Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A., considerando los antecedentes entregados por el contratante emite las siguientes condiciones particulares, las cuales en conjunto con las condiciones generales depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el códigode la POL1 2020 0222se considera parte integrante del presente contrato. PRIMAS Y MONTOS ASEGURADOS ElSeguro Mascotas, se compone de los siguientes planes, según el monto asegurado de Responsabilidad Civil: PlanMonto Asegurado RCPrima Neta MensualIVAPrima Bruta Mensual Plan LUF10UF 0,65UF 0,12UF 0,77 *Responsabilidad civil: 1 evento anual Nota: La compañía se reserva el derecho de poder cambiar el proveedor de las asistenciasincluidas en esta póliza sin requerir la aprobación del asegurado, siempre y cuando no se vean alteradas las condiciones de dicho servicio. De ocurrir este cambio, la compañía notificará al contratante y al asegurado en el evento que si los canales de comunicación para el uso de asistencia llegasen a cambiar. BENEFICIARIOS El beneficiario será toda persona natural, titular de este seguro y la mascota asegurada. Tu mascota es un PerroHembra,Mestizo, deXXaños y se llamaXXXXXX ¿Tiene chip?:XX DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS Responsabilidad Civil La Aseguradora amparará la responsabilidad civil extracontractual del Asegurado en su calidad de dueño de la Mascota Asegurada determinada en estas Condiciones Particulares de la póliza, cuando el actuar de este animal, acontecido durante la vigencia de lapóliza, cause la muerte o lesiones y/o daños a la propiedad respecto de terceras personas, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2326 y 2327 del Código Civil. La cobertura otorgada por esta póliza se otorga respecto de los conceptos indemnizatorios denominados Daño Emergente, Lucro Cesante, y Daño Moral, por un único evento anual y hasta un monto máximo asegurado descrito en este documento. También se amparan las costas judiciales, procesales y personales a que eventualmente pueda resultar condenado el Asegurado. La responsabilidad civil extracontractual amparada por esta póliza deberá ser declarada por sentencia judicial firme y ejecutoriada dictada en un proceso en que se condene al Asegurado al pago de indemnización.
Con todo, el Asegurador podrá, a su sólo arbitrio, autorizar al Asegurado para concretar un acuerdo transaccional, judicial o extrajudicial, como también se encontrará facultado para exigir al Asegurado la celebración de acuerdos y/o contratos liberatoriosde la responsabilidad civil amparada por la póliza. Además, con cargo al monto asegurado por el concepto cubierto, pero con un sublímite equivalente al veinte por ciento de aquél, la Aseguradora podrá, si lo estima procedente, designar abogados y procuradores para asumir los costos de defensa del Aseguradoen relación con la responsabilidad civil amparada, aun cuando se tratase de reclamaciones infundadas, incluyendo los honorarios profesionales y gastos para materializar aquello. En este caso, sólo se pagarán los honorarios de los abogados y procuradores designados por la Aseguradora y los gastos que ella autorice con los propósitos ya indicados. EXCLUSIONES La Aseguradora no estará obligada a amparar laresponsabilidad civilextracontractual del Asegurado, como tampoco disponer su defensa judicial, por, en razón de o a consecuencia de: a)La responsabilidad contractual. b)Los daños a cosas confiadas al Asegurado para que las controle, custodie, vigile, transporte, arrastre o remolque y, en general, las que tenga bajo cualquier título que produzca la obligación de restituirlas o devolverlas. c)Muerte, lesiones y/o daños producidos por la Mascota Asegurada a consecuencia de un acto u omisión intencional o doloso del Asegurado, de su cónyuge, de sus parientes, sea por afinidad y por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, de las personasque viven y/o laboran en su hogar o de aquellas bajo las cuales, transitoriamente, custodian, cuidan, atienden, alimentan, entrenan o pasean a la Mascota asegurada. d)Muerte,lesionesodañosproducidoscuandolaMascotaAseguradaparticipeen enfrentamientos con otros de su misma especie u otra especie del reino animal, incluyendo competencias, desafíos y peleas. e)La responsabilidad civil por actos de la Mascota Asegurada realizados fuera del territorio de la República de Chile. f)Muerte, lesiones y/o daños producidos a personas y/o animales por la Mascota Asegurada que corresponda a una de las siguientes razas, ya sea puras por pedigree, puras por cruza o mestizos: Akita, Akita Americano, Akita Inu,AmericanPitBullTerrier,AmericanStaffordshire terrier,Bull terrier,Bullmastiff,Dobermann,Dogo Argentino,Dogo de Burdeos,Dogo del Tibet, Fila Brasileiro,Mastin Napolitan,Pit Bull,Pit BullTerrier,Rottweiler,Stafforschire,StaffordshireBull Terrier,StaffordshireTerrierAmericano,TosayTosaInu. g)Mascotas que no hayan ingresado legalmente al país o, mientras se realizan los procedimientos establecidos por la legislación vigente para su internación, en especial, los de tipo sanitario. h)Mascotas destinadas, principalmente, a actividades laborales y/o de reproducción. i)Mascotas distintos a perros o gatos. j)Perros Lazarillos.
COMISIONES Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A. pagará un30% de comisiónde la prima neta. VIGENCIA La pólizacotizadatendrá una vigencia de 12 meses (1 año), con renovación automática por igual periodo. (*) se deja constancia que la aseguradora se reserva el derecho de no renovar esta póliza o cobertura, para lo cual enviará una comunicación por escrito al contratante con una anticipación de a lo menos treinta (30) días a la fecha de terminación. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL SEGURO El asegurado podrá poner término al seguro en cualquier momento mediante comunicación al asegurador, en cuyo caso tendrá derecho sólo a la proporción de la primacontratada que comprende al período efectivamente cubierto por el seguro. El seguro terminará al vencimiento del plazo establecido para su duración en esta póliza, por el cumplimiento de la edad máxima de antigüedad indicada o por la pérdida de la calidad de asegurado de conformidad a lo establecido en las condiciones particulares. El asegurador, podrá poner terminar el contrato en caso de concurrir una cualquiera de las siguientes causales: 1.Si el interés asegurable no llegare a existir o cesare durante la vigencia del seguro. 2.La muerte de la mascota protegida. 3.Cuando el asegurado hubiese omitido, retenido o falseado información que altere el concepto deriesgoasumidoporlacompañíaaseguradora,ocuandopresentarereclamaciones fraudulentas, o engañosas, o apoyadas en declaraciones falsas. En estos casos, cesará toda responsabilidad de la compañía aseguradora y ésta no tendrá obligación alguna respecto de los riesgos que cubre al asegurado esta póliza 4.Cuando el asegurado titular no pague la prima respectiva. La falta de pago de la primadespués de 30 díasproducirá la terminación del contrato a la expiración del plazo de quince días contado desde la fecha de envío de la carta o correo electrónico, según corresponda, que, con ese objeto, dirija el asegurador al asegurado y dará derecho a aquél para exigir que se le pague la prima devengada hasta la fecha de terminación y los gastos de formalización del contrato. Si se han convenido coberturas adicionales, las partes no podrán ponerles término en forma separada de la cobertura principal sino poniendo término al contrato en su totalidad, salvo que sea de común acuerdo.
SINIESTROSDE RESPONSABILIDAD CIVIL a) En caso que el Asegurado reciba o tenga conocimiento de algún reclamo, queja o amenaza de cualquier acción criminal, infraccional, reglamentaria,avisos, citaciones, notificaciones, denuncias, querellas,demanda de indemnización de perjuicios en su contray, engeneral,cualquier comunicación quepueda constituir o constituya un siniestro, deberá dar avisoa[email protected] o contactándose al800 200 802, tan pronto sea posible o bien dentro de los cinco días siguientes a la toma de conocimiento de algunas de las circunstancias antes mencionadas. En caso de que la reclamación se refiera al fallecimiento de una persona,dicha comunicación deberá realizarse en forma inmediata. b) A solicitud de la Aseguradora, el Asegurado deberá poner a su disposición todos los antecedentes necesarios para disponer su defensa judicial, como también otorgar los poderes judiciales suficientes para ser representado en procesos administrativos y judiciales por la Aseguradora o por quien ésta determine. c)Asimismo, deberá informar al Asegurador sobre la existencia de otros seguros que amparen la mismamateria, interés y riesgo. Nota: La compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro antecedente que estime necesario, para poder realizar la respectiva liquidación de siniestro.Asimismo, yen el caso de existir primas impagas al momento del siniestro, estás serán descontadas del monto a indemnizar.
BENEFICIOASISTENCIA MASCOTAS ÁMBITO TERRITORIAL. El ámbito territorial de las coberturas es toda el área nacional continental. Incluyendo isla de Chiloé y excluyendo los demás territorios insulares. SERVICIOS COMPRENDIDOS. Todaslasasistenciasantesmencionadasdebensercomunicadadeformatelefónicaanuestracentral deasistenciayenviando documentación digitala un correo señalado endicha llamada: PLAN L PRESTACIÓNTOPE PRESTACIÓNCarenciaLIMITE EVENTOS AÑOCOPAGO Urgencia Veterinaria80% del arancel, Tope UF 25015 días3 eventos 10% del total Boleta. Copago mínimo: $100.000 Telemedicina VeterinariaIlimitado15 días6 eventosN/A Asistencia Legal telefónicaIlimitado15 días4 eventosN/A Consulta Médica*UF 315 días2 eventosN/A Vacuna Antirrábica*UF 0,530 días1 eventoN/A Reembolso en Medicamento**$10.000 x Mes30 días50% de la boleta mensualN/A * Desde el mes 10 de contratación se agrega un evento adicional al plan. **Desde el mes 10 de contratación el monto del reembolso aumenta a $15.000.- I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES: 1. El presente documento establece las características generales, coberturas y exclusiones de los servicios de asistencia establecidos en elPLAN“L” MASCOTAS SOUTHBRIDGE. 2.ElPLAN“L” MASCOTAS SOUTHBRIDGEbrindará a sussuscriptores y/o Usuarios (en adelante SUSCRIPTOR), servicios de asistencia las veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año a través deloperador del servicio, la empresa, ADDIUVA CHILE. 3. A solicitud del SUSCRIPTOR al contact center,PLAN“L” MASCOTAS SOUTHBRIDGEa través del operador del servicio ADDIUVA CHILE, dispondrá de todos aquellos recursos necesarios para la inmediataatención de cualquier urgencia o solicitud de información o referencias, sujetándose para ello a las condiciones del presente documento. II. DEFINICIONES GENERALES DEL PLAN DE ASISTENCIA: Siempre que se utilicen letras mayúsculas en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye. ADDIUVA CHILE:En adelante compañía / empresa de asistencia. SUSCRIPTOR:Es la persona física titular deSOUTHBRIDGEy que se haya adherido alPLAN“L” MASCOTAS SOUTHBRIDGE.Propietario del certificado del servicio. UF:Unidad de Fomento (Unidad económica de la República de Chile). BENEFICIARIO:Mascota suscrita. Puede ser gato o perro.
DOMICILIO:Es el lugar de uso habitacional del SUSCRIPTOR dentro del territorio nacional el cual ha registrado en la base de datos de ADDIUVA, con máximo 1 domicilio. PAÍS DE RESIDENCIA:Para fines de este condicionado (La República de Chile). SITUACIÓN DE ASISTENCIA:Todo hecho o acto del hombre o accidente ocurrido en los términos y con las características y limitaciones establecidas en el documento, que da derecho a la prestación de los servicios. ACCIDENTE:La lesión sufrida por la mascota suscrita que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del suscriptor, ocurrida durante la vigencia del programa de asistencia. MASCOTA: Para mascotas (perro o gato)con edad mínima de ingreso 6 meses cumplidos y edad máxima de ingreso de 9 años 364 días. La edad máxima de permanencia de la mascota será de 11 años 364 días y con carnet de vacunas al día. URGENCIA:Hecho súbito e imprevisto ocurrido de forma fortuita o accidental, reportado inmediatamente después de ocurrido, que ponga en riesgo la integridad física la mascota beneficiaria, así como la seguridad y utilización de sus bienes objeto de asistencia, conun carácter máximo de cuarenta y ocho (72) horas a consecuencia de un evento cubierto. FECHA DE INICIO:Fecha a partir de la cual los servicios de asistencia que ofrece la compañía de asistencia estarán a disposición de sus suscriptores o usuarios, suscriptos al programa de asistencia. PROGRAMA ASISTENCIA:Los programas de asistencia son el conjunto de servicios de asistencia que el SUSCRIPTOR tienen derecho a solicitar y recibir según el plan contratado por el SUSCRIPTOR de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente condicionado. TERRITORIALIDAD:El derecho a las prestaciones que a continuación se mencionan comenzará a partir del kilómetro cero, es decir, donde quiera que el Beneficiario o SUSCRIPTOR se encuentren, dentro del territorio de la República de Chile Continental. III. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS: SERVICIO DE ASISTENCIAVETERINARIAPOR URGENCIA En caso deenfermedado accidente sufrido por la mascota la compañía de asistencia,elsuscriptor tendrá el derecho a solicitar el reembolso por la atención de urgencia otorgada albeneficiario bajo un llamado previo o posterior no superior a 72 Horas continuas desde la salidadel centro veterinario.Para hacer uso de esta cobertura, elSuscriptordebe comunicarse con la plataforma de coordinación de la compañía de asistencias para notificar del hecho y para solicitar el servicio. Esta solicitud de servicio debe ser solicitado exclusivamente por el titular. Exclusiones del servicio: •Mascotasquenohayaningresadolegalmentealpaíso,mientrasserealizanlos procedimientos establecidos por la legislación vigente para su internación, en especial, los de tipo sanitario. •Mascotas destinadas, principalmente, a actividades laborales y/o de reproducción. •Los embriones y, en su caso, crías de la Mascota suscrita. •Mascotas que resulten lesionadas como consecuencia directa o indirecta de explosiones, granizo, erupción volcánica, salida de mar, sismo-cualquiera sea su intensidad-, inundación,
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