Más de 50 millones de personas en el mundo confían en Bupa Prestadores de Libre Elección con posibilidad de incrementar cobertura en Centros Médicos y Clínicas Bupa. Tope anual por beneficiario: UF 600. Deducible de UF 1 anual por beneficiario con máximo de UF 3 por grupo familiar. Deducible 0 en la Red de prestadores con convenio Bupa.* Beneficios adicionales para tu cuidado dental y medicamentos ambulatorios. SOBRE EL SEGURO: (*) No se considerará deducible, cuando el asegurado realice sus atenciones en la red de prestadores con que cuenta la compañía i) Red Preferente, ii) Red 1, iii) Red 2, el listadodelosprestadoresincorporadosacadaunadelasRedesseñaladasprecedentementeseencuentradisponibleenlapáginaweb https://www.segurosbupa.cl/seguros/red-prestadores. Conoce las condiciones del seguro 80 Accede a los médicos de tu preferencia,tú eliges dónde atenderte Cobertura de maternidad Coberturas en oftalmología: Óptica y Cirugía Ocular Láser Cobertura Internacional por Accidente Salud mental: Psicología y Psiquiatría ambulatoria Hospitalización y CirugíasAtención de urgencia* Procedimientos de alta complejidad Exámenes simples y complejos de imagenología y laboratorio Consultas ilimitadas de medicina general y especialidad de manera presencial** Videoconsultas ilimitadas de medicina general y especialidades** (*) No incluye medicamentos ni insumos. (**) No cubre psicología ni psiquiatría.
Seguro Complementario de Salud La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083. 80% 80% 80% 80% Consulta Médica o Especialidad (Incluyendo consultas de urgencia) Nutricionista (con prescripción médica) Exámenes de Laboratorio Exámenes de Imagenologia y/o Scanner, RX, Ecografía Procedimientos Diagnóstico y Terapéuticos Exámenes Preventivos: Mamografías, Antígeno Prostático, PAP Cirugía Ambulatoria Kinesiología Fonoaudiología Consultas Médicas no cubiertas por Sistema Previsional Parto Normal Cesárea Aborto No Voluntario Complicaciones del Embarazo Prótesis y Órtesis (No Dental) Psicología / Psiquiatría, Psicopedagogía Ambulatorio Día Cama Día Cama UTI UCI e Incubadora Honorarios Médico Quirúrgicos Derecho a Pabellón Insumos y Materiales Clínicos Medicamentos Hospitalario y Drogas Antineoplásicas Exámenes de Laboratorio y Radiológicos Procedimientos Diagnóstico y Terapéuticos UF 0,8 por prestación UF 20,0 UF 30,0 UF 10,0 UF 20,0 UF 5 diarios UF 7 diarios Sin Tope Sin Tope UF 1,3 por consulta UF 1,3 por consulta UF 0,7 por consulta UF 0,7 por consulta Sin Tope Sin Tope General: UF 20 Auditivas: UF 10 (se incluyen dentro del tope general de Prótesis y Órtesis) Sin Tope Sin Tope UF 10 UF 2 UF 6 % BONIFICACIÓNCOBERTURAS AMBULATORIASTOPE EVENTOTOPE ANUAL % BONIFICACIÓNCOBERTURAS HOSPITALARIASTOPE EVENTOTOPE ANUAL % BONIFICACIÓNCOBERTURAS DE MATERNIDADTOPE EVENTOTOPE ANUAL % BONIFICACIÓNCOBERTURAS DE PSIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍATOPE EVENTOTOPE ANUAL % BONIFICACIÓNOTRAS COBERTURASTOPE EVENTOTOPE ANUAL UF 40 UF 20 UF 3 UF 10 UF 10 UF 10 UF 15 UF 5 UF 30 UF 20 80% 100% Prótesis de Alta Complejidad Cardíacas Injertos Hematopoyéticos Óptica (Cristales, Marcos y Lentes de Contacto) Cirugía Ocular Laser Cirugía Bariátrica Cirugía Septoplastía Funcional Disforia de Género Materiales de Vendas, Yeso, Plástico o Similares Trasplante, Gastos Donante Vivo Trasplante, Gastos Donante Post Mortem Traslado Ambulancia Terrestre (máx. 50 Km) Cobertura Internacional por Accidente Coberturas GES/CAEC Sin Tope Sin Tope MONTO MÁXIMO ANUAL POR ASEGURADO BONIFICACIÓN MINIMA (BMI) UF 600Isapre 50% Fonasa 25% DEDUCIBLE ANUAL DE UF 1 POR ASEGURADO CON UN MÁXIMO DE UF 3 POR GRUPO FAMILIAR DEDUCIBLE COSTO $0 EN LA LA RED DE PRESTADORES CON CONVENIO BUPA SEGUROS* (*) No se considerará deducible, cuando el asegurado realice sus atenciones en la red de prestadores con que cuenta la compañía i) Red Preferente, ii) Red 1, iii) Red 2, el listadodelosprestadoresincorporadosacadaunadelasRedesseñaladasprecedentementeseencuentradisponibleenlapáginaweb https://www.segurosbupa.cl/seguros/red-prestadores. 80 En el caso de las consultas médicas sin bonificación del sistema previsional, se considerará el BMI para otorgar la cobertura del plan, en caso de ser Isapre constituye requisito para su reembolso presentar la boleta con timbre No Bonificable.
Todos los asegurados podrán incrementar su cobertura en atenciones dentro de la Red Bupa Coberturas incrementadas en Centros Médicos y Clínicas Bupa IntegraMédicaClínica Bupa SantiagoClínica Bupa ReñacaClínica Bupa Antofagasta Exámenes de laboratorio Exámenes de imagenología, RX, ecografía Día cama hospitalización Derecho a pabellón hospitalización Servicios hospitalarios +12%+10%+10%+10% +12%+10%+10%+10% +10%+10%+10% +10%+10%+10% +10%+10%+10% La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083. Se dará cobertura una vez aplicado el Plan de Salud de Isapre o Fonasa siempre que éstos hayan bonificado la prestación. 80 Promoción por tiempo limitado Accede a consultas de Telemedicina con 100% de cobertura sobre el copago Promoción valida hasta marzo 2025. Válido en telemedicina IntegraMédica y Clínicas bupa Máximo 3 consultas 100% de cobertura sobre el copago del sistema previsional Reembolso a través de Sucursal virtual Bupa Seguros
OTRAS CONDICIONES DEL SEGURO DE SALUD Para hacer ingreso al seguro el Contratante deberá completar una Solicitud de Incorporación con Declaración de Salud en nombre de todo el grupo familiar que desee incorporar al seguro. Adicionalmente cada uno de los integrantes de la póliza deberá cumplir con los siguientes requisitos de parentesco y edad: CONDICIONES DE CONTRATACIÓN Y COBRANZA La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083. (1) Las edades máximas de ingreso y la prima se calculan en base a la edad de los asegurados al momento del inicio de la vigencia de este seguro. Edad mínima de ingreso Asegurado contratanteDesde los 18 años Asegurados dependientes2Desde los 14 días3 Edad máxima de ingreso1 Edad máxima de permanencia 75 años y 364 díasSin límite de edad 75 años y 364 díasSin límite de edad 80 (3) Los Asegurados dependientes podrán ingresar desde los 14 días con la declaración personal de salud aceptada por la compañía. En caso que el embarazo tenga cobertura dentro de la póliza, el recién nacido podrá estar cubierto desde el Nacimiento y sin declaración personal de salud (DPS). (2) Tipos de Asegurados dependientes: Cónyuge / Conviviente Civil, Hijo(a) / Hijo(a) del Cónyuge o Conviviente, Padre, Madre, Hermano(a), Abuelo(a), Nieto(a), Tío(a), Sobrino(a), Suegro(a), Amigo(a).
OTRAS CONDICIONES DEL SEGURO DE SALUD La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083. CONDICIONES DE COBERTURA Este seguro opera en exceso de los Sistemas de Salud Previsional Isapre o Fonasa (grupos B, C y D), Bienestar u otro Seguro adicional o convenio. Periodo de acumulación del deducible es sobre la base del Año Póliza. Los gastos no bonificados por el Sistema de Salud Previsional no tendrán cobertura dentro del seguro. La Cobertura en el extranjero se considera bajo las mismas condiciones del Seguro Complementario de Salud y es válida solo en caso de accidentes cuando la permanencia en el extranjero no sea mayor a 30 días. Las prestaciones de maternidad serán cubiertas siempre que la fecha probable del inicio del embarazo (determinado por examen de imagenología obstétrico) haya ocurrido dentro de la vigencia del seguro. Las coberturas de Cirugía Bariátrica, Maxilofacial No Accidental, Septoplastía Funcional, Disforia de Género y Reducción Mamaria estarán vigentes después de un año de vigencia según los criterios prestacionales definidos para cada una. La Cirugía Bariátrica será cubierta cuando el IMC sea > ó = 40 kg/m2 (IMC Índice de Masa Corporal, que es el cociente entre el peso en kilogramos y el cuadrado de la estatura en metros). En el caso de las prestaciones asociadas al Trasplante y Gastos de Donante Vivo y Post Mortem, estarán cubiertas siempre que el receptor sea asegurado de la póliza. La cobertura de Traslado Terrestre será realizada en ambulancia en una distancia máxima de 50 KM. La Compañía Aseguradora cubrirá la Cirugía Laser Ocular para la corrección de Miopía, Hipermetropía y Astigmatismo con más de 5 dioptrías en cada ojo. La cobertura de Kinesiología y Fonoaudiología requieren para su reembolso la orden de derivación del médico tratante. Exclusiones y demás condiciones según POL 320220083. 80
OTRAS CONDICIONES DEL SEGURO DE SALUD La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código de POL320220083. Si el aporte del Sistema de Salud Previsional es menor a 50% o 25% para ISAPRE o FONASA, respectivamente, la bonificación de la Compañía será sobre el costo directo de la prestación descontado el porcentaje de cobertura anterior, monto sobre el cual se aplicarán los porcentajes, topes y deducibles del plan contratado. Se exceptúan los medicamentos ambulatorios y deducible por prestaciones CAEC o GES. BONIFICACIÓN MÍNIMA ISAPRE 50%/ FONASA 25% Queda expresamente establecido que la aplicación del seguro vía I-Med no necesariamente implica la aceptación de la cobertura del diagnóstico que origina dichos gastos, de tal modo que en cualquier momento la compañía podrá restringir, limitar o excluir dicho diagnóstico por carecer de cobertura, en conformidad a lo establecido en las Condiciones Generales y Particulares del seguro. I-MED En caso de no existir bonificación del sistema previsional de salud para afiliados FONASA, las prestaciones Hospitalarias y Consulta de Urgencia no convenidas con FONASA y que sean realizadas en laClínica Bupa Santiago y Clínica Bupa Reñaca,el seguro cubrirá un30%del monto total de la prestación de salud facturada por el prestador respectivo. COBERTURA ESPECIAL PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CONSULTA DE URGENCIA Los asegurados cuentan con descuentos de medicamentos ambulatorios en Salcobrand, según la tabla a continuación: BENEFICIO ADICIONAL DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS Los asegurados podrán acceder a los siguientes beneficios y descuentos en la Red de Centros Dentales de IntegraMédica: BENEFICIO ADICIONAL DE PRESTACIONES DENTALES (*) Descuento aplicado sobre arancel de IntegraMédica MEDICAMENTOS CON RECETA 50% de descuento 30% de descuento Tope mensual$25.000por Asegurado. Renovable mes a mes. Medicamentos genéricos Medicamentos de marca MEDICAMENTOS SIN RECETA 15% de descuento 10% de descuento Tope mensual$25.000por Asegurado. Renovable mes a mes. Medicamentos genéricos Medicamentos de marca BENEFICIOS Control preventivo de salud dental Consulta de diagnóstico e interconsultas a especialistas Limpieza bucal completa por beneficiario, adulto o niño (1 al año) Acciones de prevención adultos y niños: Sellantes, Fluoración, Instrucción y Control de Higiene Radiografías de diagnóstico Bite Wing Radiografías panorámicas y telerradiografías Otros tratamientos dentales en IntegraMédica62% dcto* 65% dcto* Sin costo COPAGO CON BONIFICACIÓN MÍNIMA ISAPRE 50% (*) Aplica efecto COPAGO MÍNIMO PRESTACIÓN COSTO PRESTACIÓN APORTE ISAPRE % DE APORTE ISAPRE COPAGO ASEGURADO Consulta Médica Consulta Médica $50.000 $50.000 $15.000 $30.000 30% 60% $35.000 $20.000 BASE SEGURO PARA REEMBOLSO $25.000 $20.000 REEMBOLSO REAL (60%) $15.000 (*) $12.000 COPAGO FINAL DEL ASEGURADO $20.000 $8.000 80 MEJORAMOS TUS DESCUENTOS DENTALES
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