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Complementario | Full

Bupa Cuidado Total 80

Deducible anual por beneficiario: 1 UF y Tope anual: 600 UF

Ahorras un10%

Desde

$61.091 /mes

$54.982/mes

Más de 50 millones de personas en el mundo confían en Bupa
Prestadores de Libre Elección con posibilidad de incrementar cobertura en Centros Médicos y Clínicas Bupa.
Tope anual por beneficiario: UF 600. Deducible de UF 1 anual por beneficiario con máximo de UF 3 por grupo familiar.
Deducible 0 en la Red de prestadores con convenio Bupa.*
Beneficios adicionales para tu cuidado dental y medicamentos ambulatorios.
SOBRE EL SEGURO:
(*) No se considerará deducible, cuando el asegurado realice sus atenciones en la red de prestadores con que cuenta la compañía i) Red Preferente, ii) Red 1, iii) Red 2, el
listado de los prestadores incorporados a cada una de las Redes señaladas precedentemente se encuentra disponible en la página web
https://www.segurosbupa.cl/seguros/red-prestadores.
Conoce las condiciones del seguro
80
Accede a los médicos de tu preferencia, tú eliges dónde atenderte
Cobertura de maternidad
Coberturas en oftalmología:
Óptica y Cirugía Ocular Láser
Cobertura Internacional
por Accidente
Salud mental: Psicología
y Psiquiatría ambulatoria
Hospitalización y Cirugías Atención de urgencia*
Procedimientos de alta
complejidad
Exámenes simples y complejos de
imagenología y laboratorio
Consultas ilimitadas de medicina general
y especialidad de manera presencial**
Videoconsultas ilimitadas de
medicina general y especialidades**
(*) No incluye medicamentos ni insumos.
(**) No cubre psicología ni psiquiatría.
Seguro Complementario de Salud
La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario
de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083.
80%
80%
80%
80%
Consulta Médica o Especialidad (Incluyendo consultas de urgencia)
Nutricionista (con prescripción médica)
Exámenes de Laboratorio
Exámenes de Imagenologia y/o Scanner, RX, Ecografía
Procedimientos Diagnóstico y Terapéuticos
Exámenes Preventivos: Mamografías, Antígeno Prostático, PAP
Cirugía Ambulatoria
Kinesiología
Fonoaudiología
Consultas Médicas no cubiertas por Sistema Previsional
Parto Normal
Cesárea
Aborto No Voluntario
Complicaciones del Embarazo
Prótesis y Órtesis (No Dental)
Psicología / Psiquiatría, Psicopedagogía Ambulatorio
Día Cama
Día Cama UTI UCI e Incubadora
Honorarios Médico Quirúrgicos
Derecho a Pabellón
Insumos y Materiales Clínicos
Medicamentos Hospitalario y Drogas Antineoplásicas
Exámenes de Laboratorio y Radiológicos
Procedimientos Diagnóstico y Terapéuticos
UF 0,8 por prestación
UF 20,0
UF 30,0
UF 10,0
UF 20,0
UF 5 diarios
UF 7 diarios
Sin Tope
Sin Tope
UF 1,3 por consulta
UF 1,3 por consulta
UF 0,7 por consulta
UF 0,7 por consulta
Sin Tope
Sin Tope
General: UF 20
Auditivas: UF 10
(se incluyen dentro del tope
general de Prótesis y Órtesis)
Sin Tope
Sin Tope
UF 10
UF 2
UF 6
% BONIFICACIÓNCOBERTURAS AMBULATORIAS TOPE EVENTO TOPE ANUAL
% BONIFICACIÓNCOBERTURAS HOSPITALARIAS TOPE EVENTO TOPE ANUAL
% BONIFICACIÓNCOBERTURAS DE MATERNIDAD TOPE EVENTO TOPE ANUAL
% BONIFICACIÓNCOBERTURAS DE PSIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA TOPE EVENTO TOPE ANUAL
% BONIFICACIÓNOTRAS COBERTURAS TOPE EVENTO TOPE ANUAL
UF 40
UF 20
UF 3
UF 10
UF 10
UF 10
UF 15
UF 5
UF 30
UF 20
80%
100%
Prótesis de Alta Complejidad Cardíacas
Injertos Hematopoyéticos
Óptica (Cristales, Marcos y Lentes de Contacto)
Cirugía Ocular Laser
Cirugía Bariátrica
Cirugía Septoplastía Funcional
Disforia de Género
Materiales de Vendas, Yeso, Plástico o Similares
Trasplante, Gastos Donante Vivo
Trasplante, Gastos Donante Post Mortem
Traslado Ambulancia Terrestre (máx. 50 Km)
Cobertura Internacional por Accidente
Coberturas GES/CAEC
Sin Tope
Sin Tope
MONTO MÁXIMO ANUAL
POR ASEGURADO
BONIFICACIÓN MINIMA (BMI)
UF 600 Isapre 50%
Fonasa 25%
DEDUCIBLE ANUAL DE UF 1 POR ASEGURADO
CON UN MÁXIMO DE UF 3 POR GRUPO FAMILIAR
DEDUCIBLE COSTO $0 EN LA LA RED DE
PRESTADORES CON CONVENIO BUPA SEGUROS*
(*) No se considerará deducible, cuando el asegurado realice sus atenciones en la red de prestadores con que cuenta la compañía i) Red Preferente, ii) Red 1, iii) Red 2, el
listado de los prestadores incorporados a cada una de las Redes señaladas precedentemente se encuentra disponible en la página web
https://www.segurosbupa.cl/seguros/red-prestadores.
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En el caso de las consultas médicas sin bonificación del sistema previsional, se considerará el BMI
para otorgar la cobertura del plan, en caso de ser Isapre constituye requisito para su reembolso
presentar la boleta con timbre No Bonificable.
Todos los asegurados podrán incrementar su cobertura
en atenciones dentro de la Red Bupa
Coberturas incrementadas en
Centros Médicos y Clínicas Bupa
IntegraMédica Clínica Bupa
Santiago Clínica Bupa
Reñaca Clínica Bupa
Antofagasta
Exámenes de laboratorio
Exámenes de imagenología,
RX, ecografía
Día cama hospitalización
Derecho a pabellón
hospitalización
Servicios hospitalarios
+12% +10% +10% +10%
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La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario
de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083.
Se dará cobertura una vez aplicado el Plan de Salud de Isapre o Fonasa siempre que éstos hayan bonificado la prestación.
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Promoción por tiempo limitado
Accede a consultas
de Telemedicina
con 100% de cobertura
sobre el copago
Promoción valida hasta marzo 2025.
Válido en telemedicina
IntegraMédica
y Clínicas bupa
Máximo
3 consultas
100% de cobertura
sobre el copago del
sistema previsional
Reembolso a través
de Sucursal virtual
Bupa Seguros
OTRAS CONDICIONES DEL SEGURO DE SALUD
Para hacer ingreso al seguro el Contratante deberá completar una Solicitud de Incorporación con Declaración
de Salud en nombre de todo el grupo familiar que desee incorporar al seguro.
Adicionalmente cada uno de los integrantes de la póliza deberá cumplir con los siguientes requisitos de
parentesco y edad:
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN Y COBRANZA
La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario
de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083.
(1) Las edades máximas de ingreso y la prima se calculan en base a la edad de los asegurados al momento del
inicio de la vigencia de este seguro.
Edad mínima
de ingreso
Asegurado contratante Desde los 18 años
Asegurados dependientes2 Desde los 14 días3
Edad máxima
de ingreso1
Edad máxima
de permanencia
75 años y 364 días Sin límite de edad
75 años y 364 días Sin límite de edad
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(3) Los Asegurados dependientes podrán ingresar desde los 14 días con la declaración personal de salud
aceptada por la compañía. En caso que el embarazo tenga cobertura dentro de la póliza, el recién nacido
podrá estar cubierto desde el Nacimiento y sin declaración personal de salud (DPS).
(2) Tipos de Asegurados dependientes: Cónyuge / Conviviente Civil, Hijo(a) / Hijo(a) del Cónyuge o Conviviente,
Padre, Madre, Hermano(a), Abuelo(a), Nieto(a), Tío(a), Sobrino(a), Suegro(a), Amigo(a).
OTRAS CONDICIONES DEL SEGURO DE SALUD
La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario
de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083.
CONDICIONES DE COBERTURA
Este seguro opera en exceso de los Sistemas de Salud Previsional Isapre o Fonasa (grupos B, C y D), Bienestar
u otro Seguro adicional o convenio.
Periodo de acumulación del deducible es sobre la base del Año Póliza.
Los gastos no bonificados por el Sistema de Salud Previsional no tendrán cobertura dentro del seguro.
La Cobertura en el extranjero se considera bajo las mismas condiciones del Seguro Complementario de Salud
y es válida solo en caso de accidentes cuando la permanencia en el extranjero no sea mayor a 30 días.
Las prestaciones de maternidad serán cubiertas siempre que la fecha probable del inicio del embarazo
(determinado por examen de imagenología obstétrico) haya ocurrido dentro de la vigencia del seguro.
Las coberturas de Cirugía Bariátrica, Maxilofacial No Accidental, Septoplastía Funcional, Disforia de Género y
Reducción Mamaria estarán vigentes después de un año de vigencia según los criterios prestacionales
definidos para cada una.
La Cirugía Bariátrica será cubierta cuando el IMC sea > ó = 40 kg/m2 (IMC Índice de Masa Corporal, que es el
cociente entre el peso en kilogramos y el cuadrado de la estatura en metros).
En el caso de las prestaciones asociadas al Trasplante y Gastos de Donante Vivo y Post Mortem, estarán
cubiertas siempre que el receptor sea asegurado de la póliza.
La cobertura de Traslado Terrestre será realizada en ambulancia en una distancia máxima de 50 KM.
La Compañía Aseguradora cubrirá la Cirugía Laser Ocular para la corrección de Miopía, Hipermetropía y
Astigmatismo con más de 5 dioptrías en cada ojo.
La cobertura de Kinesiología y Fonoaudiología requieren para su reembolso la orden de derivación del médico
tratante.
Exclusiones y demás condiciones según POL 320220083.
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OTRAS CONDICIONES DEL SEGURO DE SALUD
La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario
de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083.
Si el aporte del Sistema de Salud Previsional es menor a 50% o 25% para ISAPRE o FONASA, respectivamente,
la bonificación de la Compañía será sobre el costo directo de la prestación descontado el porcentaje de
cobertura anterior, monto sobre el cual se aplicarán los porcentajes, topes y deducibles del plan contratado.
Se exceptúan los medicamentos ambulatorios y deducible por prestaciones CAEC o GES.
BONIFICACIÓN MÍNIMA ISAPRE 50%/ FONASA 25%
Queda expresamente establecido que la aplicación del seguro vía I-Med no necesariamente implica la
aceptación de la cobertura del diagnóstico que origina dichos gastos, de tal modo que en cualquier momento
la compañía podrá restringir, limitar o excluir dicho diagnóstico por carecer de cobertura, en conformidad a lo
establecido en las Condiciones Generales y Particulares del seguro.
I-MED
En caso de no existir bonificación del sistema previsional de salud para afiliados FONASA, las prestaciones
Hospitalarias y Consulta de Urgencia no convenidas con FONASA y que sean realizadas en la Clínica Bupa
Santiago y Clínica Bupa Reñaca, el seguro cubrirá un 30% del monto total de la prestación de salud facturada
por el prestador respectivo.
COBERTURA ESPECIAL PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CONSULTA DE URGENCIA
Los asegurados cuentan con descuentos de medicamentos ambulatorios en Salcobrand, según la tabla a
continuación:
BENEFICIO ADICIONAL DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS
Los asegurados podrán acceder a los siguientes beneficios y descuentos en la Red de Centros Dentales de
IntegraMédica:
BENEFICIO ADICIONAL DE PRESTACIONES DENTALES
(*) Descuento aplicado sobre arancel de IntegraMédica
MEDICAMENTOS CON RECETA
50% de descuento
30% de descuento
Tope mensual $25.000 por Asegurado. Renovable mes a mes.
Medicamentos genéricos
Medicamentos de marca
MEDICAMENTOS SIN RECETA
15% de descuento
10% de descuento
Tope mensual $25.000 por Asegurado. Renovable mes a mes.
Medicamentos genéricos
Medicamentos de marca
BENEFICIOS
Control preventivo de salud dental
Consulta de diagnóstico e interconsultas a especialistas
Limpieza bucal completa por beneficiario, adulto o niño (1 al año)
Acciones de prevención adultos y niños: Sellantes, Fluoración,
Instrucción y Control de Higiene
Radiografías de diagnóstico Bite Wing
Radiografías panorámicas y telerradiografías
Otros tratamientos dentales en IntegraMédica 62% dcto*
65% dcto*
Sin costo
COPAGO CON BONIFICACIÓN MÍNIMA ISAPRE 50%
(*) Aplica efecto COPAGO MÍNIMO
PRESTACIÓN
COSTO
PRESTACIÓN
APORTE
ISAPRE
% DE APORTE
ISAPRE
COPAGO
ASEGURADO
Consulta Médica
Consulta Médica
$50.000
$50.000
$15.000
$30.000
30%
60%
$35.000
$20.000
BASE SEGURO
PARA REEMBOLSO
$25.000
$20.000
REEMBOLSO
REAL (60%)
$15.000 (*)
$12.000
COPAGO FINAL
DEL ASEGURADO
$20.000
$8.000
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DENTALES

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