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PRCISA15

PRO CLINICA ISAMEDICA DE RANCAGUA 15

Puntuación del plan 2,7

Desde

$82.971/mes

Plan PRO PREFERENTE
PRCISA 15
ANEXO DE CONTRATO
DE SALUD PREVISIONAL
PRO PREFERENTE
Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes
Clínica Isamédica de Rancagua
PLAN CON COBERTURA MATERNAL Y CON
COBERTURA REDUCIDA EN CIRUGÍAS BARIÁTRICAS Y
FOTORREFRACTIVAS O FOTOTERAPÉUTICAS
Y CIRUGÍAS RINOPLÁSTICAS.
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA
MAYOR AMBULATORIA
Día Cama 100% 3,80 UF
Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios 100% 5,80 UF
Día Cama Cuidados Intermedios 100% 4,80 UF
Día Cama Sala Cuna 100% 1,80 UF
Día Cama Incubadora 100% 2,00 UF
Exámenes de Laboratorio 100% 1,75 VA
Imagenología 100% 1,75 VA
Kinesiología 100% 1,75 VA
Derecho de Pabellón 100% 3,80 VA
Medicamentos (Por evento durante la Hospitalización)(***) 100% 32,50 UF
Materiales e Insumos Clínicos
(Por evento durante la Hospitalización) (***) 100% 14,00 UF
Procedimientos 100% 2,00 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos 100% 3,80 VA
Honorarios Matrona 100% 1,60 VA
Visita por Médico Tratante 100% 0,49 UF
Visita por Médico Interconsultor 100% 0,49 UF
Atención Inmediata del Recién Nacido 100% 1,37 UF
Traslados Médicos 100% 1,80 UF
Quimioterapia 100% 20,00 UF
Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis 100% 10,80 UF
AMBULATORIAS
Consulta Médica 80% 0,49 UF
Consulta Oftalmológica 80% 0,53 UF
Exámenes de Laboratorio 80% 1,30 VA
Imagenología 80% 1,30 VA
Procedimientos 80% 1,30 VA
Kinesiología 80% 1,40 VA 2,60 UF
Fonoaudiología 80% 1,40 VA 2,80 UF
Radioterapia (Incluye Insumos) 80% 15,30 UF
Quimioterapia 80% 20,00 UF
Prótesis y Ortesis 80% 9,00 UF
Lentes con Fuerza Dióptrica 80% 0,50 UF
Atención Integral de Enfermería 80% 0,57 UF 1,71 UF
Atención Integral de Nutricionista (****) 80% 0,57 UF 1,71 UF
Prestaciones Dentales (PAD) (*****) 80% 1,00 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos 100% 3,80 VA
Box Ambulatorio (por menos de 4 horas) 100% 1,20 UF
Pabellón Ambulatorio 100% 3,80 VA
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Día Cama Psiquiatría 100% 1,30 UF 19,50 UF
Psicoterapia y Procedimientos
Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios 100% 1,80 VA 2,80 UF
Consulta Psiquiátrica 80% 1,90 VA 2,00 UF
Consulta Psicológica 80% 1,90 VA 2,00 UF
Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria 80% 1,30 VA
Scanner y Ecografías Ambulatorias 80% 1,30 VA
Psicoterapia y Procedimientos
Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios 80% 1,40 VA 2,25 UF
Cirugías Bariátricas (Cualquier Técnica).
Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas (Cualquier Técnica).
Cirugías Rinoplásticas (Cualquier Técnica).
Consulta Institucional de Urgencia (a) COPAGO MÁXIMO: 20% SIN TOPE
en Clínica Isamédica de Rancagua.
AMPLIACIÓN
DE COBERTURA
(1)
100% SIN TOPE
en Clínica Isamédica
de Rancagua
(Hospitalización en
habitación Doble).(**)
100% SIN TOPE,
Clínica Isamédica de Rancagua
PRESTACIONES TOPE MAXIMO
DE BONIFICACION
U.F. por
Beneficiario/año
(2)
COBERTURA PREFERENTE (•)
%
Bonificación
sobre
valor real
(o valor factura)
TOPE DE
BONIFICACION
U.F.
o Veces Arancel
(3)
TOPE MAXIMO
DE BONIFICACION
U.F. por
Beneficiario/año
(4)
COBERTURA LIBRE ELECCION
PRESTADOR DERIVADO: CLÍNICA INTEGRAL, (Hospitalización en Habitación Doble).
AMPLIACIÓN
DE
COBERTURA
(5)
COBERTURA INTERNACIONAL BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (3) Y (4).OTRAS COBERTURAS
TIEMPOS MAXIMOS DE ESPERA (En días corridos)
Exámenes 10 días
VA: VECES ARANCEL NUEVA MASVIDA
RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION
EN PLANES INDIVIDUALES COMPENSADOS:
De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo Nº
188 del DFL Nº 1 de 2005, modificado por la ley Nº 20.317,
Isapre Nueva Masvida otorgará a cambio de la renuncia de
excedentes los siguientes beneficios adicionales:
Se deja constancia que el aumento en los topes de bonificación regirá siempre y cuando el afiliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización.
% Bonificación sobre
Valor real de la
Prestación
Topes de Bonificación
expresados
en Unidades de Fomento
Consulta Médica 80% 0,56
Consulta Oftalmológica 80% 0,61
85%
Nivel I (*)
25% de la Cobertura del Plan Complementario de Salud.
60% de la Cobertura del Plan Complementario de Salud.
Bonificación según modalidad Libre Elección
Plan PRO PREFERENTE
PRCISA 15
6217
COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO:
La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Nueva Masvida.
El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan
convenio vigente con la Isapre Nueva Masvida. El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre.
(•) Ver Notas Explicativas del Plan de Salud, para la aplicación de la Cobertura Preferente.
Plan con Cobertura Maternal y con Cobertura Reducida en Cirugías Bariátricas, Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas y Cirugías Rinoplásticas.
SIN
TOPE
Sin
Cobertura
Preferente
Sin
Cobertura
Preferente
SIN
TOPE
SIN
TOPE
SIN
TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
Sin Cobertura
Preferente
SIN
TOPE
Sin
Cobertura
Sin
Cobertura
Sin
Cobertura
Sin
Cobertura
PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO:
(Según composición del grupo familiar)
PRECIO BASE Unidades de Fomento *
PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: Suma de Factores x Tarifa Base.
* La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración.
IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel NUEVA MASVIDA N o 2 UNIDAD: PESOS
TOPE GENERAL
POR BENEFICIARIO 3.000 U.F.
Año/Contrato
Firma Representante Isapre Firma y Huella Dactilar del Afiliado
Nombre: Nombre:
RUT: RUT:
Fecha:
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
CLINICA ISAMÉDICA DE RANCAGUA
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD
1.- COBERTURAS
- (*) Si se utilizan Laboratorios y Centros de Radiología, cuyas prestaciones estén pactadas en los precios equivalentes a losniveles indicados en la columna
Ampliación de Cobertura, sólo mediante la modalidad de Orden de Atención (Bono).
- (**) Cobertura Preferente: Será otorgada única y exclusivamente en Clínica Isamédica de Rancagua. La atención hospitalizada sin tope, se aplicara en Habitación
Doble de Clínica Isamédica de Rancagua. En caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonificará según los Topes expresados en la Modalidad Libre
Elección.
- (a) Consulta Institucional de Urgencia: Es aquella consulta médica otorgada en el servicio de urgencia de la institución respectiva, en este caso Clínica
Isamédica de Rancagua, efectuada por el médico residente de turno. No contempla las interconsultas de especialistas o médicos de llamado que eventualmente
se requieran.
COBERTURA
IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 62
GRUPOS COTIZANTE CARGA
DE EDAD HOMBRE MUJER HOMBRE MUJER
0 a menos de 2 Años 1,80 1,80 1,80 1,80
2 a menos de 5 Años 0,80 0,80 0,80 0,77
5 a menos de 10 Años 0,70 0,70 0,60 0,55
10 a menos de 15 Años 0,65 0,70 0,55 0,55
15 a menos de 20 Años 0,60 1,29 0,50 0,74
20 a menos de 25 Años 0,70 2,16 0,50 1,39
25 a menos de 30 Años 0,80 2,59 0,80 1,59
30 a menos de 35 Años 1,00 3,29 0,99 1,84
35 a menos de 40 Años 1,00 3,29 1,00 1,84
40 a menos de 45 Años 1,20 2,79 1,20 1,84
45 a menos de 50 Años 1,45 2,79 1,44 1,84
50 a menos de 55 Años 1,89 2,99 1,79 2,09
55 a menos de 60 Años 2,49 3,33 2,39 2,19
60 a menos de 65 Años 3,19 3,69 3,09 2,99
65 a menos de 70 Años 4,29 3,99 4,29 3,99
70 a menos de 75 Años 4,49 3,99 4,49 3,99
75 a menos de 80 Años 5,49 4,49 5,49 4,49
80 y más Años 5,49 4,89 5,49 4,49
Día Cama Cirugía
Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios e Intermedios
Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos (Por Evento durante la Hospitalización)
Visita por Médico Tratante e Interconsultor
Derecho de Pabellón
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Exámenes de Laboratorio
Imagenología
Kinesiología
Procedimientos
Para aquellos planes en que el cálculo de la bonificación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad
Libre Elección, la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Para el cálculo de la Cobertura Reducida, no rige la Cobertura Preferente expresada en la
Columna 1 del Plan Complementario de Salud.
Las Prestaciones involucradas en Cirugías Bariátricas (cualquier técnica) y Fotorrefractivas y/o Fototerapeúticas (cualquier técnica) y Cirugías Rinoplásticas (cualquier
técnica) tendrán una cobertura reducida tal como se indica a continuación, en las prestaciones que le correspondan:
25%
De la cobertura del Plan Complementario
de Salud en prestaciones involucradas en
Cirugías Bariátricas.
60% De la Cobertura del Plan
Complementario de Salud en prestaciones
involucradas en Cirugías Fotorrefractivas
y/o Fototerapéuticas y Rinoplásticas.
- Quimioterapia: El Tope de Bonificación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos, administración
y preparación de la droga y drogas Antineoplásicas (incluidas y financiadas en el Programa Nacional de Drogas Antineoplásicas (PINDA y PANDA) del
Ministerio de Salud de Chile).
- Cobertura Internacional: La bonificación opera contra reembolso. Los documentos originales deben ser presentados dentro del plazo de 90 días de la
emisión. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas.
- (***) Para la Bonificación de la Prestación Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período contemplado desde
el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará solamente a aquellos administrados durante
la Hospitalización en el Centro Asistencial.
- (****) Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años, con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o
sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II o Pre-Diabetes). Por el
carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, cuatro controles y una
evaluación al término.
- (*****) Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años, que requieran algunas de las prestaciones dentales que están incorporadas en
el Arancel de Prestaciones. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre, la que está disponible en la página web de Isapre Nueva
Masvida.
2.- DEFINICIONES
- Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria: Cuando exista un ingreso hospitalario, la utilización de un día cama en un establecimiento
asistencial por, a lo menos, cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 o superior, se entenderá que se
trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria.
- Box Ambulatorio: La lsapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador, por la utilización de cualquier tipo de acomodación
dentro del establecimiento asistencial -cama, sillón, camilla u otro- con fines de diagnóstico o tratamiento, que se utilice por menos de 4 horas.
- Cirugía Ambulatoria: Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos.
3.- CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE PLAN PREFERENTE CLINICA ISAMÉDICA DE RANCAGUA.
(A) Derivación: Los Prestadores Derivados brindarán atenciones de salud, cuando se configure una INSUFICIENCIA del o los prestadores individualizados
en la Columna COBERTURA PREFERENTE, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, aquellos se encuentran imposibilitados temporalmente
de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la Oferta Preferente y han transcurrido los Tiempos de Espera definidos en este Plan de Salud.
Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la Derivación a que alude el punto precedente, Isapre Nueva Masvida las bonificará manteniendo el
monto que habría correspondido Copagar al afiliado en el prestador que dio origen a la derivación.
En todo caso, Isapre Nueva Masvida será responsable de que la atención de salud sea efectiva y oportunamente otorgada por los Prestadores Derivados.
(B) En caso de Urgencia o Emergencia, es decir, toda condición de salud o cuadro clínico que involucre estado de riesgo vital o riesgo de secuela funcional
grave para una persona y, por ende, requiere atención médica inmediata e impostergable, el afiliado deberá acudir a Clínica Isamédica de Rancagua.
En caso de no poder dirigirse al prestador señalado en la Oferta Preferente, el afiliado personalmente o por medio de un familiar, deberá dar aviso dentro
de las 48 horas siguientes del evento a Isapre Nueva Masvida para que tome conocimiento, oriente y gestione el caso.
Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, además de avisar en el plazo antes referido, el beneficiario debe ingresar efectivamente al
prestador preferente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de beneficios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendrá acceso a esta
cobertura.
Si el plazo de 48 horas se cumple un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente.
En todo caso, la cobertura y/o bonificación en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre según los topes y porcentajes expresados en la
Modalidad Libre Elección del Plan Complementario de Salud al igual que los correspondientes gastos de traslado.
(C) Tiempos Máximos de Espera (En días corridos): Los Tiempos Máximos de Espera definidos en el Presente Plan de Salud comenzarán a regir desde el día
hábil siguiente a la Solicitud de Atención con los Prestadores Individualizados en este Plan.
Transcurridos los Plazos estipulados en el Cuadro Tiempos Máximos de Espera, el afiliado tendrá el derecho de solicitar a la Isapre su derivación a un
prestador de similar calidad, que la Isapre, en conjunto con Clínica Isamédica de Rancagua designen según el diagnóstico y manteniendo los valores
pactados para este Plan complementario de Salud.
(D) Prestaciones Específicas que no se otorgan en CLINICA ISAMEDICA de Rancagua:
Cirugía de epilepsia Cirugía intrauterina
Cualquier tipo de Transplantes de órganos Instalación de estimuladores modulares
Puvaterapia total en cabina Mapeo epicardico durante intervención quirúrgica
Cualquier Cirugía Cardiaca y Hemodinamias Cirugía cardiaca con circulación extracorpórea
Manometría esofágica Radiocirugía
Manometría anorrectal Radioterapia
Trastornos Psiquiátricos que requieran Hospitalización Extirpación de tumor y/o quiste encéfalo y de hipófisis.
Cualquier Intervención Quirúrgica de Neurocirugía. Estereotaxia y cirugía fincional a excepción de biopsia.
• Prestaciones no codificadas por Fonasa
La Bonificación de dichas Prestaciones será según lo expresado en la modalidad LIBRE ELECCION del Plan Complementario de Salud.
(E) Derecho a Traslado: En caso de que un afiliado ingrese a un prestador distinto de Clínica Isamédica de Rancagua podrá ejercer el Derecho a Traslado
para el cual, es condición esencial, la autorización expresa del Médico tratante. Obtenida esta autorización, la otra parte deberá acceder al traslado
solicitado. No obstante lo anterior, el afiliado podrá optar por permanecer en el Prestador en el que se encuentra, en cuyo caso no podrá requerir la
Cobertura prevista en la Oferta Preferente para las atenciones realizadas a través de los prestadores individualizados en este Plan. Los gastos derivados
del ejercicio del Derecho a Traslado se bonificarán conforme a la Cobertura pactada en este Plan de Salud en la Modalidad Libre Elección.
(F) Término o Modificación de los Convenios Preferentes: En caso de término o modificación de los convenios con el Prestador preferente NO se verá
afectado el Monto de Copago que en virtud del Plan le corresponde copagar al Beneficiario, hasta la siguiente anualidad; en cualquiera de estos casos
Isapre Nueva Masvida comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes afectados y le ofrecerá Planes Alternativos.
(G) Segunda Opinión Médica: Ante una decisión del médico tratante el afiliado podra obtener una segunda opinión médica de otro profesional del mismo
prestador preferente, un profesional de otro prestador preferente y, si no hubiera un prestador preferente distinto, con un profesional del o los prestadores
derivados, que Isapre Nueva Masvida designe.
(H) Opiniones Médicas Divergentes: Frente a divergencias entre opiniones médicas que se produzcan como consecuencia del ejercicio del derecho a solicitar
una segunda opinión médica, le da derecho al cotizante y/o a los beneficiarios del plan de salud de requerir del Director Médico o Jefe del Servicio del
prestador individualizado en la oferta del plan de salud, en un plazo maximo de 30 días, un pronunciamiento escrito donde consten los fundamentos
de la decisión adoptada y la identificación y firma de quien lo emita.
(I) Modificación del Plan de Salud Preferente con Clínica Isamédica de Rancagua: Sin perjuicio de lo dispuesto en el DFL Nº 1 de Salud, de Septiembre de
2005, Isapre Nueva Masvida ofrecerá un nuevo plan si este es requerido por el afiliado y se fundamente en cualquiera de las siguientes condiciones: (1)
Si se modifica el domicilio consignado por el afiliado al incorporarse a este Plan y se acredita que dicho cambio dificulta significativamente el acceso
de los beneficiarios a los prestadores individualizados en este Plan. Se presumirá que se configura esa dificultad, cuando el cambio de domicilio importe
el traslado del cotizante a otra región; (2) Incumplimiento de la obligación de derivación prevista en este plan de salud; derivación a un prestador o
prestadores distintos de los indicados en el Plan o falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado; (3) Si Isapre Nueva Masvida
incurre en la falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación
definidos en este Plan. Dicha oferta deberá contemplar, como mínimo, un plan de salud, entre los planes en comercialización, que tenga el precio que
más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato.
(J) Término de la Existencia Legal del Prestador, Pérdida Total de su Infraestructura, Paralización Permanente de sus Actividades, Pérdida Parcial y Permanente
de la Infraestructura, Sustitución de la Especialidad a que estaba orientado el Prestador al momento del Convenio. En cualquiera de estos casos, Isapre
Nueva Masvida comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes Afectados y le ofrecerá Planes Alternativos.
4.- VALOR DE CONVERSIÓN DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR
- La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad, corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior al de la respectiva bonificación.
- La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración.
5.- REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES
- Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del Arancel en Pesos ($), la Isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la variación que haya
experimentado el IPC. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable 30 días después de que el Arancel del Fondo
Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial.
Plan PRO PREFERENTE
PRCISA 15