Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A., considerando los antecedentes entregados por el contratante emite las siguientes condiciones particulares, las cuales en conjunto con las condiciones generales depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el códigode la POL1 2020 0222se considera parte integrante del presente contrato. PRIMAS Y MONTOS ASEGURADOS ElSeguro Mascotas, se compone de los siguientes planes, según el monto asegurado de Responsabilidad Civil: PlanMonto Asegurado RCPrima Neta MensualIVAPrima Bruta Mensual Plan SUF5UF0,38UF0,07UF0,45 *Responsabilidad civil: 1 evento anual Nota: La compañía se reserva el derecho de poder cambiar el proveedor de las asistenciasincluidas en esta póliza sin requerir la aprobación del asegurado, siempre y cuando no se vean alteradas las condiciones de dicho servicio. De ocurrir este cambio, la compañía notificará al contratante y al asegurado en el evento que si los canales de comunicación para el uso de asistencia llegasen a cambiar. BENEFICIARIOS El beneficiario será toda persona natural, titular de este seguro y la mascota asegurada. Tu mascota es un PerroHembra,Mestizo, deXXaños y se llamaXXXXXX DESCRIPCIÓN DE COBERTURAS Responsabilidad Civil La Aseguradora amparará la responsabilidad civil extracontractual del Asegurado en su calidad de dueño de la Mascota Asegurada determinada en estas Condiciones Particulares de la póliza, cuando el actuar de este animal, acontecido durante la vigencia de lapóliza, cause la muerte o lesiones y/o daños a la propiedad respecto de terceras personas, conforme a lo dispuesto en los Artículos 2326 y 2327 del Código Civil. La cobertura otorgada por esta póliza se otorga respecto de los conceptos indemnizatorios denominados Daño Emergente, Lucro Cesante, y Daño Moral, por un único evento anual y hasta un monto máximo asegurado descrito en este documento. También se amparan las costas judiciales, procesales y personales a que eventualmente pueda resultar condenado el Asegurado. La responsabilidad civil extracontractual amparada por esta póliza deberá ser declarada por sentencia judicial firme y ejecutoriada dictada en un proceso en que se condene al Asegurado al pago de indemnización.
Con todo, el Asegurador podrá, a su sólo arbitrio, autorizar al Asegurado para concretar un acuerdo transaccional, judicial o extrajudicial, como también se encontrará facultado para exigir al Asegurado la celebración de acuerdos y/o contratos liberatoriosde la responsabilidad civil amparada por la póliza. Además, con cargo al monto asegurado por el concepto cubierto, pero con un sublímite equivalente al veinte por ciento de aquél, la Aseguradora podrá, si lo estima procedente, designar abogados y procuradores para asumir los costos de defensa del Aseguradoen relación con la responsabilidad civil amparada, aun cuando se tratase de reclamaciones infundadas, incluyendo los honorarios profesionales y gastos para materializar aquello. En este caso, sólo se pagarán los honorarios de los abogados y procuradores designados por la Aseguradora y los gastos que ella autorice con los propósitos ya indicados. EXCLUSIONES La Aseguradora no estará obligada a amparar laresponsabilidad civilextracontractual del Asegurado, como tampoco disponer su defensa judicial, por, en razón deo a consecuencia de: a)La responsabilidad contractual. b)Los daños a cosas confiadas al Asegurado para que las controle, custodie, vigile, transporte, arrastre o remolque y, en general, las que tenga bajo cualquier título que produzca la obligación de restituirlas o devolverlas. c)Muerte, lesiones y/o daños producidos por la Mascota Asegurada a consecuencia de un acto u omisión intencional o doloso del Asegurado, de su cónyuge, de sus parientes, sea por afinidad y por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive, de las personasque viven y/o laboran en su hogar o de aquellas bajo las cuales, transitoriamente, custodian, cuidan, atienden, alimentan, entrenan o pasean a la Mascota asegurada. d)Muerte,lesionesodañosproducidoscuandolaMascotaAseguradaparticipeen enfrentamientos con otros de su misma especie u otra especie del reino animal, incluyendo competencias, desafíos y peleas. e)La responsabilidad civil por actos de la Mascota Asegurada realizados fuera del territorio de la República de Chile. f)Muerte, lesiones y/o daños producidos a personas y/o animales por la Mascota Asegurada que corresponda a una de las siguientes razas, ya sea puras por pedigree, puras por cruza o mestizos: Akita, Akita Americano, Akita Inu,AmericanPitBullTerrier,AmericanStaffordshire terrier,Bull terrier,Bullmastiff,Dobermann,Dogo Argentino,Dogo de Burdeos,Dogo del Tibet, Fila Brasileiro,Mastin Napolitan,Pit Bull,Pit BullTerrier,Rottweiler,Stafforschire,StaffordshireBull Terrier,StaffordshireTerrierAmericano,TosayTosaInu. g)Mascotas que no hayan ingresado legalmente al país o, mientras se realizan los procedimientos establecidos por la legislación vigente para su internación, en especial, los de tipo sanitario. h)Mascotas destinadas, principalmente, a actividades laborales y/o de reproducción. i)Mascotas distintos a perros o gatos. j)Perros Lazarillos.
k)Cualquier suceso derivado del ejercicio de la caza. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD La presente póliza se encuentra sujeta a las siguientes limitaciones: a)LaMascota Asegurada no podrá habitar en un lugar o domicilio distinto al que el Asegurado consigne en estas Condiciones Particulares de la póliza. b)El incumplimiento por parte del Asegurado de la normativa aplicable en Chile destinada a evitar y sancionar el maltrato de animales; a la protección fitosanitaria del animal, como de otros animales; y, de traslado de animales en medios de transporte, sea terrestre, aéreo o marítimo. c)La Mascota Asegurada no debe padecer ningún defecto físico, enfermedad o parásitos, salvo que la Aseguradora, con pleno conocimiento de aquello, acepte expresamente otorgar la cobertura a su respecto. d)La Mascota Asegurada no podrá tener menos de6 meses y no más de 9 años 364 días de edad, y deberán cumplir con las condiciones establecidas en las Condiciones Particulares de la póliza e)La Mascota Asegurada debe ser perro o gato PAGO DEPRIMAEN UF El importe de las primas será cargado automáticamente en el medio de pago del asegurado, según este lo haya estipulado en la propuesta o solicitud de incorporación.La periodicidad del pago será mensual. Una vez establecida las fechas de pago, el asegurado tendrá un plazo de hasta60 días para efectuar dicho pago, de lo contrario la compañía pondrá en mora o simple retardo en el pago de todo o parte de la prima. Si el obligado al pago incurre en mora o simple retardo en el pago del todo o parte de la prima, reajustes o intereses, se declarará terminado el contrato mediante carta certificada dirigida al domicilio que el contratante y el asegurado haya señalado en la póliza. El término del contrato operará al vencimiento del plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha del envío de la comunicación, a menos que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte de la prima, reajustes e intereses queestén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso de mora o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de 15 días recién señalado recayere en día sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente, que no sea sábado. Mientras la terminación no haya operado, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludido en este artículo. La circunstancia de haber recibido pago de todo o parte de la prima atrasada, y de sus reajustes o intereses, o de haber desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncia a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución pactado en este artículo, cada vez que se produzca un nuevo atraso en el pago de todo o parte de la prima.
COMISIONES Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A. pagará un30% de comisiónde la prima neta. VIGENCIA La pólizacotizadatendrá una vigencia de 12 meses (1 año), con renovación automática por igual periodo. (*) se deja constancia que la aseguradora se reserva el derecho de no renovar esta póliza o cobertura, para lo cual enviará una comunicación por escrito al contratante con una anticipación de a lo menos treinta (30) días a la fecha de terminación. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL SEGURO El asegurado podrá poner término al seguro en cualquier momento mediante comunicación al asegurador, en cuyo caso tendrá derecho sólo a la proporción de la prima contratada que comprende al período efectivamente cubierto por el seguro. El seguro terminará al vencimiento del plazo establecido para su duración en esta póliza, por el cumplimiento de la edad máxima de antigüedad indicada o por la pérdida de la calidad de asegurado de conformidad a lo establecido en las condiciones particulares. El asegurador, podrá poner terminar el contrato en caso de concurrir una cualquiera de las siguientes causales: 1.Si el interés asegurable no llegare a existir o cesare durante la vigencia del seguro. 2.La muerte de la mascota protegida. 3.Cuando elasegurado hubiese omitido, retenido o falseado información que altere el concepto deriesgoasumidoporlacompañíaaseguradora,ocuandopresentarereclamaciones fraudulentas, o engañosas, o apoyadas en declaraciones falsas. En estos casos, cesará toda responsabilidad de la compañía aseguradora y ésta no tendrá obligación alguna respecto de los riesgos que cubre al asegurado esta póliza 4.Cuando el asegurado titular no pague la prima respectiva. La falta de pago de la primadespués de 30 díasproducirá la terminación del contrato a la expiración del plazo de quince días contado desde la fecha de envío de la carta o correo electrónico, según corresponda, que, con ese objeto, dirija el asegurador al asegurado y dará derecho a aquél para exigir que se le pague la prima devengada hasta la fecha de terminación y los gastos de formalización del contrato. Si se han convenido coberturas adicionales, las partes no podrán ponerles término en forma separada de la cobertura principal sino poniendo término al contrato en su totalidad, salvo que sea de común acuerdo.
BENEFICIOASISTENCIA MASCOTAS ÁMBITO TERRITORIAL. El ámbito territorial de las coberturas es toda el área nacional continental. Incluyendo isla de Chiloé y excluyendo los demás territorios insulares. SERVICIOS COMPRENDIDOS. Todaslasasistenciasantesmencionadasdebensercomunicadadeformatelefónicaanuestracentral deasistenciayenviando documentación digitala un correo señalado endicha llamada. Nota: Las prestaciones finalizan al alcanzar el límite del plan o el número máximo de eventos permitidos. PLAN S PRESTACIÓNTOPE PRESTACIÓNCARENCIALIMITE EVENTOS AÑOCOPAGO Urgencia Veterinaria40% del arancel, Tope UF 5015 días2 eventos 10% del total Boleta. Copago mínimo: $20.000 Telemedicina VeterinariaIlimitado15 días3 eventosN/A Asistencia Legal telefónicaIlimitado15 días2 eventosN/A Consulta Médica*UF 115 días1 eventoN/A Vacuna Antirrábica*UF 0,530 días1 eventoN/A Reembolso en Medicamento**$10.000 x Mes30 días50% de la boleta mensualN/A * Desde el mes 10 decontratación se agrega un evento adicional al plan. ** Desde el mes 10 de contratación el monto del reembolso aumenta a $15.000.- I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES: 1. El presente documento establece las características generales, coberturas y exclusiones de los servicios de asistencia establecidos en elPLAN “S” MASCOTAS SOUTHBRIDGE. 2.ElPLAN “S” MASCOTAS SOUTHBRIDGEbrindará a sussuscriptores y/o Usuarios (enadelante SUSCRIPTOR), servicios de asistencia las veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año a través del operador del servicio, la empresa, ADDIUVA CHILE. 3. A solicitud del SUSCRIPTOR al contact center,PLAN “S” MASCOTAS SOUTHBRIDGEa través del operador del servicio ADDIUVA CHILE, dispondrá de todos aquellos recursos necesarios para la inmediata atención de cualquier urgencia o solicitud de información o referencias, sujetándose para ello a las condiciones del presente documento. II. DEFINICIONES GENERALES DEL PLAN DE ASISTENCIA: Siempre que se utilicen letras mayúsculas en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye. ADDIUVA CHILE:En adelante compañía / empresa de asistencia.
SUSCRIPTOR:Es la persona física titular deSOUTHBRIDGEy que se haya adherido alPLAN “S” MASCOTAS SOUTHBRIDGE.Propietario del certificado del servicio. UF:Unidad de Fomento (Unidad económica de la República de Chile). BENEFICIARIO:Mascota suscrita. Puede ser gato o perro. DOMICILIO:Es el lugar de uso habitacional del SUSCRIPTOR dentro del territorio nacional el cual ha registrado en la base de datos de ADDIUVA, con máximo 1 domicilio. PAÍS DE RESIDENCIA:Para fines de este condicionado (La República de Chile). SITUACIÓN DE ASISTENCIA:Todo hecho o acto del hombre o accidente ocurrido en los términos y con las características y limitaciones establecidas en el documento, que da derecho a la prestación de los servicios. ACCIDENTE:La lesión sufrida por la mascota suscrita que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del suscriptor, ocurrida durante la vigencia del programa de asistencia. MASCOTA: Para mascotas (perro o gato)con edad mínima de ingreso 6 meses cumplidos y edad máxima de ingreso de 9 años 364 días. La edad máxima de permanencia de la mascota será de 11 años 364 días y con carnet de vacunas al día. URGENCIA:Hecho súbito e imprevisto ocurrido de forma fortuita o accidental, reportado inmediatamente después de ocurrido, que ponga en riesgo la integridad física la mascota beneficiaria, así como la seguridad y utilización de sus bienes objeto de asistencia, conun carácter máximo de cuarenta y ocho (72) horas a consecuencia de un evento cubierto. FECHA DE INICIO:Fecha a partir de la cual los servicios de asistencia que ofrece la compañía de asistencia estarán a disposición de sus suscriptores o usuarios, suscriptos al programa de asistencia. PROGRAMA ASISTENCIA:Los programas de asistencia son el conjunto de servicios de asistencia que el SUSCRIPTOR tienen derecho a solicitar y recibir según el plan contratado por el SUSCRIPTOR de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones establecidas en el presente condicionado. TERRITORIALIDAD:El derecho a las prestaciones que a continuación se mencionan comenzará a partir del kilómetro cero, es decir, donde quiera que el Beneficiario o SUSCRIPTOR se encuentren, dentro del territorio de la República de Chile Continental. III. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS: SERVICIO DE ASISTENCIA VETERINARIA POR URGENCIA En caso de enfermedad o accidente sufrido por la mascota la compañía de asistencia, el suscriptor tendrá el derecho a solicitar el reembolso por la atención de urgencia otorgada al beneficiario bajo un llamado previo o posterior no superior a 72 Horas continuas desde la salida del centro veterinario. Para hacer uso de esta cobertura, el Suscriptor debe comunicarse con la plataforma de coordinación de la compañía de asistencias para notificar del hecho y para solicitar el servicio. Esta solicitud de serviciodebe ser solicitado exclusivamente por el titular. Exclusiones del servicio: •Mascotasquenohayaningresadolegalmentealpaíso,mientrasserealizanlos procedimientos establecidos por la legislación vigente para su internación, en especial, los de tipo sanitario.
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