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IN90600626

ESENCIAL INICIA 90H60A-0626

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$116.606/mes


Contratación telefónica

Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO 1/6
Día cama
(Cuidados intensivos, coronarios, intermedios, sala cuna, incubadora,
entre otras)
Derecho a pabellón
Consulta médica telemedicina
Consulta médica
Exámenes de laboratorio e histopatología
Imagenología
(Rayos, ecotomografía, resonancia, scanner, entre otras)
Procedimientos ambulatorios
Honorarios médicos quirúrgicos
Kinesiología, fisioterapia y fonoaudiología
Atención integral de enfermería y nutricionista
Prótesis y órtesis
Prestaciones dentales (PAD)
Clínica de la lactancia (0 a 6 meses de edad) (PAD)
Mal nutrición infantil (7 a 72 meses de edad) (PAD)
Tratamiento de fertilización asistida baja complejidad (PAD)
Tratamiento de fertilización asistida alta complejidad (PAD)
Quimioterapia
Cirugía Bariátrica y Metabólica
Cirugías Refractivas, Fotorrefractiva y/o Fototerapéuticas
Cirugías Septoplastias y Rinoplastias
Prestadores derivados
Procedimientos
Exámenes de laboratorio e histopatología
Imagenología
(Rayos, ecotomografía, resonancia, scanner, entre otras)
Honorarios médicos quirúrgicos
Visita médico tratante e interconsultor
Kinesiología y Fisioterapia
Medicamentos, materiales e insumos médicos
Quimioterapia
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis
Traslados médicos
Prestaciones
Hospitalarias y cirugía mayor ambulatoria
Ambulatorias
Coberturas restringidas
Derecho a pabellón
Radioterapia
N° FUN
Tipo Plan: Individual Grupal
Oferta Preferente (*) Libre Elección (*)
Bonificación
Tope
Tope máx. año
contrato por
beneficiario%
Bonificación
Tope%
50%
Libre Elección
50%
Libre Elección
Sin Tope
20 UF
15 UF
10 UF
5 UF
5 UF
5 UF
5 UF
0,5 UF
0,5 UF
Igual a quimioterapia hospitalaria
0,5 UF
0,5 UF
Clínica RedSalud Vitacura, RedSalud Providencia, RedSalud Santiago, Clínica Dávila y Clínica Dávila Vespucio
Otras Prestaciones
Marcos y cristales ópticos
Cobertura internacional
Box ambulatorio Igual a cobertura pabellón ambulatorio
Sólo Libre Elección 50%
40% 200 UF 200 UF
1 UF 1 UF
Esencial Inicia 90H60A-0626
IN90600626
Insumos y medicamentos en servicio de urgencia 1 UFSolo Libre Elección
Atención de Urgencia
Consulta médica de urgencia, imagenología, exámenes, procedimientos,
pabellón, box ambulatorio, honorarios médicos y todas las prestaciones
realizadas en el servicio de urgencia
Igual a cobertura preferente ambulatoria para
prestadores nominados
40%
Libre Elección
Sin Tope
Sin Tope
30% Sin Tope
Libre Elección
30% Sin Tope
Prestadores preferentes nominados
80% Sin Tope
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica BUPA Santiago
Clínica INDISA Maipú
70% Sin Tope
Clínica Santa María
Hospital Clínico UC CHRISTUS
Clínica INDISA Providencia
90% Sin Tope
Clínica RedSalud Vitacura
Clínica RedSalud Santiago
Clínica RedSalud Providencia
50% Sin Tope
Clínica Dávila Recoleta
Clínica Dávila Vespucio
Clínica BUPA Santiago
Clínica INDISA Maipú
Centros Médicos Dávila
Integramédica
40% Sin Tope
Clínica Santa María
Hospital Clínico UC CHRISTUS
Clínica INDISA Providencia
Centros Médicos Clínica Santa María
60% Sin Tope
Clínica RedSalud Vitacura
Clínica RedSalud Santiago
Clínica RedSalud Providencia
Sin Tope
Sin Tope
Sólo Cobertura Libre Elección
50 UF
200 UF50 UF
25 UF
30 UF
3 UF
200 UF
10 UF
15 UF
Sin Tope
30 UF
80 UF
30 UF
650 UF
Sin Tope
650 UF
Tope máx. año
contrato por
beneficiario
5 UF
10 UF
5 UF
3 UF
3 UF
10 UF
5 UF
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Tabla de Factores Isapre Esencial
El precio total del contrato se determina conforme a su valor base y la tabla de factores
relativos por edad, que se presenta a continuación:
Tramo Edad Cotizantes Cargas
Firma Afiliado Firma Representante Isapre
Nombre:
RUT:
Fecha:
Nombre:
RUT:
Fecha:
0 a menos de 20 años
20 a menos de 25 años
25 a menos de 35 años
35 a menos de 45 años
45 a menos de 55 años
55 a menos de 65 años
65 años y más
0,6
0,9
1
1,3
1,4
2
2,4
0,6
0,7
0,7
0,9
1
1,4
2,2
Tabla Nº 1
UF
%
ARANCEL ESENCIAL 1
Pesos
6000 UF
Precio Base
Cotización legal
Unidad del arancel
Tope general anual por beneficiario
Monto
Identificación única
del arancel
Beneficios del Arancel Esencial 1
Nuestros Planes de Salud poseen un excelente beneficio para sus afiliados, el cual otorga la cobertura del
plan de salud, para más de 500 prestaciones adicionales que no se encuentran codificadas por FONASA y
que se encuentren incorporadas en nuestro ARANCEL ESENCIAL 1 (*).
• Neuroradiología intervencional
• Cirugía Robótica
• Exámenes de Biología Molecular
• Biopsias quirúrgicas no incluidas en el arancel FONASA
• Recolección y Criopreservación de Células madre
• Técnica avanzada de depuración
sanguínea (hemofiltración y hemodiafiltración)
Algunas de las prestaciones incluídas en nuestro Arancel Esencial 1 :
• Instalación, mantención y retiro de ECMO
• Radiocirugía Gamma Knife
• Trasplantes no incluidos en el arancel FONASA
• Consulta Psicopedagogo (bajo indicación médica)
• Paneles Filmarray
• Estudio Genético De Fibrosis Quística
• Bioimpedanciometria
• Y más.
(*) Para más información y detalle de todas las prestaciones afectas a la extensión de cobertura Esencial,
te invitamos a consultar nuestros beneficios y arancel en nuestro sitio web: www.somosesencial.cl
Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes
Esencial Inicia 90H60A-0626
IN90600626
. Tipos de cobertura
). Hospitalaria o cirugía mayor ambulatoria: Se considerarán prestaciones hospitalarias o cirugía mayor ambulatoria cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:
a hospitalización ha sido indicada específicamente por el médico tratante, con registro en la Superintendencia de Salud, y el beneficiario ha permanecido más de 4 horas en el
stablecimiento asistencial o se ha realizado un procedimiento en un pabellón de guarismo 5 o superior, dentro del territorio nacional.
). Ambulatoria: Se considerarán prestaciones ambulatorias todas las prestaciones no consideradas hospitalarias.
. Descripción de coberturas.
). Día cama. Corresponde a la permanencia de un paciente en el establecimiento asistencial por un periodo mayor a 4 horas. La cobertura para día cama, en caso de
ospitalización, será efectiva en habitación individual estándar, si la habitación seleccionada por el paciente corresponde a una categoría superior, como por ejemplo Suite, la
obertura será equivalente al monto que se hubiese cubierto en habitación individual estándar.
). Box ambulatorio. Corresponde a cama, sillón, camilla y otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de
horas.
). Medicamentos, materiales e insumos. Dentro de esta categoría se considerarán todos los medicamentos, insumos y materiales utilizados durante un procedimiento o
irugía, siempre y cuando estos sean de carácter médico y sean considerados dentro del ámbito Hospitalario (según definición en punto I.2.a). Sólo serán bonificados los
ateriales, medicamentos e insumos entregados y facturados por el establecimiento asistencial. Para los medicamentos, sólo tendrán cobertura aquellos que cuenten con
egistro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Esta cobertura se extiende a medicamentos, materiales e insumos utilizados en el servicio de urgencia, según topes y porcentajes
efinidos en el Plan de Salud.
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Notas Explicativas del Plan de Salud
I: Coberturas
Esencial Inicia 90H60A-0626
IN90600626
Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes
1. Prestadores en convenio: Los prestadores individualizados en la hoja 1 del presente documento son todos los prestadores definidos “en convenio” para este Plan de
Salud. Salud. Cualquier prestador que cumpla las condiciones para ser bonificado y que no esté nomiado en la hoja 1 de este documento, será bonificado en modalidad Libre
Elección.
2. Tipos de cobertura
a. Hospitalaria o cirugía mayor ambulatoria: Se considerarán prestaciones hospitalarias o cirugía mayor ambulatoria cuando se presente alguna de las siguientes situacio-
nes: La hospitalización ha sido indicada específicamente por el médico tratante, con registro en la Superintendencia de Salud, y el beneficiario ha permanecido más de 4 horas
en el establecimiento asistencial o se ha realizado un procedimiento en un pabellón de guarismo 5 o superior, dentro del territorio nacional.
b. Ambulatoria: Se considerarán prestaciones ambulatorias todas las prestaciones no consideradas hospitalarias.
`
3. Descripción de coberturas.
a. Día cama. Corresponde a la permanencia de un paciente en el establecimiento asistencial por un periodo mayor a 4 horas. La cobertura para día cama, en caso de
hospitalización, será efectiva en habitación individual estándar, si la habitación seleccionada por el paciente corresponde a una categoría superior, como por ejemplo Suite, la
cobertura será equivalente al monto que se hubiese cubierto en habitación individual estándar.
b. Box ambulatorio. Corresponde a cama, sillón, camilla y otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4
horas.
c. Medicamentos, materiales e insumos. Dentro de esta categoría se considerarán todos los medicamentos, insumos y materiales utilizados durante un procedimiento o
cirugía, siempre y cuando estos sean de carácter médico y sean considerados dentro del ámbito hospitalario (según definición en punto I.2.a). Sólo serán bonificados los
materiales, medicamentos e insumos entregados y facturados por el establecimiento asistencial. Para los medicamentos, sólo tendrán cobertura aquellos que cuenten con
registro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Esta cobertura se extiende a medicamentos, materiales e insumos utilizados en el servicio de urgencia, según topes y porcentajes
definidos en el Plan de Salud.
d. Consultas médicas, procedimientos ambulatorios y honorarios médicos quirúrgicos. La cobertura preferente aplicará siempre y cuando sea efectuada por un médico
del staff del establecimiento, en convenio con Isapre Esencial y utilizando bonos; de lo contrario, la cobertura será bonificada como Libre Elección, de acuerdo con las
condiciones definidas en el Plan de Salud.
e. Derecho a pabellón ambulatorio. Se considerará como ambulatorio todo pabellón de guarismo 4 o inferior.
f. Quimioterapia. Tendrán cobertura bajo esta categoría la administración de todas las drogas antineoplásicas que cuenten con registro en el Instituto de Salud Pública (ISP) y
que estén definidas para el tratamiento del cáncer en el que se están utilizando. Además, se entenderán dentro de esta cobertura todos los insumos necesarios para la
administración de estos fármacos oncológicos.
g. Kinesiología y fisioterapia. Tendrán cobertura todos los tratamientos kinesiológicos y fisiológicos que sean de carácter curativo, indicados por un médico y realizados por un
profesional kinesiológico o médico fisiatra con registro en la Superintendencia de Salud.
h. Atención integral de enfermería. Corresponde a la atención efectuada por una enfermera, con registro en la Superintendencia de Salud, a pacientes adultos mayores o
pacientes postrados, post-operados, en condición terminal, oncológicos o con secuelas funcionales severas.
i. Atención integral de nutricionista. Tendrá cobertura tanto la atención integral de nutricionista como la atención de nutricionista, siempre y cuando sea consecuencia de una
derivación del médico tratante y la atención sea realizada por un profesional de la nutrición que cuente con registro en la Superintendencia de Salud.
j. Pago asociado a diagnóstico (PAD) dental. Corresponde a un conjunto de prestaciones dentales de características generales y de especialidad. Podrán acceder a la
bonificación de tratamientos los beneficiarios que tengan entre 12 años y 34 años, 11 meses y 29 días, que presenten lesiones de caries de uno o más dientes y/o necesidad de
tratamiento endodóntico. Se aplicará la cobertura según los topes y porcentajes definidos en el Plan de Salud y según las condiciones detalladas en normas técnico-administra-
tivas dictadas por el Ministerio de Salud vigentes a la fecha de la prestación. Se aplicará cobertura a los códigos que correspondan, de acuerdo con el diagnóstico y los
tratamientos aplicados según lo informado explícitamente por el odontólogo tratante.
La cobertura del PAD de atención odontológica integral del paciente oncológico no contempla límite de edad para los beneficiarios.
k. Pago asociado a diagnóstico (PAD) fertilidad. Cobertura en tratamientos de fertilidad de baja y alta complejidad para hombres y mujeres. Tendrán cobertura los beneficia-
rios que cumplan con los criterios establecidos en normas técnico-administrativas definidas por el Ministerio de Salud, según los topes y porcentajes dispuestos en su Plan de
Salud.
l. Pago asociado a diagnóstico (PAD) Clínica de lactancia. Podrán acceder al conjunto de prestaciones de carácter integral las beneficiarias o beneficiarios cuyos hijos o
hijas tengan entre 0 y 6 meses de edad y presenten dificultades en el proceso de amamantamiento. Tendrán cobertura según los topes y porcentajes definidos en el Plan de
Salud y acorde a las condiciones detalladas para estos paquetes en las normas técnico-administrativas dictadas por el Ministerio de Salud vigentes a la fecha de la prestación.
m. Pago asociado a diagnóstico (PAD) mal nutrición infantil. Podrán acceder al conjunto integral de prestaciones las beneficiarias o beneficiarios cuyos hijos o hijas tengan
entre 7 y 72 meses y presenten mal nutrición infantil. Tendrán cobertura según los topes y porcentajes definidos en el Plan de Salud y acorde a las condiciones detalladas para
estos paquetes en las normas técnico-administrativas dictadas por el Ministerio de Salud vigentes a la fecha de la prestación.

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