Logo Clínica Bupa Santiago

Escolar Universitario | Universitario

Seguro Universitario Full Clinica Bupa Santiago

Sin deducible por evento y Tope evento: 800 uf

Desde

$4.166/mes

Condicionado Particular
Póliza 90070
Seguro Educación Superior
Vigencia 01/02/2022 - 31/03/2023
CLÍNICA BUPA SANTIAGO

Página 1

Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A considerando los antecedentes entregados por la Empresa
Contratante emite las siguientes Condiciones Particulares, las cuales en conjunto con las Condiciones
Generales se consideran parte integrante del presente contrato.

Contratante

.-

Empresa : Bupa Servicios Clínicos S.A.

Dirección : Av. Departamental 1455, La Florida, Santiago.

Rut : 76.217.768-4

Giro : Salud

Asegurador

Empresa : Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A

Dirección : Av. Cerro Colorado 5240, piso 12, torre 2, Las Condes, Santiago.

Rut : 76.282.191-5

Teléfono : (+56 2) 23913310

Asegurados

Podrán afiliarse al Seguro Educación Superior, previa aceptación por parte de la compañía, todas las
personas desde los 17 años hasta los 30 años de edad. Los cuales deben ser beneficiarios de alguna
Isapre.

El Seguro no considera cobertura para beneficiarios pertenecientes a sistema previsional de Fuerzas
Armadas y de Orden, independiente de la edad que tengan.

Cobertura

El Seguro Escolar de Accidentes otorga atención integral a sus afiliados en caso de sufrir una lesión de
origen accidental con cobertura de un 100% en las atenciones de urgencia, ambulatorias y
hospitalizaciones con tope de indemnización máxima de hasta UF 800 por
Accidente en la CLÍNICA
BUPA SANTIAGO (en adelante la Clínica).

Se incluyen los honorarios médicos de los traumatólogos o los especialistas que se requieran, además
de los distintos servicios de la Clínica como Radiología e Imágenes, Laboratorio, Scanner, Resonancia
Magnética, Kinesiología, Unidad de Cuidados Intermedios e Intensivos, Dental, entre otros.

La cobertura del Seguro Escolar y Accidentes abarca desde la primera atención hasta la completa
recuperación del paciente, considerando los controles ambulatorios en la Urgencia Escolar y en los
distintos Servicios de la Clínica que se requieran.

La prestación de Medicamentos e Insumos de Urgencia es sólo para fármacos directamente
relacionados y necesarios para el tratamiento de la patología que activó el pago de
beneficios de este seguro, que hayan sido proporcionados en la consulta de Urgencia, que se
encuentre cubierta por esta póliza y haya sido diagnosticada por el médico tratante.

Se incluye la cobertura de órtesis, prótesis, osteosíntesis, y todo elemento relacionado con el
tratamiento quirúrgico y de recuperación de una lesión accidental. No se considera, la reposición
de lentes ópticos, prótesis de uso habitual, audífonos, entre otros.

Las secuelas físicas que sean a consecuencia directa de un accidente por el presente seguro sólo se
cubrirán hasta el plazo máximo de un año desde la fecha del accidente o hasta alcanzar el tope de
cobertura, lo que ocurra primero.
Condicionado Particular
Póliza 90070
Seguro Educación Superior
Vigencia 01/02/2022 - 31/03/2023
CLÍNICA BUPA SANTIAGO

Página 2

Las atenciones cuyo diagnóstico no corresponda a un accidente, no serán cubiertas por este Seguro
aunque la consulta se origine en referencia a un evento traumático.

No tendrá cobertura el diagnóstico y tratamiento de aquellas lesiones que tengan como origen una
enfermedad, condición o patología en forma previa al accidente, aun cuando se manifieste o sea
detectada con ocasión del accidente así se haya generado con anterioridad o como consecuencia
de este último.

Para eventos fuera de Santiago:

Concurrir al Centro Asistencial más cercano.

Dar aviso dentro de las 48 horas siguientes al accidente a la Urgencia Escolar de CLÍNICA BUPA
SANTIAGO.

Para obtener el reembolso de la atención presentar los documentos pagados y bonificados por la
Isapre y otros seguros que tenga el asegurado junto al informe médico, en la CLÍNICA BUPA SANTIAGO.

Exclusiones

Las exclusiones son las establecidas en el Artículo 4 del POL 320180038.

En caso de que, a juicio del médico jefe de turno del Servicio de Urgencia de la Clínica, la atención se
encuentre excluida de la cobertura del Seguro Escolar, deberá el propio paciente o terceros, sean
familiares o no, hacerse responsables del pago de las prestaciones médicas otorgadas a consecuencia
de alguna de las circunstancias descritas en esta letra.

Cobertura

La cobertura del seguro rige a partir del 01 de Febrero del 2022 y se extiende hasta el 31 de Marzo de
2023, ambas fechas inclusive. De todas maneras, el inicio de la vigencia podrá variar de acuerdo a los
siguientes casos"

Producto
Inicio Vigencia Carencia
Vigencia Inmediata
Fecha de compra 10 días.
El Seguro cubre todas las atenciones por lesiones ocasionadas en forma directa por accidente que se
generen dentro del período de vigencia de éste, las que en todo caso se otorgarán hasta por el plazo
máximo de un año calendario contado desde la fecha del accidente y/o hasta el monto máximo de
cobertura contratado, primera condición que se cumpla.

Al contratar el seguro escolar se obtiene el beneficio de este seguro a partir del día 11 contado desde
la fecha de contratación.

El Seguro cubre durante las 24 horas del día y los 365 días del año, los accidentes que ocurran dentro
del territorio nacional. Es requisito para la aplicación del seguro y para el otorgamiento de los beneficios
que éste contempla, que el beneficiario, sus familiares o quien corresponda, notifiquen a Urgencia
Escolar de Clinica Bupa Santiago, la ocurrencia del accidente y acudan a la misma para recibir la
atención médica calificada correspondiente, dentro de 48 horas de producido este suceso. La
atención otorgada en urgencia de la CLÍNICA BUPA SANTIAGO debe ser validada por Urgencia Escolar,
en caso de corresponder la cobertura con seguro.
Condicionado Particular
Póliza 90070
Seguro Educación Superior
Vigencia 01/02/2022 - 31/03/2023
CLÍNICA BUPA SANTIAGO

Página 3

En caso que la cuenta supere el monto máximo de cobertura, el familiar responsable, padres o
apoderados, o quien corresponda en su caso, deberán pagar el diferencial a la clínica.

Para otorgar cobertura antes mencionada, el beneficiario debe cumplir con las condiciones de
inscripción, figurar inscrito y vigente en la base de datos y haber pagado la prima correspondiente.

Incorporaciones

Tendrán derecho a la atención en virtud de este seguro, las personas individualizadas en la ficha de
inscripción de este seguro indicando apellido paterno, apellido materno, nombres, Rut, fecha de
nacimiento, dirección, teléfono, institución educacional y sistema previsional al cual pertenece.

Los contratantes deberán individualizar al momento de la contratación al o los beneficiarios que
adquieren al seguro, asumiendo la responsabilidad por los errores de identificación de ellos, dejándose
constancia que, en cualquier caso, no se otorgarán los beneficios del presente seguro a quienes no
figuren como beneficiarios con antelación al accidente que motiva la atención.

Las omisiones y/o errores que se produzcan en la individualización de los beneficiarios es de exclusiva
responsabilidad de quienes las informen, liberando de toda responsabilidad u obligación a CLÍNICA
BUPA SANTIAGO.

Las inscripciones al Seguro escolar pueden efectuarse directamente en los módulos de venta de la
CLÍNICA BUPA SANTIAGO y a través de nuestra página Web
www.segurosbupa.cl.
El contratante autoriza a CLÍNICA BUPA SANTIAGO para grabar y reproducir las conversaciones
telefónicas sostenidas con ella y que guarden relación con el seguro. Asimismo, el contratante y sus
afiliados autorizan a CLÍNICA BUPA SANTIAGO para transcribir y difundir el contenido de dichas
comunicaciones para ser presentadas como medio de prueba instrumental y confesional ante
tribunales de justicia, si así fuese necesario.

El seguro terminará de forma inmediata y sin necesidad de previa declaración judicial, arbitral o de otra
clase, en caso de que, cuando sea requisito la afiliación de una Isapre, el afiliado deje de cotizar en la
misma, ésta ponga término al contrato de Salud Previsional.

Pago de Prima

Prima

Producto
Prima Anual en UF
Escolar Titular
1.60
Escolar Titular + 1 Carga
3.19
Escolar Titular + 2 Cargas
4.79
Escolar Titular + 3 Cargas
6.39
Escolar Titular + 4 o más Cargas
7.99
El pago de la prima correspondiente es de modalidad anual anticipada, el cual puede ser cancelado
con tarjeta de crédito o débito.

Pago de Beneficios

En caso de atenciones y/o prestaciones respecto de las cuales no aplique el servicio otorgado por IMED
Condicionado Particular
Póliza 90070
Seguro Educación Superior
Vigencia 01/02/2022 - 31/03/2023
CLÍNICA BUPA SANTIAGO

Página 4

en forma automática, la cobertura deberá ser tramitada directamente por el beneficiario ante el
sistema previsional de salud, seguro automotriz obligatorio u otro seguro que tuviere. Para tal efecto
CLÍNICA BUPA SANTIAGO podrá solicitar la suscripción de un pagaré que será regularizado una vez el
afiliado presente los bonos correspondientes.

Para atenciones y/o prestaciones en que el sistema previsional no emita bono IMED o manual a la
CLÍNICA BUPA SANTIAGO, ésta solicitará la suscripción de un pagaré para hacer entrega de la
correspondiente boleta de atención, la que será reembolsada por el beneficiario directamente en la
entidad previsional correspondiente. Dicho pagaré se otorgará como garantía de pago del monto total
de la atención, y será el beneficiario o su representante quien deberá gestionar el reembolso en sus
sistema previsional y seguro escolar si corresponde.

Si a raíz de este procedimiento administrativo, el afiliado incurriese en gastos por concepto ante el
sistema previsional, se procederá a su reembolso integral hasta el monto máximo de cobertura
disponible, previa presentación de los documentos de pago originales.

En caso de hospitalización de beneficiario, los trámites y gestiones antes señalados serán efectuados
por el beneficiario o su representante dentro de los plazos indicados por CLÍNICA BUPA SANTIAGO. Sin
perjuicio de ello, en algunas ocasiones a solicitud del Departamento del Seguro Escolar CLÍNICA BUPA
SANTIAGO, el beneficiario o el titular frente a la Isapre del afectado, podrá otorgarle un mandato a
CLÍNICA BUPA SANTIAGO para que ésta efectúe en su representación las tramitaciones pendientes para
obtener la bonificación o cobertura que corresponda de parte de la aseguradora.

En caso de hospitalización, el llenado y firma de la declaración de accidentes solicitada por el sistema
previsional, debe realizarla el beneficiario o su representante al momento del ingreso a Clínica y
entregarla en el departamento del Seguro Escolar en un plazo máximo de 10 días desde dicho ingreso.

Para todas las atenciones y hospitalizaciones CLÍNICA BUPA SANTIAGO solicitará al beneficiario o familiar
responsable la tramitación de los documentos en la entidad previsional a la que pertenece,
reservándose el derecho de no proporcionar cobertura en caso de que dicho sistema previsional no la
otorgue o en caso de que el beneficiario no realice la gestión correspondiente. En ambas circunstancias
el beneficiario podrá apelar a la decisión de CLÍNICA BUPA SANTIAGO a través de una solicitud formal
enviada al correo:
[email protected].
Para todos los efectos del presente seguro, se entiende que el pagador y/o el beneficiario autorizan
expresamente a CLÍNICA BUPA SANTIAGO para remitir a las entidades previsionales o aseguradoras
privadas o públicas de salud, todos aquellos antecedentes clínicos que le sean solicitados por dichas
entidades u organismos fiscalizadores, de conformidad con lo dispuesto en la ley, para hacer efectivos
los beneficios previsionales de salud del paciente, por las atenciones médicas de este Seguro.

El cliente autoriza a la compañía para solicitar antecedentes adicionales de salud a la clínica para la
liquidación de un siniestro.

Documento de Pago

CLÍNICA BUPA SANTIAGO se reserva el derecho de solicitar en todas y cada una de las atenciones el
documento de pago que esta determine, respecto de aquellos montos no cubiertos y/o no enterados
por el contratante y/o el beneficiario y/o Ia entidad o seguro correspondiente, luego de la tramitación
de los documentos en las instancias establecidas como es el Seguro Obligatorio de Accidentes
Personales (SOAP), seguros complementarios y los aportes del Sistema Previsional del afiliado.
Condicionado Particular
Póliza 90070
Seguro Educación Superior
Vigencia 01/02/2022 - 31/03/2023
CLÍNICA BUPA SANTIAGO

Página 5

De la misma forma, en caso de que al requerir la prestación y/o durante el otorgamiento de la misma
y/o una vez otorgada, se constata que el afiliado no se encuentra adscrito a una Isapre según
corresponda, que ha dejado de cotizar en la misma, que esta puso término al contrato de Salud
Previsional por cualquier causa CLÍNICA BUPA SANTIAGO podrá solicitar en cualquier momento el
documento de pago que determine.

El rechazo por parte del beneficiario a esta solicitud de documento de pago pondrá termino inmediato
al Seguro, sin devolución de prima alguna.

Identificación de Afiliado

Para requerir atención en CLÍNICA BUPA SANTIAGO, el beneficiario" deberá identificarse con su Cédula
de Identidad, figurar inscrito y vigente en la nómina o base de datos que se encuentra en poder de
CLÍNICA BUPA SANTIAGO y no constar la caducidad o cancelación de su calidad de beneficiario por
otro medio o documento. En caso de que no se pueda acreditar la calidad de beneficiario del presente
Seguro al momento de la atención, previo chequeo con la nómina de afiliados inscritos a éste, CLÍNICA
BUPA SANTIAGO procederá a cobrar el valor total de los servicios prestados al paciente
independientemente de la cobertura previsional de salud que posea.

Los menores de 18 años deberán ser acompañados por uno de sus padres, por una persona adulta o
por un responsable de la Institución a la que pertenece. CLÍNICA BUPA SANTIAGO queda desde ya
autorizada para proceder a la atención del beneficiario cuando este venga acompañado de una de
las personas antes señaladas. En caso de intervenciones mayores, CLÍNICA BUPA SANTIAGO solicitará la
autorización previa de uno de los padres o apoderados. Sin embargo, si corriera peligro un órgano o la
vida del paciente, se actuará de inmediato, con la aprobación del médico residente de turno a realizar
todos los procedimientos o las maniobras necesarias para estabilizar y/o superar el riesgo de vida del
paciente.

El mal uso de este Seguro por parte del beneficiario o la suplantación de la identidad de este será
comunicado al propio beneficiario, a los padres del mismo, o a quien corresponda, y producirá Ia
caducidad inmediata del contrato individual del inscrito y la pérdida de todos sus beneficios, sin
derecho a devolución de suma alguna pagada a CLÍNICA BUPA SANTIAGO. Quien además se reserva
el derecho de rechazar la inclusión en futuros Seguros de quienes hayan hecho mal use de este, sin
perjuicio de ejercer las acciones legales correspondientes.

Funcionamiento

Los beneficiarios de este Seguro, en caso de sufrir algún accidente, deberán acudir al Servicio de
urgencia Escolar de CLÍNICA BUPA SANTIAGO a la brevedad posible y dentro de un plazo máximo de
48 horas de ocurrido el accidente.

CLÍNICA BUPA SANTIAGO no asumirá responsabilidad alguna por los gastos que se generen cuando el
beneficiario fuese atendido en otros centros asistenciales, o por profesionales que no hayan sido
designados en el presente contrato cuando la atención sea recibida en las dependencias de Ia misma.
La designación del especialista respectivo Io hará CLÍNICA BUPA SANTIAGO al momento de realizarse
la prestación.

Sin perjuicio de lo anterior, CLÍNICA BUPA SANTIAGO podrá autorizar el tratamiento u hospitalización en
Condicionado Particular
Póliza 90070
Seguro Educación Superior
Vigencia 01/02/2022 - 31/03/2023
CLÍNICA BUPA SANTIAGO

Página 6

otro centro asistencial solo en los siguientes casos:

1.Si las características del accidente son de tal gravedad que Implicasen riesgo de vida para el
beneficiario. En tal caso, se debe dar aviso de inmediato al Servicio de Urgencia Escolar de CLÍNICA
BUPA SANTIAGO para que los médicos a cargo del Seguro Escolar determinen si procede o no otorgar
la autorización para que el paciente pueda ser atendido en otro centro de salud bajo el amparo del
presente seguro. Sólo regirán los beneficios del Seguro en el caso descrito, en la medida que los médicos
aludidos otorguen la autorización correspondiente.

2. Si el Beneficiario es derivado a otro centro de salud por parte de CLÍNICA BUPA SANTIAGO en
condiciones extraordinarias, como por ejemplo, falta de camas.

3. Por distancia: Accidentes fuera de la Región Metropolitana, cuya ocurrencia sea notificada a
CLÍNICA BUPA SANTIAGO dentro de 48 horas de producido el evento, y solo en la medida que el
beneficiario acuda al centro asistencial para recibir la atención médica certificada, dentro del mismo
plazo de 48 horas indicado. La falta de dicho aviso o la no concurrencia al centro asistencial dentro del
plazo señalado, eximirá a CLÍNICA BUPA SANTIAGO de toda obligación, tanto dica como
pecuniaria, respecto de esas atenciones.

Cumplida una de estas tres causales, en caso de hospitalización, Ia comunicación deberá ser entre
dicos. El especialista de Cnica Bupa Santiago determina el momento del traslado de acuerdo a las
condiciones de salud del Beneficiario y a la autorización para tal efecto otorgada por el médico del
otro centro. En caso de que el Beneficiario no fuese trasladado a CLÍNICA BUPA SANTIAGO aun teniendo
la autorización médica para ello, los beneficios de cobertura del presente Seguro solo aplicarán
respecto de las prestaciones médicas recibidas hasta el momento de la autorización de traslado, y en
ningún caso respecto de aquellas prestadas con posterioridad a dicha autorización.

El paciente deberá continuar con el tratamiento y control solo en las dependencias de CLÍNICA BUPA
SANTIAGO y con los profesionales acreditados que atienden en el Seguro Escolar. El Beneficiario, sus
familiares o quien corresponda deberá dar cuenta por escrito en Ia oficina del Seguro en CLÍNICA BUPA
SANTIAGO, de la atención realizada en otro centro, presentando los documentos que acrediten la
atención clínica certificada recibida por el paciente fuera de las dependencias de CLÍNICA BUPA
SANTIAGO.

Tanto en caso de atenciones otorgadas en CLÍNICA BUPA SANTIAGO como en otros centros
asistenciales cuando corresponda, si el accidentado, el Beneficiario del Seguro, los padres o
apoderados a quien corresponda, no cumpliesen con las instrucciones o prescripciones escritas o
verbales dadas por el médico que lo atendió o por el personal de enfermería respecto al tratamiento
posterior o indicaciones médicas, CLÍNICA BUPA SANTIAGO se exime de toda responsabilidad legal y
económica en relación con cualquier complicación, reintervención, rehospitalización, mayores costos
o cualquier agravamiento o riesgo que de ello provenga, procediendo al cobro de todos los valores
por el otorgamiento de prestaciones derivadas del incumplimiento de las instrucciones o prescripciones
entregadas por CLÍNICA BUPA SANTIAGO.

Este Seguro no efectúa cobertura en prestaciones amparadas por la Ley de Accidentes del Trabajo N°
16.744. Asimismo, en caso de accidentes de tránsito, es obligatoria la tramitación del SOAP.

Tipo de Habitación

La hospitalización que otorgará CLÍNICA BUPA SANTIAGO, en los casos de accidente, será en
Condicionado Particular
Póliza 90070
Seguro Educación Superior
Vigencia 01/02/2022 - 31/03/2023
CLÍNICA BUPA SANTIAGO

Página 7

habitación Individual estándar. En caso de que voluntariamente el paciente solicite otro tipo de
habitación, Ia diferencia de precio será de cargo del beneficiario, de sus padres o de quien se haga
cargo de Ia hospitalización, diferencia que en ningún caso podrá imputarse a la cobertura del Seguro
Escolar.

Traslado en Ambulancia

CLÍNICA BUPA SANTIAGO proporcionará, cuando fuese necesario y solo en la medida que su
disponibilidad lo permita, el Servicio de Ambulancias para trasladar al accidentado dentro del radio
urbano de la ciudad de Santiago, desde un centro asistencial hasta el recinto de la CLÍNICA BUPA
SANTIAGO previa comunicación del médico del centro asistencial con el médico del Servicio de
Urgencia, sin cargo para el afiliado. Si no fuese posible para CLÍNICA BUPA SANTIAGO proporcionar
dicho traslado, en ningún caso éste será de cargo o responsabilidad de la misma.

Se deja clara constancia que el presente seguro no cubre los servicios de rescate desde el lugar del
accidente. Los gastos de traslado por terceros y por accidentes ocurridos fuera del radio urbano de
Santiago, en ningún caso serán de cargo ni responsabilidad de la Clínica.

Atenciones Odontológicas

CLÍNICA BUPA SANTIAGO cubre accidente dental traumatológico, la atención de urgencia es en
CLÍNICA BUPA SANTIAGO y el tratamiento posterior del mismo accidente dental será en Integramédica,
sólo en aquellos casos en que el beneficiario sea menor a 30 años.

Accidente de Tránsito

En caso de accidente de tránsito se deberá dar cuenta inmediata a Carabineros, de modo que quede
registrado el accidente en un parte policial. Además, se deberá acudir de Inmediato al Servicio de
Urgencia de CLÍNICA BUPA SANTIAGO a fin de constatar las lesiones no rigiendo en tal sentido el plazo
de 48 horas señalado en la Cláusula Funcionamiento.

Si el accidente ocurre fuera de la Región Metropolitana, además del registro del parte policial, el
beneficiario deberá acudir en forma inmediata al centro asistencial más próximo. Paralelamente se
debe dar de inmediato aviso del accidente al servicio de urgencia escolar.

Se deja expresa mención que es condición esencial para el otorgamiento de la cobertura del presente

seguro, en el caso de accidentes de tránsito, la entrega de una copia del parte policial legalizado ante
notario, en que se describe el accidente y sus circunstancias, trámite que debe hacerse
inmediatamente ocurrido el accidente o en el plazo máximo de 24 horas. Dicha copia deberá

entregarse a CLÍNICA BUPA SANTIAGO dentro del plazo máximo de 48 horas de ocurrido el accidente
y, de no cumplirse con lo anterior, CLÍNICA BUPA SANTIAGO quedará habilitada para suspender al
instante los beneficios del Seguro, procediendo al cobro de aquellas prestaciones efectuadas y, en
definitiva, no siendo aplicable al caso todos los beneficios del seguro, sin responsabilidad posterior para
CLÍNICA BUPA SANTIAGO.

Reembolsos

Para el reembolso de la primera atención de urgencia, por accidentes cubiertos por este Seguro y
realizada fuera de CLÍNICA BUPA SANTIAGO, se exigirá el aviso telefónico al 600 391 9000 y acudir al
centro asistencial pare recibir la atención media calificada, dentro de las 48 horas de ocurrido el