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Complementario | Cirugía

+SeguroCLC

Sin deducible por evento y Tope evento: 120 UF

Desde

$14.003/mes

No PÓLIZA:
No PROPUESTA:
CONDICIONES PARTICULARES DE LA POLIZA INDIVIDUAL DE SEGURO
PARA PRESTACIONES MÉDICAS DERIVADAS DE HOSPITALIZACIÓN QUIRURGICA DE
EMERGENCIA
+ SEGURO CLC”
SEGUROS CLC S.A. en conjunto con el Contratante, quien se individualiza más adelante, suscriben el
presente Contrato de Seguro, del cual forman parte integrante la propuesta presentada por el asegurado y
las condiciones generales registradas en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y las condiciones
particulares que se detallan a continuación.
Contratante :
RUT :
Dirección :
Comuna :
Inicio de Vigencia :
La presente Póliza tiene vigencia anual, desde la fecha de vigencia inicial aquí indicada y que será
considerada como fecha de inicio de la cobertura, y se renovará tácita y automáticamente si ninguna de las
partes da aviso de término a la otra a través de carta certificada, con al menos un mes de anticipación a la
fecha de término del contrato que estuviere rigiendo.
Domicilio Especial: Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad
y comuna de Santiago.
Tipo de Prima : Mensual / Trimestral / Semestral / Anual
Modalidad de Pago de Prima : Tarjeta de crédito (PAT) o cargo a Cuenta Corriente (PAC)
Condiciones Generales : Inscrita en el Depósito de Pólizas CMF bajo el código POL320180100
Cobertura : Prestaciones Médicas Derivadas de Cirugías hospitalarias de urgencia
Prestador Preferente : Clínica Las Condes.
Arancel del Prestador : Arancel “Vivir Más” de Clínica Las Condes (VM)
Fecha de Emisión :
Intermediario : QUEPLAN CORREDORES DE SEGUROS SpA
Comisión :
Asegurados Relación Fecha Naci-
miento
Capital
UF
120,00
(*) Prima afecta a IVA
Prima Neta anual UF:
IVA 19% UF:
Prima Total UF:
Prima Según forma de pago UF:
p. SEGUROS CLC S.A.
Fecha de Emisión :
Intermediario :
Comisión :
IMPORTANTE
Al contratar o incorporarse a este seguro de salud, usted debe tener presente lo siguiente:
A. Este es un seguro voluntario, que reembolsa sólo los gastos médicos cubiertos por esta Póliza y de cargo
del asegurado.
B. Este seguro, no sustituye la cobertura que otorga el Sistema Previsional privado o público al que esté
afiliado el asegurado y no necesariamente cubre las mismas prestaciones.
C. Antes de contratar este seguro es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los siguientes
aspectos:
Duración de este seguro.
Cómo y bajo qué condiciones se renueva este seguro.
De qué manera se va a reajustar el costo de este seguro, en caso de renovación.
En qué casos NO SE PAGARÁ ESTE SEGURO.
Los requisitos para cobrar el seguro.
D. En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar, al
momento de contratar este seguro:
Este seguro:
NO contempla renovación garantizada. La póliza se renovará tácita y automáticamente por
períodos anuales si ninguna de las partes da aviso de término a la otra a través de carta
certificada, con al menos un mes de anticipación a la fecha de término del contrato que
estuviere rigiendo.
SI podrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la Póliza. El aumento de
prima por cambio de tramo de edad, se aplicará en la anualidad de la Póliza.
NO considera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación.
NO cubre preexistencias durante los primeros 60 días de vigencia.
E. Las Condiciones Generales de este seguro se encuentran depositadas con el código POL320180100 en
la Comisión para el Mercado Financiero. Usted puede revisar este texto en www.cmfchile.cl.
F. Este contrato no cuenta con sello Sernac.
1. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD, EDADES MINIMAS Y MÁXIMAS DE INGRESO Y EDAD MÁXIMA
DE PERMANENCIA
1.1 Requisitos de Asegurabilidad:
Si el asegurado titular no es el mismo contratante de esta Póliza, para tener la calidad de asegurado deberá
tener relación con el contratante de la presente Póliza, ya sea familiar o contractual.
En caso que el asegurado titular sea menor de 18 años de edad, solo podrán tener la calidad de asegurado
dependiente sus hermanos.
1.2 Edad mínima de ingreso a la Póliza:
La edad mínima de ingreso para los asegurados será de 30 días de vida.
1.3 Edad máxima de ingreso a la Póliza:
La edad máxima de ingreso a la Póliza será de 63 años y 364 días.
1.4 Edad máxima de permanencia en la Póliza:
La edad máxima de permanencia en la Póliza será hasta los 64 años y 364 días de edad.
2. MONTO MÁXIMO DE GASTOS REEMBOLSABLES
El Asegurador reembolsará los Gastos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente Incurridos hasta el
Monto Máximo de Gastos Reembolsables durante la vigencia anual de la Póliza, que se estipulan a
continuación y según las condiciones señaladas en la póliza:
Monto Máximo de Gastos
Reembolsables (Tope de la
póliza)
Monto Máximo de Gastos
Reembolsables en Clínica Las
Condes.
Monto Máximo de Gastos
Reembolsables en Otros Prestadores
Institucionales de Salud
Gastos Médicos derivados de
Hospitalización Quirúrgica de
Urgencia
UF 120 UF 15
Los Montos Máximos de Gastos Reembolsables señalados en el cuadro precedente no son acumulables.
Para cada Evento, se considerará el tope que corresponda a Clínica Las Condes, según el cuadro
precedente.
Cabe destacar que el monto máximo de gastos reembolsables es anual sin límite de eventos durante el
año de vigencia de la póliza.
Arancel Vivir Más
Según lo indicado en el Artículo 4° numeral 17 del Condicionado General, para efectos de la determinación
de los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, la Compañía Aseguradora utilizará como referencia
el Arancel del Prestador Clínica Las Condes denominado “Vivir Más”.
3. COBERTURAS
La Compañía Aseguradora entregará las coberturas detalladas en esta Póliza según lo establecido en el
Condicionado General Artículo 2°, para gastos asociados a una hospitalización quirúrgica de urgencia
cubierto por la póliza que su ocurrencia sea posterior al inicio de vigencia de la póliza.
Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora reembolsará los
gastos médicos como complemento a la cobertura del sistema de salud previsional y de otros seguros o
beneficios a los que se encuentre afiliado o adherido el asegurado.
3.1 Cuadro de Coberturas para Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente
Incurridos:
En Clínica Las Condes En Otros prestadores Institucionales
de Salud
Cobertura para Gastos
Médicos de Hospitalización
de Urgencia.
100% del copago después del
reembolso del sistema previsional
de salud y otros seguros del
asegurado, con tope de la póliza y
hasta un máximo del 50% de la
cuenta total.
100% del copago después del
reembolso de sistema de salud
previsional y otros seguros del
asegurado, con tope de la póliza, tope
70% arancel Vivir Más y hasta un
máximo del 50% de la cuenta total.
Cobertura en Servicio
Rescate CLC para traslados
hacia Clínica Las Condes en
Región Metropolitana y entre
V y VII región continental
100% del copago después del
reembolso de sistema de salud
previsional y otros seguros del
asegurado, con tope de la póliza.
Sin Cobertura
3.2 Cobertura en Clínica Las Condes para gastos de hospitalización quirúrgica de urgencia por parto
y/o complicaciones del embarazo.
No obstante lo señalado en el Artículo 5º Exclusiones, letra b) del Condicionado General de esta Póliza, la
Compañía Aseguradora reembolsará los Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, y efectivamente
incurridos por la asegurada titular o una asegurada dependiente provenientes de complicaciones del
embarazo y/o del parto de acuerdo a los porcentajes descritos precedentemente y con tope de UF 25 anual
siempre que:
1) La atención sea efectuada en Clínica Las Condes. Esta Póliza no otorga cobertura de maternidad para
atenciones en otros prestadores de salud distintos a Clínica Las Condes;
2) La fecha de concepción sea posterior al inicio de vigencia de la cobertura de esta Póliza.
3) El evento sea originado por una complicación ocurrida antes de las 37 semanas de embarazo.
3.3 Tipo de Habitación en hospitalización:
Este seguro cubrirá las hospitalizaciones en habitación estándar.
4. DEDUCIBLES
Este seguro no tiene deducible.
5. PERÍODO DE DURACIÓN DE REEMBOLSO
El Período de Duración de Reembolso será de treinta días (30) contado desde la fecha de ocurrencia de un
Evento. En el caso que un evento se prolongue más allá de 30 (treinta) días y se mantenga la hospitalización
o se requiera una nueva cirugía, éste será considerado como un nuevo evento.
6. PRIMAS Y EFECTO DEL NO PAGO DE LA PRIMA
6.1 Cálculo de Prima: La Prima de este Seguro se expresa en UF (Unidades de Fomento) y se determina
según: El rango de edad donde se encuentre el o los asegurados.
La prima aumentará por cambio de tramo de edad, según la tabla siguiente, y dicho aumento se aplicará en
la anualidad de la Póliza.
El cuadro siguiente expresa la prima bruta en U.F.
Tramo Edad Mensual Semestral Anual
[0-17] 0,29 1,74 3,48
[18-54] 0,37 2,22 4,44
[55-64] 0,55 3,30 6,60
6.2 Pago por medio de cobros automáticos (PAC o PAT):
Conforme a lo señalado en la Circular No 1559, de la Comisión para el Mercado Financiero, se deja
constancia que el pago de la prima se efectuará mediante la modalidad de PAC (Autorización de descuento
en cuenta corriente bancaria) o PAT (Autorización de descuento en tarjeta de crédito), por lo que las
condiciones del mandato que autoriza esta modalidad de pago, forman parte integrante de las condiciones
particulares de esta Póliza.
7. DENUNCIA DE SINIESTROS
El plazo máximo para que la Compañía Aseguradora acepte a tramitación un Gasto Médico presentado
para su reembolso será de 30 días.
El plazo de aviso del siniestro será de 30 días y se contará desde la fecha de emisión del documento que
da cuenta del gasto de cargo del asegurado cuyo reembolso se requiera, independiente de la fecha de la
prestación que lo origina.
7.1 Antecedentes a presentar: Los originales extendidos a nombre del asegurado de los recibos, boletas y
facturas cuando correspondan, copias de bonos, copias de órdenes de atención, copia de programas
médicos u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su pago.
La Compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro antecedente que estime necesario, para poder
realizar la respectiva liquidación del siniestro.
8. EXCLUSIONES
Serán las establecidas en el Condicionado General artículo N° 5 del POL32010100, depositado en la Comisión
para el Mercado Financiero. Sin embargo, en relación a la exclusión establecida en el Artículo 5° clausula m)
del Condicionado General, respecto de Lesión o Enfermedad a consecuencia de la práctica de cualquier
actividad objetivamente riesgosa, no será aplicable.
9. VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO DE SEGURO
La presente Póliza tiene una duración de 1 año a contar desde la vigencia inicial de la Póliza y será renovada
al término de cada período de cobertura, salvo en aquellos casos en que la Compañía haya manifestado su
voluntad en contrario por incumplimiento en el pago de la prima, por falta de veracidad u omisión en las
declaraciones del asegurado o por cualquier otra causa contractual o legal. El contratante podrá poner término
al contrato de seguros dando aviso a través de carta certificada y con 30 días de anticipación al término de la
vigencia anual.
El contratante otorga su expreso consentimiento para que esta Póliza se renueve anualmente a su término,
siempre que las condiciones indicadas en estas Condiciones Particulares se mantengan.
En el caso de haber cambios de cobertura y/o aumento de la prima por siniestralidad a ser aplicados en la
renovación de esta Póliza, Seguros CLC S.A. enviará un correo electrónico al contratante a la dirección de
correo electrónico señalada en la propuesta de éste seguro. En él se indicarán las nuevas Condiciones de
renovación. Todo ello se hará 60 días antes del término de la vigencia de la Póliza. El contratante deberá
manifestar su voluntad de aceptar las nuevas condiciones o terminar la Póliza si no está de acuerdo con ellas
dando respuesta al correo electrónico enviado. El contratante y la compañía convienen que si el contratante no
da respuesta al correo electrónico enviado, esta Póliza se renovará con los nuevos cambios de cobertura y
precio; en este caso, el contratante podrá poner término en cualquier momento a esta Póliza con posterioridad
a su renovación. Asimismo convienen que es responsabilidad del contratante comunicar a la Compañía
cualquier cambio de dirección en el correo electrónico antes señalado.
Lo anterior no aplicará si el aumento de prima es debido a un cambio de tramo de edad, pues el cliente al
aceptar estas Condiciones Particulares acepta los cambios detallados en el numeral 6.1.
10. INCORPORACION NUEVOS ASEGURADOS
La incorporación de nuevos asegurados se realizará según el artículo 14° de las Condiciones Generales.
Para los efectos de incorporarse como asegurados, los nuevos dependientes deberán someterse a la
evaluación y calificación de su estado de salud presentando para estos efectos una declaración de salud,
documentos accesorios o complementarios, realizarse exámenes médicos, de laboratorio y someterse a
reconocimiento médico, todo cuando corresponda, de acuerdo a los requisitos de asegurabilidad indicados
en las Condiciones Particulares de la Póliza y ser aceptados por la Compañía de Seguros, en cuyo caso la
fecha de inicio de vigencia de las coberturas para el o los nuevos asegurados dependientes se iniciará el día
primero del mes siguiente de la fecha de aceptación por parte de la Compañía de Seguros.
11. ATENCIÓN AL CLIENTE
La Oficina de Atención a Clientes de Seguros CLC S. A. se encuentra ubicada en Estoril 450, Edificio 1,
Subterráneo -1, Plataforma de Servicio al Paciente.
El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30 a 18:00 horas.
Call Center: 02-2610 7000. Horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 20 horas.

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