Puedes mirar todos los documentos oficiales para revisar la información del producto, condiciones y beneficios. También puedes enviártelos a tu correo electrónico
Condiciones Particulares
Página1de15 CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZAINDIVIDUALCOMPLEMENTARIODEMÁSSALUD POL32024 0006 De conformidad con la propuesta presentada, la que forma parte integrante de la Póliza,Help Seguros de Vida S.A., asegura de acuerdo con los términos y condiciones de la presente Póliza, y según lo establecido en la POL 320240006a los Asegurados incorporados en la Póliza, contra los riesgos detallados y hasta las sumas consignadas en este instrumento, de acuerdo a los montos máximos, plazos y demás condiciones que se indican en estas condiciones particulares. Se deja expresa constancia que el asegurado ha autorizado que las comunicaciones o notificaciones que la compañía de seguro o la corredora envíen o deban enviar en razón de la póliza, se dirijan al correo electrónico indicado en la Grabación o Propuesta deCobertura. 1.ASEGURADOS. 1.1.Contratante:El Contratante corresponderá a la persona que celebra el contrato de seguro con la Compañía y sobre quién recaen, las obligaciones y cargas del contrato. El Contratante puede manifestar su voluntad de contratar el seguro para sí mismo o para un tercero. 1.2.Asegurados.Podrán ser asegurados de esta póliza: SeráAsegurado Titularde esta Póliza, aquella persona que previa evaluación y aceptación del riesgo por parte de la Compañía, se encuentre debidamente incorporada como tal en esta Póliza. Podrán tener la calidad deAsegurados Dependientesdel Titular de esta Póliza, quienes sean parte de su grupo familiar, según el siguiente detalle: •Cónyuge o conviviente civil o pareja.Estas categorías son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. •Hijos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. •Nietos del Asegurado Titular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. •Padre y/o madre del asegurado titular No obstante lo anterior, podrá tener la calidad de asegurado titular un menor edad sólo si el contratante del seguro corresponde al padre o madre, abuelo(a), hermano(a) mayor de edad, tío (a) consanguíneo del propuesto titular. En estos casos, será requisito que el contratante asuma la responsabilidad de las primas del seguro y que quien detente la calidad de asegurado titular menor de edad cumpla con los requisitos de asegurabilidad establecidos para los parentescoshijo o nietos, según corresponda, que seencuentran fijados en el numeral5de estas Condiciones Particulares 2.PRESTADORESDE SALUDEXCLUSIVOS 2.1.Región Metropolitana:Prestadores de Salud Exclusivos: 2.1.1Red Santa María Prestador: Clínica Santa María SPA N° de Registro: 15 de la Superintendencia de Salud RUT: 90.753.000-0 Dirección: Avenida Santa María 0500,Providencia, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Centro Médico Santa María La Dehesa Razón Social: Centros Médicos y Dentales Multimed Ltda. RUT: 78.597.740-8 Dirección: Avenida La Dehesa 1445, Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Centro Médico Santa María La Reina Razón Social: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5
Página2de15 Dirección: Avenida Ossa 345, La Reina, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Servicios Médicos Santa María Ltda. Razón Social: Servicios Médicos SantaMaría Ltda. RUT: 77.200.240-8 Dirección: Avda. Santa María 0410 Providencia-Santiago-Chile. Prestador: Asociación Médica Santa María SPA Razón Social: Asociación Médica Santa María SPA RUT: 76.933.886-1 Dirección: Avda. Santa María 0410Providencia-Santiago-Chile. Prestador: Centro Médico Santa María Vitacura Razón Social: Clínica Santa María SPA RUT:90.753.000-0 Dirección: Avda. Vitacura 4705, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana. Prestador: Unidad Toma de MuestraPríncipe de Gales Razón Social: Clínica Santa María RUT: 90.753.000-0 Dirección: Avda. Príncipe de Gales 9140, Local 218, La Reina, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Unidad Toma de Muestra El Alba Razón Social: Clínica Santa María RUT:90.753.000-0 Dirección: Camino El Alba 11865, Local 215, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana 2.1.2Red Dávila Prestador: Clínica Dávila Recoleta N° de Registro: 2 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.530.470-3 Dirección: Av.Recoleta 464, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Clínica Dávila Vespucio N° de Registro: 17 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.898.980-4 Dirección: Serafín Zamora 190, La Florida, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5 Centro Médico Dávila Las Condes N° de Registro: 496 de la Superintendencia de Salud Dirección: El Bosque Norte 0110, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico Dávila Ñuñoa N° de Registro: 649 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida Irarrázaval 2401, Ñuñoa, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico Dávila Maipú N° de Registro: 636 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida Pajaritos 1948, Maipú, Santiago, Región Metropolitana
Página3de15 Centro Médico y Dental Vidaintegra Bandera N° de Registro:309 de la Superintendencia de Salud Dirección:Bandera 101, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Puente Alto N° de Registro: 668 de la Superintendencia de Salud Dirección: Ernesto Alvear 63, Puente Alto, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Quilicura N° de Registro: 25 de la Superintendencia de Salud Dirección: Avenida O'Higgins 358,Quilicura, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Alameda. N° de Registro:353 de la Superintendencia de Salud Dirección: Av.Libertador Bernardo O´Higgins 1620, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Servicios Integrados de Salud Ltda. RUT: 79.980.070-5 Dirección: Av. Recoleta 464, Recoleta, Santiago, Región Metropolitana Prestador: Servicios Médicos Vespucio Ltda. RUT: 76.696.200-9 Dirección: Serafín Zamora 190, La Florida, Santiago, RegiónMetropolitana 2.2.Región del Biobío:Prestadores de Salud Exclusivos Prestador: Clínica Biobío S.A. N° de Registro: 132 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.885.940-4 Dirección: Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío Prestador: Servicios Médicos del Biobío Ltda. RUT: 76.686.200-4 Dirección: Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío 2.3.Región de Valparaíso:Prestadores de Salud Exclusivos Red Clínica Ciudad Del Mar Prestador: Clínica Ciudad delMar N° de Registro: 7 de la Superintendencia de Salud RUT: 96.885.950-1 Dirección: 13 Norte 635 Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Centro Médico Libertad Razón Social:Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda. RUT:76.055.963-6 Dirección:Avenida Libertad 113, Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Centro Médico Bosques Razón Social:Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda. RUT:76.055.963-6 Dirección:Avenida Edmundo Eluchans 2030, Viña delMar, Región de Valparaíso Prestador:Centro Médico Integral de la Mujer Razón Social:Servicios Médicos Clínica Ciudad del Mar Ltda.
Página4de15 RUT:76.055.963-6 Dirección:Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Laboratorio Clínica Vida Integra la Mujer Razón Social:Omesa SPA RUT:96.617.350-5 Dirección:Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso En caso de que algunos de los centros médicos antes indicados como prestador exclusivo, dejen de funcionar o prestar servicios médicos, laCompañíaseguirá otorgando las coberturas detalladas en estasCondiciones ParticularesenlasClínicas señaladas anteriormente,dando cumplimiento así a este contrato del seguro. 2.4.Otras Regiones:No existe prestador exclusivo en otras regiones.No se otorga cobertura en regiones. 3.COBERTURAS 3.1.SeguroComplementarioMásSaludPlus-PlanBase Se reembolsará o pagará losgastos incurridosdirectamente alaseguradoo al prestador de salud, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos ambulatoriosy hospitalariosrazonables y acostumbrados realizados enalgunos de losprestadoresexclusivosantes señalado,efectuados o prescritos por un médico tratante, en que haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapacidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza. 3.1.1.El Cuadro de Coberturas o Plan de Reembolsos en los prestadores de salud exclusivoses el siguiente: SEGURO COMPLEMENTARIOMÁSSALUD-PLAN BASE COBERTURA/ PRESTADOR EXCLUSIVO % ReembolsoTope Red Prestadores 1Red Prestadores 2 Prestación (UF) Anual (UF) COBERTURAAMBULATORIA Consulta Médica70%60% Sin TopeSin Tope Exámenes de Laboratorio, Imagenología, Radiografía y Ultrasonografía70%60% Procedimientos de diagnósticos y terapéuticos no quirúrgicos70%60% Cirugía Ambulatoria70%60% Kinesiología y Fonoaudiología70%60%UF 0,5UF 11 COBERTURA HOSPITALARIA Día Cama70%50% Sin TopeSin TopeHonorarios Médicos70%50% Servicios Hospitalarios70%50% Cirugía Bariátrica (IMC =>40)70%50%UF 8 COBERTURADE MATERNIDAD Parto Normal o Cesárea70%50% Sin Tope UF 30 Complicaciones del Embarazo70%50%UF 25 Aborto no voluntario70%50%UF 15 COBERTURADE URGENCIA Consulta Médica en Servicio de Urgencia70%60%UF 1 Sin TopeExámenes de Laboratorio,Imagenología, Radiografía y Ultrasonografía en Servicio de Urgencia70%60%
Página5de15 Procedimientos de diagnósticos y terapéuticos no quirúrgicos en Servicio de Urgencia70%60%Sin Tope Medicamentos, Materiales e Insumos en Servicio de Urgencia70%60%UF 3 COBERTURADE SALUD MENTAL Consultas Psiquiatría, Psicología y Psicopedagogía70%60%UF 1Sin Tope COBERTURAS ESPECIALES Consulta de Nutricionista y Terapia Ocupacional70%60%UF 0,5UF 11 Prótesis y Órtesis Ambulatorias (aranceladas)70%60%UF10 Óptica (Cristales, Marcos y Lentes de Contacto)70%60%UF 3 Cirugía Ocular y Refractiva70%60%UF 10 Cobertura Riesgo Vital fuera de la Red de los Prestadores Exclusivos70%60%UF 35 Ambulancia Terrestre (50 km radio urbano)70%60%UF 20 MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO ANUALUF 350 POR ASEGURADO Red Prestadores 1:Clínica Dávila RecoletayClínica Dávila Vespucio Red Prestadores 2:Clínica Santa María,Clínica BiobíoyClínica Ciudad del Mar En ningún caso la compañía reembolsará más alládel monto máximo de reembolso del Plan de Reembolso,aunque los topes anuales del detalle de prestaciones sean superiores a éste. 3.1.2.El plan de reembolsos antes indicado se ajustará a según los siguientes términos: a)Urgencias de riesgo vital: Se incluye enla CoberturaRiesgo Vital, la atención de urgencia por riesgo vital en cualquier prestador del territorio nacionalhasta la estabilización delpaciente, según los porcentajes y topesestablecidosen el Plan de Reembolsos y considerando el Arancel deClínicaSantaMaría. Para estos efectos, se entenderá por riesgo vital todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, que pone en peligro la vida y es altamente probable la ocurrencia de muerte si la persona no es atendida inmediatamente en un centro asistencial cercano al lugar del suceso.Este evento debe ser diagnosticado por un médico y confirmado con evidencia clínica, radiológica, histológica y/o de laboratorio, que sea aceptable por el Asegurador. b)Limitaciones de Cobertura (Artículo3POL32024 0006 b.1)Prestaciones Aranceladas SIN bonificación Sistema de Salud PrevisionaldeSaludPrivado o Público:Los gastos médicos cubiertos por la póliza, que se encuentren incluidos en el Arancel del Prestador Exclusivo, que noreciban bonificacióndel sistema previsional de saludal cual se encuentra afiliado el asegurado, gozarán de cobertura por la póliza considerando una rebaja del 35% al copago presentado a reembolso. b.2)Prestaciones no aranceladas:Los gastos médicosque no seencuentren incluidos en el Aranceldel Prestador Exclusivo,no gozarán de cobertura porel seguro. b.3)Prestaciones sin estarafiliado a IsapreoFonasagrupos B, C o D:En aquellos casos en que las prestaciones médicas cubiertas por la póliza se realicen estando el asegurado sin afiliación a una Isapre o Fonasa grupos B, C o D, se aplicará una rebaja del 80% al copago presentado a reembolso. b.4)Gastos en el extranjero: Los gastos médicos incurridos en el extranjero no gozarán de cobertura por la póliza. 3.1.3.Monto Máximo de Reembolso Anual por Asegurado:UF350 anuales. 3.1.4.Deducible Anual por Asegurado: Durante la vigencia de lapóliza, en la cobertura de Complementario de Salud, se aplicará un deducible anual por asegurado, según el siguiente detalle:
Página6de15 3.2.InsuficienciaTécnica del Prestador Exclusivo:En aquellos casos que el prestador exclusivo no cuente con la capacidad técnica para entregar prestaciones médicas requeridasparaeltratamientodelaincapacidadcubiertaporlapóliza,deberácumplirse copulativamente lo siguiente para gozar de cobertura: •Las prestaciones médicas requeridas deben encontrarse incluidas en el Arancel Fonasa vigente o el que lo reemplace a la fecha del requerimiento. •Las prestaciones médicas deben ser de tipo curativo y no deben estar incluidas en las exclusiones de cobertura del condicionado general que rige el seguro. •El prestador exclusivoen insuficiencia técnica derivará expresamentela ejecución de las prestaciones a un prestador externo, que cumpla con las exigencias médicas para entregar las prestaciones requeridas. La constancia de la derivación debe efectuarse mediante la extensión de un certificado de derivación, que detalle el tratamiento requerido y el prestador nominado para ello. Si se cumplen las condiciones antes indicadas, las prestaciones médicas serán reembolsadas conforme a los porcentajes y topes indicados en el cuadro de coberturas, y considerando los ajustes o limitaciones de cobertura que apliquen. Para estos efectos se entiende por insuficiencia técnica del prestador exclusivo, que éste no cuente en el Arancel de Prestaciones Médicas que otorga con las prestaciones médicasnecesariaspara el tratamiento de una incapacidad cubierta por la póliza 3.3.Aranceles Prestadores Exclusivos: Las prestaciones cubiertas por la Póliza serán aquellas incluidas en el Arancel del Prestador Exclusivo que otorgó las prestaciones, que se encuentra identificado en el artículo 2 de estas Condiciones Particulares, y que sean requeridas para el tratamiento de la incapacidad cubierta por un Evento amparado por la Póliza. LosArancelesdelosreferidosprestadoresexclusivos, formanparte integrante del contrato y se encuentra a disposición delaseguradoen el prestador y en el sitio web decadaInstitución de Salud.Cada Arancel contiene los precios de las prestaciones y los honorarios médicos vigentes decadaPrestador Exclusivo. En caso de que alguna prestación exceda dichos aranceles, la Compañía sólo reembolsará de acuerdo a estos aranceles y cualquier diferencia será de costo del Asegurado. 4.EXCLUSIONES Rigen las exclusiones contenidas enel Artículo8delCondicionado GeneralPOL320240006. 5.CONDICIONESY REQUISITOSDE ASEGURABILIDAD 5.1.Edades límites que deben cumplir losasegurados: 5.1.1.Titulares, cónyuge o conviviente civil o pareja: •Edad mínima de incorporación a la póliza: 18 años y 0 días. •Edad máxima de incorporación a la póliza: 69 años y 364 días •Edad máxima permanencia en la póliza:109años y 364 días. Para aquellos casos en que el Asegurado Titular sea un menor edad según lo indicado en el artículo 1.2. de esta Condiciones Particulares, éste deberá cumplir con los requisitos de asegurabilidad establecidos en el numeralsiguiente. 5.1.2.Edades límites para los hijosy nietosdel titular, del o la cónyuge o conviviente civil o pareja: •Edad mínima de incorporación a la póliza: •Desde el día del nacimiento si la fecha de concepción del embarazo es posterior a la fecha de inicio de vigencia de la póliza y es inscrito dentro de los 60 días de nacido. Si es incluido con posterioridad al citado plazo, deberá suscribir DPS y, en caso de ser aceptado, el inicio de cobertura será a contar del primer día del periodo siguiente de cobertura al de su aceptación por parte de la compañía. DeducibleAnual por AseguradoCoberturas UF 5,00Hospitalaria Maternidad UF 0,7 Ambulatoria Urgencias Salud Mental Especiales
Página7de15 •Si la fecha de concepción del embarazo es anterior a la fecha de inicio de vigencia de la póliza, el recién nacido sólo podrá ser incorporado al seguro transcurridos 14 (catorce) días corridos desde su nacimiento, previa evaluación y aceptación del riesgopor parte de la Compañía. En caso de ser aceptado, el inicio de cobertura será a contar del primer día del periodo siguiente de cobertura al de su aceptación por parte de la compañía •Edad máxima de incorporación a la póliza:28años y 364 días. •Edad máxima permanencia en la póliza:29años y 364 días. 5.1.3.Edades límites parapadre y madredelaseguradotitular: •Edadmínima de incorporación a la póliza:18 años y 0 días. •Edadmáxima de incorporacióna la póliza: 69 años y 364 días. •Edadmáxima permanencia enla póliza:109años y 364 días. 5.2.Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro mantendrán su cobertura hasta el término de la vigencia anual del período en que cumplieron la edad máxima de permanencia. 5.3.El Asegurado Titular o Contratante, según corresponda, deberá completar el formulario “Propuesta de Seguro” o la “Solicitud de Incorporación al Seguro” y “Declaración Personal de Salud”, declarando por él y por los integrantes del grupo familiar que va a asegurar. 5.4.Los asegurables tendrán la calidad de Asegurados de la Póliza, sólo cuando la Compañía Aseguradora apruebe la “Propuesta de Seguro” o la “Solicitud de Incorporación al Seguro” o la “Declaración Personal de Salud. 5.5.Todos asegurados al momento de su ingreso al seguro deberán contar con un SistemadeSalud Previsional Isapre o Fonasa grupos B. C y D. 6.MONEDA DE LA PÓLIZA Laprimaserá cobrada en UF (Unidades de Fomento) alContratante. 7.PRIMAS Y EFECTO DEL NO PAGO DE LA PRIMA La forma de pago del seguro será mediante cargo automático en una tarjeta de crédito o débito, sobre las cuales se realizarán los cargos de la prima. La periodicidad del pago de las primas de este seguro será mensual. La recaudación de las primas será efectuada por el intermediario QuéPlan Corredores de Seguros Spa, RUT 76.824.542-8 Efectuado el pago de la primera prima inicial de laPóliza, o en su caso, de la primera cuota de la prima estipulada a plazo, elAseguradorconcede un plazomáximode30(treinta) díascorridos, para el pago de la siguiente, cualquiera sea la forma de pago convenida. Durante este período, el seguro permanecerá en pleno vigor. Conforme al artículo 528 del Código de Comercio la falta de pago de la prima al vencimiento del plazo de gracia se producirá la terminación del contrato a la expiración del plazo de 15(quince)días contado desde la fecha de envío de la comunicación que, con este objeto, laCompañía Aseguradoradirija alAseguradoy dará derecho al primero a exigir que se le pague la prima devengada hasta la fecha de terminación. Producida la terminación, la responsabilidad de laCompañía Aseguradorapor los siniestros posteriores cesará de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial alguna. En caso de que laPólizatermine por falta de pago,de acuerdo conlo expresado en los puntos anteriores, el contratante podrá solicitar su rehabilitacióndentro de los 90 días siguientes al término anticipado. Para resolver sobre esta petición, elAseguradorpodrá exigir delAseguradoque acredite a su satisfacción, que tanto él como sus beneficiarios/as, reúnan las condiciones de salud y otras necesarias para hacer efectiva la rehabilitación, debiendo elAseguradopagar todos los gastos que por este efecto se originen. En ningún caso el pago y la recepción de la prima por parte de la Compañía después de haber terminado la cobertura correspondiente a estaPólizadará derecho al pago del beneficio asociado a la cobertura. En tal caso la
Página8de15 prima será devuelta al contratante de laPóliza, en moneda corriente y sin intereses al valor que tenga la moneda de estaPóliza al día de la devolución efectiva, en un plazo máximo de10 (diez) díascorridos. 8.VARIACIONES A LAPRIMA 8.1.El valor de la prima mensualpor aseguradose encuentra expresado en UFy es el siguiente: SEGURO COMPLEMENTARIO MÁS SALUD Rango de Edad PLAN BASE Primas Mensuales Prima NetaIVAPrima Bruta [0-17]UF 0,49261UF 0,09360UF 0,58621 [18-24]UF 0,58163UF 0,11051UF 0,69214 [25-34]UF 0,77780UF 0,14778UF0,92558 [35-44]UF 0,94136UF 0,17886UF 1,12022 [45-54]UF 1,05211UF 0,19990UF 1,25201 [55-64]UF 1,23589UF 0,23482UF 1,47071 [65-70]UF 1,84176UF 0,34993UF 2,19169 [71-75]UF 2,39045UF 0,45419UF 2,84464 [76-80]UF 3,23322UF0,61431UF 3,84753 [81-85]UF 4,00736UF 0,76140UF 4,76876 [86-90]UF 5,44036UF 1,03367UF 6,47403 [91-109]UF 5,99713UF 1,13945UF 7,13658 8.2.El monto de la prima individual dependerá del tramo de edad en que se encuentre cada uno de los asegurados de la póliza, la suma de estas primas individuales determinará la prima mensual delgrupo familiar. Elcaso un asegurado cambie de edad durante la vigencia de la póliza y esto implique cambio de tramo de edad, la nueva prima correspondiente a la edad alcanzada se aplicaráen la renovación de la póliza. 8.3.La Compañía Aseguradora en cada renovación podrá ajustar la prima, conforme a la variación que haya sufrido el Índice de Precios al Consumidor para la División Salud entregado por el Instituto Nacional de Estadística de Chile en sus boletines estadísticosmensuales o quien lo suceda o reemplace,correspondiente alos últimos 12 (doce) meses anteriores al término de su vigencia anual. 8.4.Las variaciones de prima han sido debidamente informadas en la propuesta del seguro y consentidas por el Asegurado Titular. 9.INCORPORACIÓN Y EXCLUSIÓN DE ASEGURADOS DEPENDIENTES 9.1.Incorporación de Asegurados Dependientes: 9.1.1.Para la inclusión de asegurados dependientes cada persona deberá cumplir con los requisitos de asegurabilidad de la póliza. 9.1.2.Cuando el Contratante o Asegurado Titular según corresponda, requiera incorporar un nuevo asegurado dependiente, deberá completar y firmar una nueva Propuesta, Solicitud de Incorporación u otro documento que haga sus veces y la Declaración Personal de Salud, referida al nuevo asegurado a través de los medios que la compañía ponga a disposición del asegurado para estos efectos. 9.1.3.Los nuevos asegurados dependientes ingresarán al presente seguro sólo una vez evaluada su solicitud y aceptado su ingreso por parte de la compañía. En estos casos la cobertura se iniciará el primer día del periodo de cobertura siguiente al de su aceptacióne incorporación al presente seguro, con excepción de los hijosy
Página9de15 nietosrecién nacido, cuya vigencia se ajustará a lo siguiente: •Desde el día del nacimiento si la fecha de concepción del embarazo es posterior a la fecha de inicio de vigencia de la póliza y es inscrito dentro de los 60 días de nacido. Si es incluido con posterioridad al citado plazo, deberá suscribir DPS y, en caso de ser aceptado, el inicio de cobertura será a contar del primer día del periodo siguiente de cobertura al de su aceptación por parte de la compañía. •Si la fecha de concepción del embarazo es anterior a la fecha de inicio de vigencia de la póliza, el recién nacido sólo podrá ser incorporado al seguro transcurridos 14 (catorce) días corridos desde su nacimiento, previa evaluación y aceptación del riesgopor parte de la Compañía. En caso de ser aceptado, el inicio de cobertura será a contar del primer día del periodo siguiente de cobertura al de su aceptación por parte de la compañía 9.2.Exclusión de Asegurados Dependientes: La exclusión de los asegurados dependientes podrásolicitarla el contratanteo asegurado titularsegún corresponda,através de la página web u otro medio que la compañía disponga para ello, donde deberá individualizar el asegurado a eliminar,excluyéndose a partir de la fecha derecepción en la compañía de la respectiva solicitud. Lasdiferenciasde primasque se generen se reflejarán en la cobranza del periodo de cobertura siguiente. 10.DENUNCIAY LIQUIDACIÓNDE SINIESTROS 10.1.En caso de queel Asegurado incurra en un gasto susceptible de serindemnizadoen virtud de esta Póliza, deberá notificar elsiniestroa laCompañíaAseguradora, tan pronto sea posible una vez efectivamente incurrido el Gastoindemnizablea través delapresentación en la compañía de los antecedentes correspondientesen forma presencial o a travésde los canales que la compañía disponga al efecto. 10.2.Canal denuncia siniestros de laCobertura Complementario de Salud:La compañía pone a disposición de los aseguradosel sitioweb Help Segurospara presentar los denuncios de siniestros de las coberturas de la póliza. Para ello deberá ingresar a www.HelpSeguros.cl, opción “Sucursal Virtual”, pararealizar la solicitud de reembolso y consultar otros reembolsos solicitados. 10.3.El plazo para la denuncia del siniestrose contará desde la fecha de emisión del documento que da cuenta del gasto de cargo delAseguradocuyaindemnizaciónrequiere, independiente de la fecha dela prestación que lo originasiempre que la prestación se realice durante la vigencia de la póliza,ydeberá efectuarse tan pronto sea posible, sin embargo,no podrá exceder de los60(sesenta) díascorridosdesde la emisión del documento contable que acredita el copago delasegurado. 10.4.En aquellos casos en queel asegurado tuviese derecho a recibir reembolsos de alguna Isapre, Fonasa, Servicio de Bienestar, seguro previsional de saludquedeba concurrir al pago, o de cualquier otra persona jurídica o institución que haya debido contribuir a él, deberá hacer uso de ellos previamente. En dichos casos, deberá presentarcopias de las boletas o facturas y de los documentos comprobatorios de los beneficios ya recibidos,ydeberá efectuarse tan pronto sea posible, sin embargo,no podrá exceder de los60(sesenta) días corridosdesde la emisión del último documento contable que acredita el copago del asegurado. En caso de atenciones de urgencia, deberá adjuntar a los documentos contables que acreditan el gasto médico realizado (bonos, reembolsos, boletas, facturas) la epicrisis uhoja de atención de urgencias correspondiente. 10.5.Para solicitar el reembolso de prestaciones dekinesiología, psicología e imagenología, será requisito presentar junto al documentocontable que acredita el gasto médico realizado, la derivación u orden médica correspondiente. 10.6.Paralossiniestrosdeprestacioneshospitalarias:Alosprogramasmédicosporhospitalizaciones, intervenciones o procedimientos, deberán adjuntarse los correspondientes bonos del Sistema Previsional de Salud. Las facturas por gastos hospitalarios y/o intervenciones deberán presentarse con su respectiva prefactura y/o con el detalle completo de las prestaciones recibidas, más epicrisis con diagnóstico y protocolo operatorio en caso de tratarse de una cirugía. Además, deberá presentar los bonos, reembolso, boleta por las prestaciones médicas recibidas. En caso de accidentes, deberá adjuntar declaración de accidentes o parte policial, según corresponda. Sin el cumplimiento de los requisitos señalados en este artículo, la Compañía Aseguradora no estará obligada a otorgar la cobertura correspondiente.
Página10de15 11.VIGENCIA YDURACIÓNDEL CONTRATO DESEGURO La presentePóliza tiene una duración de12(doce) meses a contar desde la vigencia inicial de laPóliza yserá renovadaautomáticamenteal término de cada período de cobertura, salvo en aquellos casos en quela Compañía o el Aseguradohayanmanifestado su voluntad en contrario,con a lo menos 60(sesenta)díascorridosde anticipación a la fecha del vencimiento original o cualquiera de sus prórrogas, para ello. En caso de quelacompañía decida no renovar elseguro,con a lo menos60(sesenta)díasde anticipación altérmino de la vigencia de la póliza, el Asegurador enviará un correo electrónico al Contratanteo Asegurado Titular, según corresponda,a laúltimadirección de correo electrónicoregistrada en la compañíau otro medio electrónico registrado en la Compañía o, supletoriamente, alindicadoen lasCondicionesParticulares, salvo que éste no dispusiere de correo electrónico o se opusiere a esa forma de notificación, indicando la No renovación de la póliza. Asimismo, convienen que es responsabilidad del Contratante comunicar a la Compañía cualquier cambio de dirección en el correo electrónicoregistrado en la compañía para las comunicaciones entre partes. El presente seguro NO cuenta con Renovación Garantizada. El Contratante podrá poner término anticipado a sus coberturas previa notificación por escrito a través del Corredor al correocontacto@queplan.clo contactando al Centro de Atención Telefónica de Help Seguros. El seguro terminará automáticamente cuando: 11.1.El/losAsegurado(s)cumpla(n)laedadmáximadepermanenciaestablecidasenestascondiciones particulares. Sinembargo,mantendrán su cobertura hasta el término de vigenciaanual, no siendo incluidos en la renovación correspondiente. En caso de que el asegurado titular sea el quealcancela edad límite de permanencia, el contrato de seguro se dará por terminadoal final de la vigenciaanualestablecidas enlascondiciones particulares. 11.2.Al fallecimiento del Contratanteo asegurado titular. 11.3.Cuando no se pague la prima respectiva. La falta de pago de la prima producirá la terminación delcontrato a la expiración del plazo de15(quince)días corridos desde la fecha de envío de la carta o del correo electrónico, según corresponda, que, con ese objeto, dirija la Compañía alAseguradoy dará derecho a aquella para exigir que se le pague la prima devengada hasta la fecha de terminación. 11.4.Conforme a las demás causales de terminación establecidas en elartículo18y 19delas Condiciones Generales deestaPóliza. 12.DOMICILIO Se fija como domicilio especial para el cumplimiento de todas lasobligaciones de la póliza la ciudad de Santiago. 13.COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES Cualquier comunicación, declaración o notificación que deba efectuar el tomador, corredory/o la Aseguradora al Contratante o Asegurado con motivo de esta póliza, deberá efectuarse ala últimadirección de correo electrónico registrado en la Compañíau otro medio electrónicoregistrado en la Compañía o, supletoriamente, al indicadoenel presente instrumento, salvo que éste no dispusiere de correo electrónico o se opusiere a esa forma de notificación. En caso de oposición, de desconocerse su correo electrónico o de recibir una constancia de que dicho correo no fue enviado o recibido exitosamente, las comunicaciones deberán efectuarse mediante carta certificada dirigida al domicilio delAseguradoseñalado en este documento. 14.CONVERSIÓN DEL SEGURO Los asegurados que tengan el parentesco hijo o nieto en estas condiciones particulares y que sean excluidos de la póliza al término de la vigencia por exceder la edad límite de permanencia definida en los requisitos de asegurabilidad,podránoptar por continuar su coberturamediante la contrataciónde una nueva póliza,quedando liberados de suscribir una nueva declaración de salud. Esta opciónsólopodráserejercidadentro de los 30 (treinta) días siguientesdel término de vigencia individual por
Página11de15 superar la edad límite de permanencia de la póliza. Transcurrido el citado plazo sin ejercer la conversión del seguro, deberán suscribir un nuevo contrato de seguro y someterse a la evaluación de las condiciones de salud, actividades y deportes riesgosos por parte de la compañía. 15.TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO El asegurado podrá comunicar su decisión de terminar anticipadamente el seguro a través de la presentación de la solicitud a la compañía o a través del Corredor al teléfono 227127123 o del correocontacto@queplan.clo contactando al Centro de Atención Telefónica de Help Seguros. La terminación del seguro se efectuará a contar de la fecha de recepción en la compañía de la comunicación del Contratante oaseguradoTitular, según corresponda. En los casos que corresponda, se efectuará devolución de prima del periodo de cobertura no consumido. 16.RESUMEN DE CONDICIONES DEL SEGURO En cumplimiento con lo dispuesto en la circular N°1.935 de laComisión para el Mercado Financieroa continuación se indican antecedentes importantes de este seguro: NOcontempla renovación garantizada. SIpodrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la póliza. NOconsidera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en el caso de renovación. NOcubre preexistencias. 17.CÓDIGO DE AUTORREGULACIÓN Help Seguros de Vida S.A. se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página webwww.aach.cl. Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamosen relación conlos contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de Help Seguros de Vida S.A. o a través de la página webwww.ddachile.cl. La presentePólizano cuenta con Sello SERNAC. 18.CONTRATACIÓN VOLUNTARIA Y RETRACTO En conformidad a lo dispuesto en el Título V de la Norma de Carácter General N° 460 de la CMF,del 13 de agosto del año 2021, se informa lo siguiente: La contratación de este seguro es de carácter voluntario. Usted puede retractarse si la contratación la efectuó por un medio a distancia. Además, usted puede terminar los segurosvoluntarios anticipadamente en cualquier momento, independiente del medio utilizado para su contratación. 19.DERECHO A RETRACTO En casoque el contrato de seguro se haya efectuado por un medio a distancia, el Asegurado, según corresponda, tendrá la facultad de retractarse de este seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, en el plazo dediez(10) días contados desde la recepción de la póliza teniendo el derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que se hubiere presentadosiniestros asociados al seguro, ocurridos durante este período de tiempo. El asegurado podrá manifestar su decisión dea través del Corredor alteléfono 227127123 o del correo contacto@queplan.clo contactando al Centro de Atención Telefónica de Help Seguros. 20.INTERMEDIARIO
Página12de15 Nombre o Razón Social: QuéPlan Corredores de Seguros Spa. RUT: 76.824.542-8 Comisión del Corredor:Intermediación: 15% de la prima neta recaudada Recaudación: 7% de la prima neta recaudad NOTA: Se incluye Anexo relativo a Procedimiento de Liquidación de Siniestros.
Página13de15 ANEXO (Circular Nº 2106 Comisión para el Mercado Financiero) PROCEDIMIENTO DELIQUIDACIÓNDE SINIESTROS 1) OBJETO DE LALIQUIDACIÓN La liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en la póliza contratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pagar. El procedimiento de liquidación está sometido a los principios de celeridad y economía procedimental, de objetividad y carácter técnico y de transparencia y acceso. 2) FORMA DE EFECTUAR LALIQUIDACIÓN La liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros. La decisión debe comunicarse al Asegurado dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro. 3) DERECHO DEOPOSICIÓNA LALIQUIDACIÓNDIRECTA En caso de liquidación directa por la compañía, el Asegurado o beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro del plazo de cinco días hábilescontados desde la notificación de la comunicación de la Compañía. La Compañía deberá designar alLiquidador en el plazo de dos días hábiles contados desde dicha oposición. 4)INFORMACIÓNAL ASEGURADO DE GESTIONES A REALIZAR YPETICIÓNDE ANTECEDENTES El Liquidador o la Compañía deberá informar al Asegurado, por escrito, en forma suficiente y oportuna, al correo electrónico (informado en la denuncia del siniestro) o por carta certificada (al domicilio señalado en la denuncia de siniestro), de las gestiones que le corresponde realizar, solicitando de una sola vez,cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro. 5) PRE-INFORME DELIQUIDACIÓN En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el Liquidador, actuando de oficio o a petición del Asegurado, emitir un pre- informe de liquidación sobrela cobertura del siniestro y el monto de los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. ElAsegurado o la Compañía podrán hacer observaciones por escrito al pre- informe dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento. 6) PLAZO DELIQUIDACIÓN Dentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de 45 días corridos desde fecha denuncio, a excepción de; a) siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgos del Primer Grupo cuya prima anualsea superior a 100 UF: 90 días corridos desde fecha denuncio; b) siniestros marítimos que afecten a los cascos o en caso de Avería Gruesa: 180 días corridos desdefecha denuncio; 7) PRORROGA DEL PLAZO DELIQUIDACIÓN Los plazos antes señalados podrán, excepcionalmente siempre que las circunstancias lo ameriten, prorrogarse, sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que lafundamenten e indicando las gestiones concretas y específicas que se realizarán, lo que deberá comunicarse al Asegurado y a la Superintendencia, pudiendo esta última dejar sin efecto la ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo para entrega del Informe de Liquidación. No podrá ser motivo de prórroga la solicitud de nuevos antecedentes cuyo requerimiento pudo preverse con anterioridad, salvo que se indiquen las razones que justifiquen la falta de requerimiento, ni podrán prorrogarse los siniestros en que no haya existido gestión alguna del liquidador, registrado o directo. 8) INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN El informe final de liquidación deberá remitirse al Asegurado y simultáneamente al Asegurador, cuando
Página14de15 corresponda, y deberá contener necesariamente la transcripción íntegra de los artículos 26 y 27 del Reglamento de Auxiliares del Comercio de Seguros (D.S. de Hacienda Nº 1.055, de 2012, Diario Oficialde 29 de diciembre de 2012), 9)IMPUGNACIÓNINFORME DELIQUIDACIÓN Recibido el informe de Liquidación, la Compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días hábiles para impugnarla. En caso de liquidación directa por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá elAsegurado. Impugnado el informe, el Liquidador o la compañía dispondrá de un plazo de 6 días hábiles para responder la impugnación.
Página15de15 ANEXO INFORMACIÓNSOBREATENCIÓNDE CLIENTES Y PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS En virtud de la Circular Nº 2131 de 28 de noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios o legítimos interesados o sus mandatarios. Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención. Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción. El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Comisión para el Mercado Financiero, Área de Protección al Inversionista y Asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av. Libertador Bernardo O´Higgins 1449, piso 1°, Santiago, o a través del sitio web www.cmfchile.cl.
Página1de15
Contratar en línea
Iniciarás el proceso de contratación digital. Te tomará unos pocos minutos.