Póliza 3400xxx Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Marzo2022 Página 1 de 16 MetLife Chile Seguros de Vida S.A., considerando los antecedentes entregados por la Empresa Contratante emite las siguientes Condiciones Particulares, las cuales en conjunto con las Condiciones Generales se consideran parte integrante del presente contrato. Artículo N° 1.- Contratante Empresa:Xxx Dirección:Xxx RUT:Xxx Giro:Xxx Teléfono:Xxx Artículo N° 2.- Asegurador Empresa:MetLife Chile Seguros de Vida S.A. Dirección:Agustinas N° 640 Piso 1, Santiago RUT:99.289.000-2 Teléfono:56 2 2826 30 00 Artículo N° 3.- Intermediario Empresa: Queplan corredores de seguros SpA. Dirección: Nueva de Lyon 96, Of 301, Providencia. Rut: 76.824.542-8 Giro:Corredora de seguros Comisión: Artículo N° 4.- Asegurados Asegurado Titular: Los empleados con contrato de trabajo vigente e indefinido con la Empresa Contratante, que cumplen con las condiciones de asegurabilidad, señaladas en el artículo N° 13 y fueran debidamente incorporados e informados a la compañía. Asegurados Dependientes: Para los planes familiares se otorgará cobertura bajo los siguientes parentescos: a)Cónyuge o Conviviente Civil (uno u otro) del Asegurado Titular Conviviente (Carga No Legal) del Asegurado Titular b)Hijos del Asegurado Titular; asimismo, podrán ser asegurados dependientes los hijos del Cónyuge o Conviviente del Asegurado Titular, aun cuando no sean hijos de éste Artículo N° 5.- Beneficiarios Coberturas Complementario de Salud El beneficiario para el pago será el Asegurado Titular. Artículo N° 6.- Obligaciones Legales del Contratante El contratante debe informar a los asegurados u otro legítimo interesado sobre la contratación del seguro, sus condiciones o modificaciones.
Póliza 3400xxx Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Marzo2022 Página 2 de 16 El contratante asume las responsabilidades que emanen de su actuación como contratante del seguro colectivo. Artículo N° 7.- Coberturas I. Cobertura de salud: a)Complementaria: Cubre el riesgo de reembolsar, pagar al beneficiario o bien directamente al prestador de salud, los gastos médicos razonables y acostumbrados en que haya incurrido efectivamente un asegurado, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional, a consecuencia de una prestación médica. Losreembolsosolospagosdirectosyloscostosseñaladosanteriormentese efectuarán de acuerdo con lo indicado en las condiciones generales POL 3 2020 0074 y a los porcentajes, topes y condiciones descritas a continuación, siempre y cuando ocurran dentro de la vigencia de esta cobertura: Cobertura Complementar iaCobertura Reembolso Red Libre elección Tope por Prestación Tope Anual GASTOS AMBULATORI OS Consultas Médicas GeneralesMetLife Orienta -Sin tope (*) Consultas Médicas60%UF 0,5Sin tope (*) Exámenes de Laboratorio60%- Sin tope (*) Exámenes de imagenología, Radiografías, Ultrasonografías, Medicina Nuclear, Control Prostático y Mamografía Preventiva 60% - Procedimientos de Diagnóstico y Terapéuticos60%-Sin tope (*) Tratamiento de Kinesiología/Fonoaudiología60%UF 0,5UF 15 Cirugía Ambulatoria60%-Sin tope (*) Exámenes preventivos60 %-2 UF MEDICAMENTOS (**) Medicamentos Ambulatorios Genéricos 100 %-Sin tope (*) Medicamentos de Marca30 %-UF 10 GASTOS HOSPITALIZA CIÓN Día Cama Hospitalización60%2 UFSin tope (*) Dia Cama UTI/UCI60%Sin tope (*) Servicios Hospitalarios60%-UF 20 Honorarios Médicos60%-UF 20 Hospitalización DomiciliariaMetLife orienta-- GASTO MATERNIDAD Parto Normal80%-UF 10 Cesárea80%-UF 15 Complicaciones del Embarazo60%-UF 10 Complicaciones del parto80%-UF 10 Aborto No Voluntario60%-UF 10 SALUD MENTAL Consulta Psiquiatría60%UF 0,40 UF 8Gastos hospitalarios de Psiquiatría60 % - Consulta Psicología60%UF 0,40 Cobertura psicopedagogía60 %UF 0,40
Póliza 3400xxx Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Marzo2022 Página 4 de 16 Donde: Tope Anual Corregido = Corresponde al nuevo tope anual, expresado en UF. Prestación = Fecha de ocurrencia de la prestación (Parto o Aborto NO Provocado). Inicio Vigencia = Fecha en la que la asegurada ingresa a la póliza del complementario de salud (se calcularan los días transcurridos entre la fecha de Prestación y la de Inicio de Vigencia). Tope Base = Corresponde al tope anual, expresado en UF, de la prestación de interés que aparece en el plan de coberturas. Duración Embarazo = Para el caso de Parto este número será 280 (medido en días). Para el caso del Aborto no provocado el número utilizado será 189 (medido en días). ●Los medicamentos ambulatorios cubiertos por este beneficio serán sólo aquellos que el asegurado deba consumir durante el periodo de vigencia de la póliza, de acuerdo con la dosis prescrita por el médico tratante y en ningún caso la dosis a reembolsar podrá ser superioratreinta(30)díasdetratamientoapartirdelafechadecompradelos medicamentos. ●QuedaexpresamenteestablecidoquelaaplicacióndelsegurovíaI-Medno necesariamente implica la aceptación de la cobertura del diagnóstico que origina dichos gastos, de talmodo que en cualquier momento la compañía podrá restringir, limitar o excluir dicho diagnóstico por carecer de cobertura, en conformidad a lo establecido en las presentes condiciones o en las condiciones generales. ●Los topes anuales son sobre la base del año póliza. Artículo N° 8.- Capitales Asegurados El Capital Asegurado se expresará enUnidades de Fomento (UF). Salud y Adicionales Artículo N° 9.- Primas La prima mensual de este seguro se expresará en UF. El detalle de prima por cobertura se indica en las siguientes tablas: Prima por titularPrima netaIVAPrima bruta Complementario0,4870 UF0,092536 UF0,5796 UF Prima por titular + 1 CargaPrima netaIVAPrima Bruta Complementario0,8593 UF0,163272 UF1,0226 UF Prima por titular + 2 CargasPrima netaIVAPrima bruta Complementario1,2316 UF0,234 UF1,4656 UF Artículo Nº 10.- Pago de Primas CoberturasCapital Complementario de SaludUF350
Póliza 3400xxx Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Marzo2022 Página 5 de 16 La prima mensual de este seguro se pagará de forma mensual y anticipada, dentro de los 10 primeros días del mes de inicio de vigencia y se podrá hacer a través de transferencia bancaria a Queplan corredores de seguros SpA. El Contratante se compromete a efectuar el pago de las primas desde el inicio de la vigencia del seguro. El atraso en el pago por parte del contratante, por un periodo mayor al periodo de gracia de30días, determinará la suspensión de cobertura respecto de los asegurados. La falta de pago de la prima una vez transcurrido el plazo de quince (15) días contados desde la fecha de envío de la comunicación, posterior al periodo de gracia, dará por terminada la póliza. Los siniestros que ocurran después de los 30 días de gracia no tendrán cobertura. La responsabilidad que el asegurador asume por el presente contrato sólo comienza en la fecha de inicio de vigencia indicada en la presente póliza. Contributoriedad en el pago de la prima: La prima será financiada en un XX% por la empresa Contratante y XX% por el Asegurado Titular. Sin embargo, la prima será cobrada 100% a la empresa contratante. Artículo N° 11.- Requisitos de Asegurabilidad Paratodos los ingresoslas condiciones de asegurabilidad serán las siguientes: Coberturas de Complementario de Salud, Complementario: AseguradoEdad Máxima de IngresoEdad Máxima de Permanencia Titular64 años y 364 días67 años y 364 días Cónyuge o Conviviente64 años y 364 días67 años y 364 días Hijos23 años y 364 días24 años y 364 días (*) Encontrándose la madre cubierta por el seguro (como titular o carga) y estando vigente la póliza, los hijos podrán incorporarse desde su fecha de nacimiento. Si la madre no cumple con los requisitos indicados, sólo podrán incorporarse al seguro transcurridos 14 días desde la fecha de nacimiento, previa evaluación y aceptación de parte de la Compañía aseguradora. Artículo Nº 12.- Exclusiones de Cobertura Exclusiones Coberturas Complementario de Salud:Son aquellas descritas en el artículo N° 6 de las Condiciones Generales (POL 3 2020 0074). 1.Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto inferidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente. 2.Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros.
Póliza 3400xxx Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Marzo2022 Página 6 de 16 3.Gastos como consecuencia de alguna de las siguientes enfermedades o dolencias e intervenciones quirúrgicas: a)Cáncer: Se entiende por Cáncer, la enfermedad que se manifiesta por la presencia de untumormaligno,caracterizadoporalteracionescelularesmorfológicasy cromosómicas, crecimiento y expansión incontrolado y la invasión local y destrucción directa de tejidos, o metástasis; o grandes números de células malignas enlos sistemas linfáticos o circulatorios. Incluye entre ellos los diversos tipos de leucemia los linfomas y la enfermedad de Hodgkin. b)Cardiopatías:Cualquierenfermedadqueafectaalcorazónolasestructurasdel corazón, y puede ser congénita, adquiridas, isquemicas, valvulopatias, miocardiopatias, trastornos del ritmo o de la conducción. c)Enfermedadesvasculares:Consistenenlasuspensiónbruscayviolentadelas funciones cerebrales fundamentales, que produce secuelas neurológicas que duran más de veinticuatro horas y que son de naturaleza permanente. Esto incluye el infarto de tejido cerebral, la hemorragia intra-craneal o subaracnoídea, y la embolia de una fuente extra-craneal. d)Insuficiencia Renal Crónica: es aquella enfermedad que se presenta, en su etapa final, como el estado crónico e irreversible del funcionamiento de ambos riñones, como consecuencia de la cual se hace necesario regularmente la diálisis renal. e)Parálisis: Consiste en la pérdida total y permanente de la movilidad de dos o más miembros superiores o inferiores como resultado de un accidente o enfermedad. f)Trasplante de Órganos: El que se realiza al asegurado como receptor del trasplante de un órgano que puede ser cualquiera de los siguientes: corazón, pulmón, hígado, riñón, médula ósea o páncreas, siempre y cuando el órgano del asegurado esté o haya estado lesionado o enfermo. g)Esclerosis Múltiple: La enfermedad cuyo diagnóstico inequívoco realizado por un neurólogoconfirmaalmenosanomalíasmoderadasneurológicaspersistentes, consistentes con la impariedad de función, pero las que no lleven necesariamente al asegurado a una silla de ruedas en forma permanente. h)Diabetes Mellitus: Consiste en un trastorno metabólico que se caracteriza por presentar concentraciones de glucosa en la sangre mayores o iguales a 126 mg/dl, en forma recurrente o crónica. Puede ser tipo I o II. 4.La hospitalización para fines de reposo, como asimismo la hospitalización, rehabilitación, consultas, exámenes y/o tratamientos por enfermedades psiquiátricas y/o psicológicas. 5.Gastos médicos provenientes de una hospitalización en que incurra un asegurado o el recién nacido a consecuencia de embarazo, parto, cesárea y sus complicaciones. 6.Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento. 7.Cirugíasy/otratamientosestéticos,cosméticos,plásticos,reparadores,dentales, ortopédicos y otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o que tengan comofinalidadcorregirmalformacionesproducidasporenfermedadesoaccidentes anteriores a la fecha de vigencia inicial del asegurado en la póliza, a menos que sean requeridos por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se encuentre amparado por la póliza. Tampoco estarán cubiertos los tratamientos secundarios a las cirugías indicadas. 8.Tratamientos por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo. Lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión de alcohol, somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustanciasdeefectosanálogososimilares,ohechosdeliberadosquecometael asegurado, tales como y abortos provocados. 9.Cuadro producido o favorecido por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) sus consecuencias y complicaciones cuando el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) haya sido diagnosticado previo a la vigencia del asegurado en la póliza 10.Los siguientes tratamientos, estudios o condiciones de salud: a.Lacirugíaporobesidad,denominadacomobariátricauotrassimilares, independientementedelaexistenciadeotrasincapacidadesasociadas,sus tratamientos, consecuencias y complicaciones, excepto cuando el Índice de Masa Corporal (IMC) sea mayor a cuarenta (40)
Póliza 3400xxx Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Marzo2022 Página 7 de 16 b.Estudios y tratamientos por talla baja, gigantismo y todo tipo de hormonas del crecimiento, así como también Antagonistas LH y RH. c.Cirugía Ocular Lásik para dioptrías menores a 3. d.Esterilización quirúrgica femenina o masculina independiente de la causa por la cual se indique. e.Estudios de diagnóstico, tratamientos y procedimientos que tengan relación con problemas de esterilidad, fertilidad e infertilidad, sus complicaciones o consecuencias. f.Tratamientos para adelgazar. 11.Los siguientes insumos o gastos farmacéuticos no se cubrirán, aun cuando éstos sean con fines terapéuticos, ellos son: i. Insumos ambulatorios no asociados a una cirugía. ii. Cualquier tipo de alimento o sustituto alimenticio, aunque tenga fines terapéuticos. iii. Homeopatías y/o Recetario Magistral. iv. Cremas, lociones faciales, jabones, shampoo, filtros solares, medias antiembólicas o para el tratamiento de várices que no incorporan un principio activo. 12.Lesión o enfermedad causada por: i. Guerra civil o internacional, sea que esta haya sido declarada o no, invasión y actividades u hostilidades de enemigos extranjeros. ii. Participación activa del asegurado en rebelión, revolución, insurrección, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país. iii. Participación del asegurado en actos calificados como delitos por la ley. iv. Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del asegurado. v. Estado de ebriedad o los efectos de drogas o alucinógenos en el asegurado. vi. Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente nuclear. 13.Todotipodeexámenesdentales,extracciones,empastes,cirugíasy/otratamientos dentales en general, como también todo tipo de cirugía maxilofacial, a excepción de la necesaria a raíz de un accidente ocurrido durante la vigencia del asegurado en la póliza y siempre que se haya contratado la cobertura correspondiente. 14.Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos y de contacto, prótesis, órtesis, miembros artificiales y suministro de aparatos o equipos médicos y/u ortopédicos, así como también la adquisición o arriendo de equipos, tales como: sillas de ruedas, camas médicas, ventiladores mecánicos, etc. 15.Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto preventivo, no inherentes o necesarios para el diagnóstico de una incapacidad, a excepción de los gastos por control de niño sano y control ginecológico que serán reembolsados de acuerdo a la cobertura contratada de la póliza. 16.Hospitalizacióndomiciliariaylaatenciónparticulardeenfermeríafueradelrecinto hospitalario. 17.Gastos por acompañantes, mientras el asegurado se encuentre hospitalizado, tales como, gastos de alojamiento, comidas y otros. Se exceptúan los gastos por un acompañante del asegurado menor de catorce (14) años de edad. 18.Lesión o enfermedad surgida de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. 19.Epidemias o pandemias declaradas por la autoridad competente o por el organismo de salud mundial competente, respectivamente. 20.Tratamientos, drogas o medicamentos que sean utilizados habitualmente como método anticonceptivo, aun cuando su prescripción se indique como necesaria para el tratamiento de otra enfermedad distinta a la de la anticoncepción. En estos se incluirán anticonceptivos tradicionales o de emergencia, anovulatorios, DIU, métodos de barrera, y otros de similares o de distintos principios. 21.Tratamientos homeopáticos, iriología, reflexología y en general tratamientos médicos no tradicionales o experimentales, empíricos y también la medicina alternativa. 22.Criopreservación,asícomolacompradecélulasmadre,sangre,hemoderivadosy cualquier otro tejido u órgano. 23.Gastos que no estén expresamente indicados en el Cuadro de Beneficios detallado en el articulo 7 numeral III, como asimismo, gastos de exámenes y procedimientos a través de
Solicitar Seguro
Contrata y/o recibe asesoría mediante un ejecutivo especializado