N° FUN __________________________________________FECHA _____________________________________LUGAR___________________________________________________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: _____________________________________________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CÓDIGO DE PLAN:NOMBRE : TIPO DE PLAN:IndividualMatrimonial Prestaciones Hospitalarias % Bonif.% Bonif. Valor Real 1.35VA 1.35VA 1.80VA 1.62VA 0.99VA 1.29VA 0.49UF 1.17VA 4.30UF x Evento 1.08UF x Evento 1.35VA6.75UF 1.80VA6.75UF 1.35VA5.06UF Consulta Médica0.25UF$ 3,000 Consulta Urgencia y Oftalmológica(e)0.32UF$ 6,000 Psiquiatría Ambulatoria0.28UF1.40UF Psicología Ambulatoria0.28UF1.40UF Honorarios Médicos Ambulatorios(i)0.91VA Día Cama(i)1.05VA Derecho de Pabellón(i)1.05VA Procedimientos(b )1.40VA Kinesiterapia1.40VA3.50UF Laboratorio1.26VA Rayos - TAC - ECO0.77VA RNM1.00VA Fonoaudiologia1.40VA1.82UF Medicamentos Ambulatorios(f)0.44UF Óptica(g)0.70VA0.28UF Prótesis0.70VA Traslados(h)1.06VA 9.45UF Atenciones de Urgencia (excepto consulta) Consulta Médica Exámenes HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 10 a menos de 150.650.550.550.55del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50Nombre ArancelUnidad 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. ______________________________________________________Firma Contratante _____________________________________ Nombre :Nombre : NOTAS EXPLICATIVAS Intervenciones quirúrgicas Proc. diagnósticos y Terapéuticos 7 días Tiempos de Espera: 15 días 70 30 días 75% Sin Tope Prestadores Optimus C1 y C2 Prestadores Optimus C1 y C2 75% Sin Tope Prestadores Optimus C1 y C280% Sin Tope en Red Ambulatoria CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. Rayos - TAC - ECO Día Cama Clínica de Recuperación El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. Día cama Psiquiatría(d) Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas(d) 3OP3000509OPTIMUS PLUS 3000 Año/Benef/UFTope BonificaciónTope Bonificación/Copago Fijo RNM Derecho de Pabellón Procedimientos(b ) Laboratorio (Habitación Pluripersonal) Materiales Clínicos e Insumos 100% Sin Tope con copago diario de $ 15.000.- en Red Optimus C2 Día Cama100% Sin Tope con copago máximo de $ 40.000.- por evento en Red Optimus C1 UF / Veces ArancelPrestadores Derivados (*) OTRAS PRESTACIONES PRESTACIONES AMBULATORIAS 90 30 UF Honorarios Médicos Quirúrgicos Medicamentos en hospitalización COBERTURA PREFERENCIAL (a) Precio Total Plan de Salud Complementario g) Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva. (*) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado. d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos . e) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil, f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria y procedimientos de ortopedia y traumatología. (j) b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Edad (Años) Libre Elección a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 70 h) Con indicación médica justificada. Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia Tope mensual Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(c) ISAPRE CRUZ BLANCA - 20 Cargas Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Contratante Precio Base Plan de Salud Complementario en UF TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Tope General por Beneficiario El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre estáfacultadaparaincorporarnuevasprestacionesalarancelenla oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. familiar 1700 UFUF i) La cobertura de prestaciones ambulatorias de día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. en UF según composición del grupo familiar j) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.