Página1de17PólizaSeguro Complementario de Salud FullN°XXXX PÓLIZA DESEGUROINDIVIDUALCOMPLEMENTARIADE SALUD N° CONDICIONES GENERALES INSCRITAS EN EL DEPÓSITO DE PÓLIZASDE LA COMISIÓNPARA EL MERCADO FINANCIEROBAJO LOS CÓDIGOS POL320230476 CONDICIONES PARTICULARES Compañíade Seguros de Vida Cámara S.A., en adelante también “Vida Cámara S.A.” o la “Compañía”, en consideración a la Solicitud de Seguro presentada por el Contratante y/oel asegurado, su Declaración de Salud, las Condiciones Generales respectivas y las Condiciones Particulares que a continuación se detallan, acepta por medio de la presente póliza asegurar lo siguiente: Datos del Contratante y Asegurado Titular Nombre Domicilio Comuna Ciudad Teléfono RUT Email Datos del Asegurador RazónSocialCOMPAÑÍA DE SEGUROS VIDA CÁMARA S.A. DomicilioApoquindo 6750, Piso 10 ComunaLas Condes CiudadSantiago Teléfono600 320 07 00 RUT99.003.000-6 Nombre ProductoSeguro Complementario de Salud Full 60% con Extensión Catastrófica Deducible 60 UF Datos del Intermediario Nombre o Razón Social RUT Comisióndel Corredor0, 00% de la prima neta recaudada Asegurados Dependientes NOMBRERUTPARENTESCO
Página2de17PólizaSeguro Complementario de Salud FullN°XXXX 1.VIGENCIA DE LA PÓLIZA La presente póliza tendrá una vigencia de un (1) año, comenzando a las 00:00 horas del díaXXXX de XXXX de XXXXy terminando a las 24:00 horas del díaXXXX de XXXX de XXXX. La póliza se renovará automáticamente y por periodos de un año al final de cada vigencia, ajustándose la prima según el tramo de edad y número de asegurados por grupo familiar indicadas en el punto 17, a menos que alguna de las partes manifieste su opinión en contrario a través de comunicación escrita, con una anticipación de, a lo menos, 60 días corridos a la fecha de vencimiento de la póliza.Esta comunicación podrá realizarla a través del Corredor al correo [email protected] 2.ASEGURADOS Podrán tener la calidad de asegurados dependientes del titular de esta póliza, laspersonas vinculadas al asegurado titular, según el siguiente detalle: •CónyugeyConviviente Civilo Conviviente No Civilcon hijos en común •Hijos •Hijos del o la cónyuge o conviviente civilo conviviente no civil. Estos se encontrarán asegurados hasta la fecha indicada enlosrequisitos de asegurabilidad siempre y cuando sean solteros y se encuentren estudiando. •Cargas legales.Estos podrán ser asegurados acreditando su calidad de carga legal del titular y sólosi son inscritos dentro de los treinta (30) días siguientes al nacimiento para que tengan cobertura desde el día de su nacimiento; de lo contrario, su vigencia comenzará el primer día del periodo de coberturasiguiente a aquel en que se aceptó susolicitud de inclusión. Se encontrarán asegurados hasta la fecha indicada en requisitos de asegurabilidad siempre y cuando sean solteros y se encuentren estudiando. Las categorías de cónyuge, conviviente civil y conviviente no civil sonexcluyentes entre sí; por ello,en cada grupofamiliar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. 3.COBERTURACOMPLEMENTARIADE SALUD Este seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos razonables y acostumbrados, en que se haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapacidad cubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza en los términos porcentuales, límites y topes establecidos en estas Condiciones Particulares. Lostérminos, proporciones, límites y condiciones de cobertura, se encuentran definidos enlosPlanesde Reembolso,detalladosen el Anexo1,“Cuadro de Condicionesy Característicasde la Póliza”de acuerdo al planal que opte elaseguradotitularal momento de la contratación. Con todo, los porcentajes de bonificación establecidos en el Plan deReembolsos anteriormente mencionado podrán ser incrementados en el porcentaje que se indique para las respectivas prestaciones del referido Plan si éstas son realizadas u otorgadas en las clínicas o centros médicos de Red Salud, siempre que éstas gocen decobertura en la póliza. Se exceptuarán del incremento porcentual de reembolso, las prestaciones que en el Plan de Reembolsos contemplen un porcentaje de bonificación del 100%. No obstante lo anterior, para los casos que a continuación se indican, lostérminos de cobertura se ajustarán a lo siguiente: 1.En aquellos casos en que el asegurado este afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa vigente a la fecha de la prestación, y no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se aplicará una rebaja de 50% al porcentaje de reembolso establecido en el Plan de Reembolsos.Se excluyen de esta regla los gastos por medicamentos hospitalarios para los asegurados afiliados a FONASA u otros Sistemas Previsionales de Salud, cuyo porcentaje de reembolso será el establecido en el Plan de Reembolso.
Página4de17PólizaSeguro Complementario de Salud FullN°XXXX 8.4. CIRUGIAS DE CONTROL DE NATALIDAD: La compañía de segurosreembolsará o pagará los gastos efectivamente incurridos por las cirugías que a continuación se indican, reembolsándose las prestaciones definidas en el Condicionado General, en el Artículo 3, letras a, b y c del Beneficio de Hospitalización, todos los cuales se liquidarán bajo esta cobertura según elrespectivoPlan de Reembolsos, detallado en el Anexo Cuadro de Condiciones y Características de la Póliza. •Ligadura de trompas: •Salpingoligadura: •Vasectomía: 8.5.CIRUGÍA OCULAR LÁSIK: La compañía otorgará cobertura a los gastos derivados del procedimiento de la cirugía ocular lásik, siempre y cuando el asegurado acredite la necesidad del procedimiento, mediante un informe del médico tratante, con exámenes que lo respalden. Para los casos de Miopía,Hipermetropía y Astigmatismo, se considerará para dar cobertura, que se trate de pérdidas de visión con un mínimo de cinco (5) dioptrías en cada ojo. No se encontrará cubierta la cirugía que sean necesarias para corregir presbicia. Además, para que un asegurado tenga cobertura de la prestación de Cirugía Ocular Lásik debe ser mayor de veinte (20) años de edad a la fecha de la prestación. Se liquidarán bajo esta cobertura según elrespectivoPlan de Reembolsos, detallado en el Anexo Cuadro de Condiciones yCaracterísticas de la Póliza. 4.CAPITAL ASEGURADO COBERTURAEXTENSIÓNCATASTRÓFICAPOR EVENTO Cobertura Catastrófico por Evento Asegurados hasta 69 años y 364 díasAsegurados mayores de 70 años Paraeventosocurridoshastaeldía anterior aaquél en que el asegurado cumpla los 70 años de edad. Para eventos ocurridos a contar del día en que el asegurado cumpla los 70 años de edad. Monto AseguradoUF 30.000 por eventoUF 5.000 por evento Deducible Libre ElecciónUF60UF120 5.COBERTURA EXTENSIÓN CATASTRÓFICAPOR EVENTO Esta cobertura operará una vez consumido el deducible indicado en el artículo4° de estas condiciones particulares,conformado por los copagos incurridos por el asegurado luego de aplicar la cobertura complementaria de salud de la póliza, e indemnizará los gastos razonables y acostumbrados incurridos en exceso de la cobertura del Sistema de Salud Previsional del Asegurado, en los porcentajes y topes indicados en el "Plan de Reembolsos Ampliación de Cobertura de Salud". Los términos, proporciones, límites y condiciones de cobertura, se encuentran definidos en el Plan de Reembolsos, incluido en el Cuadro deCondiciones y Características siguiente: CUADRO DE CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA PÓLIZA PLAN DE REEMBOLSOS COBERTURA EXTENSIÓN CATASTRÓFICA POR EVENTO CoberturasPorcentaje de Reembolso Beneficios Hospitalarios Dia CamaHospitalización100% Servicios Hospitalarios100% Honorarios Médico100% Prótesis Quirúrgicas100% Cirugía Dental por Accidente100% Ambulancia Terrestre*100% Beneficios Ambulatorios Cirugía Ambulatoria100% Consultas Médicas100% Exámenes de Laboratorio100% Exámenes de Radiografías100% Exámenes de Medicina Nuclear100%
Página5de17PólizaSeguro Complementario de Salud FullN°XXXX Procedimiento de Diagnóstico y Terapéuticos100% (*) Para la prestación de ambulancia terrestre el tope será de UF 10 por Evento, sin límite dekilómetros y sin tope de Eventos, si el asegurado es hospitalizado. No obstante lo anterior, para los casos que a continuación se indican, los términos de cobertura se ajustarán a lo siguiente: 1.En aquellos casos en que el asegurado este afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa vigente a la fecha de la prestación, y no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se aplicará una rebaja de 50% al porcentaje de reembolso establecido en el Plan de Reembolsos, debiéndose acreditar la no cobertura, mediante el timbre “NO BONIFICABLE”. 2.Los gastos médicosincurridos en el extranjero tendrán cobertura por esta póliza sólo en caso de Atención de Urgencia sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas: a)Los gastos de las prestaciones deben haber sido reembolsados por el Sistema de Salud Previsional del asegurado. b)El asegurado debe tener domicilio o residencia permanente en Chile y la permanencia máxima en el extranjero no podrá superar los 30 días Sujeto al cumplimiento de las condiciones antes referidas, en estos casos los porcentajes reembolso establecidos en el Plan de Reembolsos se reducirán en 25% con tope anual de 500 UF. 3.La Compañía realizará la clasificación de las prestaciones de salud cubiertas por esta póliza en conformidad a las definiciones y rubros de prestaciones contenidas en las Normas Técnicas Administrativas del Arancel Fonasa vigente a la fecha de la respectiva prestación. 4.En caso de que el asegurado no se encontrara afiliado a un Sistema Previsional al momento del siniestro, estos gastos serán cubiertos por el seguroaplicando una rebaja y reembolsando solo el 50% de los porcentajes del cuadro "Plan de Reembolsos", previa acreditación de la condición. 5.El porcentaje de bonificación será de un80% con los topes establecidos en el Plan de Reembolso para prestaciones médicas, ambulatorias y hospitalarias realizadas en Clínica Las Condes, Clínica Alemana de Santiago, Clínica Universidad de los Andes, Clínica UC Christus San Carlos de Apoquindo y Centro de la Visión CLC. 6.Bajo la cobertura Complicaciones del embarazo quedarán amparadas todas aquellas patologías que estén directamente relacionadas o sean consecuencia directa del embarazo y cuya presencia u ocurrencia afecte gravemente el desarrollo normal de éste, cuando el embarazo se haya gestado después de la fecha de inicio de vigencia a la póliza. Para efectos de esta definición se entienden como complicaciones del embarazo las siguientes: -Colestasia intrahepática del embarazo -Placenta previa -Placenta creta -Preeclampsia -Eclampsia -Hipertensión delembarazo -Incompetencia cervical -Distosia del embarazo -Infección huevo ovular -Rotura prematura de membranas -Amenaza de parto prematuro, sin que éste haya terminado en parto -Polihidroamnios
Página6de17PólizaSeguro Complementario de Salud FullN°XXXX En ningún caso se entenderán incluidos los costos asociados a abortos, cesáreas y parto natural, los cuales no gozarán de cobertura en esta póliza. La cobertura por gastos médicos provenientes de complicaciones derivadas del embarazo solo es aplicable respecto del Asegurado Titular, su cónyuge, convivientecivil o no civil con hijos en común, y no respecto de las hijas. 6.COBERTURA EXTENSIÓN CATASTRÓFICA-EVENTO Para efectos de la Coberturade ExtensiónCatastrófica por Evento, elEvento corresponde a todas las prestaciones hospitalarias oambulatorias asociadas a un diagnóstico por enfermedad o accidente y sus consecuencias posteriores asociadas directamente al diagnóstico principal. Este seguro otorga cobertura hasta por un período de doce (12) meses contados desde el inicio de las prestaciones asociadas al diagnóstico principal que generó el Evento. En casodeque la enfermedad o accidente que dio origen a un evento objeto de reembolso se prolongue más allá del plazo indicado anteriormente, y siempre que la póliza se encuentre vigente, éste será considerado como un nuevo evento para todos los efectos, reinstalándose el deducible y el capital asegurado por una vez más. Transcurrido el período máximo de reembolsode veinticuatro(24) meses por el mismo evento, cesará la obligación dela Compañía en relación con la cobertura que establece esta póliza. Durante la vigencia de póliza, cada asegurado podrá presentar un máximo de dos eventos, con excepción de los aseguradosmayores alos 80 años, para los cuales se reducirá el máximo de eventos a uno por vigencia. 7.DEDUCIBLE Y PERIODO DE ACUMULACIÓN La cobertura complementariade Saludconsiderala aplicación de losdeduciblesindicados en los respectivos planes de reembolso a los que se hayan incorporado los asegurados. La cobertura Catastróficapor Evento está afectaa un deduciblepara prestadores Libre Elección,el deducible será de UF60 por evento para asegurados hasta los 69 años y 364 días y UF120 para los mayores a 70 años. Este deducible se aplicará por asegurado y será establecido en los primeros gastos médicos presentados por el evento denunciado. 8.CARENCIA El Beneficio Ambulatorio de la cobertura complementaria de salud contempla un período una carencia de 60 (sesenta) días contados desde la fecha decontratación para las siguientes prestaciones en la medida que estén incluídas en el Plan de Reembolso: Tomografías Computarizadas, Resonancias Magnéticas, Procedimientos de Diagnósticos y Procedimientos Terapéuticos no Quirúrgicos. Sin perjuicio de loanterior,tratándose de los planesde cobertura complementaria de saludcon cobertura Hospitalaria,se aplicaráunacarenciade 6 (seis) meses contadadesde la fecha de contrataciónparalas siguientesCirugíasRestringidas: Cirugía Bariátrica yCirugía Rinoplastia y/o Septoplastia, las que se encuentrandescritas en elartículo3°, numerales8.1 y8.3 respectivamente, de estas Condiciones Particulares. Lacoberturade Extensión Catastróficatiene un período de carencia de sesenta (60) días, contados desde la vigencia inicial del asegurado, el que será aplicable tanto al asegurado titular como a sus dependientes siempre que la póliza se encuentre vigente.Esta carencia no se considera en casode accidentes. 9.VIGENCIA DE LAS COBERTURASDE CADA ASEGURADO DEPENDIENTE Los nuevos asegurados dependientes ingresarán a la presente póliza de seguro sólo una vez evaluada su Solicitud de Incorporación y aceptado su ingreso por Vida Cámara S.A. En estoscasos la cobertura se iniciará el primer día del mes siguiente al de su aceptación e incorporación al presente seguro.
Página7de17PólizaSeguro Complementario de Salud FullN°XXXX 10.REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Los requisitos de asegurabilidad de la pólizason los siguientes: EdadMínima de IngresoEdadMáxima de IngresoEdadMáxima de Permanencia Titular18 años69años y364 días99años y364 días Cónyuge, conviviente civil o conviviente no civil18 años69años y364 días99años y364 días HijosDesde 14avo día de nacimiento23 años y364días24 años y364 días Cargas LegalesDesde 14avo día de nacimiento23 años y364 días24años y364 días Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro, mantendrán su cobertura hasta el término delavigenciaanual del período en que cumplieron la edad máxima de permanencia. 11.PREEXISTENCIA YACTIVIDADES Y DEPORTES RIESGOSOS Este seguro no cubre preexistencias y actividades y deportes riesgosos. Para estos efectos, no se consideran como incapacidades preexistentes las patologías oncológicas cuando hayan transcurrido más de 5 años desde lafinalización del tratamiento radical sin recaída posterior. Sin perjuicio de lo anterior, en virtud de la Declaración Personal de Salud y actividades y deportes riesgosos efectuada por el asegurado al momento de solicitar su incorporación a la póliza, laCompañía Aseguradora establecerá restricciones y limitaciones especiales de cobertura respecto de situaciones o enfermedades preexistentes o actividades y deportes riesgosos declaradas, las que se entenderán aceptadas por el asegurado una vez firmada la respectiva Declaración Personal de Salud y actividades y deportes riesgosos, las cuales forman parte de las Condiciones Particulares. 12.DECLARACIÓN DEPREEXISTENCIASY ACTIVIDADES Y DEPORTES RIESGOSOS a)El asegurado titular antesindividualizado declaró, por sí y por su grupo familiar, en su Declaración de Salud, Actividades y Deportes no tener patologías preexistentes, no tener una actividad riesgosa y no practicar deportes riesgosos. b)De acuerdo a la Declaración deSalud, Actividades y Deportes realizada por el asegurado titular por sí y por su grupo familiar, no serán cubiertas por esta póliza las patologías, actividades y deportes declarados: c)Se excluyen de cobertura todas las prestaciones médicas, medicamentos, gastos farmacéuticos, procedimientos o estudios causados por las patologías declaradas, su origen, consecuencias y complicaciones Las patologías preexistentes declaradas son las siguientes: Nombre AseguradoRutPatologías d)Se excluyen decobertura todas las prestaciones médicas, medicamentos, gastos farmacéuticos, procedimientos o estudios causados por actividades y/o deportes riesgosos declarados. Las actividades y deportes declarados son los siguientes: Nombre AseguradoRutActividades y/o Deportes
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