PlanPREFERENTE LIFE 5 ANEXO DE CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL LIFE Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO ESPONTÁNEO Y NEONATOLOGÍA Y CIRUGÍAS BARIÁTRICAS, FOTORREFRACTIVAS O FOTOTERAPEÚTICAS Y CIRUGÍAS RINOPLÁSTICAS.
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama90%11,50UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios90%15,00UF Día Cama Cuidados Intermedios90%10,50UF Exámen de Laboratorio90%2,75VA Exámen de Imagenología90%2,75VA Kinesiología y Fisioterapia(b)90%2,75VA Derecho de Pabellón90%7,00VA Procedimientos(b)90%2,50VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(b)90%5,65VA Visita por Médico Tratante(b)90%0,95UF Visita por Médico Interconsultor(b)90%0,95UF Medicamentos(Por evento durante la Hospitalización)(***)90%75,00UF Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***)90%60,00UF Traslados Médicos90%2,00UF Quimioterapia90%30,00UF Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis90%20,00UF AMBULATORIAS Consulta Médica(c)70%1,00UF Consulta Oftalmológica(c)70%1,00UF Exámenes de Laboratorio(*)70%1,95VA Exámenes de Imagenología (*)70%1,95VA Procedimientos70%1,90VA Kinesiología y Fisioterapia70%1,95VA2,80UF Fonoaudiología70%1,95VA2,95UF Radioterapia (Incluye Insumos)70%15,30UF Quimioterapia70%15,30UF Prótesis y Ortesis70%8,00UF Lentes con Fuerza Dióptrica70%1,00UF Atención Integral de Enfermería70%0,70UF2,10UF Atención Integral de Nutricionista (****)70%0,70UF2,10UF Prestaciones Dentales (PAD) (*****)70%1,00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos (b)90%4,50VA Box Ambulatorio (por menos de 4 horas)90%1,00UF Pabellón Ambulatorio90%5,00VA PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Sala Cuna90%1,00UF Día Cama Incubadora90%3,00UF Día Cama Psiquiatría90%1,00UF16,00UF Honorarios Matrona90%1,40VA Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios90%2,60VA2,45UF Consulta Psiquiátrica70%2,00VA1,90UF Consulta Psicológica70%2,00VA1,90UF Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria70%1,95VA Scanner y Ecografías Ambulatorias70%1,95VA Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios70%2,00VA2,35UF Prestaciones Obstétricas (Parto, Cesárea o Aborto). Cirugías Bariátricas (Cualquier técnica). Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas (Cualquier técnica). Cirugías Rinoplásticas (Cualquier técnica). Medicamentos e insumos en Servicio de Urgencia (d)70%1,00UF2,00UF AMPLIACIÓN DE COBERTURA (1) PRESTACIONESTOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneciario/año (2) COBERTURA PREFERENTE(•) % Bonicación sobre valor real (o valor factura) TOPE DE BONIFICACION U.F. o Veces Arancel (3) TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.F. por Beneciario/año (4) COBERTURA LIBRE ELECCION 90% SIN TOPE, Clínica Dávila de Santiago 90% SIN TOPE, Clínica Indisa de Stgo. 90% SIN TOPE, Clínica Santa María de Stgo. 70% SIN TOPE Cl. Universidad de Los Andes. (Hospitalización en Habitación Individual más simple con baño privado) (**). (b)Médicos de Staff, Cl. Indisa, Sta. María, Dávila y Cl. Universidad de Los Andes. PRESTADOR DERIVADO: CLINICA VESPUCIO, Cl. CORDILLERA, HOSPITAL CLINICO U. DE CHILE, HOSPITAL DEL PROFESOR Y CL. DÁVILA (Hospitalización en habitación Individual más simple con Baño Privado) Copago Máximo: 30% Cl. Dávila; 30% Cl. Indisa; 35% Cl. Universidad de Los Andes y Santa María de SantiagoConsulta Institucional de Urgencia (a)Bonicación según modalidad Libre Elección. 70% SIN TOPE en Cl. Dávila e Indisa; 65% Cl. U. de Los Andes y Santa María de Santiago. Staff Médico Cl. Indisa, Sta. María, U de Los Andes y Dávila de Santiago 70% SIN TOPE en Cl. Dávila e Indisa; 65% Cl. Universidad de Los Andes y Santa María de Santiago 90% SIN TOPE en Cl. Dávila; 90% Clínica Indisa; 90% Cl. Santa María; 70% Cl. Universidad de Los Andes Staff Médico Clinicas Indisa, Santa María, Dávila y U de Los Andes de Santiago Examen de Laboratorio e imagenología (Excepto Prestaciones detalladas en Prestaciones Restringidas). Copago Máximo: 30% Cl. Dávila; 30% Cl. Indisa; 35% Cl. Universidad de Los Andes y Santa María de Santiago 1,95VA2,80UF1,95VA2,80UF1,95VA2,80UF 1,95VA2,95UF1,95VA2,95UF1,95VA2,95UF 15,30UF15,30UF15,30UF 15,30UF15,30UF15,30UF 8,00UF8,00UF8,00UF 1,00UF1,00UF1,00UF 0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF 0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF 1,95VA2,80UF1,95VA2,80UF1,95VA2,80UF 1,95VA2,95UF1,95VA2,95UF1,95VA2,95UF 15,30UF15,30UF15,30UF 15,30UF15,30UF15,30UF 8,00UF8,00UF8,00UF 1,00UF1,00UF1,00UF 0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF 0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF 70%70%70%1,95VA2,80UF1,95VA2,80UF1,95VA2,80UF 70%70%70%1,95VA2,95UF1,95VA2,95UF1,95VA2,95UF 70%70%70%15,30UF15,30UF15,30UF 70%70%70%15,30UF15,30UF15,30UF 70%70%70%8,00UF8,00UF8,00UF 70%70%70%1,00UF1,00UF1,00UF 70%70%70%0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF Nutricionista (****)Nutricionista (****)Nutricionista (****)70%70%70%0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF0,70UF2,10UF PlanPREFERENTE LIFE 5 6503 SIN TOPE Sin Cobertura Preferente Sin Cobertura Preferente SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE COBERTURA INTERNACIONAL:BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (3) Y (4).OTRAS COBERTURAS TIEMPOS MAXIMOS DE ESPERA (En días corridos) Exámenes15 días VA : VECES ARANCEL NUEVA MASVIDA RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION EN PLANES INDIVIDUALE S COMPENSADOS:De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo N” 188 del DFL N” 1 de 2005, modicado por la ley N” 20.317, Isapre Nueva Masvida otorgará a cambio de la renuncia de excedentes los siguientes benecios adicionales: Se deja constancia que el aumento en los topes de bonicación regirá siempre y cuando el aliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización. % Bonicación sobre Valor real de la PrestaciónTopes de Bonicación expresados en Unidades de Fomento Consulta Médica70%1,10 Consulta Oftalmológica70%1,10 (•) Ver Notas Explicativas del Plan de Salud, para la aplicación de la Cobertura Preferente. COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO:La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de ISAPRE NUEVA MASVIDA. El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con la ISAPRE NUEVA MASVIDA.El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las ocinas de atención de público de la Isapre. Sin Cobertura Preferente SIN TOPE Plan con Cobertura Reducida de Parto, Cesárea, Aborto Espontáneo, Neonatología en Cirugías Bariátricas, Fotorrefractivas y/o Fototerapeúticas y Cirugías Rinoplásticas. 25% de la cobertura Libre Elección 60% de la cobertura Libre Elección SIN TOPE SIN TOPE
PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: (Según composición del grupo familiar)PRECIO BASEUnidades de Fomento * PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:Suma de Factores x Tarifa Base. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTELIFE NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD 1.-COBERTURAS -(*)La Cobertura preferente de Exámenes de Laboratorios e Imagenologia Ambulatorios, excepto Resonancia Nuclear Magnética y Scanner y Ecografías Ambulatoriasserá otorgada única y exclusivamente en Cl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago. La oferta preferente en Clínica Santa María no comprende atenciones en Centro Médico de La Dehesa. -(**)Cobertura Preferente: Será otorgada única y exclusivamente en Cl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago. La atención hospitalizada sin tope, se aplicará en Pieza Individual más simple con baño privado de Cl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago.En caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonicará según los Topes expresados en la Modalidad Libre Elección. (a)Consulta Institucional de Urgencia: Es aquella consulta médica otorgada en el servicio de urgencia de la institución respectiva, en este caso en Cl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago, efectuada por el médico residente de turno. No contempla las interconsultas de especialistas o médicos de llamado que eventualmente se requieran. (b)Los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente en Cl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago,serán sin tope, sólo con médicos de staff y con arancel institucional de dicho establecimiento. En caso contrario, se bonicará de acuerdo a los topes indicados en la modalidad Libre Elección del plan complementario de salud para este ítem. (c) La Cobertura Preferente de Consulta Médica Electiva y/o Especialidades será otorgada en Cl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago sólo con médicos de staff de dicha Red en convenio con la Isapre y utilizando bonos. En caso contrario, se bonicará de acuerdo a los topes indicados en la libre elección del plan de salud, para ese ítem. La oferta preferente en Clínica Santa María no comprende la atención en Centro Médico de La Dehesa. (d) La cobertura por este concepto (tanto en modalidad Preferente como Libre Elección) corresponde solo en atención de Urgencia de Clínica u Hospital y opera bajo la modalidad de Reembolso. Médico Staff es el médico que tiene relación contractual vigente con el prestador de la Oferta Preferente y se acoge al Arancel Médico pactado entre dicho prestador y la Isapre. Es obligación del aliado cerciorarse de la calidad de staff del médico tratante, para tener derecho a esta cobertura preferente. El Listado de médicos de staff estará disponible en la página web de Isapre Nueva Masvida y Cl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago. IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel Nueva Masvida No2UNIDAD: PESOS TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO4.000U.F. Año/Contrato Firma Representante IsapreFirma y Huella Dactilar del Aliado Nombre:Nombre: RUT:RUT: Fecha: CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO Durante la vigencia del presente Plan, ISAPRE NUEVA MASVIDA estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite. El(la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos entre los siguientes planes de salud: a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes benecios del nuevo plan. b) Un Plan de salud que mantenga los benecios del Plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. En todo caso, las partes podrán convenir, de común acuerdo, que el (la) cotizante se incorpore a un plan que otorgue mayores benecios, realizando los ajustes de precio que correspondan. Para aquellos planes en que el cálculo de la bonicación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad Libre Elección, la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Para el cálculo de la Cobertura Reducida, no rige la Cobertura Preferente expresada en la Columna 1 del Plan Complementario de Salud. - La cobertura para el parto no podrá ser inferior a la que resulte de aplicar al nuevo plan la proporcionalidad que establece el Artículo 189, letra (g) del D.F.L. N” 1 más la proporción correspondiente al plan que estaba vigente a la fecha de la modicación.. COBERTURA 25% De la Cobertura del Plan Complementario de Salud en prestaciones Obstétricas (Parto, Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas. 60%de la cobertura del Plan Complementario de Salud en prestaciones involucradas en Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas y Rinoplásticas. IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 62 GRUPOSCOTIZANTECARGA DE EDADHOMBREMUJERHOMBREMUJER 0 a menos de 2 Años1,801,801,801,80 2 a menos de 5 Años0,800,800,800,77 5 a menos de 10 Años0,700,700,600,55 10 a menos de 15 Años0,650,700,550,55 15 a menos de 20 Años0,601,290,500,74 20 a menos de 25 Años0,702,160,501,39 25 a menos de 30 Años0,802,590,801,59 30 a menos de 35 Años1,003,290,991,84 35 a menos de 40 Años1,003,291,001,84 40 a menos de 45 Años1,202,791,201,84 45 a menos de 50 Años1,452,791,441,84 50 a menos de 55 Años1,892,991,792,09 55 a menos de 60 Años2,493,332,392,19 60 a menos de 65 Años3,193,693,092,99 65 a menos de 70 Años4,293,994,293,99 70 a menos de 75 Años4,493,994,493,99 75 a menos de 80 Años5,494,495,494,49 80 y más Años5,494,895,494,49 Las Prestaciones Obtétricas (Parto, Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas (cualquier técnica) y Fotorrefractivas y/o Fototerapeúticas (cualquier técnica) y Cirugías Rinoplásticas (cualquier técnica) tendrán una cobertura reducida tal como se indica a continuación, en las prestaciones que le correspondan: Día Cama Cirugía o Maternidad Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios e Intermedios Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos (Por Evento durante la Hospitalización) Visita por Médico Tratante e Interconsultor Derecho de Pabellón Atención Inmediata Recién Nacido Honorarios Médicos Quirúrgicos y Matrona Exámenes de Laboratorio Imagenología Kinesiología Procedimientos
- Quimioterapia:El Tope de Bonicación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos, administración y preparación de la droga y drogas Antineoplásicas (incluidas y nanciadas en el Programa Nacional de Drogas Antineoplásicas (PINDA y PANDA) del Ministerio de Salud de Chile). - Cobertura Internacional:La bonicación opera contra reembolso. Los documentos originales deben ser presentados dentro del plazo de 90 días de la emisión. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas. - (***)Para la Bonicación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial. -(****)Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años, con riesgo cardiovascular modicable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II o Pre-Diabetes). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, cuatro controles y una evaluación al término. -(*****)Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años, que requieran algunas de las prestaciones dentales que están incorporadas en el Arancel de Prestaciones. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre, la que está disponible en la página web de Isapre Nueva Masvida. 2.-DEFINICIONES -Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria:Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 o superior, se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria. -Box Ambulatorio:La lsapre podrá bonicar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con nes de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas. -Cirugía Ambulatoria:Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos. 3.-CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE PLAN PREFERENTE LIFE (A)Derivación:Los Prestadores Derivados brindarán atenciones de salud, cuando se congure una INSUFICIENCIA del o los prestadores individualizados en la Columna COBERTURA PREERENTE, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquellos se encuentran imposibilitados temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la Oferta Preferente y han transcurrido los Tiempos de Espera denidos en este Plan de Salud. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la Derivación a que alude el punto precedente, Isapre Nueva Masvida las bonicará manteniendo el monto que habría correspondido Copagar al aliado en el prestador que dio origen a la derivación. En todo caso, Isapre Nueva Masvida será responsable de que la atención de salud sea efectiva y oportunamente otorgada por los Prestadores Derivados. (B)En caso de Urgencia o Emergencia, es decir, toda condición de salud o cuadro clínico que involucre estado de riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave para una persona y, por ende, requiere atención médica inmediata e impostergable, el aliado deberá acudir aCl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago.En caso de no poder dirigirse al prestador señalado en la Oferta Preferente, el aliado personalmente o por medio de un familiar, deberá dar aviso dentro de las 48 horas siguientes del evento a ISAPRE NUEVA MASVIDA para que tome conocimiento, oriente y gestione el caso. Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, además de avisar en el plazo antes referido, el beneciario debe ingresar efectivamente al prestador preferente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de benecios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendrá acceso a esta cobertura. Si el plazo de 48 horas se cumple un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente. En todo caso, la cobertura y/o bonicación en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre según los topes y porcentajes expresados en la Modalidad Libre Elección del Plan Complementario de Salud al igual que los correspondientes gastos de traslado. (C)Tiempos Máximos de Espera (En días corridos):Los Tiempos Máximos de Espera denidos en el Presente Plan de Salud comenzarán a regir desde el Día Hábil siguiente a la Solicitud de Atención con los Prestadores Individualizados en este Plan. Transcurridos los Plazos estipulados en el Cuadro Tiempos Máximos de Espera, el aliado tendrá el derecho de solicitar a la Isapre su derivación a un prestador de similar calidad, que la Isapre, en conjunto conCl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago.designen según el diagnóstico y manteniendo los valores pactados para este Plan complementario de Salud. (D)Prestaciones Especícas que no se Otorgan en Clínica Indisa de Santiago: •Cirugía Cardiaca Pediátrica• Cualquier tipo de Trasplantes de Órganos. •Instalación de Estimuladores Modulares• Mapeo Epicárdico durante Intervención Quirúrgica. •Puvaterapia total en Cabina• Radiocirugía. •Radioterapia• Trastornos Psiquiátricos que requieran hospitalización. •Procedimientos e Intervenciones no codificadas por Fonasa• Cualquier Procedimiento y/o Cirugía Oftalmológica. Prestaciones Especícas que no se otorgan en Clínica Santa María de Santiago: •Trasplante Cardíaco y Hepático• Hospitalización Psiquiátrica •Hospitalización Psiquiátrica• Instalacios de estimuladores modulares •Asistencia Ventricular• Radiocirugías Prestaciones que no realiza Cl. Dávila: •Prestaciones no codificadas por Fonasa Prestaciones Especícas que no se Otorgan en Clínica Universidad de los Andes: •Radioterapia •Exámenes de Medicina Nuclear, excepto densitometría ósea •Cirugías oftalmológicas •Trasplante cardiaco y hepático •Angioplastía de coartación aórtica •Cirugía cardiaca •Resección fronto-naso-etmoidiana •Exanteración orbitaria ampliada •Extirpación Radical de Hueso temporal •Injertos piel parcial y/o mucosa (incluye tratamiento zonas dadora y receptora): 51% y más de supercie corporal receptora y/o piel total. •Peritoneoscopia transparietal •Manometría esofágica y anorrectal La Bonicación de dichas Prestaciones será según lo expresado en la Modalidad Libre Elección del Plan Complementario de Salud. (E)Derecho a Traslado:En caso de que un aliado ingrese a un prestador distinto deCl. Universidad De Los Andes, Dávila, Indisa y Santa María de Santiago.podrá ejercer el Derecho a Traslado para el cual, es condición esencial, la autorización expresa del Médico tratante. Obtenida esta autorización, la otra parte deberá acceder al traslado solicitado. No obstante lo anterior, el aliado podrá optar por permanecer en el Prestador en el que se encuentra, en cuyo caso no podrá requerir la Cobertura prevista en la Oferta Preferente para las atenciones realizadas a través de los prestadores individualizados en este Plan. Los gastos derivados del ejercicio del Derecho a Traslado se bonicarán conforme a la Cobertura pactada en este Plan de Salud en la Modalidad Libre Elección. (F)Término o Modicación de los Convenios Preferentes:En caso de término o modicación de los convenios con el Prestador preferente NO se verá afectado el Monto de Copago que en virtud del Plan le corresponde copagar al Beneciario, hasta la siguiente anualidad; en cualquiera de estos casos ISAPRE NUEVA MASVIDA comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. (G)Segunda Opinión Médica:Ante una decisión del médico tratante el aliado podra obtener una segunda opinión médica de otro profesional del mismo prestador preferente, un profesional de otro prestador preferente y, si no hubiera un prestador preferente distinto, con un profesional del o los prestadores derivados, que Isapre Nueva Masvida designe. (H) Opiniones Médicas Divergentes:Frente a divergencias entre opiniones médicas que se produzcan como consecuencia del ejercicio del derecho a solicitar una segunda opinión médica, le da derecho al cotizante y/o a los beneciarios del plan de salud de requerir del Director Médico o Jefe del Servicio del prestador individualizado en la oferta del plan de salud, en un plazo maximo de 30 días, un pronunciamiento escrito donde consten los fundamentos de la decisión adoptada y la identicación y rma de quien lo emita. (I)Modicación del Plan de Salud PreferenteLIFE.Sin perjuicio de lo dispuesto en el DFL N” 1 de Salud, de Septiembre de 2005, Isapre Nueva Masvida ofrecerá un nuevo plan si este es requerido por el aliado y se fundamente en cualquiera de las siguientes condiciones:(1)Si se modica el domicilio consignado por el aliado al incorporarse a este Plan y se acredita que dicho cambio diculta signicativamente el acceso de los beneciarios a los prestadores individualizados en este Plan. Se presumirá que se congura esa dicultad, cuando el cambio de domicilio importe el traslado del cotizante a otra región;(2)Incumplimiento de la obligación de derivación prevista en este plan de salud; derivación a un prestador o prestadores distintos de los indicados en el Plan o falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado;(3)Si ISAPRE NUEVA MASVIDA incurre en la falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneciario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación denidos en este Plan. Dicha oferta deberá contemplar, como mínimo, un plan de salud, entre los planes en comercialización, que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del aliado al momento de modicarse el contrato. (J)Término de la Existencia Legal del Prestador, Pérdida Total de su Infraestructura, Paralización Permanente de sus Actividades, Pérdida Parcial y Permanente de la Infraestructura, Sustitución de la Especialidad a que estaba orientado el Prestador al momento del Convenio. En cualquiera de estos casos, ISAPRE NUEVA MASVIDA comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes Afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. 4.- VALOR DE CONVERSIÓN DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR -La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonicación. -La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. 5.- REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES -El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (IPC), entre el mes precedente a aquél en que se efectuó el último reajuste y el mes ante precedente a aquél en que se aplique el nuevo reajuste, ambos inclusive. PlanPREFERENTE LIFE 5 •Test de Reflujo ácido (Grossman o similar) o alcalino •Sondeo gástrico con estimulación de insulina (Hollander) •Neumoperitoneo por punción transparietal •Operación de etapificación (incluye esplenectomía, biopsias hepáticas, de ganglios abdominales y de cresta ilíaca) •Electrocorticografía •Estéreo-electroencefalografía •Monitoreo E.E.G. •Flebografía orbitaria •Yugulografía •Neumoencefalografía fraccionada, por punción lumbar o suboccipital •Mielografía por punción lumbar •Prestaciones no codificadas por Fonasa