FUN Nº % Bonif.Copago Fijo% Bonif. 1.50VA Día Cama Cuidado Intensivo o Coronarios1.50VA Día Cama Cuidados Intermedios1.50VA Día Cama Sala Cuna - Fototerapia1.50VA Día Cama Observación - Recuperación1.50VA 1.50VA 1.80VA 1.80VA 1.10VA 1.10VA Kinesiología y fisioterapia2.00VA Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (1.c)2.00VA Radioterapia2.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos1.30VA Visita Médico Tratante0.54UF Visita Interconsultor (1.b)0.54UF Medicamentos en hospitalización (2.e)6.38UF 6.38UF Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.80%0.80VA Traslados médicos (1.i)80%0.80VA Quimioterapia (2.d)80%10.80UF (1.a.2)$25000.29UF (1.a.2)$25000.45UF Exámenes de Laboratorio1.44VA 1.44VA 0.88VA 0.88VA 1.60VA Pabellón Ambulatorio(1.d)1.20VA Procedimientos (1.c)1.60VA Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)1.04VA Atención integral de enfermería (2.f)1.60VA Atención integral de nutricionista1.60VA Fonoaudiología1.60VA Prótesis y Ortesis80%0.80VA Radioterapia80%1.60VA Quimioterapia (2.d)80%10.80UF PRESTACIONES DENTALES PAD (1.k):40%1.00VA PRESTACIONES FERTILIZACIÓN PAD (1.e): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m) Consulta Psiquiatría50%0.20UF Psiquiatría Ambulatoria50%0.20UF Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria50%0.20UF 100%1.50VA 80%1.60VA 100%1.50VA Box ambulatorio (2.a)(1.d)1.20VA 0.50UF 80%0.80VA 80%0.80VA 80%0.43UF Ecotomografía en Control del Embarazo80%0.88VA (1.a.2)$500080%0.43UF Prestadores Red Hospitalaria Prestadores Red Ambulatoria Prestadores Red Hospitalaria Fono CruzBlanca 600 818 0000 Según cobertura ambulatoria preferente del plan en Hosp. Cl. U. Católica Consulta a DomicilioSin Tope Cobertura Libre Elección 1.35 UF 1.00 UF 1.00 UF 1.00 UF Cobertura Libre Elección Traslados (1.i) OTRAS COBERTURAS (2.c) Día Cama Psiquiatría Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1.f) Día Cama Clínica de Recuperación Otras Prestaciones (Restricciones)Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiátrica , psicológica , fonoaudiológica, radioterapia y prótesis y atención dental. 6.00 UF 5.63 UF 0.32 UF 2.08 UF 7.00 UF 4.00 UF 12.00 UF 6.00 UF 80% 80% Prestaciones Ambulatorias Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE Cobertura Internacional (1.l) La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es, en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. ATENCIONES DE URGENCIA Consulta Urgencia (1.g)Sin Tope 80 % Sin Tope Red UC1 y M1Sin Tope Medicamentos Ambulatorios (1.j)Cobertura Libre Elección Óptica (1.h) Sin Tope Exámenes de Histopatología Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia Sin Tope Cobertura Libre Elección Cobertura Libre Elección 1.00VA Sin Tope Sin Tope Sin Tope 2.08 UF 4.00 UF Sin Tope 40% LIBRE ELECCIÓNTope max. Sin Tope Sin Tope 4.00 UF Tope max. 100% Sin Tope con copago diario de $65.000 Red UC1 (Habitación Doble) 80 % Sin Tope Red UC1 y M1 (1.a.2) PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica Sin Tope Consulta Oftalmológica Día Cama Especialidades Sin Tope 100% Sin Tope Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio Exámenes de Histopatología Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Copago diario de $20.000 Red M1 (Habitación Pluripersonal) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sin Tope Sin Tope Materiales Clínicos e Insumos (2.e) Cobertura Libre Elección Sin TopeSin Tope Sin Tope PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE CODIGO DE PLAN:NOMBRE:MASTER 8 - NORMAL 018FUC8N08018 Tope BonificaciónAño/Ben./UF (2.b)Tope BonificaciónAño/Ben./UF (2.b) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA TIPO DE PLAN:INDIVIDUAL PRESTACIONES OFERTA PREFERENTE (1.a) (1.a.1) (1.a.2) Atenciones de Urgencia: EXS, RX, TAC, ECO, RNM, PRO, HMQ, DPA. (2) www.cruzblanca.cl PRESTADORES DERIVADOS (1.a.3) Consulta Urgencia (1.g) 1 de 1
EdadContratanteContratanteConyugeCargasCargas HombreMujerMujerHombreMujer 0 a 11 Meses2.402.402.403.003.00 12 a 23 Meses2.402.402.402.402.40 2 a 17 Años1.102.302.501.101.10 18 a 24 Años1.003.002.501.001.30 25 a 39 Años1.004.203.301.003.30 40 a 49 Años1.603.802.701.402.70 50 a 59 Años2.103.902.802.002.80 60 a 64 Años4.004.503.603.603.60 65 a 69 Años5.105.104.305.504.30 70 y más Años5.705.505.206.705.20 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: Huella Dactilar Contratante Tope General Anual por Beneficiario (2.b) Identificación Única del Arancel (5.a)Isapre Cruz Blanca - 4 Modalidad del ArancelUF Sin Tope Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar TABLA DE FACTORES Nº 522 1 de 2
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. 1.a.3) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el desglose más arriba detallado. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado. 1.- Coberturas 1.a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. 1.a.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la Habitación Doble para el prestador Hospital Clínico Universidad Católica y Habitación Pluripersonal para los otros participantes de las redes hospitalarias o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se excluye de la cobertura el Suite y/o Departamento, otorgandose solo en modalidad Libre Elección. 1.a.2)Red de Oferta Preferente Hospitalaria y Ambulatoria Red UC1: Hosp. Cl. Universidad Católica, en (Habitación Doble) Red M1: Hosp. Cl. Universidad de Chile, Hosp. del Profesor, Hosp. Parroquial Sn. Bdo., en (Habitación Pluripersonal) 4.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 5.a) El arancel de prestaciones está expresado en Unidades de Fomento (UF) y se actualiza todos los meses según el valor de la UF del último día del mes anterior. 1.g) Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia.. 1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.b) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" 1.e) El grupo de prestaciones a financiar incluyen: las consultas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para realizar el tratamiento referido, previa indicación médica. La Isapre financiará, a lo menos, 3 ciclos en el año-contrato, en caso de ser requeridos, cuyos valores se actualizarán conforme lo haga el arancel Fonasa respectivo. 1.f) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se de durante la hospitalización. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: FUC8N08018 - MASTER 8 - NORMAL 018 2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinandose de esa forma el nuevo copago del afiliado. 2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica 2.e) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquelque engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado),o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.f) La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 1.k) Podrán acceder a los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.l) La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional Libre Elección, esto es, en función del Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. VA=Veces Arancel; UF=Unidad de Fomento; EXS=Exámenes de Laboratorio; RX=Radiología; TAC=Tomografía axial computarizada (scanner); ECO=Ecotomografías; RNM=Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón. Contratante Huella Dactilar 5.- Reajuste del arancel de prestaciones 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente 2.- Definiciones Se exceptúa de esta cobertura preferencial la atención psiquiátrica , psicológica , fonoaudiológica, radioterapia y prótesis y atención dental. 1.m) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1 de 3