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Escolar Universitario | Universitario

Accidentes Universitario

Sin deducible ni tope

Desde

$4.917/mes

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No PÓLIZA:
No PROPUESTA:

CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA
DE SEGURO INDIVIDUAL PARA
PRESTACIONES MÉDICAS POR ACCIDENTE

SEGURO
UNIVERSITARIO INDIVIDUAL
SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza más adelante, suscriben el
presente Contrato de Seguro, del cual forman parte integrante la propuesta presentada por el asegurado,
sus declaraciones de salud, los antecedentes adicionales, las condiciones generales registradas en la
Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y las condiciones particulares que se detallan a
continuación.

Contratante :

RUT :

Dirección :

Comuna :

Inicio Vigencia :

La presente póliza tiene vigencia a contar del 01 de abril de 2022 cuando la fecha de propuesta es hasta
el 29 de marzo 2022 o 2 días hábiles posterior a la fecha de propuesta cuando la contratación es desde
el 30 de marzo 2022 en adelante, la que será considerada como fecha de inicio de la cobertura, y tendrá
cobertura hasta el 31 de marzo del 2023.

Domicilio Especial : Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la
ciudad y comuna de Santiago.

Periodicidad Pago de Prima : Única

Prima : $ 59.000 IVA incluido, por asegurado, por toda la vigencia del seguro.

(UF 1.89 anual) UF fijada a día 01 febrero 2022

Modalidad Pago de Prima : Directa

Obligación Pago de Prima : Asegurado Titular / Contratante

Condiciones Generales : Depositadas en la CMF bajo el código POL320170187

Condiciones Adicionales : Depositadas en CMF bajo el código CAD 320220022

Cobertura : Prestaciones Médicas asociadas a Accidentes

Cobertura Adicional : Prestaciones Médicas asociadas a Enfermedad

Prestador Preferente : Clínica Las Condes.

Arancel del Prestador : Arancel Clínica Las Condes

Fecha de Emisión
:
Intermediario
: DIRECTO COMPAÑÍA
Comisión
: 0,00%
Asegurados RUT Fecha
nacimiento

Cobertura
Enfermedad (CAD)

Capital UF

Prima Neta por toda la vigencia del seguro. $:

IVA 19% $:

Prima Total Anual $:

p. SEGUROS CLC

Fecha de Emisión
:
Intermediario
: DIRECTO COMPAÑÍA
Comisión
: 0,00%
IMPORTANTE
Al contratar o incorporarse a este seguro de salud, usted debe tener presente lo siguiente:

A. Este es un seguro voluntario, que reembolsa sólo los gastos médicos cubiertos por esta póliza y de
cargo del asegurado.

B. Este seguro, no sustituye la cobertura que otorga la ISAPRE o FONASA y no necesariamente cubre
las mismas prestaciones.

C. Antes de contratar este seguro es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los
siguientes aspectos:

Duración de este seguro.

En qué casos NO SE PAGARÁ ESTE SEGURO.

Los requisitos para cobrar el seguro.

D. En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar, al
momento de contratar este seguro(*):

Este seguro:

NO contempla renovación garantizada

SI podrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la póliza.

NO considera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación.

NO cubre preexistencias

E.
Las Condiciones Generales de este seguro se encuentran depositadas con el código POL
320170187 y CAD 320220022 en la
Comisión para el Mercado Financiero. Usted puede revisar este
texto en
www.cmfchile.cl.
F. Este contrato no cuenta con sello Sernac.
1. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD, EDADES MÍNIMAS Y MÁXIMAS DE INGRESO Y EDAD
MÁXIMA DE PERMANENCIA

1.1 Requisitos de Asegurabilidad

Esta póliza contempla cobertura para personas naturales que sean menores de 30 años al momento
de inicio de vigencia de la póliza y que se encuentren afiliados a un sistema previsional de salud
Isapre con cobertura en Clínica Las Condes. Los asegurables tendrán la calidad de asegurados de
la póliza y tendrán cobertura, solo cuando la Compañía Aseguradora apruebe la solicitud de
incorporación al seguro.

1.2 Edad mínima de ingreso:

La edad mínima de ingreso para los asegurados será de 18 años de vida.

1.3 Edad máxima de ingreso:

La edad máxima de ingreso a la Póliza será de
29 años y 364 días.
1.4 Edad máxima de permanencia:

La edad máxima de permanencia en la Póliza será de
30 años y 364 días. Sin embargo, si la póliza
fuere contratada respecto de una persona elegible para ser asegurado, la cobertura se extenderá
temporal por única vez hasta el final de vigencia de la póliza.

2. MONTO MÁXIMO DE GASTOS REEMBOLSABLES

El Asegurador reembolsará los Gastos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente Incurridos hasta
el Monto Máximo de Gastos Reembolsables durante la vigencia anual de la Póliza, que se estipulan a
continuación y según las condiciones señaladas en la póliza:

Porcentaje Bonificación Sistema Previsional de Salud
(Solo Isapre) + Otros Seguros

Monto Máximo de Gastos
Reembolsables (Tope Póliza)

Cuando Porcentaje Bonificado por Isapre + otros Seguros
supere el 35% del costo total del evento

UF 800

Cuando Porcentaje Bonificado por Isapre + otros Seguros
sea menor o igual a 35% del costo total del evento

UF 120

Los Montos Máximos de Gastos Reembolsables no son acumulables. Para cada evento, se considerará
el tope máximo de cobertura dependiendo del porcentaje de bonificación otorgado por el Sistema
Previsional de Salud más otros seguros en favor del asegurado.

El monto máximo de gastos reembolsables es anual sin límite de eventos durante el año de vigencia de
la póliza.

Es requisito para la entrega de cobertura, que el sistema de salud del asegurado sea Isapre con
cobertura en Clínica Las Condes.

Arancel Clínica Las Condes.

Según lo indicado en el Artículo 4° N° 17 del Condicionado General,
para efectos de la determinación
de los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, la Compañía Aseguradora utilizará como
referencia el Arancel del Prestador Clínica Las Condes denominado “Arancel Clínica Las Condes”.
3. COBERTURAS
Este Seguro entrega cobertura ante gastos médicos derivados de atenciones ambulatorias y
hospitalarias causadas por Accidentes Traumáticos con atención en Servicio de Urgencia de Clínica Las
Condes.

Adicionalmente, este seguro otorgará cobertura para gastos médicos de hospitalización con riesgo vital
en otros prestadores distintos a Clínica Las Condes, ubicados en territorio nacional o extranjero con
topes establecidos en el cuadro de coberturas presentado a continuación, en caso de gastos médicos
de hospitalización o ambulatorios sin riesgo vital la cobertura de este seguro es solo para para la primera
atención de urgencia en prestadores ubicados fuera de Región Metropolitana, sujeta a los montos y
topes detallados en la tabla precedente.

Para la cobertura de Gastos hospitalarios en otros prestadores de salud distintos de Clínica Las Condes,
la evaluación en caso de tratarse de un accidente con riesgo vital, la realizará la Contraloría Médica de
Seguros CLC S.A.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el asegurado ingrese a otro prestador de
salud con motivo de un Evento con Riesgo Vital cubierto por la póliza, podrá ser trasladado a Clínica Las
Condes tras ser estabilizado, aplicándose en tal caso el tope de cobertura correspondiente a esta última,
descontando el monto que la Compañía Aseguradora haya debido cancelar al otro prestador de salud
dentro de los márgenes de su respectivo tope.

Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora entregará las
Coberturas detalladas en esta Póliza, siempre que la fecha del accidente sea posterior a la fecha de
inicio de vigencia de esta Póliza.

Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora reembolsará
los gastos médicos como complemento a la cobertura del sistema de salud previsional Isapre y de otros
seguros complementarios que posea el asegurado.

3.1 Cuadro de Coberturas para Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente
Incurridos, para Asegurados CON sistema previsional de salud Isapre vigente.

Cobertura en Clínica
Las Condes

Cobertura en otros
prestadores de salud
ubicados en Región
Metropolitana

Cobertura en otros
prestadores de salud
ubicados fuera de Región
Metropolitana y en el
extranjero

Cobertura para
Gastos Médicos
de
Hospitalización
CON riesgo vital
hasta
estabilización.

100% después del
reembolso de sistema
de salud y otros seguros
a favor del asegurado,
con tope póliza.

100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros que
pueda tener contratados el
asegurado, con tope 70%
arancel Clínica Las Condes
y tope póliza.

100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros que
pueda tener contratados el
asegurado, con tope 70%
arancel Clínica Las Condes
y tope póliza.

Cobertura para
Gastos Médicos
de
Hospitalización y
Gastos Médicos
Ambulatorios SIN
riesgo vital.

100% después del
reembolso de sistema
de salud y otros seguros
a favor del asegurado,
con tope póliza.

Sin cobertura

Solo para la primera
atención de urgencia.
100% después del
reembolso de sistema de
salud y otros seguros que
pueda tener contratados el
asegurado, con tope 70%
arancel Clínica Las Condes
y tope póliza.
Gastos sin
reembolso Isapre.

100% después del
reembolso de sistema
de salud y otros seguros
a favor del asegurado,
con tope póliza.

Sin cobertura

Solo para la primera
atención de urgencia.
100% después del
reembolso de otros
seguros que pueda tener
contratados el asegurado,
con tope arancel Clínica
Las Condes y tope póliza.

Gastos dentales
y/o maxilofaciales
ambulatorios

100% después del
reembolso de sistema
de salud y otros seguros
a favor del asegurado,
con tope UF 15 por
evento.

Sin cobertura.
Sin cobertura.
Cobertura para
Servicio Rescate
CLC (*) entre
regiones V y VII
continental, en
caso de:

a) Evento con
riesgo vital.

b) Evento sin
riesgo vital.

a) 100% después del
reembolso de sistema
de salud y otros seguros,
con tope póliza

b) 100% después del
reembolso de sistema
de salud y otros
seguros, con tope UF 3

Sin cobertura.
Sin cobertura.
Cobertura
traslado
secundario en
todo Chile hacia
CLC (**)

100% con tope UF 100
Sin cobertura Sin cobertura
(*) Rescate: Trasladar en ambulancia o helicóptero al o los afectados al establecimiento hospitalario o
centro asistencial de salud más próximo que cuente con la infraestructura necesaria para recibir un
paciente grave.

(**) Traslado Secundario: Trasladar programadamente desde un establecimiento hospitalario o centro
asistencial a otro de mayor complejidad a uno o más pacientes, siempre que su debida atención así lo
requiera, que el traslado haya sido aceptado por el médico tratante y que la recepción del paciente esté
coordinada con el hospital de llegada. La movilización deberá efectuarse proporcionando la debida
atención profesional y técnica durante el traslado.

Los porcentajes de cobertura se calculan sobre los valores contenidos en el arancel Vivir Más de Clínica
las Condes. El monto máximo reembolsable por la compañía de seguros, no podrá exceder el tope de
la póliza indicado en el recuadro precedente.

Este seguro no tiene cobertura para personas que no tengan sistema previsional Isapre con cobertura
en Clínica Las Condes.

3.2 Tipo de Habitación en hospitalización: Este seguro cubrirá las hospitalizaciones en habitación
estándar.
Se entiende por habitación estándar aquella que determine el prestador de acuerdo a la
naturaleza de la afección y complejidad.
4. DEDUCIBLE
Este seguro no tiene deducible. Sin embargo, la cobertura de Enfermedades contratada como adicional
a través del CAD 320220022 posee un deducible de UF 0,93 por cada atención ambulatoria de carácter
no traumático prestado en Servicio de Urgencia en Clínica Las Condes, para cada asegurado y por cada
periodo de duración del reembolso del evento, valor UF fijado al día 01 de febrero de 2022.

5. PERÍODO DE DURACIÓN DE REEMBOLSO

Según lo establecido en el Artículo 4°, cláusula 28 del Condicionado General, el Período de Duración de
Reembolso será treinta días (30) contado desde la fecha de ocurrencia de un Evento, es decir, desde la
fecha de ocurrencia todos los gastos médicos originados por el evento serán reembolsados al asegurado
o pagados al prestador como parte de un mismo evento. Todo gasto originado por el mismo evento
incurrido posteriormente a este plazo, será considerado un nuevo evento. Este período podrá renovarse
por períodos iguales, siempre que:

1) La Póliza esté vigente y con los pagos al día.

2) El Asegurado involucrado en el Evento esté vigente en la Póliza.

3) La duración máxima de un evento será de 365 días desde la ocurrencia del evento, posterior a eso
no se reembolsarán gastos asociados al evento.

6. PRIMAS Y EFECTO DEL NO PAGO DE LA PRIMA

6.1 Cálculo de Prima:

Cobertura de Accidentes (POL
320170187)
Tramo Edad en Años
PRIMA BRUTA ANUAL EN UF
De 18 años a 30 años y 364 días de edad
1,89
Valor UF fijado al día 01 de febrero de 2022

Este seguro no tiene comisión de intermediación, es un seguro de venta directa por la compañía de
seguros.

6.2 Calculo de Prima Cobertura Adicional para prestaciones de Urgencia no Traumática (CAD
320220022)

Cobertura de Enfermedades (CAD
320220022)
Tramo Edad en Años
PRIMA BRUTA ANUAL EN UF
De 18 años a 30 años y 364 días de edad
1,28
Valor UF fijado al día 01 de febrero de 2022.

Este seguro no tiene comisión de intermediación, es un seguro de venta directa por la compañía de
seguros.

6.3 Modalidad de pago: La modalidad de pago de este seguro será en forma directa.

7. DENUNCIA DE SINIESTROS

El plazo máximo para que la Compañía Aseguradora acepte a tramitación un Gasto Médico presentado
para su reembolso será de 30 días.

El plazo de aviso del siniestro será de 30 días y se contará desde la fecha de emisión del documento
que da cuenta del gasto de cargo del asegurado cuyo reembolso se requiera, independiente de la fecha
de la prestación que lo origina.
7.1 Antecedentes a presentar: Los originales extendidos a nombre del asegurado de los Informes de
Atención de Urgencia, los recibos, boletas y facturas cuando correspondan, copias de bonos, copias de
órdenes de atención, copia de programas médicos u otros documentos que acrediten el gasto incurrido
y su pago.

La Compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro antecedente que estime necesario, para
poder realizar la respectiva liquidación del siniestro.

8. EXCLUSIONES

Serán las establecidas en el Condicionado General, depositado en la Comisión para el Mercado Financiero
con el número POL3201
70187 y CAD 320220022. Sin embargo, en relación a la exclusión de práctica de
ski mencionada en el artículo N°5, clausula t) del Condicionado General, no será aplicable.

9. VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO DE SEGURO

La presente póliza tiene vigencia a contar del 01 de abril de 2022 cuando la fecha de propuesta es hasta
el 29 de marzo 2022 o 2 días hábiles posterior a la fecha de propuesta cuando la contratación es desde
el 30 de marzo 2022 en adelante hasta el 31 de marzo del 2023.

El contratante podrá poner término al contrato de seguros dando aviso a través de comunicación escrita y
con 30 días de anticipación al término de la vigencia anual.

10. CLAUSULA ADICIONAL

Si conjuntamente con esta póliza se encuentra contratada la Cláusula Adicional para prestaciones de
urgencia no traumáticas CAD 320220022, que amplía las coberturas establecidas en esta póliza, se
regirán en todo a lo previsto para la cobertura principal de esta póliza.

11. ATENCIÓN AL CLIENTE

Oficina de Atención a Clientes de Seguros CLC S. A.: se encuentra ubicada en Estoril 450, Edificio 1,
Subterráneo -1, Plataforma de Servicio al Paciente. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30
a 18:00 horas.

Call Center: 02-2610 7000. Horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 19:30 horas

E-mails de Contacto:

- Consultas, Sugerencias, Reclamos o Información de tu póliza:
[email protected]
ANEXO 01
Circular N° 2131 Comisión para el Mercado Financiero

INFORMACION SOBRE ATENCION DE CLIENTES Y PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y
RECLAMOS

En virtud de la Circular Nº 2131 del 28 de noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de
seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones,
consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios o
legítimos interesados o sus mandatarios.

Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda
público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades,
en el horario normal de atención.

Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve
posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción.

El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora
injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Comisión para el Mercado Financiero, Área de Protección
al Inversionista y Asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av. Libertador Bernardo
O´Higgins 1449, piso 1°, Santiago, o a través del sitio web www.cmfchile.cl.