Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina1de20 CarátulaUniformeParaPólizadeSegurodeSalud/ Certificado de Cobertura SeguroComplementario CódigoCMFdelapólizaPólizaN° Contratante(Siesdistintodelasegurado)Rut AseguradoRut Beneficiario Tipo de RiesgoAsegurado Póliza con cobertura general de gastos médicos Pólizaconcoberturageneraldegastosmédicosparaenfermedadesespecíficas Póliza con cobertura complementaria de gastos médicos Pólizaconcoberturacatastrófica Póliza Individual Vigencia Inicio Renovación Pólizadeplazoindefinidosincondiciones ColectivaTérminoPóliza de plazo indefinido condicionada Pólizadeplazoindefinido(condicionadaono)con término anticipado y renovación no garantizada Pólizadeplazolimitadoyrenovableconcondiciones Póliza de plazo limitado simple PrimaMonto MonedaPeríodo dePagoCondicionesComisión TotalCorredor UFAnualFijaMontocomisión Peso Otra Mensual Otro AjustablesegúncontratoNohaycomisión POL320240222 NOAPLICA
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina2de20 Período deCarenciaART.CGART.CP Reglas SobrePreexistencias Póliza sin exclusión de enfermedades preexistentes Pólizaconexclusiónespecíficadeenfermedadespreexistentes Póliza con exclusión general de enfermedades preexistentes Condiciones Especiales deAsegurabilidad Si No Exclusiones ART.CG Art.8 ART.CG ART.CG ART.CP Art.10 ART.CP ART.CP Sistema deNotificación Elaseguradohaautorizadoalacompañíaparaefectuarlasnotificacionesasociadasaestapólizaporelsiguientemedio: E-mail al correoelectrónico La presente carátula es un resumen de la información más relevante de la póliza y los conceptos fundamentales se encuentran definidos al reverso. Para una comprensión integral, se debe consultar las condiciones generales y particulares de la póliza.En cada punto se señala el artículo del condicionado general (CG) o condicionado particular (CP) donde puede revisarse el detalle respectivo. Nota 1: El asegurado tiene la obligación de entregar la información que laCompañíaAseguradora requiera acerca de su estado de riesgo, en los casos y en la forma que determina la normativa vigente. La infracción a esta obligación puede acarrear la terminacióndelcontratooquenoseapagadoelsiniestro. 0díasN/AArt.3 Si No Art.10Art.10
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina3de20 IMPORTANTE Alcontrataroincorporarseaestesegurodesalud,usteddebetenerpresentelosiguiente: 1.Esteesunsegurovoluntario,quereembolsasólolosgastosmédicoscubiertosporestapólizaydecargodelasegurado. 2.Esteseguro,nosustituyelacoberturaqueotorgalaISAPREoFONASAynonecesariamentecubrelasmismas prestaciones. 3.Antesdecontrataresteseguroesimportantequeustedseinformeytengaclaridadsobrelossiguientesaspectos: 3.1.Duracióndeesteseguro. 3.2.Cómoybajoquécondicionesserenuevaesteseguro. 3.3.Dequémanerasevaareajustarelcostodeesteseguro,encasoderenovación. 3.4.EnquécasosNOSEPAGARÁESTESEGURO. 3.5.Losrequisitosparacobrarelseguro. 4.Enelsiguientecuadroseresumenalgunosantecedentesimportantesqueusteddebeconsiderar,almomentode contratar este seguro: NOcontemplarenovacióngarantizada. SIpodráaumentarlaprima(precio)encasoderenovacióndelapóliza. NOconsideralasiniestralidadindividualparaelaumentodelaprimaencasoderenovación. NOcubrepreexistencias. 5.El riesgo es cubierto por Seguros de Vida y Salud UC CHRISTUS S.A., RUT 76.632.553-K.LasCondicionesGeneralesde esteseguroseencuentrandepositadasconelPOL320240222enlaComisiónparael Mercado Financiero. Usted puede revisar este texto enwww.cmfchile.cl.
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina4de20 DEFINICIONES -CÓDIGO CMF DE LA PÓLIZA:Es el Código con que la póliza fuedepositada en la Comisión para el Mercado Financiero, conocidotambiéncomo“códigoPOL”.Silapólizaincluyemásdeuno,seincluyesóloeldelacoberturaprincipal. -CONTRATANTE:La persona que contrata el seguro con la compañía aseguradora y sobre quien recaen, en general, las obligacionesycargasdelcontrato.Puedeserunapersonadiferentealasegurado. -ASEGURADO:Aquelaquienafectaelriesgoquesetransfierealacompañíaaseguradora. -BENEFICIARIO:Elque,aunsinserasegurado,tienederechoalaindemnizaciónencasodesiniestro. -TIPODERIESGODELASEGURADO:Segúneltipoderiesgo,laspólizaspuedenserdelossiguientestipos: -Es decobertura general de gastos médicos,cuando cubre todo o parte de los gastos médicosefectuados por el asegurado, sin que estén limitados a ciertas enfermedades específicas, o enfermedades calificadas como catastróficas o a cubrir el saldono cubierto por otros seguros de salud, públicos o privados. -Es decobertura de gastos médicos para enfermedades específicas,cuando cubre los gastos médicos efectuados por el asegurado respecto de ciertas enfermedades o patologías que se especifican en la póliza. -Es decobertura complementaria de gastos médicos,cuando cubre todo o parte de los gastos médicos efectuados por el asegurado,enaquellapartequenosoncubiertosporelsistemadesaludprivadoopúblicoalqueestáafiliado. -Es decoberturacatastrófica,cuando cubre todo o parte de los gastos médicos efectuados por el asegurado, limitados a enfermedades identificadas genérica o específicamente y siempre que el costo de atención supere un cierto monto mínimo que se especifica, esto es, un deducible o franquicia, según sea el caso, señalado en la póliza. -VIGENCIA:Períododetiempoduranteelcualduralacoberturaderiesgodelapólizacontratada. -RENOVACIÓN:Serefiereasilapólizaseextinguealvencimientodesuplazoosisepuederenovar. -Es deplazo indefinido sin condiciones,cuando la cobertura no está sujeta a plazo ni a ningún requisito diferente de los cumplidosalafechadesuscripción,salvoelpagodelaprima,enlascondicionesdecoberturaseñaladasenlapóliza. -Esdeplazoindefinidocondicionada,cuandolacoberturanoestásujetaaplazodeterminadosinoalcumplimientodealguna de las condiciones objetivas definidas en la póliza, tales como siniestralidad máxima en ciertos períodos de tiempo, límitesde edad uotras semejantes. -Es deplazo indefinido (condicionada o no) con término anticipado y renovación no garantizada,cuando la vigencia no está sujeta a un plazo determinado, pero en que cualquiera de las partes le puede poner término conforme a las estipulaciones del contrato -Es deplazo limitado y renovable con condiciones,cuando su vigencia está sujeta a un plazo determinado, pero que se entiende renovada en caso de cumplirse con ciertas condiciones que se determinan objetivamente. Se entiende incluidas aquellas pólizasenquelarenovaciónestácondicionadaalaaceptaciónporpartedelaseguradodecambiosenlasprimas,oen las coberturas, siempre que estos cambios se encuentren dentro de los marcos objetivos que se establezca en la póliza original. No están incluidas aquellas en que una de las partes le puede poner término en cualquier momento sin expresión de causa. -Es deplazo limitado simple,cuando su vigencia está sujeta a un plazo determinado, sincláusulade renovación y que no puede ser terminada antes de ese plazo sino por las causas señaladas en la propia póliza, entre las que no podrá estar la sola voluntad de una de las partes. -PRIMA:Elprecioquesecobraporelseguro. -CONDICIONESDEPRIMA:La primapuede serfija,siel monto es el mismodurante toda la vigencia dela póliza,o puedeser ajustable,si ese precio puedeser modificado conforme a lasnormas incluidas en lapóliza. -Comisión Corredor:Es la parte de la prima que recibe uncorredor de seguros, que ha vendido el seguro por cuenta de la compañía. Puede expresarse como un monto fijo o un porcentaje de la prima. -PERÍODODEPAGO:Laperiodicidadconlaqueelcontratantedebepagarlaprima. -COBERTURA:Eltipoderiesgoqueestáincluidoenlaprotecciónotorgadaporlapóliza. -CARENCIA:Períodoestablecidoenlapólizaduranteelcualnorigelaproteccióndelseguro. -EXCLUSIONES:Aquellosriesgosespecificadosenlapólizaquenosoncubiertosporelseguro. -CONDICIONES ESPECIALES DE ASEGURABILIDAD:Son los requisitos específicos que debe cumplir el asegurado para que lacompañíacubraelriesgoypagueelseguro,encasodesiniestro. -SISTEMA DE NOTIFICACIÓN:Sistema de comunicación que el clienteautoriza para que la compañía le efectúe todas las notificaciones requeridas conforme a la póliza o que la compañía requiera realizar. Es responsabilidad del cliente actualizarlos datos cuando exista un cambio en ellos.
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina5de20 CondicionadoParticular SeguroComplementario En consideración a las Condiciones Generales que se indican en este contrato, las Condiciones Particulares y Anexos, si los hubiere, que se detallan a continuación, la propuesta presentada por elAsegurado, las Declaraciones Personales de Salud y antecedentes adicionales, todo lo cual se considera parte integrante de este contrato y es aceptado por ambas partes, Seguros de Vida y SaludUC CHRISTUSS.A.emite la presente póliza. 1.INDIVIDUALIZACIÓN DELCONTRATO Datos de lapóliza NombreProducto:SeguroComplementario Número desolicitud NúmerodeDeclaraciónPersonal de Salud :83632 :83632 Fecha deemisión: Fechadeiniciodevigencia Modalidad de pago Datos delcontratante Nombre RUT FechadeNacimiento Edaddecontratación Dirección e-mail Domicilio : :CARGO EN TARJETA DEDÉBITO/CRÉDITO : : : : : : Comuna: Región Sistema de SaludPrevisional Datos del aseguradotitular Nombre RUT :RegiónMetropolitanadeSantiago : : : Fecha denacimiento: Edaddecontratación Dirección e-mail : : Domicilio: Comuna Región : :Región Metropolitana deSantiago Sistema dePrevisión:Gerente deOperaciones Seguros de Vida y Salud UC CHRISTUS S.A. N°Póliza0016014
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina6de20 Datos de AseguradosDependientes Número deAsegurados:0 NombreCompletoRUTFechaNacimientoSexoRelaciónconel contratante Sistemade Previsión EnfermedadesDeclaradas Detalle de Primas yCoberturas PERIODICIDADDEPAGODELAPRIMA MODALIDAD DE PAGO DE LA PRIMA :MENSUAL : CARGOENTARJETADEDÉBITO/CRÉDITO
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina9de20 2.Beneficios PrestacionesHospitalarias. Nota:EstascoberturasseaplicansoloparalasatencionesotorgadasenlaReddeSaludUCCHRISTUSenconvenioconISAPRE. 3.Otrasprestaciones. (1)Para la prestación ambulancia terrestre, el tope es anual y sin límite de eventos, siempre que el beneficiario sea hospitalizado. Nota:EstascoberturasseaplicansoloparalasatencionesotorgadasenlaReddeSaludUCCHRISTUSconconveniocon FONASA/ISAPRE. ParacalcularelmontodelosreembolsosefectivosaserotorgadosporlaCompañíaAseguradoraUCCHRISTUS,sedeberán descontar previamente los aportes y/o bonificaciones y/o pagoscorrespondientes a las prestaciones de salud, las que se cobrarán a los respectivos Sistemas de Salud Previsional del asegurado.
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina10de20 (2)La prestación de medicamentos ambulatorios es sólo para fármacos directamente recetados por un profesional de Red de Salud UC CHRISTUS. Si el asegurado realiza un cambio de Sistema Previsional de Salud de ISAPRE aFONASA, no informado a laCompañía Aseguradora, en forma automática y sin necesidad de aviso alguno se aplicará una modificación en la cobertura de la póliza equivalente a la disminución de la Cobertura del Plan en un 50%. Todos los porcentajes de coberturasseñalados en los Cuadros de Cobertura precedentesse aplican con posterioridad a los aportes del Sistema de Salud Previsional, seguros complementarios y otras coberturas de salud a que tenga derecho elaseguradorespecto del valor total de las prestaciones, el cual es de exclusivocargo delasegurado y de naturaleza diferente aldeducible establecido en lapóliza. Los montos correspondientes a coberturas delSistema de Salud Previsional, seguros complementarios, otras coberturas de salud a que tenga derecho elasegurado y el monto necesario para alcanzar la Bonificación Mínima Exigida(en caso de que aplique), no constituyen Gastos Reembolsables. 5.DURACIÓN Y PLAZO POREVENTO El período de duración para cada evento será de1 año.Este plazo de1 añose contará a partir de la fecha de ocurrencia del evento. Transcurrido ese plazo, éste será considerado como un nuevo evento, debiendo considerar unnuevo deducible. El período de duración para cada evento está condicionado a que la póliza se mantenga vigente durante ese período 6.MONTOS MÁXIMOS DEREEMBOLSO Enrelaciónconelartículo5delasCondicionesGeneralesdelapóliza,elmontomáximoa reembolsar por este seguro corresponde a un monto único y combinado entre todos los eventos a los que haya sido sometido el asegurado durante la vigencia anual de la póliza y que hayan sido cubiertos por esta póliza. El monto máximo de gastos reembolsables que se aplicará por cada asegurado y por cada evento, será el detallado en la siguiente tabla: Una vez alcanzado el Monto Máximo deReembolsoo terminada la vigenciadela póliza, lo que ocurra primero, terminará la obligación de la Compañía Aseguradora para con el asegurado en relación con los futuros denuncios sobre prestaciones incurridas. 7.DEDUCIBLE En concordancia con las Condiciones Generales de la póliza, los montos de deducible indicados a continuación se aplican sobre el monto de los gastos cubiertos por la póliza y que resulten luego de aplicar el Cuadro de Coberturas establecidoen el Máximo prestaciones Capitalanualporasegurado UF400
Visita nuestro sitio webwww.segurosucchristus.clPágina11de20 artículo 4 de las presentes Condiciones Particularesy luego de descontar cualquier beneficio, cobertura o reembolso al cual tenga derecho el asegurado, provenientes de su sistema de salud o de otras instituciones que brinden beneficios similares, como por ejemplos otros seguros. 8.BONIFICACIÓN MINIMA EXIGIDA(BME) De acuerdo a lo establecido en elartículosegundo, numeral 19,de las Condiciones Generales de lapóliza, en aquellos casos enque el valor de las prestaciones cuenten con una bonificación que resulte menor al porcentaje deBonificación Mínima Exigida (en caso de que aplique conforme a lo señalado en el Cuadro de Coberturas inserto en el artículo 4 de este documento), como cobertura delSistema de Salud Previsionaldelasegurado y otras coberturas de salud a que éste tenga derecho, la Compañía Aseguradoracalculará los gastos a ser reembolsados o pagados alprestadorde salud,considerando para ello los gastos que excedan el señalado porcentaje de Bonificación Mínima Exigida y sobre ellos aplicará los topes, deducibles y el porcentaje de reembolso o de pago alprestadorde saludque se indica para estos efectos en los Cuadros de Coberturas señalados previamente. 9.CONDICIONES ESPECIALES DE LAPÓLIZA Este seguro no contempla condiciones especiales. 10.EXCLUSIONES La presente póliza no cubre gastos médicos en que haya incurrido un asegurado que sean relativos a alguna de lasprestaciones, medicamentos, procedimientos o estudios que se indican a continuación, o se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidad que se menciona en el presente artículo. Noobstante,lo indicado, si en el Cuadro de Coberturas deestasCondiciones Particulares se considera cobertura para alguna prestación o servicio médico excluido mediante este artículo, se entenderá que la prestación o servicio médico se encuentra cubiertodeacuerdaalosporcentajesylímitesdereembolsoopagoindicadosendichoCuadrodeCoberturas. Seencuentranexcluidosdecobertura: a)La hospitalización para fines de reposo, de rehabilitación, como asimismo la hospitalización, consultas, exámenes y/o tratamientosporenfermedadespsiquiátricasy/opsicológicas. b)Curasdereposo,cuidadosanitario,períodosdecuarentenaoaislamiento. c)Cirugíay/otratamientosestéticos,cosméticos,plásticos,dentales,ortopédicos,ytratamientossecundariosadichascirugíasu otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o tengan como finalidad corregir malformaciones producidas por enfermedadesoaccidentesanterioresalafechadevigenciainicialdelaseguradoenlapóliza. d)Tratamientos por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo. Lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingesta de alcohol, somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares, o hechos deliberados que cometa el asegurado, tales como los intentos de suicidio, lesiones auto inferidas y abortos provocados. e)TratamientoporSíndromedeInmunodeficienciaAdquirida(SIDA)y/ocualquierotrocuadroproducidoofavorecidoporelVirus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), sus consecuencias y complicaciones, y por enfermedades asociadas, incapacidades, desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientos relacionados con la condición de portador del VIH o el SIDA que padezca el Asegurado. f)Lassiguientescirugíasy/otratamientosacausade: i.Cirugía por obesidad o sobrepeso, independiente del grado de obesidad o sobrepeso del asegurado, sus tratamientos, consecuencias y complicaciones, excepto cuando se haya incluido dentro de laCobertura de Hospitalización y esté expresamenteindicadoenlasCondicionesParticularesdelapóliza. ii.CirugíaMaxilofacial,sustratamientos,consecuenciasycomplicaciones. DeducibleIndividual (por asegurado) UF1
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