X SEGUROBUPACUIDADOTOTAL70 CARÁTULAPÓLIZADESEGURODE SALUDBUPACUIDADOTOTAL CódigoCMFdelaPólizaPólizaN° Contratante AntecedentesAseguradoContratante NombresyApellidosFechaNacimientoRUT DirecciónComunaRegión Nombrede laInstitucióndeSaludPrevisionalTeléfonoemail AntecedentesAsegurados NombresyApellidosFechadenacimientoParentescoRUT SeguroContratado TIPODERIESGOASEGURADO Pólizaconcoberturageneraldegastosmédicos Póliza con coberturade gastos médicos paraenfermedadesespecificas Póliza con cobertura complementariade gastos médicos Pólizaconcoberturacatastrofica PÓLIZAVIGENCIARENOVACIÓN Individual Colectiva PRIMAMonto Inicio Término Pólizadeplazoindefinidosin condiciones Póliza de plazo indefinidocondicionada Pólizadeplazoindefinido(condicionadaono)contérminoanticipadoy renovación nogarantizada Pólizade Plazo limitadoy renovablecon condiciones Póliza de plazo limitado simple MONEDAPERIODODE PAGOCONDICIONES UFAnualFijaCOMISIÓNCORREDOR Peso Otra Mensual Otro AjustableSegúnContrato PERIODODECARENCIAART.CGART.CP Pólizaconcarenciapara prestacionesespecíficasART.10 REGLASSOBREPREEXISTENCIASART.CGART.CP Póliza sin exclusión de enfermedadespreexistentes Póliza con exclusiónespecífica de enfermedadespreexistentes Póliza con exclusióngeneralde enfermedadespreexistentes CONDICIONESESPECIALESDEASEGURABILIDADART.CGART.CP Si X X ART.7X X X X X ART.2
No EXCLUSIONESART.CGART.CP Si No SISTEMADENOTIFICACIÓN Elaseguradohaautorizadoalacompañíaparaefectuarlasnotificacionesasociadasaestapólizaporelsiguientemedio: e-mail alcorreo electrónico Cartaalasiguientedirección Otro Lapresentecarátulaes un resumende la informaciónmás relevantede la póliza y los conceptos fundamentalesse encuentrandefinidosal reverso. Paraunacomprensiónintegral,sedebeconsultarlascondicionesgeneralesyparticularesdelapóliza.Encadapuntoseseñalaelartículo delcondicionadogeneraldondepuederevisarse el detallerespectivo. Nota1:Elaseguradotienelaobligacióndeentregarlainformaciónquelacompañíarequieraacercadesuestadoderiesgo,enloscasos y en forma que determinala normativavigente.La infracción a esta obligaciónpuedeacarrear la terminación del contrato o que no sea pagado el siniestro. DEFINICIONES CÓDIGO CMF DE LA PÓLIZA:Es el Código con que la póliza fue depositada en la comisión para el Mercado Financiero, conocido tambiéncomo"códigoPol".Silapólizaincluyemásdeuno,se incluyesóloeldelacoberturaprincipal. TIPODERIESGOASEGURADO:Segúneltipoderiesgo,laspólizaspuedenserdelossiguientestipos: Esdecoberturageneraldegastos médicoscuandocubretodoo partedelos gastosmédicosefectuadoporelasegurado,sin queestén limitados a ciertasenfermedades específicas, o enfermedades calificadas como catastróficas o a cubrir el saldo no cubierto por otros seguros de salud, públicos o privados. Es decobertura de gastos médicos para enfermedades específicas, cuando cubre los gastos médicos efectuados por el asegurado respecto de ciertas enfermedadeso patologíasquese especificanen la póliza. Esdecoberturacomplementariadegastos médicos, cuandocubretodoopartedelos gastos médicos,efectuadosporelasegurado,en aquellapartequenosoncubiertosporelsistemadesaludprivadoopúblicoalqueestáafiliado. Es decobertura catastrófica, cuando cubre todo o parte de los gastos médicos efectuados por el asegurado,limitadosa enfermedades identificadasgenéricaoespecíficamenteysiemprequeelcostodeatenciónsupereunciertomontomínimoqueseespecifica,estoes,un deducibleo franquicia,segúnsea el caso, señaladoen la póliza. RENOVACIÓN:Serefiereasilapólizaseextinguealvencimientodesuplazoosisepuederenovar. Es deplazo indefinidosin condiciones, cuando la cobertura no está sujeta a plazo ni a ningún requisito diferente de los cumplidos a la fechadesuscripción, salvoelpagodelaprima,enlascondicionesdecoberturaseñaladasenlapóliza. Es deplazo indefinido condicionadacuando la cobertura no está sujeta a plazo determinado sino al cumplimiento de alguna de las condiciones objetivas definidas en la póliza, tales como siniestralidad máxima en ciertos períodos de tiempo, límites de edadu otras semejantes. Esdeplazoindefinido(condicionadaono)contérminoanticipadoyrenovaciónnogarantizadacuandolavigencianoestásujetaaunplazo determinado,peroenquecualquieradelasparteslepuedeponertérminoconformealasestipulacionesdelcontrato. Esdeplazolimitadoyrenovableconcondiciones,cuandosuvigenciaestásujetaaunplazodeterminado,peroqueseentienderenovada en caso de cumplirse con ciertas condiciones que se determinan objetivamente. Seentiende incluidas aquellas pólizas en que la renovaciónestá condicionadaa laaceptaciónporpartedelaseguradodecambiosenlas primas,o enlas coberturas,siemprequeestos cambiosse encuentrendentrodemarcos objetivosqueeseestablezcaenlapólizaoriginal. Noestán incluidasaquellasenqueunadelaspartesle puedeponertérminoencualquiermomentosinexpresióndecausa. Esplazolimitadosimplecuandosuvigenciaestásujetaaunplazodeterminado,sincláusuladerenovaciónyquenopuedeserterminada antesdeeseplazosinoporlascausas señaladasenlapropiapóliza,entrelasquenopodráestarlasolavoluntaddeunadelaspartes. SISTEMA DENOTIFICACION:Sistemadecomunicaciónqueelclienteautorizaparaquelacompañíaleefectuétodaslasnotificaciones requeridasconformea la pólizao quela compañíarequierarealizar.Es responsabilidaddelclienteactualizar los datoscuandoexiste un cambio en ellos. XART.6 X[email protected]
CondicionadoParticular SeguroBupaCuidado Total70 Bupa Compañía deSeguros de Vida S.A considerando los antecedentes entregados por el Contratante, emite las siguientes Condiciones Particulares, las cuales en conjunto con las Condiciones Generales se consideran parte integrante del presente contrato. ArtículoN°1: AseguradoTitular Nombre: Dirección: Rut: Mail: ArtículoN° 2:Asegurador Empresa:Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Dirección:LaConcepción206,piso6,Providencia,Santiago. Rut:76.282.191-5 Teléfono:+5623913310 ArtículoN° 3:Intermediario Corredor: RUT: ComisiónCorredor: ArtículoN° 4:Asegurados Podrán incorporarse al presente seguro, en calidad de asegurados, las personas naturales quese encuentren afiliadasa ISAPREo FONASAencualquiera de lostramos B, Co D,que cumplan con los requisitos de asegurabilidad descritos en estas Condiciones Particulares y que hayan sido aceptados por la Compañía. Puedenseraseguradosdeesteseguro: A.AseguradoTitular ElAseguradoTitularseráelContratantedelaPólizaamenosqueseindiquelo contrario en estas Condiciones Particulares. B.AseguradosdependientesdelContratante a.Cónyuge/ConvivienteCivil b.Hijo(a)/Hijo(a)delCónyugeoConviviente c.Padre d.Madre e.Suegro(a) f.Abuelo(a) g.Tío(a) h.Hermano(a) i.Primo(a) j.Sobrino(a) k.Nieto(a) l.Amigo(a) Cuandoen estas Condiciones Particulares se utiliceeltérmino "Asegurado", sinindicar sise trata del Asegurado Titular o de los Asegurados Dependientes, se deberá entender que
CondicionadoParticular SeguroBupaCuidado Total70 dichotérminoabarcaycomprendetantoalAseguradoTitularcomoalosdemás Asegurados Dependientes. ArtículoN°5:PagoyReembolso El Asegurador reembolsará al Contratante o pagará directamente al prestador o a quien acredite haberse hecho cargo de todos o una parte de los gastos médicos razonables y acostumbrados y efectivamente incurridos por el Asegurado, una vez otorgada y pagada la cobertura de ISAPRE o del tramo B, C o D de FONASAal que debe encontrarse afiliado el asegurado durante toda la vigencia de este seguro. Los porcentajes, límitesy topes del reembolso que efectuará laCompañía dependerán de la Red en que se encuentre incorporado el prestador ante el cual el Asegurado incurrió en los gastos médicos cubiertos por la póliza, susceptibles de ser rembolsados. ArtículoN° 6:Cobertura En virtud de la presente póliza, el Asegurador cubrirá los gastos médicos efectivos que demanden las prestaciones que más adelante se detallan hasta los límites de capital, condiciones, plazos y alcance territorial, siempre que el siniestro se iniciare durante la vigencia de la presente cobertura y hubiere transcurrido el período de carencia en caso de corresponder. Los reembolsos o los pagos directos de los gastos médicos señalados anteriormente se efectuarándeacuerdoalascoberturasy/oprestacionescontratadas,limitacionesde cobertura, porcentajes establecidos como de reembolso o pago directo, porcentaje de bonificaciónmínimadelsistemaprevisional desalud, montosAsegurados, deduciblesytope de números de prestaciones médicas, según lo contratado y todos los cuales se dejan expresamente indicados en estas Condiciones Particulares. El Aseguradorreembolsará o pagará los gastos que excedan del deducible cuyo monto, período y forma de acumulación se señalan en estas Condiciones Particulares. Ladeterminación del monto a reembolsar o pagar, siempre se calculará según elporcentaje debonificaciónmínimaexigidocomocoberturadelsistemaprevisionaldesaluddel Asegurado (BMI) que se presenta en la tabla a continuación. BONIFICACIÓNMÍNIMA DEL SISTEMA PREVISIONALDE SALUD DEL ASEGURADO (BMI) SISTEMAPREVISIONAL DE SALUDBMI ISAPRE50% FONASA25% En este caso, el monto de gastos efectivamente incurridos se determina como el menor monto entre, el valor de la prestación menos el porcentaje de bonificación mínimo exigido para el sistema de salud previsional y el valor reclamado. Encaso de no existir bonificación del sistema previsional de salud, no se otorgará la cobertura amparadaen esta póliza, con la siguiente excepción para afiliados FONASA: para prestaciones Hospitalarias y Consulta de Urgencia noconvenidas con FONASA y quesean realizadas enlaClínicaBupa Santiago y Clínica Bupa Reñacael seguro cubrirá un30%sobre el monto total de la
CondicionadoParticular SeguroBupaCuidado Total70 prestación de salud. Losgastosmédicossusceptibles deserreembolsables o pagados directamente alprestador en virtud de estapóliza son los que se detallan a continuación: CUADRODECOBERTURAS COBERTURASAMBULATORIOS%BONIFICACIÓNTOPEEVENTOTOPEANUAL Consulta Médica o Especialidad (incluyendoconsultasdeurgencia) 70% UF1porconsulta SinTope Nutricionista (conprescripción médica)UF1porconsulta ExámenesdeLaboratorio SinTope ExámenesdeImagenologíay/o Scanner, RX, Ecografía ProcedimientosDiagnósticoy Terapéuticos ExámenesPreventivos:Mamografías, AntígenoProstático, PAP Cirugía Ambulatoria KinesiologíaUF0,5porconsultaUF7 FonoaudiologíaUF0,5porconsulta Consultas Médicas no cubiertas por Sistema PrevisionalSinTopeUF2 COBERTURASHOSPITALARIOS%BONIFICACIÓNTOPEEVENTOTOPEANUAL DíaCama 70% UF4diarios SinTope DíaCamaUTI,UCIeIncubadoraUF6diarios HonorariosMédicoQuirúrgicos SinTope DerechoaPabellón InsumosyMaterialesClínicos MedicamentosHospitalarioyDrogas Antineoplásicas ExámenesdeLaboratorioy Radiológicos ProcedimientosDiagnósticoy Terapéuticos COBERTURASDEMATERNIDAD%BONIFICACIÓNTOPEEVENTOTOPEANUAL PartoNormal 70% UF20,0 SinTope CesáreaUF30,0 AbortonoVoluntarioUF10,0 ComplicacionesdelEmbarazoUF20,0 COBERTURASDEPSIQUIATRÍAY PSICOLOGÍA%BONIFICACIÓNTOPEEVENTOTOPEANUAL Psicología /Psiquiatría, PsicopedagogíaAmbulatorio70%UF0,8por prestaciónUF6 OTRASCOBERTURAS%BONIFICACIÓNTOPEEVENTOTOPEANUAL PrótesisyÓrtesis(NoDental) General:UF20 Auditivas:UF10 (se incluyen dentro del topegeneraldePrótesisy Órtesis) PrótesisdeAltaComplejidad CardíacasUF40 InjertosHematopoyéticosUF20 Óptica(Cristales,MarcosyLentesde Contacto)UF3 CirugíaOcularLaserUF10 Cirugía BariátricaUF10
CondicionadoParticular SeguroBupaCuidado Total70 CirugíaSeptoplastíaFuncional70% SinTope UF10 DisforiadeGéneroUF15 Materialesdevendas,yeso,plástico o similaresUF5 Trasplante, GastosDonanteVivoUF30 Trasplante,GastosDonantePost MortemUF20 Traslado AmbulanciaTerrestre(máx. 50Km) SinTopeCobertura Internacionalpor Accidente CoberturasGES/CAEC100% CoberturaONEBUPA 1VideoconsultasMedicinaGeneral:PrestadoresBupa:IntegraMédicayClínicasBupa.Beneficiooperavía reembolso luego de la cobertura de Isapre o Fonasa CondicionesEspecialesdeCobertura A.COBERTURAHOSPITALARIA 1.CIRUGÍA BARIÁTRICA: Si el Índice de Masa Corporal (IMC) es mayor o igual a 40, la Aseguradora reembolsará opagará losgastos efectivamenteincurridos, provenientes deunahospitalización, enque incurra un Asegurado, después de haber cumplido el período de carencia de 1 año desde el inicio de vigencia de la póliza. 2.CIRUGÍA MAXILOFACIAL: En el caso de Cirugía Maxilofacial No Accidental, esta prestación estará cubierta después de haber cumplido el período de carencia de 1 año desde el inicio de vigencia de la póliza.
CondicionadoParticular SeguroBupaCuidado Total70 3.CIRUGÍASEPTOPLASTÍAFUNCIONAL:LaAseguradorareembolsaráopagarálosgastos efectivamenteincurridosprovenientesunacirugíadeseptoplastíafuncional,enqueincurraun Asegurado, después de habercumplido el período de carencia de 1 año desde el inicio de vigencia de la póliza. 4.DISFORIA DE GÉNERO: La Aseguradora reembolsará o pagará los gastos efectivamente incurridos después de haber cumplido el período de carencia de 1 año desde el inicio de vigencia de la póliza, entre losquese incluyenla atenciónpsicológica,el procesodepreparaciónconterapiahormonalde sustitución, la valoración preoperatoria, la cirugía de reasignación de sexo y las cirugías estéticas feminizantes omasculinizantes posteriores según sea el caso. Para obtener cobertura el asegurado deberá cumplir con cada uno de los siguientes requisitos: a.Sermayorde18añosymenorde65. b.ContarconlapreviaautorizacióndeBupaSegurosantesdeiniciarelprocesodeCRS. c.Que el proceso de Cirugía de Reasignación de Sexo (CRS), se inicie siendo ya asegurado de Bupa Seguros, por tanto, en ningún caso será objeto de cobertura servicio alguno relacionado conCRSquesehayan iniciadocon anterioridad alafechadealtadelAsegurado enlaPólizao bien que se hayan realizado sin contar con laprevia autorización de Bupa Seguros. d.Aportar todos los informes médicos que sean requeridos por Bupa Seguros para que ésta pueda desarrollar correctamente suactividad como aseguradora. e.Llevar al menos 12 meses continuados en tratamiento hormonal de sustitución antes de iniciar el proceso de CRS. f.Someterse a seguimiento continuado por un equipo multidisciplinar durante al menos una anualidad previa alinicio del proceso de CRS. g.MantenerentodomomentounÍndicedeMasaCorporal(IMC)inferiora32. h.Cuando el Asegurado presente un diagnóstico de trastorno mental grave y esté afrontando un momentodeinestabilidadqueinterfieraensucapacidaddetomadedecisiones,la consideración decirugíahadeserpospuestahastaqueestasituacióntransitoriasearesueltaa criterio del psiquiatra designado por Bupa Seguros. 5.CIRUGÍADEREDUCCIÓNMAMARIA:LaAseguradorareembolsaráopagarálosgastos efectivamente incurridos en una reducción mamaria, después de haber cumplido el período de carencia de 1 año desde el inicio de vigencia de la póliza, correspondiente a los gastos de la Cirugía de Reducción Mamaria, siempre y cuando el monto de la reducción sea igual o superior a 350 gramos por cada mama. B.COBERTURADEMATERNIDAD: La Aseguradora reembolsará o pagará en complemento de lo que cubra el sistema de salud previsional o de bienestar, u otros seguros o convenios, los gastos incurridos, provenientes de una hospitalización, en que incurra un Asegurado, a consecuencia del embarazo y parto, siempre que la fecha de la concepción sea posterior a la fecha de inicio de vigencia de la asegurada en la póliza. Los gastos médicos incurridos por el recién nacido después del quinto día del nacimiento, y que no correspondan a una complicación del parto, es decirqueesténoriginadosenenfermedades congénitas,uotrasnoatribuiblesoinherentesalparto,nacimiento y sus complicaciones, se reembolsarán o pagarán por la Cobertura de Hospitalización, siempre y cuando el parto haya sido cubierto por este contrato y elrecién nacido hubiera sido incorporado alseguro. C.COBERTURAAMBULATORIA: 1.NUTRICIONISTA: En el caso de consultas de Nutricionista, se requiere laorden de derivación del médico tratante. 2.CONSULTAS MÉDICAS: En el caso de las consultas médicas sin bonificación del sistema previsional, se considerará el BMI establecido en el artículo6de las presentes condiciones particulares para otorgar la cobertura del plan, en caso de ser Isapre constituye requisito para su reembolso presentar la boleta con timbre No bonificable. D.COBERTURASALUDMENTAL: Las prestaciones cubiertas serán los gastos ambulatorios por consultas de Psiquiatría y/o Psicología. Para los efectos de las prestaciones de Psicología, constituye requisito para su reembolso la orden de derivación del médico tratante. E.COBERTURASESPECIALES: 1.CirugíaOcularLaser:Para loscasos de Miopía,HipermetropíayAstigmatismo,seconsiderará para dar estacobertura, que se trate de pérdidas devisión con un mínimode cinco (5) dioptríasen cada ojo. No se encuentran cubiertos bajo este beneficio las cirugías que sean necesarias para corregir presbicia. Además,contrariamentealoindicadoenelartículo4(DescripciónDeLasCoberturas)del CondicionadoGeneral(POL320220083),noexistirárestriccióndeedadparalacoberturadela
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