Indemnización del deducible Coberturas de salud Coberturas de vida De los gastos hospitalarios incurridos en la Red Asistencial, de acuerdo a Modalidad de Atención Institucional (MAI). UF 180 En caso de fallecimiento por COVID-19, se pagará un monto equivalente a: De cargo del trabajador que corresponda a la aplicación del CAEC(cobertura adicional para enfermedades catastróficas) respecto de las atenciones hospitalarias realizadas en la red de prestadores de cada Isapre o en un prestador distinto cuando existió una derivación efectuada por la unidad del Ministerio de Salud con un mínimo de UF 60 y tope de UF 126. ElseguroobligatorioCovid-19cubrelosgastosdehospitalizaciónyrehabilitación derivados de un diagnóstico de COVID-19, e indemniza en caso de fallecimiento natural por el virus Sars-CoV-2, durante un periodo de 1 año desde su inicio de vigencia. Vigencia Beneficio adicional exclusivo Bupa Seguros 1 añode vigencia, desde la fecha de contratación. Afiliados Fonasa (grupos B, C, D) Afiliados Isapre En exámenes preventivos oncólogicos en IntegraMédica Antígeno Prostático Específico 1 / año1 / año Examen Papanicolaou 100% de reembolso sobre el copago 100%del copago Nuestra obligación es seguir protegiendo a tus colaboradores Seguro Obligatorio Covid-19
La Ley de Retorno Seguro,establece la necesidad de protocolos de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo, en el marco de la crisis sanitaria derivada del brote del virus COVID-19 en el país. Dentro de los protocolos establecidos se encuentra la obligatoriedad de contratación de un seguro que de coberturas de salud y vida frente a siniestros producidos a causa del COVID-19. ¿Qué es la Ley de Retorno Seguro? La Ley de Retorno Seguro establece que los empleadores deben contratar un seguro obligatorio para todos los trabajadores de las empresas, adscritos a Fonasa e Isapres del sector privado, con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial. ¿Qué es el Seguro Obligatorio COVID-19? Cubre los gastos por hospitalizaciones y rehabilitaciones derivadas del COVID-19; siempre que se efectúen en modalidad institucional (Fonasa) o CAEC (Isapres) en los términos descritos en la póliza e indemniza a los beneficiarios por un valor de 180 UF en caso de fallecimiento por COVID-19 del titular. ¿Qué cubre el Seguro Obligatorio COVID-19? Gastos de hospitalización o el fallecimiento asociados a enfermedades distintas al COVID-19. Gastos de hospitalización o el fallecimiento asociados o derivados de lesiones sufridas en un accidente, de cualquier naturaleza o tipo, incluso si la víctima tiene COVID-19. Afiliados Fonasa:En el caso de personas aseguradas afiliadas al Fondo Nacional de Salud, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la Red Asistencial Pública. Afiliados Isapre:En el caso de personas aseguradas afiliadas a una Institución de Salud Previsional, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la red de prestadores de salud individuales e institucionales que cada Institución pone a disposición de sus afiliados, con el propósito de otorgarles la CAEC. Sin perjuicio de lo anterior, el seguro deberá financiar una suma equivalente al monto del deducible que le hubiere correspondido pagar si el beneficiario se hubiese atendido en la red de prestadores respectiva para gozar de la CAEC. Este seguro no excluye a trabajadores en modalidad de Teletrabajo. ¿Qué no cubre este seguro? (exclusiones) Preguntas frecuentes
Atención de siniestros Gastos Ambulatorios Gestionaratravésdecorreoelectrónico,escribiendoalacasilla [email protected],enviar copia de la orden médica, el bono o cualquier otro documento que acredite el pago de la prestación y la cobertura del sistema previsional y número de cuenta para el reembolso. Siniestros de vida Gastos hospitalarios Los gastos hospitalarios seran gestionados directamente por Isapre o Fonasa con la compañía según lo indica en la Ley 21.342. Beneficio adicional Exámenes preventivos Oncológicos Uso del Beneficio de examen en IntegraMédica ParahacerefectivoelbeneficiodeexámenespreventivosAntígeno Prostático o Papanicolaou,se debe contar con una orden médicapara la realización del examen. Posteriormente, agendar una hora para el examen específico en el sitio web integramedica.clo llamando al600 636 6666. El beneficiario debe solicitar el reembolso en un plazo no superior a los 60 días transcurridos desde la fecha de la prestación, enviando copia de la orden médica, el bono o cualquier otro documento que acredite el pago de la prestaciónylacoberturadelsistemaprevisionalalacasilla [email protected] Unavezrealizadoelexamen,losresultadospuedenserdescargadoen integramedica.cl/resultados Enviarnotificacióndelsiniestroa[email protected],adjuntando certificado de defunción del asegurado, emitido por el Servicio de Registro CivileIdentificación,queseñalecomocausademuertelaenfermedad COVID-19. Este requisito se dará por cumplido por el hecho de que su causa básicadedefunciónseaCOVID-19,segúnlaclasificaciónycodificación establecida por el Ministerio de Salud. En el mismo evento, libreta de familia o certificado de nacimiento, certificado de matrimonio o certificado de acuerdo de unión civil, según corresponda, que acrediten legalmente la calidad de beneficiario del seguro. De no existir beneficiarios de aquellos señalados en los números 1 a 4 del artículo 21, se deberán presentar los antecedentes legales que acrediten la calidad de herederos conforme a la legislación vigente. Rehabilitación COVID-19 y Exámenes preventivos oncológicos IntegraMédica