CAMPUS BUPA 070 425 CBP0070425Fun N°:Tipo de Plan:INDIVIDUAL PRESTACIONESOFERTA PREFERENTE(1.a)Tope máximo año contrato por beneficiario (2.b) LIBRE ELECCIÓNTope máximo año contrato por beneficiario (2.b)%Tope%Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a.2)) Día Cama 70% Sin Tope Clínica Bupa Santiago 60% Sin Tope Clínica Dávila, Hospital del Profesor (1.a.2) Sin Tope 70% 4,0UF Sin Tope Día Cama CuidadosIntensivos, Coronarios o Intermedios5,0UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia1,7UF Día Cama Observación-Recuperación3,3VA Derecho de Pabellón1,7VA Exámenes de Laboratorio0,9VA Exámenes deHistopatología1,0VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)0,9VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)0,8VA Kinesiología y fisioterapia25UF1,4VA10UF Medicamentos (2.g)(2.i)500 UF16,6UF250 UF Materiales e insumos clínicos (2.g)(2.i)10,7UF Procedimientos (1.a.2.3)(1.c) Sin Tope 1,2VA Sin Tope Honorarios médicos quirúrgicos (1.a.2.3)1,3VA Visita por médico tratante o médico interconsultor (1.a.2.3)(1.b)Habitación Individual y Doble(1.a.2.1) Staff Médicos Clínicas(1.a.2.2) (1.a.2.3)0,5UF Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis Sólo Cobertura Libre Elección. 3,7VA Traslados Médicos (1.i)2,5VA Drogas Biológicas (2.f)(2.i)25,0UF53UF Quimioterapia (2.d)(2.i) Injertos Hematopoyéticos1,0VASin Tope Fertilización asistida alta complejidad(1.e):1,0VA AMBULATORIAS Consulta telemedicina 70% Sin Tope Integramédica 60% Sin Tope Clínica Bupa Santiago (1.a.1) Sin Tope 70% 0,7UF 7 UFConsulta médica0,7UF Consulta oftalmológica0,7UF Exámenes de Laboratorio0,6VA Sin Tope Exámenes de Histopatología0,7VA Imagenología (Rayos; Scanner;Ecotomografía)0,8VA Pabellón Ambulatorio (2.a) (1.d)1,1VA Procedimientos (1.c)1,1VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)1,0VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)0,6VA Kinesiología yfisioterapia20UF1,2VA10UF Fonoaudiología20UF1,4VA10UF Atención integral de enfermería (2.h) Sólo Cobertura Libre Elección. 1,1VASin Tope Atención integral de nutricionista1,1VA4UF Consultanutricionista(1.m)1,1VA4UF Radioterapia1,1VASin Tope Quimioterapia (2.d)(2.i)25,0UF53UF Prótesis y órtesis3,7VASin Tope Injertos Hematopoyéticos1,0VA Prestaciones dentales (PAD) (1.k) 1,0VA 7UF Prestaciones FertilizaciónAsistidaPAD (1.e)4UF Clínica de Lactancia(0 y 6 meses de edad)PAD(1.n)4UF Mal Nutrición Infantil(7 y 72 meses de edad)PAD(1.m)12UF PRESTACIONESRESTRINGIDAS Cirugía Metabólica, Fotorefractiva (lasik),PET-CT (2.e)25% de la cobertura general del plan. Día Cama Clínica de Recuperación (1.a.4)Sólo Cobertura Libre Elección.70%0,6UF8UF OTRAS COBERTURAS Cirugía deBariátrica(2.e)65% Sin Tope Clínica Bupa Santiago25% de la Cobertura Libre Elección Box ambulatorio (1.d)Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos prestadores.70%1,4VASin Tope Medicamentos ambulatorios(1.j)(2.j)0,6UF Óptica (1.h)Sólo Cobertura Libre Elección.70%0,7UF1UF Traslados médicos (1.i)2,5VASin Tope ATENCIÓN DE URGENCIA INTEGRAL (2.j)(1.g) Clínica Bupa Santiago–Clínica Dávila Copago Fijo UrgenciaSimpleCopago Fijo Urgencia Compleja (2.j) 0.90 UF3.10 UF PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6) Prestaciones AmbulatoriasHospital Clínico Universidad de Chile Hospitalarias y Cirugía Mayor AmbulatoriaHospital Clínico Universidad de Chile VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LACOBERTURA PREFERENTE. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
FirmaAfiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha CAMPUS BUPA 070 425 CBP0070425 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Precio Base Precio Total según composición del grupo familiar TABLA DE FACTORES N° 343 Edad (Años)ContratanteCargas 0 a menos de 200.60.6 20 a menos de 250.90.7 25 a menos de 351.00.7 35 a menos de 451.30.9 45a menos de 551.41.0 55 a menos de 652.01.4 65 y más2.42.2 Identificación única del arancelIsapre CruzBlanca–31Modalidad Arancel$ Tope General por Beneficiario en UF5000 (2.b)
CAMPUS BUPA 070 425 CBP0070425 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE NOTAS EXPLICATIVAS 1) Coberturas 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtienea través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria:Integramédica, Clínica Bupa Santiago. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:Clínica Bupa Santiago, Hospital del Profesor, Clínica Dávila. 1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laHabitación Individual y Dobleo la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiariode acuerdo con elconvenio vigente con el prestador. Suite o Departamento sólo modalidad libre elección. 1.a.2.2)Son prestadores Staff del Plan PreferenteCAMPUS BUPA 070 425todos los profesionales médicos que trabajan enClínica Bupa Santiago, Hospital del Profesor, Clínica Dávilay que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a través de las sucursalesCruzBlanca. 1.a.2.3)En atenciones hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferentedel Plan de Salud Complementario del ítem honorarios, si su atención se efectúa con profesionales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo contrario, será la de la Libre Elección. 1.a.2.4) Lashospitalizaciones derivadasdeunaatenciónefectuada en el Serviciode Urgenciade los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente,tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de los profesionales staff del prestador en convenio para el Plan. 1.a.2.5)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgenciaaquella derivadade un servicio de urgenciaque,por condiciónde salud o cuadro clínico delpaciente, requiereatención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes, efectuados en serviciosdeurgencia, queno forman parte de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional,los valoresque Isapre CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Bupa Santiago, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre la Clínica Bupa Santiago y el prestador en la que recibió las atenciones. 1.a.2.6)La cobertura de la Oferta Preferente que sea procedente,corresponderá siempre a la indicada para cada prestador o grupo de prestadores de la red de prestadores preferentes del planCAMPUS BUPA 070 425sin que operen como prestadores derivados el uno respecto del otro. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos preferente, sólo corresponderá si utiliza médicos con convenio en los prestadores que consideran dicha cobertura en el plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. Para el caso de presentarse una insuficiencia que afecte a la totalidad de la indicada red de prestadores preferentes, esto es, cuando todos ellos se encuentren imposibilitados temporal o permanentemente para otorgar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente dentro de los tiempos de espera máximos definidos en las condiciones de la oferta preferente, el beneficiario tiene derecho a solicitar su derivación, a el (los) prestador(es)Hospital Clínico Universidad de Chile, conforme lo indique la Isapre, y que se designan como prestadores derivados a los de la red de prestadores preferentes, manteniendo la misma cobertura de haberse atendido en el prestador que dio origen a dicha derivación. 1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificaciónde los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.k) Paraobtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o más piezas dentales y los diagnosticados con Cáncer sin límite de edad, en prestaciones odontológicas y deespecialidad de Periodoncia de diagnóstico, preventivas y curativas. 1.m) Podrán acceder a la prestación de consulta de nutricionista todo beneficiario que presente sobrepeso u obesidad según criterios de IMC, tendrá derecho a la cobertura de la consulta de nutricionista. La primera consulta, dentro del año calendario, deberá ser indicada por el médico tratante. 1.n) Estas prestaciones incluyen la consulta por profesional de la salud (matrona, enfermera o nutricionista) y 2 sesiones deconsejería en técnicas de lactancia y alimentación saludable. Asimismo, en caso de sospecha de alergias alimentarias o alguna patología del niño(a), incluirá Consulta por médico pediatra y, en caso de confirmarse, considerará apoyo de nutricionista en la alimentación de la madre. También deberá incluir una atención psicológica a la madre cuando se requiera. 2) DefinicionesVA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento. Staff MédicosClínicas = Médicos de las Clínicas Red HospitalariaClínica Bupa Santiago, Hospital del Profesor, Clínica Dávila, que tienen convenio con Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM = Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de pabellón. 2.a) Pabellón ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección como por oferta preferente. Elvalor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entreel precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladasen el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.c) Las Garantías Explícitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamenteen prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. Lacoberturade laCirugía Bariátrica,Metabólica, Cirugía Lasik y PET-CTcorresponde al evento hospitalario completo. 2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamientode patologías no oncológicas. 2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende porevento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. Lafecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería encentro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 2.i)Todos los medicamentos, materiales e insumos clínicos, drogas biológicas, incluidos medicamentos para quimioterapia, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren registrados por el Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fines curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o experimentación. 2.j) Atención de Urgencia integral corresponde a la atención efectuada en forma ambulatoria en un servicio de urgencia y queincluye todas las prestaciones requeridas por el beneficiario para resolver el evento de urgencia, tales como consulta urgencia, exámenes de laboratorio, de imágenes, procedimientos médicos, insumos y medicamentos utilizados durante la atención. La "Urgencia Integral Compleja” la define la realización de exámenes de imagenología del subgrupo 03 del arancel (TAC: tomografía axial computarizada-scanner), 04 del arancel (Ecotomografías) y subgrupo 05 (Resonancia Nuclear Magnética). También determinan una urgencia integral compleja, larealización de procedimientos médicos que incluyan
FirmaAfiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha prestaciones endoscópicas y atenciones de pacientes que ingresen en riesgo vital. En el caso de una atención de Urgencia Integral que se derive a una cirugía, la hospitalización en Clínica Bupa Santiago deberá ser en Habitación Doble. 3)Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" 4)Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresados en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dichaunidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5)Reajuste del arancel de prestaciones El valor de cada una delas prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año.Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes defebrero del año anterior y enero del año en curso.
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