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Complementario | Ambulatorio

Plan Complementario Salud + Dental

Sin tope anual

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$19.124/mes

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CERTIFICADO DE COBERTURA
QUEPLAN.CL

AMERINS COMPLEMENTARIO SALUD + DENTAL

Datos del Contratante:

RUT:

Nombre:

Dirección:

Fecha de Contratación:

Datos de los Beneficiarios:

RUT:

En Santiago de Chile, a <FECHA DE CONTRATACIÓN> entre, <NOMBRE TITULAR>, Rol Único
Tributario número <RUT TITULAR>, domiciliado en, <DIRECCIÓN TITULAR>, de la comuna de
<COMUNA>, de la <REGIÓN>, en adelante, al “Cliente”, por una parte y, por la otra, AMERINS, se
ha acordado el siguiente contrato de servicios:

El certificado de cobertura tendrá la siguiente estructura:

1) Sección I: Descripción del servicio

2) Sección II: Asistencia Médica

3) Sección III: Asistencia Dental

I. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO

El cliente accede a un servicio médico en la red de clínicas en convenio, y a un servicio de asistencia
dental de urgencias y prevención en la red de clínicas odontológicas en convenio de SD SIGMA, por
un precio mensual determinado, según sea el plan contratado. Por este motivo, el cliente debe hacer
uso de las prestaciones contactando a su respectiva red de acuerdo al tipo de asistencia.

1. CONDICIONES OPERATIVAS

Para hacer uso de la asistencia médica:

El cliente debe solicitar su atención a la red de clínicas en convenio a través de la línea telefónica:
228203414. Es requisito para hacer uso de la cobertura coordinar previamente en este teléfono.
Con esto, Amerins coordinará y entregará hora de atención con médico a elección de Amerins según
cobertura, cercanía y otros factores, que opere en su red de prestadores.

Para hacer uso de la asistencia dental:

El cliente debe solicitar su atención a la red de clínicas SD SIGMA vía WhatsApp al +56 997 883 527,
por medio de la página web www.sdsigma.com opción citas, o a través de la línea telefónica
223988540.
2. PRECIOS: Tabla 1
Precio Mensual UF
Período Permitido de Pago
Titular
UF 0.48 Semestral / Anual
Titular +1
UF 0.81 Semestral / Anual
Titular +2
UF 0.96 Semestral / Anual
a. Solicitud de Baja:

Para dar de baja el producto, el cliente debe informar a QUEPLAN.CL al teléfono de contacto
227127123 o al correo
contacto@queplan.cl.
b. Métodos de Pago:

Débito o Crédito; o cualquier método de pago que establezca el canal digital de QUEPLAN.CL.

El precio se pagará mediante cargo automático (PAT) en la Tarjeta de Crédito o Débito informada
por el cliente, por el total correspondiente al período seleccionado (semestral/anual). La fecha de
pago de las cuotas será aquella que tenga como fecha de pago el estado de cuenta de la Tarjeta de
Crédito o Débito. El servicio es activado una vez se verifique en pago del mismo. El cliente se
compromete a efectuar el pago de las cuotas desde la vigencia del servicio.

c. Morosidad:

La falta de pago producirá la terminación del beneficio a la expiración del plazo de quince días
contado desde la fecha de envío de la comunicación que, con ese objeto, dirija QUEPLAN.CL o
AMERINS al Cliente y dará derecho a aquél para exigir que se le pague la prima devengada hasta la
fecha de terminación.
II. ASISTENCIA MÉDICA
1. GLOSARIO DE TÉRMINOS:

Siempre que se utilicen en las presentes condiciones generales, los términos definidos a
continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye:

CLIENTE: Es la persona física que haya contratado los servicios de asistencia, y que efectivamente
se encuentre registrado en la base de datos que envíe para tal efecto QUEPLAN.CL.

BENEFICIARIO: Es la persona designada por titular en el servicio de asistencia médica que tiene
derecho a recibir la prestación derivada de la contratación del titular.

SERVICIOS: Los servicios de asistencia contemplados en el producto que haya sido contratado por
el Cliente y cuyas definiciones se incluyen en el presente documento.

SITUACIÓN DE ASISTENCIA: Todo hecho ocurrido en los términos y con las características y
limitaciones establecidas en el cuerpo del presente documento, que den derecho a la prestación de
los servicios, de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en estas condiciones generales.

EVENTO: Es una situación de asistencia reportada por un Cliente que da derecho a la prestación de
uno de los servicios, de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en el presente
instrumento.

ENFERMEDAD: Alteración o desarmonización del sistema, opuesto a la salud, no causado por un
accidente o hecho fortuito.

ACCIDENTE: Son sucesos fortuitos, imprevistos, traumáticos, externos e inesperados, no
provocados por el cliente, causados por situaciones accidentales, y que requieren atención médica
inmediata (Doméstico, tránsito o laboral).

RED DE PRESTADORES: Es el equipo técnico o subcontratado por GEA, apropiado para prestar los
servicios, de acuerdo a los términos y condiciones que se aluden en el presente instrumento.

RESIDENCIA PERMANENTE: Casa habitación, previamente registrada en la base de datos informado
por CUENTA CLIENTE, a la cual se proporcionará la prestación de servicios, de acuerdo a los términos
y condiciones que se aluden en el presente instrumento. Para efectos del presente en la república
de Chile.

MONTO POR EVENTO: Es el costo máximo que será cubierto por GEA, asociado a la prestación de
un servicio. Si el valor de la prestación es superior a este monto por evento, la diferencia será de
cargo del cliente.
CARENCIA: Es el período de tiempo que transcurre entre el día en el que entra en vigor el contrato
y el día en el que el asegurado puede comenzar a disfrutar de su servicio.

FECHA DE INICIO: Fecha a partir de la cual los servicios estarán a disposición de los Clientes.

TERRITORIO NACIONAL: Para fines de este documento, la República de Chile, dentro del radio
urbano. Excepto Isla de Pascua, Chiloé y Juan Fernández.

2. BENEFICIARIOS

En caso de contratar el plan semestral o anual, tendrá derecho a este servicio, el titular que haya
contratado el producto “AMERINS COMPLEMENTARIO SALUD + DENTAL” a través del canal digital
de QUEPLAN.CL y los beneficiarios según el plan adquirido:

En el caso de la contratación semestral/anual, solo tendrá derecho al servicio el titular y
hasta dos (2) beneficiarios con vínculo familiar (padres, hijos, pareja), de 0 a 79 años.

El titular para todos los casos, deberá cumplir la edad mínima de ingreso de 18 años y la edad
máxima de 79 años.

3. MODO DE COMUNICACIÓN Y ACTIVACION DEL SERVICIO

El cliente para hacer uso del servicio deberá llamar al número asignado 228203414.

4. CARENCIA

a) Cliente tendrá derecho o podrá gozar de su servicio habiendo pasado 72 horas desde la
contratación.

5. FECHA DE INICIO Y VIGENCIA DEL PRODUCTO Y PERÍODO DE ATENCION PARA SOLICITUD

El cliente tendrá derecho al servicio las 24 horas del día, los 365 días del año, toda vez que en caso
aplicar, haya pasado el período de carencia.

El producto tendrá vigencia semestral o anual, dependiendo del plan contratado, a partir de la
fecha de su contratación, luego de transcurrido el periodo de carencia respectivo.
6. COBERTURA
CUADRO RESUMEN COBERTURAS POR GRUPO FAMILIAR INSCRITO

SERVICIO

COBERTURA

SERVICIOS
PESOS-UF
1

Circuito médico

·Primera cita médica ambulatoria presencial

con uno de los siguientes médicos: GENERAL -TRAUMATOLOGO
PEDIATRA UROLOGO GINECOLOGO-OFTAMOLOGO

· Exámenes en caso de ser requeridos en la primera cita
médica

· Segunda cita médica ambulatoria presencial para
revisión de examen(es) requeridos en la primera cita
médica

2 eventos semestrales

(entre titular y beneficiarios)
Ilimitado
Plan semestral

Plan anual
4 eventos anuales
(entre titular y beneficiarios)
Ilimitado
2
Orientación médica telefónica Ilimitado Ilimitado
3

Visita de doctor a domicilio
1 evento
(entre titular y beneficiarios)

Ilimitado
(con copago por evento:
$15.000)
Plan semestral
Plan anual
2 eventos
(entre titular y beneficiarios)

Ilimitado
(con copago por evento:
$15.000)

4
Traslado médico terrestre Ilimitado Ilimitado
5

Sala de urgencia y hospitalización por
accidente (Día cama y derecho a pabellón)
Ilimitado UF 30
6.1. DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS

6.1.1. CIRCUITO MÉDICO. Conformado en el siguiente orden:

1. Primera consulta médica presencial ambulatoria con uno de los siguientes médicos:
General, Traumatólogo, Pediatra, Urólogo, Ginecólogo u Oftalmólogo.

2. Cobertura de exámenes detallados en el siguiente punto

Éstos deberán ser solicitados en la primera cita médica coordinada por GEA

3. Solo en caso de haberse realizado examen(es) aplicará la Segunda consulta médica
presencial ambulatoria para revisión de examen(es) siempre que sea derivada del médico
coordinado por GEA en la primera cita. Podrá ser otorgada con uno de los siguientes
médicos: General, Traumatólogo, Pediatra, Urólogo, Ginecólogo u Oftalmólogo.

Se debe mantener el orden de acceso a los servicios anteriormente descritos, por ningún motivo
podrá facilitarse un servicio que dependa del cumplimiento del anterior para tener la cobertura.
Primera Consulta Ambulatoria Presencial:
GEA a solicitud del Cliente o beneficiario, proporcionará mediante su RED DE RESTADORES
MÉDICOS, atención médica ambulatoria presencial con médico general, traumatólogo, pediatra,
urólogo, ginecólogo u oftalmólogo.

E
xámenes Médicos:
En caso que el médico en la primera consulta médica indique realización de exámenes y genere
orden, siempre que estos se encuentren en cobertura, GEA coordinará la realización de los
exámenes clínicos, mediante RED DE PRESTADORES. El procedimiento a realizarse quedará a
criterio del profesional médico; el Cliente o beneficiario accederá a la asistencia dentro de las
condiciones y limitaciones descritas en este documento.

Los exámenes en cobertura son los siguientes:

Laboratorio

Hemograma.

Perfil Lipídico.

Perfil Bioquímico.

Creatinina.

TSH.

Tiroestimulante.

Examen de Orina y urocultivo.

Imágenes (se incluyen 2 de las siguientes imágenes por circuito)

Radiografía simple de Tórax

Radiografía de brazo, antebrazo, codo, muñeca, mano, dedo, pie (1 extremidad).

RADIOGRAFIA DE HOMBRO, FEMUR, RODILLA, PIERNA, COSTILLA O ESTERNON

ECOGRAFIA ABDOMINAL (INCLUYE HIGADO, VIA BILIAR, VESICULA, PANCREAS)

ECOGRAFIA TRANSVAGINAL O TRANSRECTAL

ECOGRAFIA GINECOLOGICA, PELVIANA FEMENINA U OBSTETRICA CON ESTUDIO FETAL

ECOGRAFIA PELVICA MASCULINA (INCLUYE VEJIGA Y PROSTATA)

ECOGRAFIA TIROIDEA (INCLUYE DOPPLER)

ECOGRAFIA PARTES BLANDAS O MUSCULOESQUELETICA (CADA ZONA ANATOMICA)

Electrocardiograma
Segunda Consulta Ambulatoria Presencial:

GEA a solicitud del Cliente o beneficiario, proporcionará mediante su RED DE PRESTADORES
MÉDICOS, segunda derivación médica a consulta ambulatoria presencial cuando:

1. Por orden del médico que atendió primera consulta ambulatoria, se ordene realización de
exámenes listados en cobertura. Cliente deberá enviar copia de orden médica a GEA para
poder revisar cobertura de exámenes y realizar validación de emisión de la misma por el
médico en primera atención. La revisión de dichos exámenes deberá ser realizada por el
médico que emitió la orden.

2. Cuando el medico de primera consulta ambulatoria presencial, determine post realización
de exámenes en cobertura, derivación con un segundo médico distinto a su especialidad y
que se encuentre entre las siguientes opciones: médico general, traumatólogo, pediatra,
urólogo, ginecólogo u oftalmólogo. Esta cobertura no aplicará en caso de no existir
previamente realización exámenes en cobertura del presente plan.

Límite de eventos según plan contratado:

Plan semestral: 2 circuito (eventos) semestral

Plan anual: 4 circuitos (eventos) anuales

Monto máximo: ilimitado.

¿CÓMO OPERA LA ASISTENCIA CIRCUITO MÉDICO?

La forma de operar del producto es de la siguiente forma:

Cliente o beneficiario llama a GEA solicitando el servicio.

GEA coordinará y entregará hora de atención con médico según cobertura, que opera en
su red de prestadores.

Si Médico solicita alguno de los exámenes cubiertos por este producto, Gea coordinará la
ejecución de este en su red de prestadores, según requisitos listados en cobertura.

GEA coordinará la revisión de estos exámenes en su Red de Prestadores.

En caso que el médico en la primera cita con GEA, indique que la revisión deba hacerla un
especialista o medico distinto a su especialidad listados en cobertura, o cuando se requiera
la revisión de los resultados de los exámenes realizados, con el mismo médico o especialidad
listada en cobertura, GEA coordinará, entregará hora de atención con médico en Red de
prestadores.

En caso de que no hubiese solicitud de algún examen en cobertura, se dará por cerrado el
evento de circuito médico y podrá tomar otro evento iniciado con la cita del especialista
derivado (TRAUMATOLOGO PEDIATRA UROLOGO GINECOLOGO-OFTAMOLOGO).

En caso de que el afiliado llame a GEA para solicitar atención médica y de acuerdo a la zona
solicitada, GEA no cuente con disponibilidad de agenda en su red de centros médicos, se le
dará la opción de coordinar la cita médica por sus propios medios y se otorgará la cobertura
en línea luego del aporte de su previsión, siempre que el centro de atención cuente con el
sistema de huella digital de Imed. Para ello el afiliado deberá contar con previa autorización
de GEA vía llamada telefónica al 228203414. El tope máximo por cobertura en consulta
médica ambulatoria presencial es de $30.000.
6.1.2. ORIENTACIÓN MÉDICA TELEFÓNICA:
Previa solicitud del AFILIADO, GEA brindará orientación médica telefónica al núcleo familiar
(conyugue e hijos que vivan en el mismo hogar), cualquier día de la semana las 24 horas del día y
los 365 días del año, para que el AFILIADO pueda resolver sus consultas sobre alguna dolencia o
enfermedad.

Límite de eventos: Ilimitado.

Tope Máximo: Ilimitado.

6.1.3. VISITA DE DOCTOR A DOMICILIO

En caso de que el afiliado y/o beneficiario sufra un accidente o una enfermedad, GEA previa solicitud
vía telefónica del mismo, enviará un médico general a la vivienda afiliada. Este servicio se prestará
en todas aquellas ciudades donde exista la infraestructura de profesionales que permita otorgar la
atención a domicilio y siempre dentro del radio urbano de la ciudad del domicilio del titular.

La cobertura de este servicio es nacional con restricciones en zonas rurales o en ciudades o
provincias lejanas que no cuentan con la infraestructura para la prestación del servicio.

Esta visita puede ser programada dentro del día o los días siguientes, según disponibilidad.

El beneficiario no tendrá restricciones según patologías previas.

El medico a domicilio actualmente asiste a la visita médica programada preparado para atender
según síntomas informados vía telefónica por el afiliado. La atención a domicilio, no es para una
atención de urgencia.

Si el afiliado presenta síntomas propios COVID-19, se activará protocolo establecido por el Minsal
vigente en el momento de la atención, el cual es la derivación o llamada telefónica al número
asignado por el gobierno para informar el caso.

Límite de eventos:

Plan semestral: 1 evento semestral

Plan anual: 2 eventos anuales

Monto máximo: Ilimitado.
Con copago por evento: $15.000 que deberá ser cancelado in situ al
médico.
6.1.4. TRASLADO MÉDICO TERRESTRE
En caso que el CLIENTE sufra un accidente (que le provoque lesiones o traumatismos), tales que
requieran su hospitalización y que amerite su atención a un centro asistencial, GEA gestionará y
cubrirá el costo del traslado en ambulancia terrestre hasta el centro hospitalario más cercano,
siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. En caso de no existir ésta, GEA
coordinará el traslado por medio de los servicios médicos públicos en la localidad.

La cobertura de este servicio es nacional, este servicio se presta exclusivamente mediante una
ambulancia.

Límite de eventos: ilimitado

Monto máximo: ilimitado.

6.1.5. SALA DE URGENCIA Y HOSPITALIZACIÓN POR ACCIDENTE

Corresponde la atención en SALA DE URGENCIA POR ACCIDENTE por: ACCIDENTE TRANSITO,
ACCIDENTE LABORAL, y ACCIDENTE DOMÉSTICO, comprende las siguientes coberturas y según plan
contratado. Y hospitalización por causa de accidente derivado de ingreso a sala de urgencia (día
cama y derecho a pabellón)

Y cubrirá de acuerdo a los siguientes beneficios:

Derecho de URGENCIA

Atención de URGENCIA

Atención de Médico DE URGENCIA

Valoración clínica por Médico Traumatólogo de llamado de ser necesario.

Exámenes de laboratorio:

A. Hemograma completo

B. Glucosa

C. Grupo sanguíneo

D. EMO (elemental y microscópico de orina).

Exámenes de imágenes:

A. Radiografía simple en zona de trauma: 1 placa

B. Ecografía abdomino-pélvica: 1 estudio
Medicamentos:
A. Analgésicos (dolor)

B. Anti-inflamatorios (inflamación)

C. Antipiréticos (fiebre)

Material de uso médico: yeso, venda, etc.

Equipo y material de sutura.

Traslado por urgencia y alta médica

Hospitalización por causa de accidente

Cubrirá de acuerdo a los siguientes beneficios:

Día cama

Derecho a pabellón

Excluye honorarios médicos quirúrgicos, honorarios médicos de hospitalización, insumos,
medicamentos, prótesis, ortesis o cualquier material de osteosíntesis, exámenes hospitalarios
pre y post operatorios, y Kinesiologías.

Límite de eventos: ilimitado

Monto máximo por evento: 30 UF

7. EXCLUSIONES GENERALES

PARA ASISTENCIA DE SALUD

GEA no autorizará prestaciones o servicios médicos, como tampoco reconocerá gastos o costos de
tales servicios, si estos están relacionados o se originan de acuerdo a lo siguiente:

a) Cuando la persona no se identifique como cliente del mismo.

b) Cuando el cliente no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no
permita atenderlo debidamente.

c) Gastos médicos realizados por el cliente a libre elección.

d) Reembolsos de gastos médicos
ambulatorios.
e)
Exámenes complementarios de diagnóstico no contemplados dentro de los servicios indicados
en la asistencia.

f)
Gastos de hospitalización clínica, quirúrgica y unidad de cuidados intensivos.
g)
Honorarios de médicos especialistas fuera de la sala de urgencia.
h)
Materiales o insumos (fibra de vidrio), prótesis o inmovilizadores.
i) Las atenciones por medicina preventiva.
j) La ingestión de drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos sin prescripción médica.

k)
Accidentes o lesiones causados por la práctica de deportes de alto riesgo.
l) Daños causados a sí mismo por alteración de sus facultades mentales.

m) Transporte que no sea prestado por ambulancias legalmente autorizadas.

n) Traslado del cliente de una clínica u hospital a otro centro de atención médica.

o) No están cubiertos los tratamientos ni exámenes posteriores a la consulta médica.

p) Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones,
terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, etc.

q) Hechos y actos del hombre derivados de: terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, asalto,
motín o tumulto, etc.

r) Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerza o cuerpo de seguridad.

s) La energía nuclear radiactiva.

t) La preexistencia: para efectos del presente contrato se entiende por preexistencia cualquier
lesión, enfermedad o dolencia que afecte al cliente, conocida o diagnosticada con anterioridad
a la fecha de inicio del contrato. Por lo anterior a criterio de gea no se prestarán los servicios
materia de este instrumento en situación de preexistencia, además si se presentan los
siguientes supuestos, por mencionar, pero sin limitar y a entera discreción de gea su
comprobación:

u) Enfermedades mentales.

v) Enfermedades declaradas “alertas epidemiológicas” por la autoridad competente.

w) Prácticas deportivas en competencia profesional.

x) Cuando no exista infraestructura médica disponible para la debida atención de los
beneficiarios.

y) Aquellos por los que se hayan efectuado gastos o realizado un diagnóstico que señale que
dichos síntomas o signos tuvieron inicio en fecha anterior a la contratación.

z) La mala fe, fraude o abuso de confianza del cliente, comprobada por el personal de gea.

aa) Cuando el cliente incumpla cualquiera de las obligaciones indicadas en este documento.

8. PROCESO GENERAL DE SOLICITUD DEL SERVICIO

En caso de que el CLIENTE requiera de los servicios contemplados en el presente documento, se
procederá de la siguiente forma:

a) El cliente que requiera del servicio se comunicará con GEA al número telefónico especificado
número 228203414.

b) El cliente o beneficiario procederá a suministrarle al funcionario de gea que atienda la llamada
respectiva, todos los datos necesarios para identificarlo como cliente o beneficiario, así como los
demás datos que sean necesarios con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales como:
número telefónico en el cual localizarlo; descripción por cliente o beneficiario del problema que
sufre, el tipo de ayuda que precise, etc.

c) GEA confirmará si el solicitante de los servicios de asistencia tiene o no derecho a recibir la
prestación de los mismos.
d) Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, GEA le prestará al cliente o beneficiario los
servicios solicitados por medio de la coordinación de los servicios a la red de prestadores de GEA,
de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones del presente documento.

e) Queda entendido que el personal de GEA únicamente prestará los servicios de asistencia
contemplados en este documento, a las personas que figuren como clientes.

f) En caso de que el Cliente posea previsión será obligatorio su uso al momento de la atención
médica para obtener la cobertura contratada en el Plan AMERINS COMPLEMENTARIO
SALUD + DENTAL.

g) En caso de que el Cliente no posea previsión, al momento de la atención médica obtendrá el
100% de la cobertura.

h) El producto funciona para personas con o sin previsión bajo las condiciones anteriormente
señaladas.

9. OBLIGACIONES DEL CLIENTE

Con el fin que el cliente y los beneficiarios puedan disfrutar de los servicios contemplados en este
documento, deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

a) Obtener la autorización expresa de GEA, a través de la central operativa en chile, antes de
comprometer cualquier gasto o realizar acciones por iniciativa propia.

b) El cliente deberá siempre aceptar las recomendaciones y soluciones indicadas por GEA,
frente a los servicios que se soliciten a la empresa.

c)
El cliente podrá afiliarse hasta los 79 años, 364 días, y su permanencia dentro del contrato
será hasta los 84 años, 364 días, es decir solo hasta esa edad podrá hacer uso de los
servicios.

10. DESAFILIACIÓN DEL PLAN

GEA podrá proceder a desafiliar a un CLIENTE del plan de “AMERINS COMPLEMENTARIO SALUD +
DENTAL”, en caso de que, a juicio de GEA o AMERINS se presenten situaciones de uso indebido o
de abuso por parte del CLIENTE de los servicios prestados por GEA bajo el plan “AMERINS
COMPLEMENTARIO SALUD + DENTAL. En el caso de producirse una desafiliación de conformidad
con esta cláusula, se notificará de este particular al CLIENTE, dándole aviso de la fecha de
terminación de los servicios.
III. ASISTENCIA DENTAL
ANTECEDENTES:

AMERINS tiene acceso a importantes convenios con distintos servicios de salud dental dentro de
todo el territoriode Chile, que ofrecen variados tratamientos dentales tanto de urgencia como
programados en adelante “Los Prestadores con Convenio”, en virtud de los cuales, puede
ofrecer el acceso a dichos servicios en condiciones decalidad y precio muy convenientes.

Dado lo señalado, es de interés del Cliente obtener para sí, mediante el pago de los servicios, el
acceso al programa de “AMERINS COMPLEMENTARIO SALUD + DENTAL” a través de los “Los
Prestadores con Convenio”, por lo cual ha manifestado su interés en suscribir el presente contrato.

PRIMERO: OBJETO

Por el presente instrumento el “Cliente” contrata con “AMERINS” y éste se obliga a dar acceso al
programa de servicio denominado AMERINS COMPLEMENTARIO SALUD + DENTAL a prestarse
por “Los Prestadores con Convenio”, que consta de las condiciones, servicios y restricciones
consideradas en este contrato.

SEGUNDO: VIGENCIA

La vigencia es mensual y comenzará a regir 10 días después de la fecha de contratación hasta el día
en que se dé término por parte del Cliente o AMERINS. La renovación del servicio es automática,
por un nuevo periodo igual y sucesivo de un mes, salvo que alguna de las partes le ponga termino
anticipado. El inicio de la cobertura contarácon una carencia de 15 días corridos para atenciones de
urgencia y 30 días corridos para los ítems de prevención.

TERCERO: PRECIO

El valor del Servicio mensual se cargará en la forma de pago escogida (Tarjeta de Débito o
Tarjeta de Crédito). El acceso a la red prestadores de servicios odontológicos pre pagados
comienza desde el momento en que se suscribe el presente contrato, respetando los plazos de
carencia mencionados en el punto anterior.
Esta cobertura ampara al cliente que se haya incorporado a este convenio como titular y a sus
beneficiarios, entendidos estos como cónyuge o pareja conviviente, e hijos hasta los 24 años con
364 días de edad.

CUARTO: RED DE PRESTADORES

AMERINS deberá mantener vigente y accesible para el Cliente una red de prestadores de
servicios odontológicos en al menos todas las zonas urbanas de las capitales de cada región de
Chile. Sin perjuicio de ello, la red de prestadores podrá ser modificada sin previo aviso al Cliente,
pero no podrá tener una cobertura geográfica inferiora la señalada.

La individualización de la red de prestadores estará disponible para ser consultada en la
página web
www.queplan.cl.
En caso de que AMERINS no cuente con convenios en alguna ciudad o localidad, AMERINS
autorizara al cliente su atención bajo modalidad de reembolso, de modo que el Cliente podrá
reembolsar los “gastos razonables” del mercadoque estén amparados en este convenio dental
con tope de $50.000 por evento. Esto deberá ser previamente autorizado por AMERINS. Todo
gasto superior al tope autorizado será responsabilidad del cliente.

QUINTO: DESCRIPCIÓN DEL CONVENIO DENTAL DE URGENCIA.

El servicio considera el acceso y uso de los servicios dentales de urgencia de “Los Prestadores con
Convenio”, y ampara el 100% de los gastos incurridos por el Cliente a consecuencia de una urgencia
odontológica, entendiéndose como tal cualquiera de los siguientes tratamientos o atenciones
odontológicas, siempre que se adecuen a la definiciónde Urgencia Odontológica indicada en este
contrato.

Urgencia Dental: Evento inesperado, repentino y apremiante, que amerita una atención
odontológica paliativa urgente, debido a que está ocasionando: dolor, inflamación o sangramiento.
Tabla 1: TABLA DESCRIPTIVA PLAN DENTAL
ESPECIALIDAD
PROCEDIMIENTOS CUBIERTOS
Medicina Bucal
Examen Clínico
Periodoncia
Tartrectomia Simple (Limpieza Bucal Zonas Afectadas)
Restauradora y Operatoria

Amalgamas en dientes posteriores

Resinas Simples y Compuestas en dientes anteriores

Vidrio ionómero en los cuellos de los dientes

Cirugía

Extracciones simples en dientes permanentes (Se excluye el molar del juicio)

Extracciones simples en dientes temporales

Extracciones simples en dientes restos radiculares

Extracciones simples en dientes fracturados

Radiología

Radiografías Periapicales Individuales requeridas para realizar los tratamientos amparados
en la cobertura realizadas en el consultorio

Radiografías Coronales requeridas para realizar los tratamientos amparados en la cobertura
realizadas en el consultorio

Endodoncia

Tratamientos de Conductos Monorradiculares

Tratamientos de Conductos Birradiculares

Tratamientos de Conductos Multirradiculares

ESPECIALIDAD
PROCEDIMIENTO ELECTIVOS PREVENTIVOS CUBIERTO UNA VEZ AL AÑO
Periodoncia
Tartrectomia Simple (Limpieza Bucal Completa)
Profilaxis (Pulido Dental)

Prevención

Sellantes de Fosas y Fisuras (hasta los 6 años)

Aplicación Tópica de Flúor (hasta los 12 años)

Enseñanza de la Técnica de Cepillado, Uso del Hilo Dental e Higiene Bucal

SEXTO: TRATAMIENTOS NO INCLUIDOS:

Este contrato no cubre los servicios originados como consecuencia de:

a) Tratamientos, procedimientos o servicios odontológicos no contemplados específicamente en la
cláusula quinta precedente.

b) Urgencias quirúrgicas mayores originadas por traumatismos severos que suponen fracturas
maxilares o de la cara y pérdida de sustancia calcificada y dientes, extracciones complejas.

c) Anestesia o Sedación generales en niños y adultos

d) Defectos Físicos.
e) Enfermedades y tratamientos de distonías maxilofaciales.
f) Radioterapia o Quimioterapia.

g) Atención o Tratamiento Médico Odontológicos que no se ajusten a la definición de Urgencia
Odontológica indicada en este contrato. O realizadas fuera de la red de prestadores sin previa
autorización.

h) Cualquier tratamiento correctivo de malformaciones genéticas o hereditarias y alteraciones del
desarrollo músculo esquelético facial, secuelas de enfermedades, tratamientos defectuosos,
iatrogenia o traumatismo

i) Extracciones de terceros molares (muelas del juicio).

j) Retratamientos de Conducto

k) Para tratamientos de Endodoncias, la cobertura no incluye rehabilitaciones ni medicación
intracanal.

l) Tratamientos estéticos, ortodoncia (frenillos), blanqueamientos, Prótesis (fijas y removibles),
Inlay, Onlay u Overlay, restauraciones de bordes incisales, implantes, y tratamientos de mayor
complejidad.

m) Cualquier tratamiento dental iniciado con anterioridad a la fecha de inicio de vigencia de la
cobertura

n) Medicamentos

o) Servicios odontológicos recibidos fuera de la República de Chile.

Sin perjuicio de lo expuesto, si el Cliente requiere tratamientos o servicios que no se incluyan en el
presente contrato, podrá solicitarlos directamente al servicio dental incluido entre “Los Prestadores
con Convenio”, quien deberá presupuestar dichos tratamientos, los cuales tendrán un descuento
preferencial acorde a los valores de mercado, sin incluir costos de laboratorio.

SEPTIMO: FORMA DE USO

Para hacer uso de la cobertura dental del AMERINS COMPLEMENTARIO SALUD + DENTAL el cliente
siempre deberá solicitar su atención fácilmente a través del asistente virtual Sigma vía WhatsApp al
+56 997 883 527, por medio de la página web www.sdsigma.com opción citas, o a través de la línea
telefónica 223988540.

Los canales de comunicación se encuentra operativos las 24 horas y los 365 días del año. De modo
virtual el cliente podrá:
Solicitar citas y cancelarlas en caso de no poder asistir
Visualizar el estado del agendamiento

Consultar los datos de la cita: fecha, hora, dirección y clínica

Conocer la red de profesionales

Solventar inquietudes o realizar solicitudes adicionales

Será a través de la plataforma de servicio que SIGMA DENTAL coordinará la atención del cliente y se
derivará a las clínicas en convenio. Cualquier atención fuera de la red prestadores será a costo del
paciente.

OCTAVO: USO DE CORREO ELECTRÓNICO PARA COMUNICACIONES.

El Cliente autoriza desde ya que todas las comunicaciones que se deban enviar derivado de la
aplicación, modificación o extinción de presente contrato, se efectúe al correo electrónico
entregado por el Cliente en la grabación de la venta o a aquel entregado con posterioridad por
escrito AMERINS.

NOVENO: USO DE DATOS PERSONALES

El Cliente autoriza a AMERINS para comunicar y entregar sus datos personales a las empresas
relacionadas con la entrega del servicio por el cual el presente contrato se celebra.

DECIMO: CALIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS

Las partes están de acuerdo y declaran que los servicios que AMERINS se compromete a efectuar
por el presente contrato no constituyen coberturas de seguros, si no que corresponde a el acceso a
una red prestadores de servicios odontológicos prepagados.

UNDÉCIMO: RESPONSABILIDAD POR LOS SERVICIOS DENTALES

En atención a que la obligación de AMERINS es dar acceso efectivo al programa de servicio
denominado “AMERINS COMPLEMENTARIO SALUD + DENTAL”, AMERINS no se hace responsable
por los errores u omisiones que puedan incurrir los odontólogos, otros profesionales o bien los
centros de salud que son parte de “Los Prestadores con Convenio” en la prestación de los servicios
de salud que ellos entreguen.

DUODÉCIMO: CESIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato se puede suscribir por diversos medios, a saber:
1. Firma manuscrita en un formulario pre impreso.

2. Aceptación verbal otorgada por medio llamada telefónica gravada. En tal caso, la
grabación telefónica de la venta será parte integrante del presente convenio para todos
los efectos contractuales.

3. Por medio de huella digital captada electrónicamente e incorporada al contrato, lo que
constituye una forma de firma electrónica simple.

DECIMO TERCERO: SUSCRIPCIÓN

Las partes fijan de común acuerdo como domicilio la ciudad en que tenga su domicilio el Cliente y
se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

El presente contrato se emite en dos ejemplares de igual tenor.
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