II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE % BONIF. VALOR REAL (2)100 100 100 100 (3)90 100 100 100 100 100 100 100 100 (4)100 (9)100 (10)100 100 90 85 85 85 85 (5)90 (5)90 90 90 90 90 (8)100 90 Traslados(6)90 Ambulancia Interurbana(6)90 Cristal Óptico(7)90 Audífono90 (9) Incluye días cama, exámenes, pabellón, medicamentos y todo procedimiento. (10) Incluye el equipo médico y honorarios médicos. MHombreMujerHombreMujer E S0 a 111,001,402,502,50 12 a 231,001,401,251,25 2 a 171,001,400,600,60 18 a 231,001,400,700,70 A24 a 341,002,311,001,82 Ñ35 a 441,201,891,401,40 O45 a 471,501,892,001,40 S48 a 551,702,702,202,20 56 a 593,003,002,802,80 60 a 693,503,503,003,00(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 70 a 794,003,504,003,50del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) 80 y más4,504,004,504,00 Firma y Timbre IsapreFirma del afiliado 4,00 Medicamento, Insumo, Mat. Clínico Protesis,Ortesis, y Elemento De Osteosíntesis COBERTURA INTERNACIONAL : Se otorga según el Plan suscrito con un tope máximo de 1000 UF al año contrato, en los mismos términos de la Cobertura Nacional y para aquellos planes sin tope se bonificará de acuerdo a los valores establecidos en la clínica de mayor valor en Chile. 2,80 (5) El honorario por este concepto corresponde al profesional que realiza la atención. (6) Con indicación médica justificada. (7) Por beneficiario año contrato, con receta médica. (8) Por beneficiario año contrato, con indicación médica justificada. 3,00 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD N° 22 2,50 (2) Pieza individual, baño privado de menor valor en la Clínica respectiva, no extensivo a suite o camas de mayor privacidad.. (3) Se bonifica visita interconsulta , sólo con indicación del médico tratante. (4) Por evento a cada beneficiario. CónyugeEDADCotizante 1,26 i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. NOTAS ADICIONALES 1,80 LasgarantíasExplicitasenSalud(GES)se otorgaránexclusivamente a través de los prestadores ubicados en el territorio nacional que para tales efectos, ha determinado la Isapre. De igual modo, el beneficio de la cobertura adicional para enfermedades Catastróficas (CAEC), y la cobertura especial GES - CAEC, se otorgará bajo las condiciones y modalidades pactadas en este beneficio, exclusivamente en los prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Mujer 1,40 Cargas "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto , se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA" 15,0015,00 3,00 2,50 3,00 500,0 22,0022,00 500,0 8,00 OTRAS PRESTACIONES Kinesiología, Med.Fisica y Rehabilitación Consulta Medica General y Especialidades Drogas Antineoplásicas 3,40Honorario Medico Quirúrgico 2,50 Derecho De Pabellón 3,15 Procedimientos Diagnósticos Procedimientos Terapéuticos 4,00 3,00 3,40 PRESTACIONES AMBULATORIAS 4,00 14,8 Sin Tope 2,60 2,60 Sin Tope 10,04,00 3,15 Sin Tope 10,0 Sin Tope Sin Tope Día Cama Unidad Intermedia Día Cama Unidad Tratamiento Intensivo Sin Tope 10,0Día Cama Psiquiatría10,00 CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL N° FUN ________________________________FECHA ___________________LUGAR____________________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES Día CamaSin Tope PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESAREA. (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto) "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan." Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. NOMBRE: _______________________________________________________________________________________RUT: __________________________________ El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRECRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. CODIGO DE PLANTF60B8TODO FAMILIA B-6000 TIPO DE PLANINDIVIDUALMATRIMONIAL PRESTACIONES HOSPITALIZADASTOPE BONIFICACION 7,50 Copago $ 1500 MAX BONIFCOBERTURA PREFERENTE ( UF)VECES EL ARANCELAÑO/BENEFIC. ( UF)(ORDENES DE ATENCION) Cobertura Parto, Cesárea y Aborto a) Hospitalización b) Honorarios Médicos Hospitalizados Día cama Ambulatorio Honorario Medico Quirúrgico Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos Tac - Rnm - Ecotomografia Sin Tope Sin Tope Sin Tope Kinesiología, Med.Fisica y Rehabilitación Fonoaudiología Derecho de Pabellón Exámenes de Laboratorio Exámenes Radiológicos Consulta Medica en Hospitalización Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar Precio Base Plan de Salud Complementario en UF 1,40 1,40 1,19 1,82 1,40 Sin Tope Tope General Por BeneficiarioNombre del Arancel Contratante - Carga Legal - Carga MédicaISAPRE CRUZ BLANCA - 2 100% SinTopeNivel A 95% SinTope Nivel A Fonoaudiología Tac-Rnm-Ecotomografia 95% SinTope Nivel A 95% SinTope Nivel A 4,45 Exámenes Radiológicos95% SinTope Nivel A Exámenes de Laboratorio Consulta y Proc. Psiquiátrico y Psicológico10,0 4,20 5,00 Unidad U.F.El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/ o modificado dentro del mes de Enero de cada año y los cambios entraran en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. 3,153,00 (1) El Parto, cesárea y aborto tendrán la cobertura señalada en el Plan de Salud, e incluyen lo indicado en las notas 8 y 9 subsiguientes. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. (*)Cobertura Preferente:Copago Fijo Consulta: 7,50