OFERTA PREFERENTE En, adede, entre el afiliado Don (ña)Domiciliado (a) en Profesión u oficioCédula Nacional de Identidad Nºy la ISAPRE CONSALUD S.A.,representada por don Marcelo Dutilh Labbé, Gerente General, cédula nacional de identidad N° 7.743.448-8, ambos con domicilio en Pedro Fontova N° 6650, comuna de Huechuraba de la ciudad de Santiago, en adelante también denominada «la Isapre» o «CONSALUD», se ha convenido en el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional se celebra en conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 18.933, y sus modificaciones. El Contrato de Salud está constituido por los siguientes documentos: a)Condiciones Generales. b)Plan de Salud. c)Declaración de Salud. d)Formulario Unico de Notificación. (F.U.N.) e)Arancel o Catálogo Valorizado de Prestaciones. Los mencionados documentos serán firmados por el afiliado y la Isapre, a excepción del Arancel, que sólo será firmado por CONSALUD. Esta institución de salud tiene en sus oficinas de atención de público, ejemplares del referido Arancel para consulta exclusiva de los afiliados y beneficiarios del Plan. C O N T R A T OD ES A L U DP R E V I S I O N A L DIA CAMA: CIRUGIA, PEDIATRIA, GINECO-OBSTETRICIA, MEDICINA DIA CAMA: SALA CUNA, INCUBADORA DIA CAMA : OBSERVACION DIA CAMA: UTI, INTERMEDIO EXAMENES LABORATORIO IMAGENOLOGIA PROCEDIMIENTOS PABELLON MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS(2) MEDICAMENTOS EN QUIMIOTERAPIA HONORARIOS MEDICO-QUIRURGICOS CONSULTA MEDICA EN HOSPITALIZACION INTERCONSULTA CONSULTA MEDICA IMAGENOLOGIA EXAMENES LABORATORIO PROCEDIMIENTOS HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS PABELLON KINESIOLOGIA CONSULTA / TRATAMIENTO PSICOLOGIA(3) FONOAUDIOLOGIA(4) PSIQUIATRIA(5) TRASLADOS PROTESIS / ORTESIS ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO(6) ATENCIONES INTEGRALES ENFERMERIA CENTRO ADULTO MAYOR(7) ATENCIONES DE URGENCIA COBERTURA EN LIBRE ELECCION PRESTACIONES H O S P I T A L A R I A S FUN Nº FOLIO TOPE DE BONIFICACION SOBRE VALOR PRESTACION EN ARANCEL PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE VALOR REAL MAXIMO DE BONIFICACION PARA DETERMINA- DAS PRESTA- CIONES ($) TITULO PRIMERO:DISPOSICIONES GENERALES. TITULO SEGUNDO:PLAN DE SALUD. TIPO DE PLAN:INDIVIDUALGRUPAL SIN TOPE TOPE DE BONIFICACION (Nº DE VECES EL ARANCEL) PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE VALOR REAL (A) A M B U L A T O R I A S O T R A S PRESTADORES DERIVADOS MAXIMO DE BONIFICACION PARA DETERMINA- DAS PRESTA- CIONES ($) 20.000 10.000 400.000 La cobertura se hará bajo modalidad Libre Elección (1) (8)(8) 60.000 11.000 50.000 70.000 20.000 10.000 60.000 11.000 50.000 70.000 TIEMPOS DE ESPERA - CONSULTAS MEDICAS EN ATENCION PRIMARIA - EXAMENES Nº Días CorridosInicio del Tiempo de Espera 5 4 Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el beneficiario suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del Tiempo de Espera en nuestras oficinas. PLAN DE SALUD QUANTUM-CONSALUD III68-2709 70% 70% 80%80% 70% 70% 90%90% 70%SIN TOPE 70%70% 70%68-2709 1 / 3
ARANCEL NOMBRE DEL ARANCEL: 20UNIDAD : PESOS El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de marzo de cada año como máximo en el doble de la variación que haya experimentado el Indice de Pre- cios al Consumidor (IPC) en el año calendario inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste, determinado por el Instituto Nacional de Estadísti- cas o por la institución que lo reemplace. Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de marzo siguiente. TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO SIN TOPE TIPO DE BENEFICIARIO EDADCOTIZANTECARGAS HOMBREMUJERHOMBRE PRECIO DEL PLAN MUJER 0 - 1 2 - 5 6 - 20 21 - 25 26 - 30 31 - 35 36 - 40 41 - 45 46 - 50 51 - 55 56 - 59 60 - 64 65 y más El Valor Base pactado se reajustará el 01 de marzo de cada año, como máximo en el doble de la variación que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor (IPC) en el año calendario inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o por la institución que lo reemplace. Esta variación de precio actuará sobre la cotización devengada el mes de febrero anterior al mes en que se haga dicho reajuste. VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR VALOR BASE El precio del Plan de Salud se expresa en pesos ($). Dicho precio se determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por sexo y edad: $ $ 0.49 0.49 0.49 0.49 1.00 1.00 1.00 1.00 1.59 1.59 1.59 3.57 4.10 1.58 1.58 1.58 1.58 2.19 2.19 2.12 2.11 2.11 2.22 2.22 3.33 3.33 0.99 0.62 0.34 0.34 0.34 1.85 1.85 1.85 1.85 1.85 1.85 4.15 4.15 1 ) PRESTACIONES a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama. También se considerarán para los efectos de su bonificación, que son prestaciones hospitalarias aquellas que utilicen pabellón quirúrgico 5 o superior, según la calificación que de ellos se hace en el arancel del plan bajo la columna “Código de Pabellón” o “C.P.” b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior. 2 ) MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS: Son aquellos medicamentos recibidos por el beneficiario por causa de prestaciones hospitalarias. Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos que el establecimiento hospitalario haya considerado en su factura. Para calcular la bonificación, el valor del arancel estará directamente relacionado con el nivel del pabellón asociado a la prestación principal otorgada al paciente. 3 ) CONSULTA/TRATAMIENTO PSICOLOGIA:Se bonificará exclusivamente la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios en los Centros Médicos MEGASALUD, o en aquellas instituciones con las que Isapre CONSALUD tenga convenio para estos fines. 4 ) FONOAUDIOLOGIA:Se bonificará exclusivamente la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios en los Centros Médicos MEGASALUD, o en aquellas instituciones con las que Isapre CONSALUD tenga convenio para estos fines. 5 ) PSIQUIATRIA:Incluye Consultas Médicas, Tratamientos, Hospitalizaciones y Medicamentos en Hospitalización. Las consultas médicas y tratamientos psiquiátricos que se realicen en los Centros Médicos MEGASALUD Prestadores Preferenciales del presente plan de salud tendrán bonificación sin tope sobre el arancel. 6 ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO:Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años, o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal. Se bonificará la atención recibida de aquellas instituciones con las que Isapre CONSALUD tenga convenio para estos fines. 7 ) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR:Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años, exclusivamente en los Centros Médicos de MEGASALUD. 8 ) REAJUSTES DE LOS TOPES FIJADOS EN PESOS: Dichos topes se reajustarán los días 01 de marzo en el mismo porcentaje que lo haga el Arancel. NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES 0.89 0.49 0.38 0.97 1.30 1.30 1.12 1.12 1.12 1.31 1.31 2.11 2.11 REAJUSTABILIDAD DEL PRECIO CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA) 1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres meses contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio. 2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas. 3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no podrá ser inferior a $ ............................. o al menos, deberá llegar a un 85% de dicha suma. 4) Que el plan o planes de salud contratados se deberán financiar en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento al cuociente entre la suma de cotizaciones pagadas de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores. NOTA:En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes de cotización de salud. A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD. B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial. CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA) A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa. B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD. CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA)68-2709 2 / 3
A) Prestador Preferente Ambulatorio: Para los efectos de este Plan, se entenderá que son prestadores preferentes en el otorgamiento de prestaciones ambulatorias, los centros médicos MEGASALUD. B) Prestaciones que otorga el Prestador Preferente: Las prestaciones ambulatorias que podrán recibir los beneficiarios en los centros médicos MEGASALUD, serán exclusivamente aquellas que estén implementadas en cada uno de ellos, lo que será informado debidamente al solicitante por la Isapre, cuando este lo requiera.. C) Prestaciones que no otorga el Prestador Preferente: Todas aquellas prestaciones ambulatorias que no se encuentren implementadas en los centros médicos MEGASALUD se bonificarán bajo la modalidad libre elección del Plan de Salud. D) Bonificación en el Prestador Preferente: Las prestaciones ambulatorias que reciban los beneficiarios en los centros médicos MEGASALUD, serán bonificadas de acuerdo con lo que se expresa en el Plan de Salud, en la modalidad del Prestador Preferente, y sin tope sobre el arancel del Plan de Salud. E) Atención fuera del Prestador Preferente: Las prestaciones ambulatorias que reciban los beneficiarios fuera de los centros médicos MEGASALUD se bonificarán bajo la modalidad libre elección. F) En caso de insuficiencia transitoria del centro médico MEGASALUD, es decir, cuando por falta de profesionales o medios, se encuentran imposibili- tado temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente y ha transcurrido el tiempo de espera previsto en el Plan de Salud para el otorgamiento de las mismas, el beneficiario tendrá el derecho de solicitar a Isapre CONSALUD la derivación a otro prestador ambulatorio con el que la Isapre tenga convenio. Esta derivación sólo tendrá por objeto el otorgamiento de las prestaciones ambulatorias específicas que no pudieron ser brindadas por el centro médico MEGASALUD. Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la derivación, serán bonificadas por la Isapre manteniendo el monto que le habría correspondido copagar al afiliado de haberse atendido en el centro médico MEGASALUD. De realizarse la atención en un prestador distinto al centro médico MEGASALUD sin la autorización expresa de CONSALUD, la cobertura se hará bajo la modalidad libre elección. G) Si durante la vigencia del plan contratado, el centro médico MEGASALUD experimentare una pérdida total o parcial y permanente de su infraestruc- tura o una paralización permanente de sus actividades o una sustitución de la especialidad médica a la que estaban orientados al momento de celebrarse el contrato, la Isapre deberá comunicar por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes afectados, junto con las alternativas de planes que dispone para ellos. En esta oferta deberá contemplarse como mínimo, el Plan de Salud que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato. H) CONSALUD ofrecerá un nuevo Plan de Salud al afiliado si este así lo requiere, y su petición se fundamenta en la falta de otorgamiento de la aten- ción de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en el Plan. CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE FIRMA ISAPREFIRMA DEL COTIZANTE68-2709 3 / 3