Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 1 de 19 MetLife Chile Seguros de Vida S.A., considerando los antecedentes entregados por la Empresa Contratante emite las siguientes Condiciones Particulares, las cuales en conjunto con las Condiciones Generales se consideran parte integrante del presente contrato. Artículo N° 1.- Contratante Empresa: Dirección: RUT: Teléfono: Artículo N° 2.- Asegurador Empresa:MetLife Chile Seguros de Vida S.A. Dirección:Agustinas N° 640 Piso 1, Santiago RUT:99.289.000-2 Teléfono:56 2 2826 30 00 Artículo N° 3.- Intermediario Empresa: Queplan corredores de seguros SpA. Dirección: Nueva de Lyon 96, Of 301, Providencia. Rut: 76.824.542-8 Giro:Corredora de seguros Artículo N° 4.- Asegurados Asegurado Titular: Los empleados con contrato de trabajo vigente e indefinido con la Empresa Contratante, que cumplen con las condiciones de asegurabilidad, señaladas en el artículo N° 13 y fueran debidamente incorporados e informados a la compañía. Asegurados Dependientes: Para los planes familiares se otorgará cobertura bajo los siguientes parentescos: a)Cónyuge o Conviviente Civil (uno u otro) del Asegurado Titular Conviviente (Carga No Legal) del Asegurado Titular b)Hijos del Asegurado Titular; asimismo, podrán ser asegurados dependientes los hijos del Cónyuge o Conviviente del Asegurado Titular, aun cuando no sean hijos de éste Artículo N° 5.- Beneficiarios Coberturas Complementario de Salud, Ampliado y Dental El beneficiario para el pago será el Asegurado Titular. Artículo N° 6.- Obligaciones Legales del Contratante El contratante debe informar a los asegurados u otro legítimo interesado sobre la contratación del seguro, sus condiciones o modificaciones. El contratante asume las responsabilidades que emanen de su actuación como contratante del seguro colectivo. Artículo N° 7.- Coberturas
Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 2 de 19 I. Cobertura de salud: a)Complementaria: Cubre el riesgo de reembolsar, pagar al beneficiario o bien directamente al prestador de salud, los gastos médicos razonables y acostumbrados en que haya incurrido efectivamente un asegurado, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional, a consecuencia de una prestación médica. Losreembolsosolospagosdirectosyloscostosseñaladosanteriormentese efectuarán de acuerdo con lo indicado en las condiciones generales POL 3 2020 0074 y a los porcentajes, topes y condiciones descritas a continuación, siempre y cuando ocurran dentro de la vigencia de esta cobertura: Cobertura Complementar iaCobertura Reembols o Red Libre elección Tope por Prestació n Tope Anual GASTOS AMBULATORI OS Consultas Médicas GeneralesMetLife Orienta -Sin tope (*) Consultas Médicas80%UF 0,90Sin tope (*) Exámenes de Laboratorio80%- Sin tope (*) Exámenes de imagenología, Radiografías, Ultrasonografías, Medicina Nuclear, Control Prostático y Mamografía Preventiva 80% - Procedimientos de Diagnóstico y Terapéuticos 80%-Sin tope (*) Tratamiento de Kinesiología/Fonoaudiología80%UF 0,5UF 15 Cirugía Ambulatoria80%-Sin tope (*) Exámenes preventivos80%-2 UF MEDICAMENTOS (**)Medicamentos Ambulatorios Genéricos 100 %-Sin tope (*) Medicamentos de Marca40 %-UF 15 GASTOS HOSPITALIZA CIÓN Día Cama Hospitalización80%2 UFSin tope (*) Dia Cama UTI/UCI80%Sin tope (*) Servicios Hospitalarios80%-UF 20 Honorarios Médicos80%-UF 20 Hospitalización DomiciliariaMetLife orienta -- GASTO MATERNIDAD Parto Normal100%-UF 10 Cesárea100%-UF 15 Complicaciones del Embarazo80%-UF 10 Complicaciones del parto80%-UF 10 Aborto No Voluntario80%-UF 10 SALUD MENTAL Consulta Psiquiatría80%UF 0,50 UF 12Consulta Psicología80 % Gastos hospitalarios de Psiquiatría80%-- Cobertura psicopedagogía80 %UF 0,60 OTROS GASTOS Gastos Ópticos70 %-UF 4 Consulta Nutricionista80 %0,5 UFUF 10 Prótesis/Ortesis (Excluye dental)70%-UF 10
Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 3 de 19 Cirugía para la corrección de vicios o defectos de refracción (mayor o igual a 5 dioptrías) 50%-UF 5 Servicio Pacientes CrónicosMetlife Orienta-Sin tope (*) ServicioPacientesCrónicos Telemonitoreo (accuhealth)Metlife Orienta-Sin tope (*) Servicio de Ambulancia Terrestre (Radio 50kms.)70 %-UF 10 Tope Anual350 UF Deducible plan titular0,5 UF Deducible plan titular + 1 Carga1 UF Deducible plan titular + 2 Carga1,5 UF (*) Los topes de cada cobertura no podrán ser superiores al tope anual por asegurado. (**) Incluye medicamentos en farmacia Cruz Verde con bonificación en línea. Se establece para efectos de la aplicación de los cuadros de cobertura anteriores, un tope anual por asegurado deUF 350. El tope es combinado, vale decir, considera todos los gastos de un asegurado en un año. En caso de que el asegurado exceda el tope anual de cobertura complementaria, comenzarán a regir la siguiente ampliación de cobertura. Cobertura Complementario ampliado Tope porTope CoberturaReembolsoPrestacióAnual n (UF)(UF) HOSPITALIZACION Día Cama HonorariosMédico Quirúrgicos Servicio Hospitalario 100 %-Sin tope (*) 100 %-Sin tope (*) 100 %-Sin tope (*) AMBULATORIOS Cirugía Ambulatoria Consulta General Exámenes Fonoaudiología, KinesiologíayMedicina Física Medicamentos Procedimientos 100 %-Sin tope (*) 100 %-Sin tope (*) 100 %-Sin tope (*) 100 %-Sin tope (*) 40 %-Sin tope (*) 100 %-Sin tope (*) OTROS GASTOS yeso100% Drogas(Oncológicas, Insumosupresorasy Antineoplásicas) 100%-Sin tope (*) Otrosbeneficios ambulancia terrestre 50 km100%-Sin tope (*) Otros beneficios prótesis y ortesis (excluye dental)100 %-Sin tope (*)
Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 4 de 19 Se establece para efectos de la aplicación de cobertura descrita en los últimos dos cuadros anteriores, un tope anual por asegurado deUF 1000. El tope es combinado, vale decir considera todos los gastos de un asegurado en un año. b)Definiciones coberturas de Salud: ●Este seguro opera en exceso del Sistema de Salud Previsional (Isapre oFonasa), Bienestar u otro seguro adicional o convenio. Si el aporte del Sistema de Salud Previsional es menor al 50%, el reembolso de la Compañía será sobre el 50% del costo directo de la prestación, monto sobre el cual se aplicarán los porcentajes, topes y deducibles del plan contratado. ●LaCoberturaenelextranjeroseconsiderabajolasmismascondicionesdelPlan Complementario de Salud (como complemento de Isapre o Fonasa). ●Este seguro cubrirá preexistencias. No obstante, no se cubrirán los gastos médicos incurridos como consecuencia de alguna de las siguientes enfermedades o dolencias e intervenciones quirúrgicas: Cáncer, Cardiopatías, Enfermedad Vascular, Insuficiencia Renal Crónica, Parálisis, Trasplante de Órganos, Esclerosis Múltiple y Diabetes Mellitus. Sin perjuiciodeloanterior,sisecubrirácuandolasenfermedadesodolenciasrecién enunciadas hayan sido diagnosticadas durante la vigencia individual del asegurado en la póliza (cláusula N° 6 del POL 3 2020 0074). ●La cobertura de Maternidad es sólo para los Asegurados Titulares y Cónyuges, no aplica para las hijas. ●Para que el asegurado titular o cónyuge asegurado tengan derecho al beneficio de maternidad, la fecha probable de inicio del embarazo debe ser posterior a la fecha de inicio de la vigencia de esta cobertura para el asegurado que se aplica. ●Para nuevos ingresos, la cobertura para partos de embarazos preexistentes se cubrirá en base a novenos, de acuerdo con la siguiente fórmula: Tope Anual Corregido = (inicio Vigencia- Prestación) * Tope Base / Duración Embarazo Donde: Tope Anual Corregido = Corresponde al nuevo tope anual, expresado en UF. Prestación = Fecha de ocurrencia de la prestación (Parto o Aborto NO Provocado). Inicio Vigencia = Fecha en la que la asegurada ingresa a la póliza del complementario de salud (se calcularán los días transcurridos entre la fecha de Prestación y la de Inicio de Vigencia). Tope Base = Corresponde al tope anual, expresado en UF, de la prestación de interés que aparece en el plan de coberturas. Duración Embarazo = Para el caso de Parto este número será 280 (medido en días). Para el caso del Aborto no provocado el número utilizado será 189 (medido en días). ●Los medicamentos ambulatorios cubiertos por este beneficio serán sólo aquellos que el asegurado deba consumir durante el periodo de vigencia de la póliza, de acuerdo con la dosis prescrita por el médico tratante y en ningún caso la dosis a reembolsar podrá ser superioratreinta(30)díasdetratamientoapartirdelafechadecompradelos medicamentos. ●QuedaexpresamenteestablecidoquelaaplicacióndelsegurovíaI-Medno necesariamente implica la aceptación de la cobertura del diagnóstico que origina dichos
Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 5 de 19 gastos, de talmodo que en cualquier momento la compañía podrá restringir, limitar o excluir dicho diagnóstico por carecer de cobertura, en conformidad a lo establecido en las presentes condiciones o en las condiciones generales. ●Los topes anuales son sobre la base del año póliza. II. Cobertura dental LaCompañíadeSegurosreembolsaráopagarálosgastosdentalesrazonables, acostumbrados y efectivamente incurridos por el asegurado a causa de una enfermedad o accidente de origen odontológico, sólo si las prestaciones son otorgadas y prescritas por un odontólogo o dentista. Los reembolsos o los pagos directos al prestador y los costos señalados anteriormente se efectuarán de acuerdo a lo indicado en las condiciones adicionales CAD 3 2020 0107 y a los porcentajes, topes y condiciones descritas a continuación, siempre y cuando el gasto sea incurrido durante la vigencia de la cobertura: Cobertura DentalPrestación Reembolso Plataforma Digital Tope Anual por grupo familiar GASTOS RUTINARIOS Consultas dentales, Radiología, Higiene y Profilaxis, Endodoncia, Operatoria/Cirugía, Periodoncia, Laboratorio, Medicamentos 50% UF 15 GASTOS ESPECIALIDA D Prótesis, Implantes y Ortodoncia (carencia de 6 meses)50 % Deducible0,5 UF Para efectos de que opere la cobertura es condición necesaria que las prestaciones dentales hayan sido efectivamente realizadas al asegurado a la fecha del denuncio del siniestro. Definiciones cobertura dental: ●Enfermedaddeorigenodontológico:Todaenfermedadqueafectaaldiente,encía periodonto y hueso alveolar, excluyéndose las afecciones de tipo esquelético. ●Esta cobertura opera sobre el valor de la prestación, hasta el límite establecido como gasto razonable, descontando las sumas financiadas por un sistema de salud previsional u otra institución que otorgue beneficios, monto al cual se le aplicarán los porcentajes y topes y deducibles definidos. ●La Compañía considera como gasto razonable y acostumbrado, aquel que no exceda el valor asignado para esa prestación en el arancel Dental MetLife ajustado anualmente según IPC. ●No se cubrirán siniestros a causa de enfermedades diagnosticadas o conocidas en fecha anterior a la de ingreso de los asegurados en la póliza.
Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 6 de 19 Artículo N° 8.- Capitales Asegurados El Capital Asegurado se expresará enUnidades de Fomento (UF). Salud y Adicionales Artículo N° 9.- Primas La prima mensual de este seguro se expresará en UF. El detalle de prima por cobertura se indica en las siguientes tablas: Planes titularPrima netaIVAPrima bruta Complementario0,6360 UF0,1208 UF0,7569 UF Ampliado0,0577 UF0,1096 UF0,0687 UF Cobertura Dental0,1174 UF0,0223 UF0,129 UF Planes titular + 1 CargaPrima netaIVAPRIMA BRUTA Complementario Ampliado Cobertura Dental 0,1,1275 UF0,2142 UF1,3417 UF 0,1039 UF0,1973 UF0,1236 UF 0,2113 UF0,0401 UF0,2322 UF Planes titular + 2 CargasPrima netaIVAPrima bruta Complementario Ampliado Cobertura Dental 1,619 UF0,3076 UF1,9266 UF 1,1501 UF0,028514 UF0,1786 UF 0,2877 UF0,05466 UF0,3162 UF Planes titular + 3 CargasPrima netaIVAPrima bruta Complementario Ampliado Cobertura Dental 1,619 UF0,3076 UF1,9266 UF 0,1847 UF0,0351 UF0,2158 UF 0,2877 UF0,05466 UF0,3162 UF Artículo Nº 10.- Pago de Primas La prima mensual de este seguro se pagará de forma mensual y anticipada, dentro de los 10 primeros días del mes de inicio de vigencia y se podrá hacer a través de transferencia bancaria a Queplan corredores de seguros SpA. El Contratante se compromete a efectuar el pago de las primas desde el inicio de la vigencia del seguro. El atraso en el pago por parte del contratante, por un periodo mayor al periodo de gracia de30días, determinará la suspensión de cobertura respecto de los asegurados. La falta de pago de la prima una vez transcurrido el plazo de quince (15) días contados desde la fecha de envío de la comunicación, posterior al periodo de gracia, dará por terminada la póliza. CoberturasCapital Complementario de SaludUF350 Complementario ampliadoUF 1000 Seguro DentalUF15
Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 7 de 19 Los siniestros que ocurran después de los 30 días de gracia no tendrán cobertura. La responsabilidad que el asegurador asume por el presente contrato sólo comienza en la fecha de inicio de vigencia indicada en la presente póliza. Contributoriedad en el pago de la prima: La prima será financiada en un 100% por la empresa Contratante. La prima será cobrada 100% a la empresa contratante. Artículo N° 11.- Requisitos de Asegurabilidad Paratodos los ingresoslas condiciones de asegurabilidad serán las siguientes: Coberturas de Complementario de Salud, Complementario Ampliado y Dental: AseguradoEdad Máxima de IngresoEdad Máxima de Permanencia Titular64 años y 364 días67 años y 364 días Cónyuge o Conviviente64 años y 364 días67 años y 364 días Hijos23 años y 364 días24 años y 364 días (*) Encontrándose la madre cubierta por el seguro (como titular o carga) y estando vigente la póliza, los hijos podrán incorporarse desde su fecha de nacimiento. Si la madre no cumple con los requisitos indicados, sólo podrán incorporarse al seguro transcurridos 14 días desde la fecha de nacimiento, previa evaluación y aceptación de parte de la Compañía aseguradora. Artículo Nº 12.- Exclusiones de Cobertura Exclusiones Coberturas Complementario de Salud:Son aquellas descritas en el artículo N° 6 de las Condiciones Generales (POL 3 2020 0074). 1.Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto inferidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente. 2.Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros. 3.Gastos como consecuencia de alguna de las siguientes enfermedades o dolencias e intervenciones quirúrgicas: a)Cáncer: Se entiende por Cáncer, la enfermedad que se manifiesta por la presencia de untumormaligno,caracterizadoporalteracionescelularesmorfológicasy cromosómicas, crecimiento y expansión incontrolado y la invasión local y destrucción directa de tejidos, o metástasis; o grandes números de células malignas enlos sistemas linfáticos o circulatorios. Incluye entre ellos los diversos tipos de leucemia los linfomas y la enfermedad de Hodgkin. b)Cardiopatías:Cualquierenfermedadqueafectaalcorazónolasestructurasdel corazón, y puede ser congénita, adquiridas, isquemicas, valvulopatias, miocardiopatias, trastornos del ritmo o de la conducción. c)Enfermedadesvasculares:Consistenenlasuspensiónbruscayviolentadelas funciones cerebrales fundamentales, que produce secuelas neurológicas que duran
Póliza 340020857 Condiciones Particulares Seguro Colectivo Pyme Amerins Julio2022 Página 8 de 19 más de veinticuatro horas y que son de naturaleza permanente. Esto incluye el infarto de tejido cerebral, la hemorragia intra-craneal o subaracnoídea, y la embolia de una fuente extra-craneal. d)Insuficiencia Renal Crónica: es aquella enfermedad que se presenta, en su etapa final, como el estado crónico e irreversible del funcionamiento de ambos riñones, como consecuencia de la cual se hace necesario regularmente la diálisis renal. e)Parálisis: Consiste en la pérdida total y permanente de la movilidad de dos o más miembros superiores o inferiores como resultado de un accidente o enfermedad. f)Trasplante de Órganos: El que se realiza al asegurado como receptor del trasplante de un órgano que puede ser cualquiera de los siguientes: corazón, pulmón, hígado, riñón, médula ósea o páncreas, siempre y cuando el órgano del asegurado esté o haya estado lesionado o enfermo. g)Esclerosis Múltiple: La enfermedad cuyo diagnóstico inequívoco realizado por un neurólogoconfirmaalmenosanomalíasmoderadasneurológicaspersistentes, consistentes con la impariedad de función, pero las que no lleven necesariamente al asegurado a una silla de ruedas en forma permanente. h)Diabetes Mellitus: Consiste en un trastorno metabólico que se caracteriza por presentar concentraciones de glucosa en la sangre mayores o iguales a 126 mg/dl, en forma recurrente o crónica. Puede ser tipo I o II. 4.La hospitalización para fines de reposo, como asimismo la hospitalización, rehabilitación, consultas, exámenes y/o tratamientos por enfermedades psiquiátricas y/o psicológicas. 5.Gastos médicos provenientes de una hospitalización en que incurra un asegurado o el recién nacido a consecuencia de embarazo, parto, cesárea y sus complicaciones. 6.Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento. 7.Cirugíasy/otratamientosestéticos,cosméticos,plásticos,reparadores,dentales, ortopédicos y otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o que tengan comofinalidadcorregirmalformacionesproducidasporenfermedadesoaccidentes anteriores a la fecha de vigencia inicial del asegurado en la póliza, a menos que sean requeridos por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se encuentre amparado por la póliza. Tampoco estarán cubiertos los tratamientos secundarios a las cirugías indicadas. 8.Tratamientos por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo. Lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión de alcohol, somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustanciasdeefectosanálogososimilares,ohechosdeliberadosquecometael asegurado, tales como y abortos provocados. 9.Cuadro producido o favorecido por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) sus consecuencias y complicaciones cuando el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) haya sido diagnosticado previo a la vigencia del asegurado en la póliza 10.Los siguientes tratamientos, estudios o condiciones de salud: a.Lacirugíaporobesidad,denominadacomobariátricauotrassimilares, independientementedelaexistenciadeotrasincapacidadesasociadas,sus tratamientos, consecuencias y complicaciones, excepto cuando el Índice de Masa Corporal (IMC) sea mayor a cuarenta (40) b.Estudiosytratamientosportallabaja,gigantismoytodotipodehormonasdel crecimiento, así como también Antagonistas LH y RH. c.Cirugía Ocular Lásik para dioptrías menores a 3. d.Esterilización quirúrgica femenina o masculina independiente de la causa por la cual se indique. e.Estudios de diagnóstico, tratamientos y procedimientos que tengan relación con problemas de esterilidad, fertilidad e infertilidad, sus complicaciones o consecuencias. f.Tratamientos para adelgazar. 11.Los siguientes insumos o gastos farmacéuticos no se cubrirán, aun cuando éstos sean con fines terapéuticos, ellos son: i. Insumos ambulatorios no asociados a una cirugía. ii. Cualquier tipo de alimento o sustituto alimenticio, aunque tenga fines terapéuticos. iii. Homeopatías y/o Recetario Magistral.
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