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Catastrófico | Full

Todo Salud Full

Desde

$18.286/mes

Todo Salud Full es un seguro de Salud que brinda protección frente a gastos médicos mayores,
evitando que dichos gastos provocados por una enfermedad o accidente se transformen en una
complicación adicional para tu familia.
Puedes reembolsar tus gastos médicos con libre elección de médicos y clínicas. Tiene cobertura anual
renovable, según las condiciones establecidas, no tiene cobros de deducible para ciertas enfermedades
graves.
Estas coberturas estarán sujetas al porcentaje de reembolso
efectivo del sistema previsional de salud del asegurado, el
cual corresponde al cociente entre la bonificación otorgada
por este, y el valor total de la prestación según los siguientes
porcentajes, todo ellos conforme a los topes establecidos en
las condiciones contratadas:
Reembolsos de gastos médicos
Reembolso efectivo
Isapre/Fonasa
• Superior a 50%
• Entre 25% y 49,9%
• Inferior al 25%
• Sin cobertura
Reembolso póliza
• 100% del monto reclamado
• 75% del monto reclamado
• 50% del monto reclamado
• 25% del monto reclamado
La edad de contratación del asegurado es desde los 20 a 69
años de edad y puedes ingresar a dependientes desde los 15
días de nacidos, de manera de estar inmediatamente
resguardados.
El seguro opera de manera complementaria al plan de salud
en Isapre o Fonasa, por lo que esto último es requisito
necesario para cobertura.
Cobertura anual renovable, previa evaluación al final de cada
periodo, por lo que la renovación no está garantizada.
¿A qué edad lo puedo contratar?
Protegemos a quienes dependen de ti. Puedes asignar como
carga a tu cónyuge, hijos mayores de 14 dias de vida y otros
como tus padres, nietos, sobrinos, entre otros.
¿A quién puedo elegir como
cargas?
¿Qué protección entrega?
PROTECCIÓN
Seguro Todo Salud Full
Puedes proteger a tu familia y el patrimonio frente a gastos
inesperados producidos por accidente o enfermedad.
Plan de UF 15.000 de cobertura con un deducible de UF 100.
La cobertura y el deducible se ajustan cumplidos ciertos hitos
etáreos establecidos en la póliza. Es de libre elección
determinar con que médico o clínica quieres atenderte.
Límites de coberturas:
A partir de los 70 años máximo UF 5.000 por evento
y/o anual, lo que ocurra primero.
• Desde los 80 años máximo UF 3.500 por evento y/o
anual, lo que ocurra primero.
• Duración máxima del evento 36 meses.
600 600 9090 www.webchilena.cl chilenazurich
A.- Beneficios por hospitalización
• Días cama hospitalización
• Servicio hospitalario
• Honorarios médicos quirúrgicos
• Servicio Enfermería
• Servicio Ambulancia Terrestre (distancia máxima 50 kms. y
máximo 2 traslados al año por persona asegurada).
• Cirugía dental por accidente
• Cirugía Bariátrica (UF 50, posterior a deducible)
• Cirugía Maxilofacial (UF 50, posterior a deducible)
• Cirugía Rinolaringológica (UF 50, posterior a deducible)
B.- Beneficios ambulatorios
• Consultas médicas
• Exámenes de laboratorio
• Exámenes Radiológicos
• Procedimientos Terapéuticos
• Cirugía Ambulatoria
• Drogas Oncológicas (*)
C.- Beneficio enfermedades graves: los beneficios de
hospitalización y ambulatorio señalados en las letras A y B
precedente no tendrán deducible en el caso de producirse las
siguientes enfermedades graves.
• Cáncer.
• Infarto al miocardio.
• Enfermedades de la Coronarias que requieren cirugía.
• Enfermedades Cerebrales.
(Tumores benignos o malformaciones vasculares).
• Accidente Vascular Encefálico.
• Insuficiencia Renal Crónica.
• Transplante de órganos mayores.
(corazón, pulmón, higado, riñón, médula ósea o páncreas).
Los porcentajes y topes de cobertura de cada prestación
dependerán de las condiciones contratadas en el seguro.
Coberturas
PROTECCIÓN
Seguro Todo Salud Full
a) La atención de psiquiatría o psicología, hospitalizada y/o
ambulatoria, aun cuando sea necesaria como
consecuencia de una enfermedad cubierta por la póliza.
b) Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de
cuarentena o aislamientos.
c) Los tratamientos estéticos plásticos, dentales, ortopédicos
y otros tratamientos que sean para fines de
embellecimiento, para corregir malformaciones congénitas
o producidas por enfermedades conocidas o
diagnosticadas, o por accidentes ocurridos con
anterioridad a la vigencia del asegurado en la póliza.
d) Cirugía plástica de mama por cualquier causa, y tratamientos
secundarios o como consecuencia de ellas, salvo los casos de
reconstrucción mamaria como consecuencia del tratamiento
de un cáncer de mama que haya requerido de una
mastectomía radical y que haya sido cubierta por la póliza.
e) La obesidad mórbida, o no, sus tratamientos, consecuencias y
complicaciones, excepto cuando se haya contratado la
cobertura de Cirugía Bariátrica descrita en el Beneficio de
Hospitalización del condicionado general, se cumpla con las
condiciones de IMC descritas en él o en las Condiciones
Particulares de la póliza, y esté la cobertura expresamente
indicada en las Condiciones Particulares de la póliza.
f) Cirugía plástica o cosmética, a menos que sea necesitada por
una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se
encuentre amparado por esta cobertura.
g) Tratamientos por adicción a drogas o alcoholismo, lesión,
enfermedad o tratamiento causado por ingestión voluntaria de
somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos
análogos o similares.
h) Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida - SIDA, sus
consecuencias y complicaciones.
i) No se consideran para efecto de este seguro como
enfermedad la cirugía y/o tratamientos a causa de:
1. Cirugía Maxilofacial por enfermedad, excepto cuando se haya
contratado la cobertura de Cirugía Maxilofacial descrita en el
Beneficio de Hospitalización del artículo 3 de este
condicionado, y esté expresamente indicado en las
Condiciones Particulares de la póliza.
2. Una Cirugía Rinolaringológica, excepto cuando se haya
contratado la cobertura de Cirugía Rinolaringológica descrita
en el Beneficio de Hospitalización del artículo N° 3 de este
condicionado, y esté expresamente indicado en las
Condiciones Particulares de la póliza.
3. Estudios y tratamientos por talla baja, gigantismo y todo tipo
de hormonas del crecimiento.
4. Esterilización quirúrgica femenina y masculina independiente
de la causa por la cual se indique.
5. Tratamientos para adelgazar.
j) Lesión o enfermedad causada por:
1. Guerra civil o internacional, sea que ésta haya sido declarada o
no, invasión y actividades u hostilidades de enemigos extranjeros.
2. Participación activa del asegurado en rebelión, revolución,
insurrección, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o
conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país.
3. Estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o
alucinógenos.
4. Participación del asegurado en actos calificados como delitos
por la ley.
5. Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del
asegurado.
6. Hechos deliberados que cometa el asegurado, tales como los
intentos de suicidio y lesiones autoinferidas.
7. Fusión y fisión nuclear.
k) Todo tipo de exámenes dentales, extracciones, empastes y
tratamiento dental en general, cuando no sea a consecuencia
¿Qué no cubre?
600 600 9090 www.webchilena.cl chilenazurich
de un accidente cubierto según la letra d) del punto A) del
artículo N° 3 de este condicionado.
l) Cirugía ocular para la corrección de defectos de refracción,
salvo que hayan transcurrido cinco (5) años de vigencia
ininterrumpida desde la fecha de incorporación a la póliza.
m) Aparatos auditivos, lentes o anteojos de cualquier tipo.
n) Medicamentos, remedios, drogas e insumos ambulatorios,
con excepción de los otorgados en el punto A) del artículo
N°3 precedente.
o) Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos,
remedios o vacunas para el solo efecto preventivo, no
inherentes ni necesarios para el diagnóstico y tratamiento
de una incapacidad.
p) La atención particular de enfermería fuera del hospital.
q) Gastos por acompañantes, mientras el asegurado se
encuentre hospitalizado, incluyendo alojamiento, comida y
similares.
r) Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del
asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes de
Trabajo y Enfermedades Profesionales.
s) La práctica en las siguientes actividades o deportes: piloto
de aeronave civil o militar, estudiante de piloto,pasajero en
línea aérea no regulares, inmersión submarina,
montañismo, alas delta, parapente, bungeejumping,
paracaidismo, rodeo, equitación, carreras de caballo,
automovilismo motocicletas o lanchas y otros no
detallados precedentemente, pero que sean reconocidos
popularmente como deportes extremos; tales como
Wingsuit, Salto Base, DownHill y otros. Al momento de la
contratación la aseguradora deberá consultar al
asegurable acerca de todas estas circunstancias. La
aseguradora cubrirá los accidentes excluidos cuando estos
hayan sido declarados por el asegurado y aceptados por la
aseguradora con el pago de la prima adicional respectiva,
dejándose constancia en las Condiciones Particulares de la
póliza.
t) Maternidad: los gastos de parto normal, cesárea, aborto,
embarazo extrauterino o ectópico y cualquier patología
inherente a la concepción, embarazo, parto o puerperio .
u) Estudios de diagnóstico y tratamientos de esterilidad,
fertilidad e infertilidad, sus complicaciones y
consecuencias.
v) Epidemias o pandemias.
w) Servicio de ambulancia aérea y traslado aéreo.
IMPORTANTE - Riesgos cubiertos bajo estipulación expresa
En caso que el asegurado requiera cobertura por la realización
o participación en actividades o deportes riesgosos, o
enfermedades preexistentes, es factible, siempre que se
declaren al momento de contratar el seguro y la aseguradora
la acepte.
Se reembolsarán solo en caso de urgencia, y
excepcionalmente cuando no exista disponibilidad en
nuestro país del tratamiento de la enfermedad o incapacidad
reclamada. En estos casos, el porcentaje máximo a bonificar
será el 50% de los gastos reclamados cuando se haya usado
el sistema previsional o un 25% cuando el sistema
previsional no otorgue cobertura a la prestación reclamada.
Prestaciones en el exterior
Cobertura en el extranjero solo en caso de urgencia, y
excepcionalmente cuando no exista disponible en nuestro
país el tratamiento de la enfermedad o incapacidad
reclamada según las condiciones del contrato.
Amplia Cobertura
Puedes hacer distintas operaciones en tus productos de
forma rápida y fácil en nuestro portal online
www.webchilena.cl
Portal de clientes
Por nuestra experiencia: Somos la primera aseguradora a
nivel nacional y la más antigua de Latinoamérica, con más de
160 años de experiencia en el país.
Por nuestro respaldo: Somos parte de Zurich Insurance
Group, compañía internacional con más de 140 años de
trayectoria y presencia a nivel mundial.
Asesoría personalizada: Nuestros asesores te entregarán
una adecuada solución para tus necesidades de protección y
ahorro.
¿Por qué contratar con Chilena
Consolidada / Zurich Chile?
PROTECCIÓN
* La presente póliza no se considera cobertura para medicamentos ambulatorios. Sólo tendrán cobertura, las drogas oncológicas, las que serán reembolsadas
luego de utilizado el sistema previsional de salud, bajo la cobertura de Procedimientos Terapéuticos.
La Compañía que asegura el riesgo es Chilena Consolidada Seguros de Vida S.A. El folleto contiene un resumen de las coberturas, condiciones y exclusiones
del Seguro Todo Salud Full. El detalle de sus características, requisitos de asegurabilidad, extensión de la cobertura, sus limitaciones y el monto y forma de pago
de la prima, se detallan en las siguientes condiciones generales y clausulas adicionales incorporadas en el Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado
Financiero: POL 3 2016 0237 y en sus condiciones particulares.
Seguro Todo Salud Full
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