CARÁTULAUNIFORMEPARAPÓLIZADESEGURO DESALUD/ CERTIFICADODECOBERTURA CÓDIGOCMFDELAPÓLIZAPÓLIZA N° POL320220100XXXXXX CONTRATANTE(SIESDISTINTODELASEGURADO)Rut XXXXXXXXXXXX ASEGURADORut XXXXXXXXXXXX BENEFICIARIORut XXXXXXXXXXXX TIPODEPÓLIZA PÓLIZAVIGENCIARENOVACIÓNAUTOMÁTICA XXXXXIndividualXX/XX/XXInicioPóliza de plazo indefinido sin condiciones. ColectivaXX/XX/XXTérminoPóliza de plazo indefinido condicionada. Póliza deplazo indefinido (condicionada o no) con término anticipado y renovación nogarantizada. XPóliza de plazo limitado y renovable con condiciones. Póliza de plazo limitado simple. PRIMAMONTO(*) UF XXXXX MONEDAPERÍODODEPAGOCONDICIONESCOMISIÓN TOTAL CORREDOR XUFAnualFijaMonto12, 5% de la prima neta + IVA PesoXMensualXAjustable Según ContratoNo hay Comisión OtraOtro REGLAS SOBRE PREEXISTENCIASART.CGART. CP Póliza sin exclusión de enfermedades preexistentes XPóliza con exclusión específica de enfermedades preexistentesArt.7POL320220100 XPóliza con exclusión general de enfermedades preexistentes CONDICIONESESPECIALESDEASEGURABILIDADART.CGART. CP XSiArt. 10POL320220100 No PERIODO DE CARENCIAART.CGART. CP No tiene carencia. EXCLUSIONESART.CGART. CP XSiArt.7POL320220100 No SISTEMADENOTIFICACIÓN Elaseguradohaautorizadoalacompañíaparaefectuar lasnotificacionesasociadasaestapóliza porelsiguientemedio: Xe-mailalcorreoelectrónico:XXXXX Cartaa lasiguientedirección: Otro: Lapresente carátula es un resumen de la información más relevante de la póliza y los conceptos fundamentales se encuentran definidos al reverso. Para una comprensión integral, se debe consultar las condiciones generales y particulares de la póliza. En cada punto se señala el artículo del condicionado general (CG) o condicionado particular (CP) donde puede revisarse el detalle respectivo.(*) Definido en las Condiciones Particulares de la Póliza. Nota:El asegurado tiene la obligación de entregar lainformación que la compañía requiera acerca de su estado de riesgo, en los casos y en la forma que determinala normativa vigente. La infracción a esta obligación puede acarrear la terminación del contrato o que no sea pagado el siniestro. Póliza con cobertura general de gastos médicos Póliza con cobertura de gastos médicos para enfermedades específicas XPóliza con cobertura complementaria de gastos médicos Póliza concobertura catastrófica
DEFINICIONES CÓDIGO CMF DE LA PÓLIZA: Es el Código con que la pólizafue depositada en la Comisión para el Mercado Financiero, conocido también como “código Pol”. Si la póliza incluye más de uno, se incluye sólo el de la cobertura principal. CONTRATANTE: La persona que celebra el seguro con la compañíaaseguradora y sobre quien recaen, en general, las obligaciones y cargas del contrato. Puede ser una persona diferente al asegurado. ASEGURADO:Aquel a quien afecta el riesgo que se transfiere a la compañía aseguradora. BENEFICIARIO:El que, aun sin ser asegurado, tiene derecho a la indemnización en caso de siniestro. TIPO DE RIESGO ASEGURADO:Según el tipo de riesgo, las pólizas pueden ser de los siguientes tipos: Es de cobertura general de gastos médicos cuando cubre todo o parte de los gastosmédicos efectuado por el asegurado, sin que estén limitados a ciertas enfermedadesespecíficas, o enfermedades calificadas como catastróficas o a cubrir el saldo no cubierto por otros seguros de salud, públicos o privados. Es de cobertura de gastos médicos para enfermedades específicas, cuando cubre los gastos médicos efectuados por el aseguradorespecto de ciertas enfermedades opatologías que se especifican en la póliza. Es de cobertura complementaria de gastos médicos, cuando cubre todo o parte de los gastos médicos efectuados por el asegurado, en aquella parte que no soncubiertos por el sistema de salud privado o público al que está afiliado. Es de cobertura catastrófica, cuando cubre todo o parte de los gastos médicos efectuados por el asegurado, limitados a enfermedades identificadas genérica oespecíficamente y siempre que el costo de atención supere un cierto monto mínimo que se especifica, esto es, un deducible o franquicia, según sea el caso, señaladoen la póliza. VIGENCIA:Período de tiempo durante el cual dura la cobertura de riesgo de la póliza contratada. RENOVACIÓN:Se refiere a si la póliza se extingue al vencimiento de su plazo o si se puede renovar. Es de plazo indefinido sin condiciones, cuando la cobertura no está sujeta a plazo ni a ningún requisito diferente de los cumplidos a la fecha de suscripción, salvo el pago de la prima, en las condiciones de cobertura señaladas en la póliza. Es de plazo indefinido condicionada cuando la cobertura no está sujeta a plazo determinado sino al cumplimiento de alguna delas condiciones objetivas definidas en la póliza, tales como siniestralidad máxima en ciertos períodos de tiempo, límites de edad uotras semejantes. Es de plazo indefinido (condicionada o no) con término anticipado y renovación no garantizada cuando la vigencia no está sujeta a un plazo determinado, pero en que cualquiera de las partes le puede poner término conforme a las estipulaciones del contrato. Es de plazo limitado y renovable con condiciones, cuando su vigencia está sujeta a un plazo determinado, pero que se entienderenovada en caso de cumplirse conciertas condiciones que se determinan objetivamente. Se entiende incluidas aquellas pólizas en que la renovación está condicionada a la aceptación por parte delasegurado decambios en las primas, o en las coberturas, siempre que estos cambios se encuentren dentro de marcos objetivos que ese establezca en la póliza original. No están incluidas aquellas en que una de las partes le puede poner término en cualquier momento sin expresión de causa. Es plazo limitado simple cuando su vigencia está sujeta a un plazo determinado, sin cláusula de renovación y que no puede serterminada antes de ese plazo sino por las causas señalas en la propia póliza, entre las que no podrá estar la sola voluntad de unade las partes. PRIMA:El precio que se cobra por el seguro. CONDICIONES DE PRIMA:La prima puede ser fija, si el monto es el mismo durante toda la vigencia de la póliza, o puede ser ajustable, si ese preciopuede sermodificado conforme a las normas incluidas en la póliza. COMISIÓN CORREDOR:Es la parte de la prima que recibe un corredor de seguros, que ha vendido el seguro por cuenta de la compañía. Puede expresarse como un monto fijo o un porcentaje de la prima. PERIODO DE PAGO:La periodicidad con la que el contratante debe pagar la prima. COBERTURA:El tipo de riesgo que está incluido en la protección otorgada por la póliza. CARENCIA:Período establecido en la póliza durante el cual no rige la protección del seguro. EXCLUSIONES:Aquellos riesgos especificados en la póliza que no son cubiertos por el seguro. CONDICIONES ESPECIALES DE ASEGURABILIDAD:Son los requisitos específicos que debe cumplir el asegurado para que la compañía cubra el riesgo y pague elseguro, en caso de siniestro. SISTEMA DE NOTIFICACIÓN:Sistema de comunicación que el cliente autoriza para que la compañía le efectúe todas las notificaciones requeridaso que la compañía requiera realizar. Es responsabilidad del cliente actualizar los datos cuando exista un cambio en ellos. IMPORTANTE Al contratar o incorporarse a este seguro de salud, usted debe tener presente lo siguiente: 1.Este es un seguro voluntario, que reembolsa sólo los gastos médicos cubiertos por esta póliza y de cargo del asegurado. 2.Este seguro, no sustituye la cobertura que otorga la ISAPRE o FONASA y no necesariamente cubre las mismas prestaciones. 3. Antes de contratar este seguro es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los siguientes aspectos: 3.1 Duración de este seguro. 3.2 Cómo y bajo qué condiciones se renueva este seguro. 3.3 De qué manera se va a reajustar el costo de este seguro, en caso de renovación. 3.4 En qué casos NO SE PAGARÁ ESTE SEGURO. 3.5 Los requisitos para cobrar el seguro. 4. En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar, al momento de contratar esteseguro (*): Este seguro: NOcontempla renovación garantizada. SIpodrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la póliza. NOconsidera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación. NOcubre preexistencias. 5. Las Condiciones Generales de este seguro se encuentran depositadas con el códigoPOL320220100en laComisión para el Mercado Financiero. Usted puede revisar este texto enwww.cmfchile.cl.
SOLICITUD DE INCORPORACIÓN YPOLIZAINDIVIDUAL SeguroComplementario Libre Elección60% N°pólizaXXXX Fecha de EmisiónXX/XX/XXXX Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. considerando, las declaraciones de salud cuando ellas correspondan, las cláusulas de Condiciones Generales registradas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF)yCondiciones Particulares insertas en la presente póliza y aceptadas por ambas partes, todo lo cual se considera parte integrante del presente contrato, asegura a: 1.DATOS DELASEGURADO TITULAR NombreXXX XXX; XXX XXX; XXX XXXX. RutXXX XXX; XXX XXX; XXX XXXX. 2.DATOS DELOSASEGURADOSDEPENDIENTES NombreXXX XXX; XXX XXX; XXX XXXX. RutXXX XXX; XXX XXX; XXX XXXX. Nombre Rut Nombre Rut Nombre Rut 3.INFORMACIÓN DE LA COBERTURA. Plan de SeguroSeguro Complementario Libre Elección60% Vía de PagoXXXX PeriodicidadMensual 4.VIGENCIA DE LA COBERTURA. Vigencia desde:XX/XX/XXVigencia hasta:XX/XX/XXRenovable automáticamente* (*)Condicionado a lo estipulado en elArtículo15de las Condiciones Generales de la póliza. Registro CMFRiesgos CubiertosN° AseguradoPrima Bruta Anual (UF) POL320220100Beneficio porHospitalizaciónXXXXX(**) POL320220100Beneficio porMaternidadXXXXX(**) POL320220100BeneficioAmbulatorioXXXXX(**) POL320220100Beneficio porMedicamentos AmbulatoriosXXXXX(**) POL320220100Beneficios EspecialesXXXXX(**) (**) El desglose de primas por cobertura, estainformado en Tabla de Primas de las Condiciones Particulares de la Póliza. Autorizo que toda comunicación y notificación que digan relación con el presente seguro pueda ser enviada al correo electrónico antes señalado. 5.IDENTIFICACIÓN DEL CORREDOR. Razón Social:QUEPLAN Corredores De Seguros SPA.Rut:76.824.542-8 Dirección:Monseñor Nuncio Sótero Sanz de Villalba 100, of 801, Santiago. 6.IDENTIFICACIÓN DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA. Razón Social:Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A.Rut: 99.012.000-5. Dirección:Av. El Bosque Sur 180, Piso 1, Las Condes, Santiago. 7.TABLA DE COMISIONES. Comisión de Intermediación:12,5%+ IVA sobre la prima neta, las que se pagancontra recaudación, descontando las devoluciones y cancelaciones. Pagado a: QUEPLAN Corredores De Seguros SPA., Rut 76.824.542-8 Comisión de Recaudación:12,5% + IVA sobre la prima neta, las que se pagan contra recaudación, descontando las devoluciones ycancelaciones. Pagado a: QUEPLAN Corredores De Seguros SPA., Rut 76.824.542-8 X
8.PRIMA Prima NetaXX,XXMensual IVAXX,XXMensual Prima BrutaXX,XXMensual Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. Rut99.012.000-5 CONDICIONES PARTICULARES COBERTURA:Beneficio de Hospitalización, Beneficio de Maternidad, Beneficio Ambulatorio, Beneficio Medicamentos Ambulatorios, Beneficios Especiales. I.IDENTIFICACIÓN DEL ASEGURADO Y PÓLIZA NÚMERO DE PÓLIZA:<XXXXXXX> DATOS DEL CONTRATANTE NOMBRE DELCONTRATANTE:<XXXXXXX> RUT:<XXXXXXX> GÉNERO:<XXXXXXX> CORREO ELECTRÓNICO:<XXXXXXX> DIRECCIÓN:<XXXXXXX> TELÉFONO:<XXXXXXX> DATOS DEL ASEGURADO TITULAR NOMBRE DEL ASEGURADO:<XXXXXXX> RUT:<XXXXXXX> GÉNERO:<XXXXXXX> CORREO ELECTRÓNICO:<XXXXXXX> DIRECCIÓN:<XXXXXXX> TELÉFONO:<XXXXXXX> DATOS DEL SEGURO INICIO DE VIGENCIA:<XXXXXXX> (Renovación anual automática condicionada a lo estipulado en el Artículo Artículo 15 delas Condiciones Generales) CONDICIONES GENERALES:Seguro Individual Complementario de SaludLibre Elección CÓDIGO CMF:POL320220100 MONEDA:Unidad de Fomento COMPAÑÍA:Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. DIRECCIÓN DE LA COMPAÑÍA:Avda. El Bosque Sur 180, Las Condes, Santiago. RUT COMPAÑÍA:99.012.000-5 NOMBRE DEL PRODUCTO:Seguro Complementario Libre Elección60% DATOS DE LOS ASEGURADOS:(Artículo4N°2de las Condiciones Generales) Nombre AseguradosTipo de Asegurado Fecha de Nacimiento EdadReal (años) Inicio de Vigencia <XXXXXXXXXXXXXXXXXX><XXXXXXX>XX/XX/XXXXXXXX/XX/XXXX <XXXXXXXXXXXXXXXXXX><XXXXXXX>XX/XX/XXXXXXXX/XX/XXXX <XXXXXXXXXXXXXXXXXX><XXXXXXX>XX/XX/XXXXXXXX/XX/XXXX <XXXXXXXXXXXXXXXXXX><XXXXXXX>XX/XX/XXXXXXXX/XX/XXXX <XXXXXXXXXXXXXXXXXX><XXXXXXX>XX/XX/XXXXXXXX/XX/XXXX
II.ASEGURADOS DEPENDIENTES. Podrán tener calidad de Asegurados Dependientes del Asegurado Titular en esta Póliza, quienes, habiendo sido debidamente aceptados como tales por la Compañía, correspondana Cónyuge, Conviviente Civil, Hijose Hijastrosdel Asegurado Titular. III.EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA. La edad máxima de permanencia del Asegurado Titular y Asegurados Dependientes son las siguientes: AseguradosEdad Mínima de Ingreso (Real) Edad Máxima de Ingreso (Real) Edad Máxima de Permanencia (Real) Titular18 años64 años y 364 días65 años y 364 días Cónyuge18 años64 años y 364 días65 años y 364 días Conviviente Civil18 años64 años y 364 días65 años y 364 días Hijo eHijastro14 días23 años y 364 días24 años y 364 días IV.DECLARACION PERSONAL DE SALUD. Es condición para la contratación de este seguro la suscripción de una Declaración Personal de Salud (DPS), la cual es parteintegrante de la póliza. Las enfermedades preexistentes declaradas por el asegurado titular, tanto por él como por su grupo familiar asegurado,no serán cubiertas por este seguro, por aplicación de la correspondiente exclusión de cobertura por enfermedades o dolencias preexistentes, incluida en el artículo 7 de las condiciones generales de la póliza POL320220100. Así también no operará la cobertura de esta póliza si la causa del siniestro fuese producto de alguna enfermedad o situación de salud preexistente, no declarada por el asegurado en su Declaración Personal de Salud. Las enfermedades, dolencias y situaciones de salud declaradas por el asegurado titular, por él y su grupo familiar, al momento de contratar este seguro, que por tantono serán cubiertas por este seguro, fueron las siguientes: ASEGURADORUT ASEGURADOENFERMEDAD, DOLENCIA O SITUACIÓN DE SALUD DECLARADA XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX V.DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS. A)BENEFICIOS DE HOSPITALIZACIÓN(Artículo 3 letra A de las Condiciones Generales) La Compañía reembolsará o pagará los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados incurridos por el Asegurado, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional, bienestar u otras instituciones, según lo señalado en el Artículo3de las Condiciones Generales, en los términos, porcentajes, límites y topes de reembolso definidos para cada prestación incluida en esta cobertura y que se encuentran expresamente indicadas en el Cuadro de Coberturas de estas Condiciones Particulares de la Póliza, a consecuencia de una Hospitalización. Se entiende por Hospitalización aquella definida en el Artículo4, numeral11de las Condiciones Generales de la Póliza. La cobertura que otorga la presente póliza, sus límites y topes se encuentran definidos en el Cuadro de Coberturas del AnexoN°1. B)BENENFICIO DE MATERNIDAD(Articulo 3 letra B de las Condiciones Generales) Si se contrata esta cobertura, la compañía de seguros reembolsará en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional o de bienestar, u otros seguros o convenios, según se describen en el artículo 2 precedente, los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados provenientes de una hospitalización, en que incurra, durante la vigencia de esta póliza, un asegurado que tenga la calidad deasegurada titular, la cónyuge o la conviviente civil del asegurado titular, y el recién nacido a consecuencia del embarazo, parto y nacimiento, siempre que la fecha de la concepción sea posterior a la fecha de inicio de vigencia de esta cobertura para la asegurada, salvo que en las Condiciones Particulares de esta póliza se establezca algo diferente. También estarán cubiertos por este beneficio las complicaciones
del embarazo, sea que el resultado de este sea un parto normal, prematuro, cesárea, aborto no voluntario, embarazo extrauterino o ectópico, la interrupción voluntaria del embarazo por las causales establecidas en el artículo 119 del Código Sanitario y cualquier situación inherente al embarazo que requiera de una hospitalización prenatal o postnatal, de la madre o del recién nacido. Los gastos médicos que se cubren bajo este Beneficio de Maternidad son todos aquellos definidos en las letras a, b y c, del Beneficio de Hospitalización anterior, todos los cuales se liquidarán bajo este beneficio, y será pagado sólo una vez por cada embarazo, incluyendo todas y cada una de las prestaciones relacionadas con el mismo, y la compañía de seguros solo reembolsará según el porcentajede reembolso y hasta el tope indicado para esta cobertura en el Cuadro de Beneficios de las Condiciones Particulares de la póliza, respecto de las siguientes situaciones: a) Parto normal; b) Cesárea; c) Aborto involuntario; d) Complicaciones del embarazo; e) Complicaciones del parto. C)BENEFICIO AMBULATORIO(Artículo 3 letraCde las Condiciones Generales) Si se contrata esta cobertura, la compañía de seguros reembolsará los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados incurridos por un asegurado, durante la vigencia de esta póliza, provenientes de prestaciones realizadas en forma ambulatoria o sin hospitalización, efectuadas o prescritas por un médico tratante, las cuales se indican expresamente en las Condiciones Particulares de la póliza bajo este beneficio en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional o de bienestar u otro seguro o convenio,según se describen en el artículo 2 precedente. El contratante podrá contratar una o más de estas prestaciones, las que deberán estar expresamente indicadas en el Cuadro de Beneficios de las Condiciones Particulares de la póliza, en los cuales se establecerán los términos, porcentajes, límites y topes de reembolso para cada prestación. Las prestaciones son las siguientes: •Consultas Médicas. •Exámenes de Laboratorio. •Exámenes de Imagenología. •Exámenes de Radiografía. •Exámenes de Ultrasonografía. •Exámenes de Medicina Nuclear. •Procedimientos de diagnósticos no quirúrgicos. •Procedimientos terapéuticos no quirúrgicos. D)BENEFICIO MEDICAMENTOS AMBULATORIOS(Articulo 3 letra D de las Condiciones Generales) Bajo este beneficio la compañía aseguradora reembolsará al Asegurado el costo de los medicamentos ambulatorios recetados porsu médico tratante durante el periodo de vigencia de este contrato de seguro, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional o de bienestar u otro seguro o convenio, según se describen en el artículo 2 precedente, de acuerdo a los porcentajes, límites y topes de reembolso definidos para este beneficio en el Cuadro de Beneficios de las Condiciones Particulares de la póliza. Los medicamentos ambulatorios susceptibles de ser reembolsados por la compañía aseguradora serán sólo aquellos que el asegurado deba consumir durante el periodo de su vigencia en la póliza, de acuerdo con la dosis prescrita por el médico tratante y en ningún caso la dosis a reembolsar podrá ser superior a treinta (30) días de tratamiento a partir de la fecha de compra de los medicamentos. Bajo este beneficio se podrán contratar las siguientes categorías de medicamentos ambulatorios, las cuales deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las categorías de medicamentos podrán ser las siguientes: i.Medicamentos Ambulatorios Genéricos: Se entienden incluidos en esta categoría los medicamentos que se comercializan bajo la denominación del principio activo que incorpora, siendo igual en composición y forma farmacéutica a la marca original, pero sin marca comercial, figurando en su lugar el nombre de su principio activo. ii. Medicamentos Ambulatorios Bioequivalentes: Se entienden incluidos en esta categoría los medicamentos o productos farmacéuticos que han demostrado mediante estudios científicos que producen el mismo efecto terapéutico que un remedio original y que han sido certificados como tales en el Instituto de Salud Pública de Chile o el organismo que le reemplace en el futuro. iii. Medicamentos Ambulatorios No Genéricos ni Bioequivalentes: Se entienden incluidos en esta categoría los medicamentos no comprendidos en las categorías anteriores, que se comercializan bajo un nombre comercial específico sujeto a la protección comercial que otorgan las agencias internacionales de patentes y que han sido registrados por un laboratorio farmacéutico, los que pueden corresponder a la fórmula original o a una copia; iv. Medicamentos Ambulatorios Inmunosupresores o Inmunomoduladores: Se entienden en esta categoría aquellos fármacos que actúan sobre el sistema inmunológico disminuyendo los efectos adversos sobre la enfermedad o trasplante. Estos medicamentos pueden sergenéricos o no genéricos;
v. Medicamentos Ambulatorios Antineoplásicos: Se entienden en esta categoría aquellos fármacos directamente asociados al tratamiento curativo o paliativo del cáncer. Se incluyen los medicamentos específicos usados en la quimioterapia y radioterapia, además de las drogas citotóxicas. Estos medicamentos pueden ser genéricos, bioequivalentes o no genéricos. E)BENEFICIOS ESPECIALES(Artículo 3 letra F de las Condiciones Generales) Bajo este beneficio la compañía cubrirá los Gastos MédicosRazonables y Acostumbrados correspondientes a las prestaciones y servicios que se indican a continuación, incurridos por un asegurado, durante la vigencia de esta póliza, en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional o de bienestar u otroseguro o convenio, según se describen en el artículo 2 precedente, de acuerdo con los porcentajes, límites y topes de reembolso señalados para cada prestación y servicio en el Cuadro de Beneficios de las Condiciones Particulares de la póliza. Las prestaciones y servicios son las que se encuentran detalladas en el Artículo 3, letra F de las Condiciones Generales. VI.PRESTADOR DE SALUD. Esta cobertura complementaria de salud operaen todas las clínicas y hospitales del territorio nacional. VII.GASTOS REEMBOLSABLES Y BONIFICACIÓN MÍNIMA DE SALUD. La Compañía cubrirá los Gastos Reembolsables según el porcentaje de reembolso dependiendo de la coberturay la Bonificación Mínima de Salud (BM) correspondiente acada cobertura, que se detallan en el Anexo N°1 deestas Condiciones Particulares. Para los efectos de establecer el monto de la indemnización, la Compañía aplicará el mayor valor entre: (i)El porcentaje total cubierto por el sistema de salud previsional del Asegurado en conjunto con otros seguros, sistemas o instituciones que otorguen beneficios médicos al cual pertenezca el Asegurado; y, (ii)El porcentaje de Bonificación Mínima de Salud (BM) correspondiente al Prestador de Salud. Al total de los gastos médicos presentados a la Compañía, se le descontará el resultado de aplicar a dicho monto el mayor porcentaje determinado precedentemente. Por último, al resultado anterior se aplicará el porcentaje de reembolso, según cobertura, correspondiente al Prestador de Salud indicado en el Anexo N°1 de estas Condiciones Particulares. VIII.CARENCIA. Las coberturas de esta póliza no consideran carencia. IX.DEDUCIBLE(Articulo 4, n°13 de lasCondiciones Generales) El monto del Deduciblepara esta pólizacorrespondea UF 0,50que se aplicará por cada asegurado, por cada periodo de vigencia de la póliza y por cada una de sus renovaciones. X.EXCLUSIONES(Artículo7de las Condiciones Generales) Aplican las exclusiones de cobertura establecidas en el artículo 7 de las condiciones generales del POL 320220100. Sin perjuicio de las exclusiones precedentes, respecto a las Enfermedades o Patologías preexistentes, no se aplicará dicha exclusión a los asegurados que hayan sufrido una patología oncológica antes de la fecha de suscripción del contrato, cuando hayan transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior. XI.VIGENCIA DEL CONTRATO DE SEGURO(Artículo 15de las Condiciones Generales) El contrato de seguro entrará en vigencia en la fecha indicada en las Condiciones Particulares de la Pólizaytendrá la duración señalada en las mismasCondiciones Particulares. La vigencia de los asegurados dependientes está supeditada a la vigencia del asegurado titular en esta póliza. Tratándose de nuevos asegurados dependientes cuya incorporación sea solicitada por el asegurado titular con posterioridad alinicio de vigencia de cobertura del asegurado titular y cuya solicitud de incorporación, por haberse cumplido los requisitos de asegurabilidad, haya sido aceptada por la compañía aseguradora, la cobertura al nuevo asegurado dependiente se otorgará hasta el término de vigencia del asegurado titular.