Página1de16 CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZAINDIVIDUALCOMPLEMENTARIODEMÁSSALUD POL32024 0006 De conformidad con la propuesta presentada, la que forma parte integrante de la Póliza,Help Seguros de Vida S.A., asegura de acuerdo con los términos y condiciones de la presente Póliza, y según lo establecido en la POL 320240006a los Asegurados incorporados en la Póliza, contra los riesgos detallados y hasta las sumas consignadas en este instrumento, de acuerdo a los montos máximos, plazos y demás condiciones que se indican en estas condiciones particulares. Se deja expresa constancia que el asegurado ha autorizado que las comunicaciones o notificaciones que la compañía de seguro o la corredora envíen o deban enviar en razón de la póliza, se dirijan al correo electrónico indicado en la Grabación o Propuesta deCobertura. 1.ASEGURADOS. 1.1.Contratante:El Contratante corresponderá a la persona que celebra el contrato de seguro con la Compañía y sobre quién recaen, las obligaciones y cargas del contrato. El Contratante puede manifestar su voluntad de contratar el seguro para sí mismo o para un tercero. 1.2.Asegurados.Podrán ser asegurados de esta póliza: SeráAsegurado Titularde esta Póliza, aquella persona que previa evaluación y aceptación del riesgo por parte de la Compañía, se encuentre debidamente incorporada como tal en esta Póliza. Podrán tener la calidad deAsegurados Dependientesdel Titular de esta Póliza, quienes sean parte de su grupo familiar, según el siguiente detalle: •Cónyuge o conviviente civil o pareja.Estas categorías son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. •Hijos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. •Nietos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. •Padre y/o madre del asegurado titular No obstante lo anterior, podrá tener la calidad de asegurado titular un menor edad sólo si el contratante del seguro corresponde al padre o madre, abuelo(a), hermano(a) mayor de edad, tío (a) consanguíneo del propuesto titular. En estos casos, será requisito que el contratante asuma la responsabilidad de las primas del seguro y que quien detente la calidad de asegurado titular menor de edad cumpla con los requisitos de asegurabilidad establecidos para los parentescoshijo o nietos, según corresponda, que seencuentran fijados en el numeral5de estas Condiciones Particulares 2.PRESTADORESDE SALUDEXCLUSIVOS 2.1.Región Metropolitana:Prestadores de Salud Exclusivos: 2.1.1Red Santa María Prestador: Clínica Santa María SPA N° de Registro: 15 de la Superintendencia de Salud RUT: 90.753.000-0 Dirección: Avenida Santa María 0500,Providencia, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Centro Médico Santa María La Dehesa Razón Social: Centros Médicos y Dentales Multimed Ltda. RUT: 78.597.740-8 Dirección: Avenida La Dehesa 1445, Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Centro Médico Santa María La Reina Razón Social: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5
Página2de16 Dirección: Avenida Ossa 345, La Reina, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Servicios Médicos Santa María Ltda. Razón Social: Servicios Médicos SantaMaría Ltda. RUT: 77.200.240-8 Dirección: Avda. Santa María 0410 Providencia-Santiago-Chile. Prestador: Asociación Médica Santa María SPA Razón Social: Asociación Médica Santa María SPA RUT: 76.933.886-1 Dirección: Avda. Santa María 0410Providencia-Santiago-Chile. Prestador: Centro Médico Santa María Vitacura Razón Social: Clínica Santa María SPA RUT:90.753.000-0 Dirección: Avda. Vitacura 4705, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Unidad Toma de MuestraPríncipe de Gales Razón Social: Clínica Santa María RUT: 90.753.000-0 Dirección: Avda. Príncipe de Gales 9140, Local 218, La Reina, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Unidad Toma de Muestra El Alba Razón Social: Clínica Santa María RUT:90.753.000-0 Dirección: Camino El Alba 11865, Local 215, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana 2.1.2Red Dávila Prestador: Clínica Dávila Recoleta N° de Registro: 2 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.530.470-3 Dirección: Av.Recoleta 464, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Clínica Dávila Vespucio N° de Registro: 17 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.898.980-4 Dirección: Serafín Zamora 190, La Florida, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5 Centro Médico Dávila Las Condes N° de Registro: 496 de la Superintendencia de Salud Dirección: El Bosque Norte 0110, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico Dávila Ñuñoa N° de Registro: 649 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida Irarrázaval 2401, Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico Dávila Maipú N° de Registro: 636 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida Pajaritos 1948, Maipú, Santiago, Región Metropolitana
Página3de16 Centro Médico y Dental Vidaintegra Bandera N° de Registro:309 de la Superintendencia de Salud Dirección:Bandera 101, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Puente Alto N° de Registro: 668 de la Superintendencia de Salud Dirección: Ernesto Alvear 63, Puente Alto, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Quilicura N° de Registro: 25 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida O'Higgins 358,Quilicura, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Alameda. N° de Registro:353 de la Superintendencia de Salud Dirección: Av.Libertador Bernardo O ́Higgins 1620, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Servicios Integrados de Salud Ltda. RUT: 79.980.070-5 Dirección: Av. Recoleta 464, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Servicios Médicos Vespucio Ltda. RUT: 76.696.200-9 Dirección: Serafín Zamora 190, La Florida, Santiago, RegiónMetropolitana 2.2.Región del Biobío:Prestadores de Salud Exclusivos Prestador: Clínica Biobío S.A. N° de Registro: 132 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.885.940-4 Dirección: Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío Prestador: Servicios Médicos del Biobío Ltda. RUT: 76.686.200-4 Dirección: Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío 2.3.Región de Valparaíso:Prestadores de Salud Exclusivos Red Clínica Ciudad Del Mar Prestador: Clínica Ciudad delMar N° de Registro: 7 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.885.950-1 Dirección: 13 Norte 635 Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Centro Médico Libertad Razón Social:Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda. RUT:76.055.963-6 Dirección:Avenida Libertad 113, Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Centro Médico Bosques Razón Social:Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda. RUT:76.055.963-6 Dirección:Avenida Edmundo Eluchans 2030, Viña delMar, Región de Valparaíso Prestador:Centro Médico Integral de la Mujer Razón Social:Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda.
Página4de16 RUT:76.055.963-6 Dirección:Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Laboratorio Clínica Vida Integra la Mujer Razón Social:Omesa SPA RUT:96.617.350-5 Dirección:Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso En caso de que algunos de los centros médicos antes indicados como prestador exclusivo, dejen de funcionar o prestar servicios médicos, laCompañíaseguirá otorgando las coberturas detalladas en estasCondiciones ParticularesenlasClínicas señaladas anteriormente,dando cumplimiento así a este contrato del seguro. 2.4.Otras Regiones:No existe prestador exclusivo en otras regiones.No se otorga cobertura en regiones. 3.COBERTURAS 3.1.SeguroComplementarioMásSaludPlus-PlanBase Se reembolsará o pagará losgastos incurridosdirectamente alaseguradoo al prestador de salud, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos ambulatoriosy hospitalariosrazonables y acostumbrados realizados enalgunos de losprestadoresexclusivosantes señalado,efectuados o prescritos por un médico tratante, en que haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapacidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza. 3.1.1.El Cuadro de Coberturas o Plan de Reembolsos en los prestadores de salud exclusivoses el siguiente: SEGURO COMPLEMENTARIOMÁSSALUDPLUS-PLAN BASE COBERTURA/ PRESTADOR EXCLUSIVO % ReembolsoTope Red Prestadores 1Red Prestadores 2 Prestación (UF) Anual (UF) COBERTURAAMBULATORIA Consulta Médica70%60% Sin TopeSin Tope Exámenes de Laboratorio, Imagenología, Radiografía y Ultrasonografía70%60% Procedimientos de diagnósticos y terapéuticos no quirúrgicos70%60% Cirugía Ambulatoria70%60% Kinesiología y Fonoaudiología70%60%UF 0,5UF 11 COBERTURA HOSPITALARIA Día Cama70%50% Sin TopeSin TopeHonorarios Médicos70%50% Servicios Hospitalarios70%50% Cirugía Bariátrica (IMC =>40)70%50%UF 8 COBERTURADE MATERNIDAD Parto Normal o Cesárea70%50% Sin Tope UF 30 Complicaciones del Embarazo70%50%UF 25 Aborto no voluntario70%50%UF 15 COBERTURADE URGENCIA Consulta Médica en Servicio de Urgencia70%60%UF 1 Sin TopeExámenes de Laboratorio,Imagenología, Radiografía y Ultrasonografía en Servicio de Urgencia70%60%
Página5de16 Procedimientos de diagnósticos y terapéuticos no quirúrgicos en Servicio de Urgencia70%60%Sin Tope Medicamentos, Materiales e Insumos en Servicio de Urgencia70%60%UF 3 COBERTURADE SALUD MENTAL Consultas Psiquiatría, Psicología y Psicopedagogía70%60%UF 1Sin Tope COBERTURAS ESPECIALES Consulta de Nutricionista y Terapia Ocupacional70%60%UF 0,5UF 11 Prótesis y Órtesis Ambulatorias (aranceladas)70%60%UF10 Óptica (Cristales, Marcos y Lentes de Contacto)70%60%UF 3 Cirugía Ocular y Refractiva70%60%UF 10 Cobertura Riesgo Vital fuera de la Red de los Prestadores Exclusivos70%60%UF 35 Ambulancia Terrestre (50 km radio urbano)70%60%UF 20 MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO ANUALUF 350 POR ASEGURADO Red Prestadores 1:Clínica Dávila RecoletayClínica Dávila Vespucio Red Prestadores 2:Clínica Santa María,Clínica BiobíoyClínica Ciudad del Mar En ningún caso la compañía reembolsará más alládel monto máximo de reembolso del Plan de Reembolso,aunque los topes anuales del detalle de prestaciones sean superiores a éste. 3.1.2.El plan de reembolsos antes indicado se ajustará a según los siguientes términos: a)Urgencias de riesgo vital: Se incluye enla CoberturaRiesgo Vital, la atención de urgencia por riesgo vital en cualquier prestador del territorio nacionalhasta la estabilización delpaciente, según los porcentajes y topesestablecidosen el Plan de Reembolsos y considerando el Arancel deClínicaSantaMaría. Para estos efectos, se entenderá por riesgo vital todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, que pone en peligro la vida y es altamente probable la ocurrencia de muerte si la persona no es atendida inmediatamente en un centro asistencial cercano al lugar del suceso.Este evento debe ser diagnosticado por un médico y confirmado con evidencia clínica, radiológica, histológica y/o de laboratorio, que sea aceptable por el Asegurador. b)Limitaciones de Cobertura (Artículo3POL32024 0006 b.1)Prestaciones Aranceladas SIN bonificación Sistema de Salud PrevisionaldeSaludPrivado o Público:Los gastos médicos cubiertos por la póliza, que se encuentren incluidos en el Arancel del Prestador Exclusivo, que noreciban bonificacióndel sistema previsional de saludal cual se encuentra afiliado el asegurado, gozarán de cobertura por la póliza considerando una rebaja del 35% al copago presentado a reembolso. b.2)Prestaciones no aranceladas:Los gastos médicosque no seencuentren incluidos en el Aranceldel Prestador Exclusivo,no gozarán de cobertura porel seguro. b.3)Prestaciones sin estarafiliado a IsapreoFonasagrupos B, C o D:En aquellos casos en que las prestaciones médicas cubiertas por la póliza se realicen estando el asegurado sin afiliación a una Isapre o Fonasa grupos B, C o D, se aplicará una rebaja del 80% al copago presentado a reembolso. b.4)Gastos en el extranjero: Los gastos médicos incurridos en el extranjero no gozarán de cobertura por la póliza. 3.1.3.Monto Máximo de Reembolso Anual por Asegurado:UF350 anuales. 3.1.4.Deducible Anual por Asegurado: Durante la vigencia de lapóliza, en la cobertura de Complementario de Salud, se aplicará un deducible anual por asegurado, según el siguiente detalle: DeducibleAnual por AseguradoCoberturas UF 5,00Hospitalaria
Página6de16 Maternidad UF 0,7 Ambulatoria Urgencias Salud Mental Especiales 3.2.Seguro ComplementarioMásSaludPlusPlan Ampliado Una vez consumido el monto máximo de reembolso de la cobertura Complementario de Salud Base, se reembolsará o pagará los gastos médicos razonables y acostumbrados realizados enalgunos de los prestadoresexclusivos, ya seadirectamente al beneficiario o al prestador de salud,siemprecomo complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, según lo indicado en el siguiente Cuadro de Coberturas o Plan de Reembolsos, los que deberán haber sidoefectuados o prescritos por un médico tratante,y que se hayan originadoa consecuencia de una incapacidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza. 3.2.1.El Cuadro de Coberturas o Plan de Reembolsos en los prestadores de salud exclusivos es el siguiente: SEGURO COMPLEMENTARIOMÁSSALUDPLUS-PLANAMPLIADO COBERTURA/ PRESTADOR EXCLUSIVO %ReembolsoTope Red Prestadores 1 Red Prestadores 2 Prestación (UF) Anual (UF) COBERTURAAMBULATORIA Día Cama100%80% Sin TopeSin TopeHonorarios Médicos100%80% Servicios Hospitalarios100%80% COBERTURAS ESPECIALES Prótesis yórtesis Ambulatorias (aranceladas)100%100%UF 10 Ambulancia terrestre (50 km radio urbano)100%100%UF 10 MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO ANUALUF1.500 POR ASEGURADO Red Prestadores 1:Clínica Dávila RecoletayClínica Dávila Vespucio RedPrestadores 2:Clínica Santa María,Clínica BiobíoyClínica Ciudad del Mar 3.2.2.El plan de reembolsos antes indicado se ajustará a según los siguientes términos: a)Limitaciones de Cobertura (Artículo3POL32024 0006) a.1)Prestaciones Aranceladas SIN bonificación Sistema de Salud Previsionalde Salud Privado o Público: Los gastos médicos cubiertos por la póliza, que se encuentren incluidos en el Arancel del Prestador Exclusivo, que no reciban bonificación del sistema previsional de salud al cual se encuentra afiliado el asegurado, gozarán de cobertura por la póliza considerando una rebaja del 35% al copago presentado a reembolso. a.2)Prestaciones no aranceladas:Los gastos médicosque no seencuentren incluidos en el Aranceldel Prestador Exclusivo,no gozarán de cobertura porel seguro. a.3)Prestaciones sin estar afiliado a IsapreoFonasagrupos B, C o D:En aquellos casos en que las prestacionesmédicas cubiertas por la pólizase realicen estando el asegurado sinafiliación a una Isapre o Fonasa grupos B, C o D,al porcentaje de reembolso presentado se aplicará una rebaja del 80% al porcentaje de cobertura establecido en el plan reembolso para las prestaciones con cobertura del sistema previsional de salud del asegurado. a.4)Gastos en el extranjero:
Página7de16 Los gastos médicos incurridos en el extranjero no gozarán de cobertura por la póliza. 3.2.3.Monto Máximo de Reembolso Anual por Asegurado: UF 1.500 anuales. 3.3.Insuficiencia Técnica del Prestador Exclusivo: En aquellos casos que el prestador exclusivo no cuente con la capacidad técnica para entregar prestaciones médicas requeridas para el tratamiento de la incapacidad cubierta por la póliza, deberá cumplirse copulativamente lo siguiente para gozar de cobertura: •Las prestaciones médicas requeridas deben encontrarse incluidas en el Arancel Fonasa vigente o el que lo reemplace a la fecha del requerimiento. •Las prestaciones médicas deben ser de tipo curativo y no deben estar incluidas en las exclusiones de cobertura del condicionado general que rige el seguro. •El prestador exclusivoen insuficiencia técnica derivará expresamentela ejecución de las prestaciones a un prestador externo, que cumpla con las exigencias médicas para entregar las prestaciones requeridas. La constancia de la derivación debe efectuarse mediante la extensión de un certificado de derivación, que detalle el tratamiento requerido y el prestador nominado para ello. Si se cumplen las condiciones antes indicadas, las prestaciones médicas serán reembolsadasconforme a los porcentajes y topes indicados en el cuadro de coberturas, y considerando los ajustes o limitaciones de cobertura que apliquen. Para estos efectos se entiende por insuficiencia técnica del prestador exclusivo, que éste no cuente en el Arancel de Prestaciones Médicas que otorga con las prestaciones médicasnecesariaspara el tratamiento de una incapacidad cubierta por la póliza 3.4.Aranceles Prestadores Exclusivos: Las prestaciones cubiertas por la Póliza serán aquellas incluidas en el Arancel del Prestador Exclusivo que otorgó las prestaciones, que se encuentra identificado en el artículo 2 de estas Condiciones Particulares, y que sean requeridas para el tratamiento de la incapacidad cubierta por un Evento amparado por la Póliza. LosArancelesdelosreferidosprestadoresexclusivos, formanparte integrante del contrato y se encuentra a disposición delaseguradoen el prestador y en el sitio web decadaInstitución de Salud.Cada Arancel contiene los precios de las prestaciones y los honorarios médicos vigentes decadaPrestador Exclusivo. En caso de que alguna prestación exceda dichos aranceles, la Compañía sólo reembolsará de acuerdo a estos aranceles y cualquier diferencia será de costo del Asegurado. 4.EXCLUSIONES Rigen las exclusiones contenidas enel Artículo8delCondicionado GeneralPOL320240006. 5.CONDICIONESY REQUISITOSDE ASEGURABILIDAD 5.1.Edades límites que deben cumplir los asegurados: 5.1.1.Titulares, cónyuge o conviviente civil o pareja: •Edad mínima de incorporación a la póliza: 18años y 0 días. •Edad máxima de incorporación a la póliza: 69 años y 364 días •Edad máxima permanencia en la póliza:109años y 364 días. Para aquellos casos en que el Asegurado Titular sea un menor edad según lo indicado en el artículo 1.2. de esta Condiciones Particulares, éste deberá cumplir con los requisitos de asegurabilidad establecidos en el numeral siguiente. 5.1.2.Edades límites para los hijosy nietosdel titular, del o la cónyuge o conviviente civil o pareja: •Edad mínima de incorporación a lapóliza: •Desde el día del nacimiento si la fecha de concepción del embarazo es posterior a la fecha de inicio de vigencia de la póliza y es inscrito dentro de los 60 días de nacido. Si es incluido con posterioridad al