CONDICIONES PARTICULARES POLIZA N° 285069 N° 1:COBERTURA La (s) cobertura (s) amparada (s) bajo este contrato, es (son) la (s) siguiente (s): a)SALUD, cobertura básica, (Seguro Colectivo para Gastos de Salud). Lacoberturasedescribeenel"Cuadro de Beneficios", el cual comprende el detalle de las prestaciones cubiertas,losporcentajesdereembolso,loslímitesotopesporprestaciónoporevento,eldeducible,la bonificación mínima de la institución previsional, el monto máximo de reembolso y el período de acumulación para los topes o límites.Por último, tratándose de los porcentajes de reembolso, estos podrán asociarse a la existencia o no de reembolso de la Institución de Salud Previsional o a uno o más instituciones o prestadores médicos. Se incluye en ANEXO 1 del presente contrato, que a contar de la vigencia de la póliza se contempla como parte delbeneficioocoberturadelapóliza,laliberacióndeevaluaciónmédicaparaelpagodelacobertura ambulatoria, en consecuencia, el contratante de la póliza, se responsabiliza de informar a sus trabajadores asegurados, respecto de la operativa detallada en dicho anexo, como asimismo, garantiza que el asegurado conoceyaceptaquetodacoberturaotorgadaatravésdeestaliberación,noimplicaqueotraprestación presentada por el mismo u otro diagnóstico deba ser cubierta por la Compañía y que, por lo tanto, no sienta precedenteoderechoalgunodecoberturaposterior.Deestemodo,laCompañíapodráexcluir,limitaro restringir la cobertura de Salud para futuras solicitudes de cobertura asociadas a dichos diagnósticos, en caso que la evaluación del gasto produzca como resultado la improcedencia de la respectiva cobertura, según lo señalado en el Artículo 6, Exclusiones, letra v) de las condiciones generales de la póliza. En mismo ANEXO 1, adicionalmente se incluyelos medios para requerir la cobertura que da cuenta la póliza, según lo siguiente: •ISOLICITUDESREQUERIDAS A LA ASEGURADORA. •IISOLICITUDES REQUERIDAS A TRAVÉS DE IMED. •IIISOLICITUDES REQUERIDAS A TRAVES DELCONVENIODEFARMACIA:CRUZ VERDE, PHARMA BENEFITS(Salco Brand)Y ABF(Fasa). Exclusiones: •Salud, las señaladas en las condiciones generales de la póliza, en su Artículo 6°, a excepción de la exclusión citada en letra s), del presente condicionado. Cobertura Excepcional: La compañía otorgará cobertura según se indica en el presente contrato, a los asegurables que sin cumplir los requisitos de asegurabilidad, hayan solicitado su ingreso a la póliza.Esta cobertura excepcional, será limitada según se indica en el Artículo N° 4 "Requisitos de Asegurabilidad". 2
N° 2:ASEGURADOS a)Asegurado titular: Trabajadores vinculados a la empresa contratante, mediante un contrato de trabajo a tiempo indefinido y que figuran como tal, en la nómina de asegurados que forma parte de la presente póliza. b)Asegurados Dependientes: Dependientes, que cumpliendo con los requisitos de asegurabilidad, sean: •Cónyuge o Conviviente, que se encuentre o no registrada como carga legal por el asegurado titular en su empresa. •Hijos solteros, que se encuentren o no registrados como carga legal por el asegurado titular en su empresa. Actividad del Asegurado: Respecto de la actividad de los asegurados titulares en la empresa contratante, de acuerdo a lo informado por este último, según lo señalado en el Artículo 11° de las condiciones generales de la póliza, se declara que la actividad desarrollada por los trabajadores asegurados,considera el o los riesgos siguientes: Administrativos. En consecuencia, cualquier actividad distinta a lo declarado por el contratante y que declare el asegurado, deberá ser evaluada y aprobada por la aseguradora. N° 3:PRIMAS La prima se establece de acuerdo al número de cargas o familia de cada asegurado titular y por cada cobertura asegurada, de acuerdo a lo siguiente: (*) Primas aplicadas por parentesco N° 4:REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Para Todos los Asegurados •Todoslosaseguradosdelapresentepóliza,debencontarconlacoberturaotorgada por el sistema previsional de salud, siendo requisito imprescindible para contar con la cobertura de este seguro. •Los límites de edad de ingreso y término para cadacobertura son: ASEGURADO Prima mensual UF SALUD (Básica) NetoIVABruto Titular solo0,22250,04230,2648 Cónyuge/conviviente0,22250,04230,2648 Hijo0,22250,04230,2648 3
•La acreditación de la condición de dependientes asegurados por la presente póliza, será responsabilidad del contratante, quien deberá solicitar los certificados que se requieran para la conformidad de la calidad de asegurado.La Compañía podrá solicitar estos documentos en cualquier momento, durante la vigencia de la póliza. •(*)Asegurados que Cumplan los 65 años de edad, podrán permanecer con continuidad de cobertura con monto máximo en Salud reducido según indica cuadro de beneficios Salud. •La exclusión de asegurados por cumplimiento de la edad máxima de permanencia, se realizará una vez al año, con motivo de la renovación. Para los Nuevos Asegurados: •Deberánestarenbuenascondicionesdesaludalmomentodeingresaralapólizaydeberánser incorporados a la póliza en la fecha que califican para ingresar a la póliza, suscribiendo su incorporación en el plazo establecido en las condiciones generales de la póliza. •Vencido el plazo señalado en las condiciones generales, Artículo 9°, el asegurado no podrá ingresar a la póliza y deberá esperar un nuevo período de inscripción definido por el asegurador al momento de la siguiente renovación de la póliza. •Todonuevoasegurado,incluyendolosreciénnacidosdepartosnocubiertos,deberáncompletarel formulariodeinscripciónalseguro,esdecir,completarunaSolicituddeSeguroColectivo(S.S.C.),o excepcionalmentesegún lo requiera el asegurador para casos especiales a evaluar,una "Declaración Especial de Salud". (D.E.S.) •La validez de la S.S.C y D.E.S, es de 60 días, por lo tanto, si dichos documentos superan el plazo indicado, el requisito deberá ser actualizado. •El Asegurador se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes en aquellos casos que estime necesario y conveniente para la aceptación del asegurable, tales como antecedentes médicos (Exámenes, IMT, Ficha Clínica, etc.) u otros antecedentes para acreditar los requisitos de asegurabilidad y el interés asegurable. •Cumpliendo los requisitos de asegurabilidad y aprobada la solicitud por el asegurador, la vigencia para el aseguradoregiráacontardelprimerdíadelmessiguientealdesunotificaciónenlaaseguradora, exceptuando los hijos recién nacido, quienes tendrán vigencia a contar de la fecha de su solicitud. SaludBásicaEDAD INGRESOTERMINO DE COBERTURA TitularMenor de 64 añosCumpliendo los 65 años Hijo SolterosDesde que nacen y hasta menores de 23 años Cumpliendo los 24, si son estudiantes de tiempo completo y dependan económicamente del Titular Conyuge/convivienteMenor de 64 añosCumpliendo los 65 años PLAN MAYORES SaludBásicaEDAD INGRESOTERMINO DE COBERTURA TitularMenor de 64 añosCumpliendo los 68 años CónyugeMenor de 64 añosCumpliendo los 68 años Hijo SolterosDesde que nacen y hasta menores de 23 años Cumpliendo los 24, si son estudiantes de tiempo completo y dependan económicamente del Titular 4
Cobertura Excepcional: •Todonuevo asegurado incorporado en la fecha que califica para su incorporación al seguro, pero que no cumple con lo establecido en la tabla de requisitos de asegurabilidad, será incorporadoen elplande la cobertura de saludrequerido,contemplandounlímitedemontomáximodereembolsoanualdeUF10. Se entiende que la cobertura únicamente comprende la cobertura de salud y no comprende coberturas adicionales si las hubiere. •La vigencia de ésta cobertura excepcional será a partir del primer día del mes siguiente de la fecha que califica como asegurado. •Si durante los 60 primeros días de vigencia del asegurado en esta cobertura excepcional, el asegurado cumpleconlosrequisitosdeasegurabilidadyesaprobadoporlaaseguradora,encasodehaber coberturas pendientes por otorgar, éstas se cubrirán de acuerdo a lo establecido en el contrato desde el inicio de su vigencia, cobrándose las primas retroactivasrespectivas si fuere el caso. •Si el proceso termina posterior al plazo señalado, la vigencia para las coberturas pendientes regirá a partir de la fecha que dicho proceso termine.La presente condición contempla además,si los plazos de validez delosdocumentossehanvencido,laobligacióndelaseguradodeactualizarlasexigenciasde asegurabilidad. Eneleventoqueelaseguradodefinitivamentenocumplaconlaevaluaciónexigida,ésteseguirá asegurado bajo el plan de "cobertura excepcional". Procedimiento para la aceptación de resoluciones en los asegurados: Todarestricciónolimitacióndecoberturadistintadeloaceptadoporelaseguradoensusolicitudde incorporación, deberá ser informada por el asegurador mediante carta o en el certificado de su cobertura, y el asegurado deberá dar su consentimiento a las mismas mediante declaración especial firmada por él.Sin perjuicioa esto, no será necesario su consentimiento mediante declaración especial firmada por él, cuando se trate de un seguro contratado por su empleador o por un servicio de bienestar ydonde la prima sea pagado íntegramente por alguno de estos. Los documentos señalados en este inciso, formaran parte integrante de la póliza. Facultativos: Podrá ser sometido cualquier asegurado que no cumpla con los requisitos de asegurabilidad, siendo facultad de la aseguradora su aceptación, rechazo o restricción de la solicitud. N° 5:FORMA DE PAGO DE LA PRIMA •Periodicidad de pago: MensualAnticipada •Movimientos de asegurados: Las incorporaciones de asegurados deberán ser remitidos por el contratante en los plazos señalados en la presente póliza, y las exclusiones deberán ser informadas hasta el día 20 de cada período mensual, para que su prima no sea considerada en la cobranza a emitir por el asegurador. Contodo,lasexclusiones,solamentepuedencorresponderaunafechadetérminoqueseaplicará conforme a la fecha de Recepción de la respectiva Notificación a la Compañía. •Día de emisión de la cobranza:dentro de los primeros 5 días del mes siguiente en cobro. •Forma de emisión de la cobranza: El documento de cobro, será emitido por la aseguradora, a nivel de empresas. •Forma de pago de la prima: El contratante abonará el monto del importe de la prima, vía Transferencia en Cuenta Corriente Banco SantanderN° 82287825, Rut EmpresaN° 99.301.0006 Seguros Vida Security Previsión S.A.Una vez realizado el depósito se debe enviar mail a[email protected] Excepcionalmente, el contratante podrá abonar el monto del importe de la prima, directamente en las oficinas de la aseguradora. •Día de pago de la prima:hasta el día 10 del mesde cobertura. 5
•Emisióndefactura:Conjuntamenteconelenvíodelacobranza,lacompañíadeberáemitirlafactura respectiva, utilizando para efectos de cambio de la moneda de la póliza, el valor de cambio del día 9 del mes inmediatamente siguiente del periodo de cobertura. •Período máximo para el pago de la prima (de gracia):30días contados desde la fecha de inicio de la cobertura mensual no pagada, vencido el plazo citado, la póliza queda nula y sin efecto según lo señalado en las condiciones generales de la póliza. •Contributoriedadenelpagodelaprima:"NoContributorio"financiadaenun100%porla"Empresa Contratante". N° 6:BENEFICIARIO Según lo dispuesto en el Artículo 15° de las condiciones generales de la póliza. N° 7:PAGO DE SINIESTROS Se rige según lo señaladoen el Artículo 16° y 17° de las condiciones generales de la póliza, considerando adicionalmente lo siguiente: •En el Artículo 17 numeral 2) letra b) "pago de la indemnización al asegurado",La compañía aseguradora reembolsará los gastos médicos efectivamente incurridos por el asegurado y de cargo de la aseguradora, o bien, a opción de la aseguradora, reembolsará directamente al prestador los servicios médicos por dichos gastos,siempre en complemento de lo que cubra susistema de salud previsionaly sólo si corresponden a prestaciones contenidas en el Cuadro de Beneficios incluido en las condiciones particulares de la póliza. •Se extiende el plazo señalado en el Artículo 16° de 30 días, a 90 días, sin embargo en caso de término de la póliza, automáticamente rige lo establecido en las condiciones generales de la póliza. N° 8:REQUISITOS PARA LA MANTENCION DEL CONTRATO De acuerdo a lo establecido en el Artículo 22° Término Anticipado de la Póliza, en caso que se modifique el mínimo de adhesión de asegurados de este Holding para mantener vigente la póliza, es decir, el equivalente al 100%delosaseguradostitularesconunmínimode 5hasta35 Titulares, laCompañía podrárevisarlas condiciones de la póliza proponiendo las modificaciones necesarias para el manejo de ésta.De no lograr acuerdo entre las partes y aún cumpliéndose con el pago de las primas pactadas en el presente contrato, la compañía podrá poner término anticipado a la póliza. N° 9:UNIDAD MONETARIA Tanto los montos asegurados como las primas, se reajustarán de acuerdo a la variación que experimente la Unidad de Fomento. N° 10:VIGENCIA DE LA POLIZA Según lo señalado en página inicial (número 1) del presente contrato. N° 11:RETRACTO El asegurado podrá retractarse de la contratación del presente seguro sin necesidad de expresión de causa, dentrodelplazode35díascorridoscontadosdesdelafechaenqueelaseguradofirmelasolicitudde incorporaciónalseguro.Paraestosefectos,deberáexpresarsuvoluntadderetractarseatravésde comunicación escrita dirigida a la compañía aseguradora o a través del mismo medio en que contrató el seguro. 6
45Procedimientos de Diagnostico (Incluye Materiales)20%50%70%70%70% UF 10 46 Procedimientos Terapéuticos (Incluye Medicamentos y Materialesm Insumos, y excluye materiales de vendas de yeso, plástico o similares ) 20%50%70%70%70% N°D) BENEFICIO DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS 47Medicamentos NO Genéricos y Bioequivalentes NO Genéricos (sin convenio)Sin Cobertura 48Medicamentos No Genérico y Bioequivalente No Genérico (Con convenio)Sin Cobertura 49Medicamentos Inmunosupresores o Inmunomoduladores Genéricos. (Sin convenio)50%50%50% UF 10 50Medicamentos Antineoplásicos Genéricos(sin convenio)50%50%50% 51Medicamentos Inmunosupresores o Inmunomoduladores NO Genéricos(sin convenio)50%50%50% 52Medicamentos Antineoplásicos NOGenéricos(sin convenio)50%50%50% 53Medicamentos Genérico y Bioequivalente Genérico (Sin convenio)100%100%100%UF 10 54Medicamentos Genérico y Bioequivalente Genérico (con convenio)100%100%100% N°E) BENEFICIO DE SALUD MENTAL 55Hospitalización PsiquiátricaSin Cobertura 56Tratamientos de Terapia OcupacionalSin Cobertura 57Medicamentos asociados a terapia Psiquiátrica Genérico (sin convenio)Incluido en D) BENEFICIO DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS 58Medicamentos asociados a terapia Psiquiátrica Genérico (con convenio)Incluido en D) BENEFICIO DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS 59Medicamentos asociados a terapia Psiquiátrica NO genérico (sin convenio)Sin cobertura 60Medicamentos asociados a terapia Psiquiátrica NO genérico (con convenio)Sin cobertura 61Consulta o Sesiones Psiquiátricas (tope UF 0,5 por sesión)20%50%70%70%70% UF 5UF 0,562Consulta o Sesiones Psicológicas (tope UF 0,5 por sesión)20%50%70%70%70% 63Consulta o Sesiones Psicopedagógicas (tope UF 0,5 por sesión)20%50%70%70%70% N°F) OTROS BENEFICIOS 64Ambulancia Terrestre (Según Condicionado General)Sin Cobertura 65Ambulancia AéreaSin Cobertura 66Gastos Ópticos (Lente de Contacto, Marcos y Cristales)20%50%70%70%70%UF 2 67Cirugía Ocular (A) (Según Definición)Sin Cobertura 68Cirugía Ocular (B) (Según Definición)Sin Cobertura 69PrótesisSin Cobertura 70Ortesis "Ambulatorio y Hospitalario" (excluye lente intraocular, sillas de rueda y prótesis dentales)Sin Cobertura 71AudífonosSin Cobertura 72Plantillas OrtopédicasSin Cobertura 73Materiales de vendas de yeso, plástico o similares.Sin Cobertura 74Prótesis Mayor Complejidad (Incluye compra o arriendo de silla de ruedas) (Según Definición)Sin Cobertura Otros GASTO EN EL EXTRANJERO: La cobertura rige para gastos de urgencia y para otros gastos que sean aprobados previamente por la aseguradora, en ambos casos, la Compañía considerará como mínimo un 50% deaporte oreembolso Isapre/ Fonasa,aplicando el plan de beneficios del seguro sobre, el exceso de porcentaje señalado.Para efectos de gastos sin cobertura ISAPRE, también procede lo indicado, y el reembolso del excedente será reembolsado bajo la cobertura señalada para esta modalidad. El reembolso se encuentra sujeto a lo establecido en el presente plan con tope máximo anual a reembolsar de UF 150. Deducible cobertura AUGE O GES Y CAEC: 100% reembolso del deducible que aplique el sistema institucional (ISAPRE O FONASA) al cual el asegurado se encuentre afiliado. Esta cobertura no se encuentra sujeta a cargo del deducible del plan de seguro. Se entiende por eldeducibleaplicado por la institución de salud (ISAPRE O FONASA), el monto corresponde a UF126, el cual es el equivalente a la cantidad de 30 (treinta) veces la cotización de salud pactada por cada beneficiario que lo utilice, con un mínimo de UF60 para cada enfermedad catastrófica o diagnóstico.Todo los excedentes no cubiertos por AUGE O GES Y CAEC y que no correspondan al deducible aplicado por la institución de salud (ISAPRE O FONASA), serán reembolsados según las condiciones, porcentajes, topes y deducibles del presente plan de seguro. Beneficio Maternidad, se otorgará cobertura conforme a lo establecido en Cuadro de Beneficios para todos aquellos casos de embarazos preexistentes que ingresen a una póliza, sea titular o cónyuge de un titular. Estanueva condición INCLUYE los gastos ambulatorios durante del embarazo y los gastos de la maternidad cubiertos en los eventos parto normal, parto con cesárea,aborto no 8