PlanPLENO PLE 453 ANEXO DE CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL Plan de Salud Complementario con Modalidad Libre Elección Plan con cobertura reducida de Parto, Cesárea, Aborto Espontáneo y Neonatología y Cirugías Bariátricas, Fotorrefractivas o Fototerapéuticas y Cirugías Rinoplásticas. PLENO
6441 OTRAS COBERTURAS RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION EN PLANES INDIVIDUALES COMPENSADOS: De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo N” 188 del DFL N” 1 de 2005, modicado por la ley N” 20.317, Isapre Nueva Masvida otorgará a cambio de la renuncia de excedentes los siguientes benecios adicionales: Se deja constancia que el aumento en los topes de bonicación regirá siempre y cuando el aliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización. Consulta Médica80%0,77 Consulta Oftalmológica80%0,85 % Bonicación sobre Valor real de la Prestación Topes de Bonicación expresados en Unidades de Fomento HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama100%4,50UF Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios100%8,00UF Día Cama Cuidados Intermedios100%4,70UF Exámenes de Laboratorio100%1,20VA Imagenología100%1,20VA Kinesiología100%1,20VA Derecho de Pabellón100%5,30VA Medicamentos (Por evento durante la Hospitalización) (***)100%22,00UF Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***)100%6,00UF Procedimientos100%1,40VA Honorarios Médicos Quirúrgicos100%4,80VA Visita por Médico Tratante100%0,35UF Visita por Médico Interconsultor100%0,35UF Traslados Médicos100%1,50UF Quimioterapia100%20,00UF Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis100%10,00UF AMBULATORIAS Consulta Médica80%0,67UF Consulta Oftalmológica80%0,74UF Exámenes de Laboratorio80%1,35VA Imagenología80%1,35VA Procedimientos80%1,35VA Kinesiología80%1,10VA2,60UF Fonoaudiología80%1,10VA2,50UF Radioterapia (Incluye Insumos)80%15,00UF Quimioterapia80%15,00UF Prótesis y Ortesis80%8,00UF Lentes con Fuerza Dióptrica80%0,45UF Atención Integral de Enfermería80%0,57UF1,71UF Atención Integral de Nutricionista (****)80%0,57UF1,71UF Prestaciones Dentales (PA D) (*****)80%1,00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos100%4,80VA Box Ambulatorio (por menos de 4 horas)100%1,15UF Pabellón Ambulatorio100%5,30VA PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Sala Cuna100%1,00UF Día Cama Incubadora100%2,00UF Día Cama Psiquiatría100%1,10UF16,50UF Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios100%1,70VA2,70UF Honorarios Matrona100%1,70VA Consulta Psiquiátrica80%2,00VA2,10UF Consulta Psicológica80%2,00VA2,10UF Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria80%1,30VA Scanner y Ecografías Ambulatorias80%1,30VA Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios80%1,20VA2,00UF Prestaciones Obstétricas (parto, Cesárea o Aborto). Cirugías Bariátricas (Cualquier Técnica). Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas (Cualquier Técnica). Cirugías Rinoplásticas (Cualquier Técnica). Medicamentos e Insumos en Servicio de Urgencia (b)80%0,50UF1,00UF VA: VECES ARANCEL NUEVA MASVIDA PRESTACIONES % Bonicación sobre Valor Real de la Prestación TOPE DE BONIFICACION U.F. o Veces Arancel (1) TOPE MÁXIMO Año Contrato por Beneciario en U.F. (2) AMPLIACIÓN DE COBERTURA (3) 100% Valor Factura Si Día Cama Individual más simple con Baño Privado es menor o igual a4,00 U.F. (**) 85% Nivel I (*) COBERTURA INTERNACIONAL:BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (1) Y (2). COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO: La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Nueva Masvida. El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre Nueva Masvida.El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las ocinas de atención de público de la Isapre. SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE SIN COBERTURA SIN COBERTURA SIN COBERTURA SIN COBERTURA Plan con cobertura reducida de Parto, Cesárea, Aborto Espontáneo y Neonatología y Cirugías Bariátricas, Fotorrefractivas o Fototerapéuticas y Cirugías Rinoplásticas. 25% de la Cobertura del Plan Complementario de Salud. 60% de la Cobertura del Plan Complementario de Salud. PlanPLENO PLE 453
IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel Nueva Masvida No2UNIDAD: PESOS PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:Suma de Factores x Tarifa Base. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO3.000U.F. Año/Contrato PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: (Según composición del grupo familiar) PRECIO BASEUnidades de Fomento * COBERTURA Las Prestaciones Obtétricas (Parto, Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas (cualquier técnica) y Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas (cualquier técnica) y Cirugías Rinoplásticas (cualquier técnica) tendra una cobertura reducida tal como se indica a continuación, en las prestaciones que le correspondan: - Para aquellos planes en que el cálculo de la bonicación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad libre elección, la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Para el cálculo de la Cobertura Reducida, no rige la Ampliación de Cobertura expresada en la columna 3 del Plan complementario de Salud. - No será aplicable a este tipo de planes la cobertura proporcional a la que alude el Articulo 189, letra g) del DFL N” 1 de Salud de 2005. 25% De la Cobertura del Plan Complementario de Salud en prestaciones Obstétricas (Parto, Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas. 60% de la cobertura del Plan Complementario de Salud en prestaciones involucradas en Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas y Rinoplásticas. Día Cama Cirugía o Maternidad Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios e Intermedios Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos (Por Evento durante la Hospitalización) Visita por Médico Tratante e Interconsultor Derecho de Pabellón Atención Inmediata Recién Nacido Honorarios Médicos Quirúrgicos y Matrona Exámenes de Laboratorio Imagenología Kinesiología Procedimientos CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO Durante la vigencia del presente Plan, Isapre Nueva Masvida. estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite. El(la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos entre los siguientes planes de salud: a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes benecios del nuevo plan. b) Un Plan de salud que mantenga los benecios del Plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. En todo caso, las partes podrán convenir, de común acuerdo, que el (la) cotizante se incorpore a un plan que otorgue mayores benecios, realizando los ajustes de precio que correspondan. IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 62 GRUPOSCOTIZANTECARGA DE EDADHOMBREMUJERHOMBREMUJER 0 a menos de 2 Años1,801,801,801,80 2 a menos de 5 Años0,800,800,800,77 5 a menos de 10 Años0,700,700,600,55 10 a menos de 15 Años0,650,700,550,55 15 a menos de 20 Años0,601,290,500,74 20 a menos de 25 Años0,702,160,501,39 25 a menos de 30 Años0,802,590,801,59 30 a menos de 35 Años1,003,290,991,84 35 a menos de 40 Años1,003,291,001,84 40 a menos de 45 Años1,202,791,201,84 45 a menos de 50 Años1,452,791,441,84 50 a menos de 55 Años1,892,991,792,09 55 a menos de 60 Años2,493,332,392,19 60 a menos de 65 Años3,193,693,092,99 65 a menos de 70 Años4,293,994,293,99 70 a menos de 75 Años4,493,994,493,99 75 a menos de 80 Años5,494,495,494,49 80 y más Años5,494,895,494,49
Firma Representante IsapreFirma y Huella Dactilar del Aliado Nombre:Nombre: RUT:RUT: Fecha: ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCION NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: (1)COBERTURAS: -Es de exclusiva responsabilidad del beneciario informarse sobre los prestadores que mantienen convenio vigente con Isapre Nueva Masvida. (b) La cobertura por este concepto corresponde solo en Atención de urgencia de Clínica u Hospital y opera bajo la modalidad de Reembolso. -Cobertura Internacional:La bonicación opera contra reembolso. Los documentos originales deben ser presentados dentro del plazo de 90 días de la emisión. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas. -(*)Si se utilizan Laboratorios y Centros de Radiología, cuyas prestaciones estén pactadas en los precios equivalentes a los niveles indicados en la columna Ampliación de Cobertura, sólo mediante la modalidad de Orden de Atención (Bono). (**)Se cumple requisito para obtener Ampliación de Cobertura si se dan las siguientes dos condiciones: (1)Que el valor de la Pieza Individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial (día cama estándar) sea menor o igual al valor estipulado en el recuadro de Ampliación de Cobertura, de acuerdo al listado de establecimientos asistenciales(******). (2)Y que el beneciario opte por el día cama estándar del establecimiento u otra de menor valor. La opción de Ampliación de Cobertura se perderá cuando no se cumpla alguna de las condiciones precedentes, en cuyo caso operará el porcentaje de bonicación y los Topes expresados en la columna (1). -(***)Para la Bonicación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial. -(****)Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años, con riesgo cardiovascular modicable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II o Pre-Diabetes). Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, cuatro controles y una evaluación al término. -(*****)Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años, que requieran algunas de las prestaciones dentales que están incorporadas en el Arancel de Prestaciones. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre, la que está disponible en la página web de Isapre Nueva Masvida. -Quimioterapia:El Tope de Bonicación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos, administración y preparación de la droga y Drogas Antineoplásicas (incluidas y nanciadas en el Programa Nacional de Drogas Antineoplásticas (PINDA y PANDA) del Ministerio de Salud de Chile). -(******) El listado de los prestadores y establecimientos asistenciales con sus correspondientes camas estándar está disponible en las ocinas de atención de público de la isapre. (2)DEFINICIONES: Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria:Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 o superior, se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria. Box Ambulatorio:La lsapre podrá bonicar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con nes de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas. Cirugía Ambulatoria:Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos. (3)VALOR DE CONVERSION DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR: -La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonicación. -La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. (4)REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES: -El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustadoa lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el ïndice de Precios al Consumidor (IPC), entre el mes precedente a aquél en que se efectuó el último reajuste y el mes ante precedente a aquél en que se aplique el nuevo rejuste, ambos inclusive. PlanPLENO PLE 453