 20 Años 0,70 1,20 0,55 0,70
20 a menos de 25 Años 0,80 2,00 0,55 1,00
25 a menos de 30 Años 0,80 2,40 0,70 1,50
30 a menos de 35 Años 1,00 3,00 1,00 1,80
35 a menos de 40 Años 1,10 2,80 1,10 1,70
40 a menos de 45 Años 1,40 2,40 1,40 1,60
45 a menos de 50 Años 2,70 2,70 2,70 2,70
50 a menos de 55 Años 4,95 4,95 4,95 4,95
55 a menos de 60 Años 4,95 4,95 4,95 4,95
60 a menos de 65 Años 4,95 4,95 4,95 4,95
65 a menos de 70 Años 4,95 4,95 4,95 4,95
70 a menos de 75 Años 4,95 4,95 4,95 4,95
75 a menos de 80 Años 4,95 4,95 4,95 4,95
80 y más Años 4,95 4,95 4,95 4,95
4.200
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD LIBRE ELECCION
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:
(1) COBERTURAS:
- Es de exclusiva responsabilidad del beneciario informarse sobre los prestadores que mantienen convenio vigente con Isapre
Nueva Masvida.
b) La cobertura por este concepto corresponde solo en atención de Urgencia de Clínica u Hospital y opera bajo la modalidad de
Reembolso.
(*) Si se utilizan Laboratorios y Centros de Radiología, cuyas prestaciones estén pactadas en los precios equivalentes a los niveles
indicados en la columna Ampliación de Cobertura, sólo mediante la modalidad de Orden de Atención (Bono).
- Cobertura Internacional: La bonicación opera contra reembolso. Los documentos originales deben ser presentados dentro del
plazo de 90 días de la emisión. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas.
- (**) La Cobertura Sin Tope para Día Cama se otorgará solamente hasta el Día Cama Estándar del establecimiento asistencial en que
se encuentre hospitalizado. Si se utiliza una cama de mayor valos, deberá cancelar la diferencia de precio entre Día Cama Estándar y
la cama utilizada (******).
- (***) Para la Bonicación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período
contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará
solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial.
- (****) Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años, con riesgo cardiovascular modicable con dieta, que presenten
obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II
o Pre-Diabetes). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al
inicio, cuatro controles y una evaluación al término.
- (*****) Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años, que requieran algunas de las prestaciones dentales que están
incorporadas en el Arancel de Prestaciones. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre, la que está disponible en la
página web de Isapre Nueva Masvida.
- Quimioterapia: El Tope de Bonicación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos,
administración y preparación de la droga y drogas Antineoplásicas (incluidas y nanciadas en el Programa Nacional de Drogas Antineoplásicas
(PINDA y PANDA) del Ministerio de Salud de Chile).
- (******) El listado de los prestadores y establecimientos asistenciales con sus correspondientes camas estándar está disponible en
las ocinas de atención de público de la isapre.
(2) DEFINICIONES:
Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria: Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un
establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón
5 o superior, se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria.
Box Ambulatorio: La lsapre podrá bonicar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier
tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con nes de diagnóstico o tratamiento,
que se utilice por menos de 4 horas.
Cirugía Ambulatoria: Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos.
(3) VALOR DE CONVERSION DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR:
- La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, corresponderá al que dicha
unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonicación.
- La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se
devenga la remuneración.
(4) REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES:
Plan EVEREST
EVERE 53
- El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser
reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste será el 100% de la variación porcentual acumulada que haya
experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC), entre enero y diciembre de cada año calendario y será
aplicable durante el mes de febrero siguiente al año calendario considerado