CONDICIONES GENERALES–POL220170153 propósito de incrementar el valor de la póliza. 10.PRIMA PROYECTADA: Una prima superior a la prima mínima que el contratante ha planeado pagar regularmente al asegurador con el propósito de incrementar el valor de lapóliza. Su monto y forma de pago quedan establecidas en las condiciones particulares de la póliza. 11.PRIMA PAGADA: Es el monto correspondiente a la prima que se encuentre disponible en forma efectiva para la compañía aseguradora, una vez aceptado el riesgo. 12.VALOR DE LA PÓLIZA: También denominado “valor póliza”, es el saldo de una cuenta que corresponde al valor de rescate total y representa la obligación del asegurador con el contratante o con el beneficiario en su caso. En dicha cuenta se abonarán, a favor del contratante, las primas efectivamente pagadas. También se abonará la rentabilidad obtenida (o descontará en caso de resultar negativa) de acuerdo a las alternativas de inversión seleccionadas por el contratante. Además, si corresponde, se abonarán los bonos por permanencia. Se rebajará de dicha cuenta los gastos del asegurador, el costo de las coberturas y el monto de los rescates, todo ello de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 5 de este condicionado. El valor de la póliza perteneceal contratante, quien puede ejercer su derecho a él, a través de rescates parciales o a través del traslado de dineros entre las distintas alternativas de inversión. También puede ejercer su derecho a través del rescate total del valor de la póliza, en cuyo caso terminará el contrato de seguro. 13.ALTERNATIVASDE INVERSIÓN: Corresponde a los indicadores financieros o instrumentos financieros que la compañía aseguradora tomará en consideración para determinar la rentabilidad que aplicará al valor de la póliza, de acuerdo a lo instruido por el contratante para efectos de la distribución de las primas netas pagadas. Estas alternativas de inversión corresponderán a rentabilidades supeditadas a: a)una cuota de fondo mutuo, b)una cuota de fondo de inversión, c)una tasade interés de mercado, d)un índice de instrumento financiero de mercado, e)una tasa de interés fija garantizada, f)una combinación de las anteriores El contratante podrá elegir entre una o varias de estas alternativas de inversión de entre las que ofrece la compañía aseguradora. Las alternativas seleccionadas por el contratante quedarán consignadas en las condiciones particulares de la póliza. Del mismo modo, el contratante podrá efectuar traslados entre aquellas alternativas de inversión que estén disponibles. 14.CUOTA:Es la unidad en que se expresan las alternativas de inversión de las letras a) y b) del N° 13 de este artículo. 15.VALOR DE LA CUOTA: Para los efectos de este condicionado, el valor de la cuota corresponderá a la valorización de la cuota definida enel N° 14 de este artículo y que es informado por los correspondientes administradores de los fondos de inversión o fondos mutuos. 16.COSTOS DE LAS COBERTURAS: Los costos que mensualmente el asegurador rebajará del valor de la póliza por concepto de cubrir el riesgo de fallecimiento y los riesgos de coberturas adicionales incluidas en la póliza. Los costos de las coberturas serán determinados en base a las tasas que para cada edad actuarial alcanzada por el asegurado, aparecen detalladas en las condiciones particulares de la póliza.La compañía aseguradora podrá aplicar tasas de costo de coberturas, diferenciadas según el sexo del asegurado, según su condición de fumador, o por otros factores de riesgo, según se especifique en las condiciones particulares de la póliza.Dichas tasas serán aplicadas a la diferencia entre el monto asegurado menos el valor de la póliza al termino del mes inmediatamente anterior, para la cobertura de fallecimiento. Para cada cobertura adicional, si corresponde, las tasas serán aplicadas sobre el capital asegurado de cada cobertura adicional. 17.GASTOS DEL ASEGURADOR: Son aquellos gastos cobrados por el asegurador, que se detallan a continuación: a)CARGO SOBRE PRIMA PAGADA: Es un porcentaje a descontar por el asegurador, de toda prima pagada. Se trata de un porcentaje variable cuya forma de cálculo y aplicación se detalla en las condiciones
CONDICIONES GENERALES–POL220170153 particulares de la póliza. b)CARGO SOBRE EL VALOR DE LA PÓLIZA: Es un monto que el asegurador rebajará del valor de la póliza para cubrir los gastos de administración de esta. Estos gastos se expresarán como un porcentaje del capital asegurado o como un porcentaje del valor de lapóliza o como un monto de dinero, según se detalla en las condiciones particulares de la póliza. c)CARGO POR TRASLADO DE FONDOS ENTRE LAS ALTERNATIVAS DE INVERSIÓN: Es un monto que será rebajado por el asegurador, del valor de la póliza, cada vez que el contratante efectúe un traslado de fondos entre las distintas alternativas de inversión, durante la vigencia de la póliza.Se expresa como un porcentaje sobre el monto trasladado o bien como un monto de dinero por cada traslado y su forma de cálculo y condiciones de aplicación se establecen en las condiciones particulares de la póliza.Este cargo por traslado de fondos no será aplicable en caso de modificación de las alternativas de inversión definida por el N° 4 del artículo 6, de este condicionado. 18.BONO POR PERMANENCIA: Es un monto de dinero que la compañía aseguradora abonará al valor de la póliza cuando estahayacumplidoun ciertoperíodode vigencia.El valordelbono,elnúmerodemesesde vigencia ininterrumpida de la póliza que es requisito para su pago, así como las otras condiciones necesarias requeridas para su pago y circunstancias en las que este se hará, quedarán especificadas en las condiciones particulares de la póliza. En caso que nada se señale en las condiciones particulares de esta póliza,este abono no aplicará. 19.PRIMA NETA PAGADA: Es ladiferencia entre la prima pagada y el cargo sobre prima pagada, cuyo monto será invertido en las alternativas de inversión. 20.CAPITAL ASEGURADO EN RIESGO: Se define como el monto asegurado menos el valor dela póliza. El capital asegurado en riesgo es la base sobre la cual se calcula el costo de la cobertura de fallecimiento. 21.EDAD ACTUARIAL: La edad correspondiente al cumpleaños más próximo, ya sea, pasado o futuro, que en una determinada fecha tenga el asegurado.En caso de que ambos cumpleaños, el inmediatamente anterior y el siguiente, estén a igual número de días de la fecha considerada, se asumirá la edad mayor como edad actuarial. 22.COSTO INCREMENTAL DE LAS COBERTURAS: Es un monto adicional al costo delas coberturas, que se rebajará mensualmente del valor de la póliza, y que corresponde a la compensación del mayor riesgo que asume el asegurador, por razones de salud del asegurado, la realización por este de alguna actividad, la práctica de deportes u otras razones que incrementen el riesgo del asegurado. De existir, el costo incremental de cada cobertura afectada, aparece detallado en las condiciones particulares de la póliza. 23.RESCATE: Es el retiro, que puede realizar el contratante, de todo o partedel valor de la póliza. 24.PERIODO DE GRACIA: Es un período de tiempo, medido a partir del momento en el que el valor de la póliza se hace cero, en el cual el asegurador esperará que el contratante pague la prima necesaria para que la póliza continúevigente. Durante este período el contrato de seguro se mantendrá plenamente vigente, tal como se establece en la letra e) del artículo 15. Tanto el período de gracia como la prima necesaria para que la póliza continúe vigente, se encuentran definidos en las condiciones particulares de la póliza. INTERÉS ASEGURABLE: Es aquel que tiene el contratante en la no ocurrencia del riesgo conforme al artículo 589 del Código de Comercio. El contratante debe tener un interés asegurable, actual o futuro, respecto al asegurado. En todo caso, es preciso que tal interés exista al momento de ocurrir el siniestro. Si el interés asegurable no llegare a existir, o cesare durante la vigencia del seguro, el contrato terminará a contar de la fecha en que se configure la inexistencia del interés asegurable, cesando cualquier responsabilidad de lacompañía aseguradora sobre el asegurado. En este caso, el contratante tendrá derecho a la restitución de la parte de la prima no ganada por el asegurador, correspondiente al tiempo no cubierto, conforme al artículo 520 del Código de Comercio. ARTÍCULO 3°-COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA En virtud de este seguro de vida, el monto asegurado se pagará al o a los beneficiarios, después del fallecimiento del asegurado, si éste ocurre durante el período de vigencia de la póliza.
CONDICIONES GENERALES–POL220170153 El monto asegurado a pagar se determinará según el plan elegido por el contratante, el cual, quedará indicado en las condiciones particulares de la póliza: PLAN A:Bajo este plan, el monto asegurado a pagar en caso deproducirse el fallecimiento del asegurado, será el mayor valor entre el capital asegurado por fallecimiento establecido en las condiciones particulares de la póliza y el valor de la póliza al día en que la compañía aseguradora apruebe el pago del siniestro, el que no puede superar los 10 (diez) días hábiles de cumplidos todos los requisitos que la compañía aseguradora haya solicitado para su evaluación, incrementado en un 10% (diez por ciento) del capital asegurado por fallecimiento. Con todo, una vez establecida la procedencia de la cobertura del seguro y el pago del monto asegurado, este último se materializará en un plazo no superior a 6 (seis) días. PLAN B:Bajo este plan, el monto asegurado a pagar en caso de producirse el fallecimiento del asegurado,será la suma del capital asegurado por fallecimiento establecido en las condiciones particulares de la póliza, más el valor de la póliza al día en que la compañía aseguradora apruebe el pago del siniestro, el que no puede superar los 10 (diez) días hábiles de cumplidos todos los requisitos que la compañía aseguradora haya solicitado para su evaluación. Con todo, una vez establecida la procedencia de la cobertura del seguro y el pago del monto asegurado, este último se materializará en un plazo no superiora 6 (seis) días. ARTÍCULO 4°-EXLCUSIONES La cobertura que otorga este contrato de seguro no impone restricciones al asegurado en cuanto a lugar de residencia, profesión u oficio. Sin embargo, en los casos en que el asegurado declare realizar actividades o practicar deportes calificados como peligrosos por el asegurador, este último podrá cubrir dichos riesgos previa aceptación, por parte del contratante, del mayor costo de cobertura que corresponda. Este contrato de seguro no cubre el riesgo de muertesi el fallecimiento del asegurado fuere causado por: a)Suicidio, auto mutilación o auto lesión, conforme al inciso segundo del artículo 598 del Código de Comercio. No obstante, la compañía aseguradora pagará el monto asegurado a los beneficiarios, siel fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurrido 2 (dos) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de inicio de vigencia del seguro indicada en las condiciones particulares de la póliza, desde su rehabilitación o desde el aumento del capital asegurado. En este último caso, el plazo de 2 (dos) años se considerará sólo para el pago del incremento del capital asegurado. b)Aplicación de pena de muerte o por simple participación en cualquier acto delictivo, sinnecesidad de declaración judicial alguna. c)Acto delictivo cometido, en calidad de autor, cómplice o encubridor, por el beneficiario. Esta exclusión no aplica cuando haya más de un beneficiario y sólo respecto de los beneficiarios que no participen en eldelito. En este caso, los restantes beneficiarios, en caso de haberlos, que no participen en el delito, tendrán derecho a la indemnización pactada acreciendo en la parte del o de los beneficiarios excluidos. d)Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no, declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín, o hechos que las leyes califican como delitos contra la ley de seguridad interior del Estado. e)Realización o participación en una actividad riesgosa, considerándose como tales aquellas que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A modo de ejemplo y sin ser restrictivos en su enumeración, se considera riesgoso cualquier trabajo, deporte o actividad: que requiera el manejo de explosivos; en minería, sea subterránea o a rajo abierto; que deba realizarse en altura superior a 20 metros o en líneas de alta tensión;que incluya la inmersión submarina a más de 30 metros de profundidad. También se consideran como actividades riesgosas la práctica de: paracaidismo, alas delta, benji, parapente, andar en cuadrimoto o motocicleta, como conductor o pasajero, carreras de auto, canopy, montañismo sobre 3.000 metros respecto del nivel del mar, vuelos no regulares de cualquier tipo como conductor o pasajero, carreras de caballo, ski fuera de canchas habilitadas, etc. f)Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva. g)Participación del asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendiendo por tales aquellas donde se pone en peligro la vida e integridad física de
CONDICIONES GENERALES–POL220170153 las personas. h)Conducciónde cualquier vehículo terrestre, aéreo o marino motorizado cuando el asegurado se encuentre bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos deshinibidores, alucinógenos, somníferos, así como en estado de ebriedad. Para efectos de esta exclusiónse entiende que una persona se encuentra en estado de ebriedad cuando posea un resultado de alcoholemia igual o superior a 0,8 gramos de alcohol por mil gramos de sangre al momento del accidente. Para efectos de esta medición, se establece que la cantidadde alcohol en la sangre de una persona desciende a razón de 0,11 gramos por mil gramos de sangre, cada hora. i)La ingesta voluntaria y excesiva de fármacos, drogas o alcohol. j)Condiciones o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tal cualquier enfermedad, patología, incapacidad, lesión, dolencia, padecimiento o problema de salud en general que afecte al asegurado y que haya sido conocido por este o diagnosticado con anterioridad a la fecha de las declaraciones solicitadas por el asegurador. Para los efectos de la aplicación de esta exclusión, al momento de la contratación, la compañía aseguradora deberá consultar al asegurable acerca de todas aquellas situaciones o enfermedades preexistentes que pueden importar una limitación o exclusión de cobertura. En las condiciones particulares se establecerán las restricciones y limitaciones de la cobertura en virtud de la declaración de salud efectuada por el asegurable. Tanto el asegurado como el contratante deberán entregar su consentimiento a las mismas mediante declaración especial firmada por ellos, la cual formará parte integrante de la póliza. k)Cualquier acto de terrorismo, sin perjuicio de la existencia de cualquier otra causa o acontecimiento que contribuya al siniestro en forma concurrente o en cualquier otra secuencia. Un acto terrorista consiste en una conducta calificada como tal por la ley, así como el uso de fuerza o violencia o la amenaza de ésta, por parte de cualquier persona o grupo, motivado por causas políticas, religiosas, ideológicas o similares, con la intención de ejercer influencia sobre cualquier gobierno o de atemorizar a la población, o a cualquier segmento de la misma. Cualquier acción ejercida para controlar, evitar o suprimir actos de terrorismo o que se relacionen con éstos. Cuando los hechos en que se basa la presente exclusión configuren un delito de cuya comisión estén conociendo los Tribunales de Justicia, la compañía aseguradora no estaráobligada a pagar ninguna indemnización por siniestro, mientras no exista un sobreseimiento judicial basado en que no concurrieron los hechos constitutivos del delito, en que éstos no son constitutivos de delito o en que no se encuentra completamente justificada la perpetración del mismo delito. De ocurrir el fallecimiento del asegurado en alguna de las circunstancias antes señaladas, se producirá el término del seguro, estando obligada la compañía aseguradora a devolver el valor de la póliza al contratante. ARTÍCULO 5°-VALOR DE LA PÓLIZA El valor de la póliza, o “valor póliza”; corresponderá a la suma de los saldos de las alternativas de inversión del punto N°13 del artículo 2. Al valor de la póliza se abonarán o descontarán los siguientes conceptos: a)Se abonará la prima neta pagada, en el momento en que esta sea percibida por la compañía aseguradora, la que se distribuirá entre las alternativas de inversión, para los efectos de determinar su rentabilidad, de acuerdo a las instrucciones delcontratante. b)Se abonará diariamente la rentabilidad obtenida por cada alternativa de inversión seleccionada por el contratante con respecto a los saldos mantenidos en cada alternativa de inversión. c)El último día hábil del mes correspondiente, según lo establezcan las condiciones particulares, se abonará el bono por permanencia. d)El último día hábil de cada mes se descontarán los cargos sobre el valor de la póliza. Además, se descontarán, en caso de corresponder, los cargos por traslado de fondos entre las alternativas de inversión. Estos gastos se rebajarán de cada alternativa de inversión, en forma proporcional, de acuerdo a los saldos existentes en
CONDICIONES GENERALES–POL220170153 cada una de las alternativas de inversión al momento de efectuarse dichos cargos. e)El último día de cadames se descontarán los costos de las coberturas y el costo incremental de las coberturas contratadas que están detallados en las condiciones particulares de la póliza. Excepcionalmente, el primer mes de vigencia de la póliza, el costo de las coberturas yel costo incremental de las coberturas se aplicarán por el equivalente a dos meses. Se descontarán, en el momento en que la correspondiente solicitud sea recibida por la compañía aseguradora, los rescates parciales de las cuentas correspondientes deacuerdo a lo establecido en el artículo 11 del presente condicionado. ARTÍCULO 6°-GESTIÓN DE LAS ALTERNATIVAS DE INVERSIÓN 6.1. Alternativas de inversión. Este contrato de seguro brinda la opción al contratante, de elegir entre las alternativas deinversión que la compañía aseguradora tenga disponibles al momento de la contratación del seguro. Sólo el contratante elegirá la distribución del valor de la póliza entre las alternativas que se encuentren disponibles, y que mejor se acomode a sus necesidades. 6.2. Distribución de las primas netas en las alternativas de inversión. Para la primera prima pagada, el contratante deberá indicar el porcentaje de la prima neta pagada que de ahí en adelante se invertirá en cada una de las alternativas de inversión, los que quedarán detallados en las condiciones particulares de la póliza. Para las alternativas de inversión definidas en el N° 13 letras a) y b) del artículo 2 de estas condiciones, las condiciones particulares de la póliza identificarán el plazo en días, medidos desde el momento en que la compañía aseguradora haya recibido efectivamente el pago de la prima neta, a partir del cual, se comenzará a devengar la rentabilidad asociada a estas alternativas de inversión, el que en ningún caso superará los 10(diez) días. Para las alternativas de inversión definidas en el N°13 letras c) y d) del artículo 2, la rentabilidad se devengará a partir del instante en que la compañía aseguradora haya recibido efectivamente el pago de la prima neta. 6.3. Trasladode fondos entre las alternativas de inversión. En cualquier momento, durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar una modificación de la distribución del valor de la póliza entre las distintas alternativas de inversión. Para ello, el contratante enviará la instrucción de traslado de fondos entre alternativas de inversión por escrito o por los medios que la compañía aseguradora ponga a su disposición para la ejecución de dicha orden. La compañía aseguradora hará efectivo el traslado entre las alternativas de inversión en un plazo no mayor a 10 días desde recibida la instrucción. En caso que, por cualquier motivo ajeno a la compañía aseguradora, no se pueda llevar a cabo la instrucción, esto será comunicado al contratante. Cada traslado de fondos entre distintas alternativas de inversión, estará afecto a un cargo que se detalla en las condiciones particulares de la póliza. 6.4. Modificación de las alternativas de inversión. Salvo en lo que respecta a las alternativas de inversión del N° 13 letras c), d) y e) del artículo 2 de este condicionado, la compañía aseguradora podrá modificar, agregar o eliminar, en cualquier momento, cualquiera de las alternativas de inversión. Estos cambios serán debidamente informados al contratante de modo que éste pueda instruir cómo se redistribuirán los saldos en caso que sea necesario hacerlo. Si la compañía aseguradora no recibe del contratante instrucciones al respecto, dentro del plazo establecido en las condiciones particulares de la póliza, procederá a redistribuir el monto de la alternativa eliminada o disuelta, proporcionalmente en el resto de las alternativas que en su momento escogió el contratante. En caso que la alternativa disuelta o eliminada fuese la única seleccionada por el contratante, el montoserá imputado a la alternativa de inversión que más se asemeje a aquella eliminada, informándosele de ello al contratante. Lo anterior aplicará también, cuando las alternativas de inversión de las letras c) y d) del N°13 del artículo 2, ya no estén másdisponibles y no hayan sido reemplazadas oficialmente por uno equivalente. ARTÍCULO 7°-OBLIGACIONES DEL ASEGURADO
CONDICIONES GENERALES–POL220170153 El asegurado, conforme al artículo 524 del Código de Comercio, estará obligado a: a)Declarar sinceramente todas las circunstancias quesolicite el asegurador y que le permitan a este identificar los riesgos a que se encuentra expuesto el asegurado y apreciar la extensión de los mismos. Para ello, la compañía aseguradora dispondrá, en la propuesta de seguro, de un espacio destinado a dichas declaraciones; b)Informar, a requerimiento del asegurador, sobre la existencia de otros seguros que amparen al mismo asegurado; c)Emplear el cuidado y celo de un diligente padre de familia para prevenir el siniestro; d)Notificar a la compañía aseguradora,tan pronto sea posible, una vez tomado conocimiento, de la ocurrencia de cualquier hecho que pueda constituir o constituya un siniestro, y Acreditar la ocurrencia del siniestro denunciado y declarar fielmente y sin reticencia, sus circunstancias y consecuencias. ARTÍCULO 8°-DECLARACIONES DEL ASEGURADO Conforme lo disponen los artículos 524 y 525 del Código de Comercio, el asegurable debe declarar sinceramente todas las circunstancias necesarias para apreciar la extensión de los riesgos y de sometersea los reconocimientos médicos que correspondan. Consiguientemente, toda reticencia, falsedad o inexactitud inexcusable en que incurra el asegurable en su declaración, libera a la compañía aseguradora de su obligación de pagar el capital asegurado en riesgo al fallecimiento del asegurado, cuando su evaluación del riesgo ha sido errónea por causa directa y determinante de tales reticencias, falsedades o inexactitudes. ARTÍCULO 9°-AUTORIZACION PARA SOLICITAR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Tanto el aseguradocomo los beneficiarios deberán entregar a la compañía aseguradora o a la persona que actúe en su representación, información confidencial o no de cualquier médico, enfermera, psicólogo, clínica, hospital, laboratorio clínico, Fondo Nacional de Salud (Fonasa), Instituto de Salud Previsional (Isapre), compañía aseguradora o de cualquier otra institución pública o privada, información relativa a su estado de salud o a las circunstancias relacionadas con el siniestro y cualquier documento asociado. A modo de ejemplo, y sin ser restrictivos en su enumeración, la información puede incluir: copia del parte policial y relato de los hechos, ficha médica completa, epicrisis, cartola histórica detallada de gastos médicos en su institución de salud. Para lo anterior, desde ya queda facultada la compañía aseguradora para solicitar tales documentos. ARTÍCULO 10°-RESCATE TOTAL DEL VALOR DE LA PÓLIZA En cualquier momento durante la vigencia de la póliza, el contratante tendrá el derecho, a su sola voluntad, a efectuar el rescate total del valor de la póliza mediante una solicitud por escrito dirigida a la compañía aseguradora. La compañía aseguradora pagará al contratante el valor de la póliza, correspondiente al día en que la compañía aseguradora apruebe la solicitud derescate total. No podrán transcurrir más de 10 (diez) días hábiles entre la presentación de la solicitud de rescate y el pago de éste por la compañía aseguradora. Esta solicitud podrá ser revocada por el contratante, dentro de ese mismo lapso de tiempo, mediante una carta dirigida a la compañía aseguradora o a través de cualquier otro medio fehaciente que la compañía aseguradora ponga a disposición para ello. En tal caso el seguro continuará vigente. A partir del momento en que el asegurador reciba lasolicitud de rescate total, se producirá el término del seguro, cesando toda responsabilidad de la compañía aseguradora con excepción de las del rescate del valor de la póliza. ARTÍCULO 11°-RESCATES PARCIALES DEL VALOR DE LA PÓLIZA En cualquier momento durante la vigencia de la póliza, el contratante tendrá derecho, a su sola voluntad,a efectuar rescates parciales del valor de la póliza, mediante una solicitud por escrito dirigida a la compañía aseguradora,la que pagará el rescate parcial, a más tardar, 10 (diez) días hábiles después de presentada la solicitud. Se podrá revocar esta solicitud, dentro de ese mismo lapso de tiempo, mediante una carta del contratante dirigida a la compañía aseguradora o a través de cualquier otro medio fehaciente que lacompañía aseguradora ponga a disposición para ello. El rescate se rebajará proporcionalmente de cada una de las alternativas de inversión de acuerdo al saldo de éstas al momento de efectuarse el rescate. Elmonto máximo permitido a rescatar será un porcentaje del monto disponible para rescate total, estipulado en las