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Seguro Obligatorio | Obligatorio Covid-19

Seguro Obligatorio Covid-19 Bupa

Sin deducible ni tope

Consultar
Indemnización del deducible
Coberturas de salud
Coberturas de vida
De los gastos hospitalarios incurridos en la Red Asistencial, de acuerdo a
Modalidad de Atención Institucional (MAI).
UF 180
En caso de fallecimiento por COVID-19, se pagará un monto equivalente a:
De cargo del trabajador que corresponda a la aplicación del CAEC (cobertura
adicional para enfermedades catastróficas) respecto de las atenciones hospitalarias
realizadas en la red de prestadores de cada Isapre o en un prestador distinto
cuando existió una derivación efectuada por la unidad del Ministerio de Salud con
un mínimo de UF 60 y tope de UF 126.
El seguro obligatorio Covid-19 cubre los gastos de hospitalización y rehabilitación
derivados de un diagnóstico de COVID-19, e indemniza en caso de fallecimiento natural
por el virus Sars-CoV-2, durante un periodo de 1 año desde su inicio de vigencia.
Vigencia
Beneficio adicional exclusivo Bupa Seguros
1 año de vigencia, desde la fecha de contratación.
Afiliados
Fonasa
(grupos B, C, D)
Afiliados
Isapre
En exámenes preventivos oncólogicos en IntegraMédica
Antígeno Prostático Específico
1 / año 1 / año
Examen Papanicolaou
100%
de reembolso
sobre el copago
100% del copago
Nuestra obligación es seguir protegiendo a tus colaboradores
Seguro Obligatorio Covid-19
La Ley de Retorno Seguro, establece la necesidad de protocolos de seguridad
sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo, en el marco de la
crisis sanitaria derivada del brote del virus COVID-19 en el país. Dentro de los
protocolos establecidos se encuentra la obligatoriedad de contratación de un
seguro que de coberturas de salud y vida frente a siniestros producidos a causa
del COVID-19.
¿Qué es la Ley de Retorno Seguro?
La Ley de Retorno Seguro establece que los empleadores deben contratar un
seguro obligatorio para todos los trabajadores de las empresas, adscritos a Fonasa
e Isapres del sector privado, con contratos sujetos al Código del Trabajo y que
estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial.
¿Qué es el Seguro Obligatorio COVID-19?
Cubre los gastos por hospitalizaciones y rehabilitaciones derivadas del COVID-19;
siempre que se efectúen en modalidad institucional (Fonasa) o CAEC (Isapres) en
los términos descritos en la póliza e indemniza a los beneficiarios por un valor de
180 UF en caso de fallecimiento por COVID-19 del titular.
¿Qué cubre el Seguro Obligatorio COVID-19?
Gastos de hospitalización o el fallecimiento asociados a enfermedades distintas al
COVID-19.
Gastos de hospitalización o el fallecimiento asociados o derivados de lesiones
sufridas en un accidente, de cualquier naturaleza o tipo, incluso si la víctima tiene
COVID-19.
Afiliados Fonasa: En el caso de personas aseguradas afiliadas al Fondo Nacional
de Salud, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la Red
Asistencial Pública.
Afiliados Isapre: En el caso de personas aseguradas afiliadas a una Institución de
Salud Previsional, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la
red de prestadores de salud individuales e institucionales que cada Institución
pone a disposición de sus afiliados, con el propósito de otorgarles la CAEC.
Sin perjuicio de lo anterior, el seguro deberá financiar una suma equivalente al
monto del deducible que le hubiere correspondido pagar si el beneficiario se
hubiese atendido en la red de prestadores respectiva para gozar de la CAEC.
Este seguro no excluye a trabajadores en modalidad de Teletrabajo.
¿Qué no cubre este seguro? (exclusiones)
Preguntas frecuentes
Atención de siniestros
Gastos Ambulatorios
Gestionar a través de correo electrónico, escribiendo a la casilla
[email protected], enviar copia de la orden médica, el bono o cualquier
otro documento que acredite el pago de la prestación y la cobertura del
sistema previsional y número de cuenta para el reembolso.
Siniestros de vida
Gastos hospitalarios
Los gastos hospitalarios seran gestionados directamente por Isapre o Fonasa
con la compañía según lo indica en la Ley 21.342.
Beneficio adicional
Exámenes preventivos Oncológicos
Uso del Beneficio de examen en IntegraMédica
Para hacer efectivo el beneficio de exámenes preventivos Antígeno
Prostático o Papanicolaou, se debe contar con una orden médica para la
realización del examen.
Posteriormente, agendar una hora para el examen específico en el sitio web
integramedica.cl o llamando al 600 636 6666.
El beneficiario debe solicitar el reembolso en un plazo no superior a los 60
días transcurridos desde la fecha de la prestación, enviando copia de la orden
médica, el bono o cualquier otro documento que acredite el pago de la
prestación y la cobertura del sistema previsional a la casilla
[email protected]
Una vez realizado el examen, los resultados pueden ser descargado en
integramedica.cl/resultados
Enviar notificación del siniestro a [email protected], adjuntando
certificado de defunción del asegurado, emitido por el Servicio de Registro
Civil e Identificación, que señale como causa de muerte la enfermedad
COVID-19. Este requisito se dará por cumplido por el hecho de que su causa
básica de defunción sea COVID-19, según la clasificación y codificación
establecida por el Ministerio de Salud. En el mismo evento, libreta de familia o
certificado de nacimiento, certificado de matrimonio o certificado de acuerdo
de unión civil, según corresponda, que acrediten legalmente la calidad de
beneficiario del seguro. De no existir beneficiarios de aquellos señalados en los
números 1 a 4 del artículo 21, se deberán presentar los antecedentes legales
que acrediten la calidad de herederos conforme a la legislación vigente.
Rehabilitación COVID-19 y
Exámenes preventivos oncológicos IntegraMédica