Al contratar o incorporarse a este seguro de salud, usted debe tener presente lo siguiente: 1.Este es un Seguro voluntario, que reembolsa solo gastos médicos cubiertos por esta Póliza y de cargo del Asegurado. 2.Este Seguro no sustituye la cobertura que otorga la ISAPRE o FONASA y no necesariamente cubre las mismas prestaciones. 3.Antes de contratar este Seguro, es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los siguientes aspectos: • Duración de este Seguro. • Cómo y bajo qué condiciones se renueva este Seguro. • De qué manera se va a reajustar el costo de este Seguro en caso de renovación. • En qué casos no se pagará este Seguro. • Cuáles son los requisitos para cobrar este Seguro. 4.En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar al momento de contratar este Seguro: Este Seguro: No contempla renovación garantizada Sí podrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la Póliza. No considera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación. No cubre preexistencias Las condiciones generales de este Seguro se encuentran depositadas con el código POL 3 2019 0074 en la Comisión para el Mercado Financiero. Usted puede revisar este texto en www.cmfchile.cl IMPORTANTE El presente Seguro contempla la aplicación de un deducible diferenciado por edad para el primer evento asociado a las siguientes patologías: cáncer, accidente vascular cerebral, infarto al miocardio, revascularización coronaria (by-pass), cirugía de válvulas deducible se aplicará sobre los gastos efectivamente incurridos, ya aplicados los porcentajes indicados en el plan de salud previsional (Isapre o Fonasa) de cada Asegurado. COBERTURA CATASTRÓFICA CAPITAL ASEGURADO Y DEDUCIBLE El monto máximo de reembolso y deducible es por evento y serán los que se indican a continuación: Tramo de edadMonto máximo de reembolso UFDeducible UF Hasta los 69 años y 364 días10.00060 Desde 70 años, hasta 80 años y 364 días3.500160 Desde los 80 años, hasta 89 años y 364 días3.500260 Cada vez que el Asegurado titular cambie de tramo de edad, el monto de la prima se ajustará en los terminos que se indican en las Condiciones Particulares de este Seguro. Igual ajuste se efectuará cada vez que se modique el número de Aseguradores dependientes cubiertos por el Seguro. En todo caso, la prima será calculada considerando el tramo de edad correspondiente al Asegurado de mayor edad de los asegurables propuestos. VALOR PRIMA MENSUAL El detalle de los productos solicitados es el siguiente: Este es un resumen de las Condiciones Particulares del Seguro. 1. VIGENCIA DE LA COBERTURA INDIVIDUAL Y CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO los Asegurados en particular, siempre que la Compañía Aseguradora haya aceptado el riesgo propuesto. El Seguro se terminará anticipadamente cuando: 1.El Asegurado Titular cumpla 90 años de edad, para la cobertura de Prestaciones Médicas de Alto Costo, siempre y cuando la póliza se encuentre vigente cuando el asegurado cumpla dicha edad. 2.Cuando el Asegurado Titular no pague la prima respectiva. La falta de pago de la prima producirá la terminación del contrato a la expiración del plazo de quince días contados desde la fecha de envío de la carta o correo electrónico, según corresponda, que, con ese objeto, dirija el asegurador al Asegurado y dará derecho a aquel para exigir que se le pague la prima devengada hasta la fecha de terminación y los gastos de formalización del contrato. 3.Asimismo, el Asegurador pondrá término a la Póliza en caso que el interés asegurable no llegare a existir o cesare durante la vigencia del Seguro. Los Asegurados Dependientes dejarán de pertenecer al Seguro cuando: 1.El cónyuge, conviviente civil o pareja cumpla los 90 años de edad, para la cobertura de Prestaciones Médicas de Alto Costo, siempre y cuando la póliza se encuentre vigente cuando el asegurado cumpla dicha edad. 2.Los hijos o nietos cumplan los 24 años de edad, para la cobertura de Prestaciones Médicas de Alto Costo, siempre y cuando la póliza se encuentre vigente cuando el asegurado cumpla dicha edad. 3.La falta de pago de la prima producirá la terminación de la cobertura individual a la expiración del plazo de 15 días contados desde el envío de la carta o correo electrónico, según corresponda, que, con ese objeto, dirija el asegurador al Asegurado. e Vida S.A., con a lo menos 30 días de anticipación. El Asegurado también podrá concurrir personalmente, con su Cédula de Identidad, a cualquiera de ertura individual. 2. COBERTURAS QUE INCLUYE EL SEGURO 2.1 COBERTURA CATASTRÓFICA Este Seguro reembolsa, como complemento del sistema previsional de salud de cada Asegurado, hasta el 100% de los gastos médicos provenientes de prestaciones ambulatorias y hospitalarias realizadas en RedSalud. Si no existe cobertura de Isapre o Fonasa, la Compañía considerará como gastos efectivamente incurridos el 50% de estos, monto respecto del cual se aplicarán los deducibles, porcentajes y ), la Compañía también considerará como gastos efectivamente incurridos el 50% de estos. Respecto de los gastos médicos incurridos en el extranjero, la Compañía considerará como gasto efectivo el 50% de estos, siempre que dichos gastos médicos tengan cobertura de ISAPRE o FONASA. Si los gastos médicos incurridos en el extranjero no tuvieran cobertura de ISAPRE o FONASA, la Compañía considerará como gastos efectivamente incurridos el 25% de estos, monto respecto del cual se aplicarán los deducibles, porcentajes y topes del plan contratado. Seguro RedSalud Protegido La cobertura comienza a regir unicamente a partir del momento en que esta propuesta sea aceptada por la aseguradora y se inicie la vigencia de la póliza. La presente información solo representa un resumen de las coberturas, condiciones y limitaciones. El detalle de las condiciones, términos y exclusiones, se encuentran en las Condiciones Generales antes mencionadas y en las Condiciones Particulares. MetLife Chile Seguros de Vida S.A. • Agustinas 640 piso 1, Santiago • 600 390 3000 • www.metlife.cl 3. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD Son asegurables los clientes que obtengan prestaciones o atenciones médicas en RedSalud. ional. AseguradosEdad mínima de incoporaciónEdad máxima de incorporaciónEdad máxima de permanencia Titular y cónyuge, Conviviente civil o pareja18 años69 años y 364 días89 años y 364 días Hijos y nietos14 días22 años y 364 días23 años y 364 días 4. CARENCIA cio de vigencia del Asegurado en la Póliza, excepto en caso de accidentes. De este modo, se cubrirán los gastos médicos a causa de enfermedades diagnosticadas dentro de la vigencia individual del Asegurado en la Póliza, solo una vez transcurrido el tiempo de carencia. 5. EXCLUSIONES 1.Enfermedades psicológicas y psiquiátricas, curas de reposo, cuidado sanitario, periodos de cuarentena o aislamientos. 2.Te embellecimiento o para corregir malformaciones. 3.Tratamientos por adicción a drogas o alcoholismo, SIDA, lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión voluntaria de somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares, sea que el Asegurado haya estado enajenado mentalmente, en algún estado psicopático que altere la conciencia o en su sano juicio. 4.Lesión o enfermedad causada por: i. Guerra civil o internacional. ii. Participación activa del Asegurado en rebelión, revolución, insurrección, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o iii. Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del Asegurado. 5.Todo tipo de exámenes o tratamientos dentales. 6.Medicamentos, remedios, drogas e insumos. 7.Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto preventivo. 8.Gastos por acompañantes mientras el Asegurado se encuentre hospitalizado, incluyendo alojamiento, comida y similares. 9.Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del Asegurado. 10.Cualquier gasto médico asociado a la maternidad, exceptuándose los gastos médicos asociados a complicaciones del embarazo. Se entenderá por “complicaciones del embarazo” todas aquellas enfermedades que estén directamente relacionadas o sean consecuencia directa del embarazo y cuya presencia u ocurrencia afecte gravemente el desarrollo normal de este. En virtud de los señalado, solo serán consideradas complicaciones del embarazo para efectos de esta Póliza las siguientes: colestasia intrahepática del embarazo; placenta previa; placenta creta; preeclamsia; eclampsia; hipertensión del embarazo; diabetes gestacional; incompetencia cervical; distocia del embarazo; infección del huevo ovular; rotura prematura de membranas; amenaza de parto prematuro sin que este haya terminado en parto. En ningún caso se entenderán incluidos los gastos médicos asociados a aborto, abortos, cesáreas, amenaza de parto prematuro sin patología asociada y parto natural, los cuales se encuentran excluidos de la cobertura de la Póliza. La cobertura por concepto de complicaciones del embarazo solo será aplicable respecto del Asegurado titular o de su cónyuge o pareja, según corresponda. 11.Enfermedades, padecimientos o malformaciones congénitas preexistentes. 12.Epidemias y pandemia. 13.No serán consideradas como diagnósticos que dan lugar a eventos con derecho a cobertura para efectos de la presente Póliza, la cirugía, tratamientos o gastos relativos a: La obesidad con un IMC inferior a 40; La impotencia masculina; fertilidad e infertilidad; tallas bajas (cualquiera sea su origen), delgadez no patológica,gigantismo,ginecomastiauotros similares;tratamientosanticonceptivos;cirugíadereducciónoaumentomamario; adquisición o arriendo de equipos, tales como: sillas de ruedas, camas médicas, ventiladores mecánicos, etc. 14.Tratamientos efectuados a través de medios de medicina alternativa. 15.gastos de exámenes y procedimientos a través de nuevas tecnologías no reconocidas por el Sistema de Salud Previsional. 16.Criopreservación. Compra de células madre, sangre, hemoderivados y cualquier otro tejido u órgano. 17.Enfermedades, dolencias o situaciones de salud preexistentes. 6. PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA DE SINIESTROS 6.1. COBERTURA CATASTRÓFICA Para solicitar el reembolso de gastos de salud, el Asegurado titular deberá completar la solicitud de reembolso de gastos médicos e incluir los antecedentes requeridos en las Condiciones Particulares. Para los efectos de la evaluación de la solicitud de reembolso de gastos médicos, el plazo máximo que debe transcurrir entre la fecha de emisión del documento que da cuenta del gasto a reembolsar y la fecha de presentación de la solicitud correspondiente a la Compañía de Seguros, no podrá ser superior a los sesenta días. En el caso que la Compañía requiera de algún antecedente adicional para la evaluación del reembolso de gastos médicos, lo solicitará en forma escrita a la institución de salud respectiva o al Asegurado. Es importante señalar que la Compañía se reserva el derecho de solicitar otros antecedentes adicionales, si así lo estimara conveniente, y r toda la ayuda necesaria para que la Compañía obtenga estos antecedentes y de esta forma, se tramite la liquidación en el más breve plazo posible. El riesgo es cubierto por MetLife Chile Seguros de Vida S.A., RUT 99.289.000-2. Las Condiciones Generales de esta Póliza se encuentran depositadas en la Comisón para el Mercado Financiero, bajo el código POL 3 2019 0074, para el Seguro de Prestaciones Médicas de Alto Costo. La presente información solo representa un resumen de las coberturas, condiciones y limitaciones. El detalle de las condiciones, términos y exclusiones, se encuentran en las Condiciones Generales antes mencionadas y en las Condi MetLife Chile Seguros de Vida S.A se reserva el derecho de aceptar o rechazar el riesgo propuesto. La fecha de inicio de vigencia de las coberturas individuales será la fecha de suscripción de la propuesta o solicitud de incorporación a la Póliza y quedará especicada en el respectivo certicado de cobertura para cada uno de los Asegurados en particular, siempre que la Compañía Aseguradora haya aceptado el riesgo propuesto. ciones Particulares.