¡NUEVO SEGURO! SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD FULL 60% Día cama hospitalización Servicios hospitalarios Honorario médico Consultas Médicas Radiografías Exámenes de Laboratorio e Imagenología El Seguro Complementario de Salud FULL 60% se hace efectivo una vez aplicados los beneficios y coberturas del sistema de salud previsional respectivo, así como también los de cualquier otro beneficio, Plan o seguro que posea el asegurado titular y sus cargas. Entregamos coberturas Fonasa e Isapres Nuestroseguro complementario de saludentrega cobertura de hasta un 60% en exámenes, consultas, procedimientos y hospitalizaciones. Complementario de Salud FULL 60% Seguro
Prima Laprimabrutadel“Seguro Complementario de Salud FULL 60%” serádesdeUF0,96mensualpor asegurado.Elpreciovaríasegúnel númerodeaseguradosylatablade tramo de edades incluido en la póliza. Cobro El pago de la prima será con cargo a una tarjeta de débito o crédito. El cobro se realizarásobre el medio de pago seleccionadopor el titularalmomentodela contratación de la póliza. Inicio de Cobertura Podrás hacer uso de tu cobertura al día siguiente de la contratación de la póliza. Además, estará disponible el ingreso de solicitudes de reembolso a través de la APP y Portal Privado web de Vida Cámara. Debes saber Soy fan de mi salud La cobertura anual por asegurado tiene un tope de UF 450, cuya aplicación se realiza de la siguiente manera: Por cada solicitud de reembolso en exámenes, consultas, procedimientos y hospitalización, se aplicará un 60% de bonificación en el copago durante 12 meses o hasta completar el tope de bonificación de UF 450.Los topes de cobertura se reinician a la renovación de la póliza, por lo que el tope de cobertura de UF 450 se comienza a contabilizaruna vez renovado el seguro por el siguiente periodo de 12 meses. Preexistencias Este seguro no cubre preexistencias. Además,sesolicitarácompletaruna declaracióndesaludalmomentodela contratación del seguro. Para estos efectos, noseconsiderancomoincapacidades preexistenteslaspatologíasoncológicas cuando hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior Deducible Este seguro considera un deducible de UF 1 anuales porasegurado. CONTRATA 100% ONLINE EN VIDACAMARA.CL
Plan de Coberturas Ambulatorio 60% - Hospitalario 60% TOPE ANUAL DE COBERTURA EN UF450 UF DEDUCIBLE EN UF1 UF (*) Para la prestación de Kinesiología el tope será de 12 sesiones anuales, manteniendo los porcentajes y topes máximos de reembolso descritos en el plan de coberturas. El porcentaje de bonificación del 60% libre elección no esaplicable a todos los prestadores. COBERTURATOPE POR PRESTACIÓN % DE REEMBOLSO % DE REEMBOLSO REDSALUD 30,00 UF 30,00 UF 40,00 UF 35,00UF 5,00 UF 5,00 UF 10,00 UF 10,00 UF DÍA DE CAMA HOSPITALIZACIÓN DÍA DE CAMA UTI/UCI TOPE ANUAL COBERTURA 60%80%4,00 UF 4,00 UF80% 80% 60% 60% 60% 60% 80% 80% 80% 80% 60% 30% 60% 80% 80% 80% 80% 60% 20% 40% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 30% 60% 60% 60% 60% 60% 60% 10% 20% SERVICIOS HOSPITALARIOS HONORARIOS MÉDICOS MATERIALES E INSUMOS CIRUGÍA AMBULATORIA MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS PARTO NORMAL BENEFICIOS DE HOSPITALIZACIÓN BENEFICIOS AMBULATORIOS CESÁREA PRÓTESIS QUIRÚRGICAS CIRUGÍAS RESTRINGIDAS CONSULTAS MÉDICAS COMPLICACIONES DEL EMBARAZO Y PARTO ABORTO NO VOLUNTARIO PRESTACIONES NO ARANCELADO CONSULTA MÉDICA ATENCION DE URGENCIA EXÁMENES DE LABORATORIO CONSULTAS MÉDICAS SIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA1,00 UF PRESTACIONES NO ARANCELADAS EXÁMENES DE IMAGENOLOGÍA, RADIOGRAFÍAS, ULTRASONOGRAFÍA Y MEDICINA NUCLEAR PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO Y TERAPÉUTICOS NO QUIRÚRGICOS 15,00 UF 0,50 UF KINESIOLOGÍA (*)60%80%
Conoce la Prima de tu seguro Periodicidad de pago de la prima: Pago mensual durante la vigencia de la póliza. Modalidad de pago de la prima: Tarjeta de crédito y tarjeta de débito Plazo de Gracia: Para el pago de la prima se concede un plazo de gracia de 30 días el cual será contado a partir del primer día del mes de cobertura no pagado. Los cargos mensuales en la tarjeta de crédito y/o débito se harán en el equivalente en pesos a la prima que corresponda al período. Las primas por asegurado detalladas corresponden al valor bruto (IVA incluido) La prima mensual en UF será calculada en función del tramo de edad y número de los asegurados incluyendo al asegurado titular y dependientes. Por tanto, cada vez que un asegurado dentro del grupo familiar cambie de tramo de edad, el monto de la prima se ajustará según los términos que se establecen en la siguiente tabla. Igual ajuste se efectuará cada vez que se modifique el número de asegurados cubiertos por el seguro. PRIMA POR ASEGURADO TRAMO POR EDAD 0,96 UF 1,10 UF 1,24 UF 1,32 UF 1,40 UF 1,51 UF 1,73 UF 2,14 UF 0 - 20 21 - 30 31 - 40 41 - 50 51 - 60 61 - 70 71 - 80 81 - 90 2,81 UFMás de 90
La cobertura de este seguro es anual con renovación automática no garantizada por periodos de un año al final de cada vigencia, mientras se cumplan los requisitos de asegurabilidad y el pago de la prima al día, a menos que alguna de las partes manifieste su opinión en contrario a través de comunicación escrita, con una anticipación de, a lo menos, 60 días corridos a la fecha de vencimiento de la póliza. DERECHO A RETRACTO Como asegurado, podrás retractarte del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, dentro de diez (10) días desde la recepción de la póliza, teniendo a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante ese período de tiempo. TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO El asegurado podrá comunicar su decisión de terminar anticipadamente el seguro a través del portal Vida Cámara, contenidoenelsitiowebdelacompañía,ingresandoconsuaccesopersonalyseleccionandolasolicitud correspondiente, o a través de una comunicación escrita dirigida a la compañía. La terminación del seguro se efectuará a contar de la fecha de recepción en la compañía de la comunicación del asegurado. En los casos que corresponda, se efectuará devolución de prima del periodo de cobertura no consumido. Requisitos para tu seguro Vigencia y Renovación Titular18 años EDAD MÍNIMA DE INGRESO COBERTURAEDAD MÁXIMA DE INGRESO EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA Cónyuge, conviviente civil o conviviente no civil Hijos Cargas Legales 18 años Desde el 14avo día de nacimiento 69 años y 364 días 69 años y 364 días 23 años y 364 días 23 años y 364 días 99 años y 364 días 99 años y 364 días 24 años y 364 días 24 años y 364 días Desde el 14avo día de nacimiento siguiente al de su aceptación en incorporación al seguro, con excepción de los hijos recién nacido, cuya vigencia se ajustará a lo siguiente: • Si la Solicitud de Incorporación es presentada a la compañía hasta el día 30 de vida del recién nacido, la vigencia será contar del 14avo día de su nacimiento. • Si la solicitud de incorporación es presentada a la compañía con posterioridad al día 30 de nacido, la vigencia será a partir delprimerdíadelperiododecoberturasiguientedela presentación de la solicitud de incorporación. Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro mantendrán su cobertura hasta el término de vigencia de la póliza. Las categorías de cónyuge, conviviente civil y conviviente no civil son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. Los nuevos asegurados dependientes ingresarán al seguro sólounavezevaluadasusolicituddeincorporacióny aceptadosuingresoporVidaCámara.Enestoscasosla cobertura se iniciará el primer día del período de cobertura
Sobre la Cobertura Complementaria El Beneficio Ambulatorio de la cobertura complementaria de salud contempla un período una carencia de 60 (sesenta) días contados desde la fecha de contratación para las siguientes prestaciones en la medida que estén incluídas en el Plan de Reembolso: Tomografías Computarizadas, Resonancias Magnéticas, Procedimientos de Diagnósticos y Procedimientos Terapéuticos no Quirúrgicos. Sinperjuiciodeloanterior,tratándosedelosplanesdecoberturacomplementariadesaludconcobertura Hospitalaria, se aplicará una carencia de 6 (seis) meses contada desde la fecha de contratación para las siguientes Cirugías Restringidas: Cirugía Bariátrica y Cirugía Rinoplastia y/o Septoplastia, las que se encuentran descritas en la póliza. Preexistencias Carencia Este seguro no cubre preexistencias y actividades y deportes riesgosos. Para estos efectos, no se consideran como incapacidades preexistentes las patologías oncológicas cuando hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior. Sin perjuicio de lo anterior, en virtud de la Declaración Personal de Salud y actividades y deportes riesgosos efectuada por el asegurado al momento de solicitar su incorporación a la póliza, la Compañía Aseguradora establecerárestriccionesylimitacionesespecialesdecoberturarespectodesituacionesoenfermedades preexistentes o actividades y deportes riesgosos declaradas, las que se entenderán aceptadas por el asegurado una vez firmada la respectiva Declaración Personal de Salud y actividades y deportes riesgosos, las cuales forman parte de las Condiciones Particulares. Este seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos razonables y acostumbrados, en que se haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapacidad cubierta por este seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza en los términos porcentuales, límites y topes antes descritos. Bonificación Minima del Sistema Previsional de Salud (BMI) Si el aporte del sistema de salud previsional del asegurado es menor al 50% del valor de la prestación cuyo reembolso se solicita, el reembolso de la compañía se aplicará sobre el 50% del valor real de la prestación, monto sobre el cual se aplicarán los porcentajes, topes y deducibles del plan contratado. Se exceptúan los medicamentos ambulatorios.
En aquellos casos en que el asegurado este afiliado a un sistema de salud previsional, privado o estatal, y las prestaciones o gastos reclamados se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa vigente a la fecha de la prestación, y no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se aplicará una rebaja de 50% al porcentaje de reembolso establecido en el Plan de Reembolsos. Se excluyen de esta regla los gastos por medicamentos hospitalarios para los asegurados afiliados a FONASA u otros Sistemas Previsionales de Salud, cuyo porcentaje de reembolso será el establecido en el Plan de Reembolso. Los gastos médicos incurridos en el extranjero tendrán cobertura por esta póliza sólo en caso de Atención de Urgencia sujeto al cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas: a) Los gastos de las prestaciones deben haber sido reembolsados por el Sistema de Salud Previsional del asegurado. b) El asegurado debe tener domicilio o residencia permanente en Chile y la permanencia máxima en el extranjero no podrá superar los 30 días. Sujeto al cumplimiento de las condiciones antes referidas, en estos casos los de porcentajes reembolso establecidos en el Plan de Reembolsos se reducirán en 25% con tope anual de 500 UF. En caso de que el asegurado no se encontrara afiliado a un Sistema Previsional al momento del siniestro, estos gastos serán cubiertos por el seguro aplicando una rebaja del 80% sobre los porcentajes del cuadro "Plan de Reembolsos" con tope de 2 UF anual, previa acreditación de la condición. En aquellos casos en que el asegurado esté afiliado a un sistema de salud previsional privado o público y durante la vigencia de esta póliza disminuyera la cobertura otorgada por el sistema previsión al de salud del asegurado, en comparación a la otorgada al momento de contratar esta póliza en más de un 20% ya sea por voluntad o condiciones ajenas al asegurado, la compañía reducirá el porcentaje de reembolso en 80%. Las prestaciones ambulatorias y hospitalarias no tipificadas en el Arancel Fonasa que tengan cobertura por esta póliza serán cubiertas por el seguro según lo indicado en el respectivo Plan de Rembolso. La Compañía realizará la clasificación de las prestaciones de salud cubiertas por esta póliza en conformidad a las definiciones y rubros de prestaciones contenidas en las Normas Técnicas Administrativas del Arancel Fonasa vigente a la fecha de la respectiva prestación. El porcentaje de bonificación será de un 25% con los topes establecidos en el Plan de Reembolso para prestaciones médicas, ambulatorias y hospitalarias realizadas en Clínica Las Condes, Clínica Alemana de Santiago, Clínica Universidad de los Andes, Clínica UC Christus San Carlos de Apoquindo y Centro de la Visión CLC. Los términos, proporciones, límites y condiciones de cobertura, se encuentran definidos en los Planes de Reembolso, detallados en la póliza de acuerdo al plan al que opte el asegurado titular al momento de la contratación. Con todo, los porcentajes de bonificación establecidos en el Plan de Reembolsos anteriormente mencionado podrán ser incrementados en el porcentaje que se indique para las respectivas prestaciones del referido Plan si éstas son realizadas u otorgadas en las clínicas o centros médicos de Red Salud, siempre que éstas gocen de cobertura en la póliza. Se exceptuarán del incremento porcentual de reembolso, las prestaciones que en el Plan de Reembolsos contemplen un porcentaje de bonificación del 100%. No obstante lo anterior, para los casos que a continuación se indican, los términos de cobertura se ajustarán a lo siguiente:
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