1 CONDICIONES PARTICULARES 1.-ASEGURADO,BENEFICIARIO,CONDICIONESDEASEGURABILIDAD,EDADESDE INGRESO Y PERMANENCIA 1.1Aseguradoy Beneficiario DeacuerdoaloestablecidoenelArtículoQuintodelasCondicionesGeneralesdela POL220230404, se entenderá por Aseguradoy Beneficiariolas siguientes personas: AseguradoEs la persona a quien afecta el riesgo que se transfiere a la Compañía Aseguradora. Para obtener la cobertura de esta Póliza, el Asegurado debe ser una persona natural; cumplir con los requisitos de asegurabilidad, edad mínima y máxima de ingreso y edad máxima de permanencia establecidos en las Condiciones Particulares de la Póliza y haber suscrito la propuesta de seguros proporcionada por la Compañía. Beneficiario:Es la persona que, aun sin ser Asegurado, tiene derecho a la indemnización en caso de siniestro y que para estos efectos es aquella señalada como tal,por el Contratante en la Declaración de Beneficiarios según loindicado en el Artículo7de laPOL220230404. 1.2Condicionesde Asegurabilidadrelativos a la edad deingreso ypermanencia La Compañía entregará las coberturas establecidas a los Asegurados, sólo si la fecha de ocurrencia de un Evento cubierto por estaPólizay descrito más adelante esa partir dela fecha de inicio de la vigencia de estaPóliza. La edad mínima del Contratante o el Asegurado Titular para contratar laPólizaserá de 18 años. La edad máxima de ingresode los Asegurados alaPólizaserá de63años y 364días de edad. La edad máxima de permanencia para todos los Asegurados de estaPólizaserá hasta los64años y 364 días. Para estos efectos, la edad se calculará a la fecha de la renovación de laPólizaestipulada en estas Condiciones Particulares. La edad de ingreso se calcula el día de inicio de vigencia de laPóliza. 2.-COBERTURAS El capital dela cobertura principal (Fallecimiento)será pagado aélo los beneficiarios. Lacláusula adicionalde Invalidez Total y Permanente Dos Tercios,serápagada al contratante de la póliza.
2 2.1Fallecimiento En virtud de esta cobertura la Compañía pagará a los Beneficiarios el monto especificadomas adelante, una vez liquidado el siniestro denunciado, en caso del fallecimiento del Asegurado ocurrido durante la vigencia de esta cobertura, como consecuencia directa e inmediata de un Accidenteo enfermedady por causa no excluida en la póliza.No habrá derecho a indemnización alguna si el asegurado sobrevive al vencimiento de la póliza. 2.1.1Capital Asegurado CoberturasCapital FallecimientoUF 1.000 2.1.2 Beneficiarios Los Beneficiarios recibirán la indemnización de acuerdo a los porcentajes de distribución señalados enlaDeclaraciónde Beneficiariosy estas condiciones particulares.Denoexistir porcentajes estipulados de distribución, la indemnización correspondiente será distribuida por partes iguales entre los Beneficiarios. Si al momento del fallecimiento del Asegurado uno o más de los Beneficiarios designados hubieren fallecido, se entenderá que el porcentaje que le hubiere correspondido se distribuirá proporcionalmente entre los demás Beneficiarios designados sobrevivientes. A falta de Beneficiarios designados por el Contratante, el monto de la indemnización se pagará a los herederos legales en la forma que la ley lo establezca, situación que será acreditada con la posesión efectiva. Quienes acrediten tal calidad al momento de solicitar el pago de la indemnización que corresponda, serán considerados únicos Beneficiarios para todos los efectos del presente contrato. La Compañía pagará la indemnización a los Beneficiarios válidamente registrados en la Declaración de Beneficiarios vigente a la fecha del siniestro. Con dicho pago la Compañía dará cumplimiento íntegro a su obligación y no le será oponible ningún cambio de Beneficiario que no le hubiese sido notificado con anterioridad a la ocurrencia del siniestro. Losimpuestos que actualmente o en el futuro se establezcan sobrelasindemnizaciones serán de cargo del Beneficiario o herederos según sea el caso, salvo que por ley fuesen de cargo de la Compañía. 2.2Invalidez Total y PermanenteDos Tercios ElaseguradorindemnizaráalAseguradoencasoenqueéstesufraunaInvalidezTotaly Permanente 2/3, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: a)Que la Invalidez Total y Permanente 2/3 ocurra durante la vigencia de la cláusula adicional.
3 b)Que la póliza principal esté vigente. c)Que la Invalidez Total y Permanente 2/3 se produzca antes que el asegurado cumpla la edad máxima de permanencia que se estipule enestascondiciones particulares de la póliza. Se deja expresa constancia que el Capital Asegurado para esta cláusula adicional, será igual al contratando para la cobertura principal de fallecimiento.Por consiguiente, el pago al Asegurado de la indemnización por concepto de la presente cláusula adicional producirá la terminación inmediata de la póliza, de la misma forma que si se hubiese pagado el monto de indemnización establecido en las Condiciones Generales de la Póliza principal. En consecuencia, se extinguirá el derecho al cobro de otras indemnizaciones. 2.2.1 Capital Asegurado CoberturasCapital Invalidez Total y Permanente 2/3UF 1.000 El pago de esta cobertura al contratante de la póliza produce la terminación del contrato y todas las coberturas contratadas. 3.-PRIMAS LaPrima para este seguro se expresa en UF (Unidad de Fomento) y será convertida a pesos para su cobro en el equivalente a la UF vigente el primer día de cada mes de cobertura o cobro, según corresponda. La Prima se determina según el rango de edad donde se encuentren el o los Asegurados de esta Póliza. Quedaconvenido por las partes que el alza de Prima, que corresponda según cambio en el tramo de edad más adelantedetallado, se materializará en la fecha de renovación del presente contrato. PlanBase UF 1.000Prima MensualUFcon IVA 18 años-30años y 364 días0,15 31años-35años y 364 días0,18 36años-40años y 364 días0,22 41años-45años y 364 días0,26 46años-50años y 364 días0,30 51años-55años y 364 días0,41 56años-60años y 364 días0,63 61años–64años y 364 días0,96
4 Para efectos de la aplicación de los cambios de tramo de edad de los Asegurados, la Compañía no estaráobligadaaenviarunacomunicacióndadoquelaaceptacióndeestasCondiciones Particulares importa unaaceptación expresa del cambio de Prima, que irán ocurriendo en un tiempo y plazo previamente conocidos porel Contratante o Asegurado. 4.-PAGO POR MEDIO DE COBROS AUTOMÁTICOS (PATYPAC): Conforme a los señalado en la Circular N° 1499 delaComisión para el Mercado Financiero (CMF), se deja constancia que el pago de laPrima se efectuará mediante la modalidad PAT (autorización de descuento en tarjeta de crédito), por lo que las condiciones del mandato que autorizanestas modalidadesde pago forman parte integrante de lasCondicionesParticulares de estaPóliza. 5.-EXCLUSIONES. Son las establecidas en las Condiciones Generales, depositadas en laComisión para el Mercado Financiero (CMF)bajo el códigoPOL220230404, CAD320230405 y POL320230406,salvoque algunas de ellas sean cubiertas dada su liberación y cobertura a través de estas Condiciones Particulares. 6.-DENUNCIA DE SINIESTROS. Los interesados en el pago de la indemnizaciónde las coberturas de esta pólizadeberán notificar a la Compañía por los medios que ésta disponga, tan pronto como sea posible y dentro del plazo máximo de noventa (90) días siguientes a la fecha de ocurrido elevento que da origen a la cobertura, debiendo acreditarlaocurrenciadelmismodeclarandofielmenteysinreticencia,suscircunstanciasy consecuencias. La Compañía evaluará los hechos denunciados a objeto de establecer si contractualmente el siniestro se encuentra cubierto por el seguro. Para ello podrá requerir de los interesados en el pago del seguro, los antecedentes que precise. La liquidación del siniestro se sujetará a las normas impartidas por la Comisión para el Mercado Financiero referidas a dicha materia. 7.-PAGO DEPRIMA Y EFECTO DEL NO PAGO DE PRIMA. La Prima es la retribución o precio del seguro y consiste en una cantidad de dinero. Los montos de la Prima y los eventuales ajustes estarán indicados en las Condiciones Particulares de la Póliza. (a) Pago de Prima: La Prima de este seguro se pagará en los plazos y forma establecidos en las Condiciones Particulares de la Póliza. Durante la vigencia de la Póliza, el Contratante o Asegurado Titular deberá pagar la Prima de acuerdo al monto, condiciones y en la forma de pago que se detallan en las Condiciones Particulares, en las oficinas de la Compañía o en los lugares que ésta designe, todo ello, sin perjuicio de otros mecanismos
5 de pago o descuentos que la Compañía podrá poner a disposición del Contratante para facilitar el pago. La Prima se entenderá pagada cuando haya sido efectivamente percibida por la Compañía. La Compañía no será responsable por las omisiones o faltas de diligencia que no le sean imputables y que produzcan atraso en el pago de la Prima, aunque éste se efectúe mediante algún cargo o descuento convenido. En caso de no poder hacerse el cargo pactado en el medio de pago señalado por el Contratante o Asegurado, la Prima correspondiente se considerará no pagada, generándose el efecto que se indica en el párrafo siguiente. (b) Efecto del no pago de la Prima: La falta de pago de la Prima por parte del Contratante o del Asegurado producirá la caducidad de este contrato en el Plazo de Gracia definido en las Condiciones Particulares, contado desde la notificación que, conforme alArtículo 13delasCondiciones Generales, dirija la Compañía al Asegurado y dará derecho a la Compañía para exigir que se le pague la Prima devengada hasta la fecha de terminación y los gastos de formalización del contrato. Producida la terminación de la Póliza, cesará de pleno derecho la responsabilidad de la Compañía por todas las indemnizaciones, eventos y gastos, sin necesidad de declaración judicial alguna. 8.-VIGENCIA YRENOVACIÓN DE LA PÓLIZA La duración de esta póliza es de un año, contado desde la fecha de vigencia inicial. Sin embargo, si el Contratante no manifestare su opinión en contrario, la póliza se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos. En cada renovación, la Compañía podrá establecer nuevas condiciones en cuanto a las primas, previa comunicación por escrito u otro medio de contacto fehaciente conforme lo establecido en el Artículo 13de estas Condiciones Generales, dirigida al Contratante con una anticipación de a lo menos treinta (30) días a la fecha de renovación, cuya aceptación expresa provocará la renovación de esta póliza de acuerdo a las nuevas condiciones. Esta nueva prima, si correspondiere, deberá ser pagada hasta el vencimiento del nuevo período y así sucesivamente. Sin perjuicio de lo descrito precedentemente en este artículo, la Compañía se reserva el derecho de no renovar esta póliza, previa comunicación por escrito al Contratante con una anticipación de a lo menos treinta (30) días a la fecha de renovación. En caso que la póliza no se renueve, la Compañía mantendrá su obligación respecto a un siniestro eventualmente cubierto ocurrido con anterioridad a la fecha de término de la póliza, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 2 de estas CondicionesParticulares. 9.-ATENCION AL CLIENTE. La oficina de atención a clientes de Alemana Seguros S.A. se encuentra ubicada en Avenida Manquehue Norte N° 1370, comuna de Vitacura. El horario de atención es de Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 horas.
6 Correo electrónico de Contacto:[email protected] Teléfonos: + 562 29104900
7 ANEXO N°1 INFORMACION SOBRE ATENCION DE CLIENTES Y PRESENTACION DE CONSULTAS Y RECLAMOS En virtud de la Circular Nº 2131de laComisión para el Mercado Financierode 28 denoviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registraryrespondertodaslaspresentaciones,consultasoreclamosqueselespresenten directamente por el contratante,Asegurado, beneficiarios, o legítimos interesados o sus mandatarios. Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención. Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción. El interesado en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la respuesta,podrárecurriralaComisiónparaelMercadoFinanciero,ÁreadeProtecciónal InversionistayAsegurado, cuyas oficinas seencuentran ubicadas en Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449, piso 1°, Santiago, o a través del sitio webwww.cmfchile.cl