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Condiciones Particulares
5 En caso de aceptarse la presentepropuesta por laCompañíaAseguradora,el riesgo será cubiertopor Help Seguros de Vida S.A. Los términos yCondicionesde la presente propuesta son los siguientes: 1.Asegurado 1.1Contratante: El Contratante corresponderá a la persona que celebra el contrato de seguro con la Compañíay sobre quién recaen, las obligacionesy cargas del contrato. El Contratantepuedemanif estar su voluntadde contratar el seguropara sí mismo o para un tercero. 1.2Asegurados. Podrán serAsegurados de estaPóliza: SeráAseguradoTitularde estaPóliza,aquellapersona que previa evaluación y aceptación del riesgo por parte de laCompañía, se encuentre debidamente incorporada como tal en estaPóliza. Podrán tener la calidad deAsegurados DependientesdelTitularde estaPóliza, quienes sean parte de su grupo f amiliar, según el siguiente detalle: •Cónyuge o conviviente civil o pareja. Estascategoríassonexcluyentesentresí;porello,encadagrupof amiliarsólopodrá permanecer vigente una de estas tipologías. •Hijos delAseguradoTitular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. •Nietos delAseguradoTitular, del cónyuge o conviviente civil o pareja. •Padre y/o madre delAseguradoTitular No obstante lo anterior, podrá tener la calidad deAseguradoTitularun menor edad sólo si elContratante del seguro corresponde al padre o madre, abuelo(a), hermano(a) mayor de edad, tío (a) consanguíneo del propuestoTitular. En estos casos, será requisito que elContratanteasuma la responsabilidadde las primas del seguro y quequiendetentelacalidaddeAseguradoTitularmenordeedadcumplaconlosrequisitosde asegurabilidadestablecidospara los parentescos hijo o nietos,según corresponda, que se encuentran f ijados en el numeral 5 de estasCondicionesParticulares.
6 2.Prestadoresde saludpreferentes 2.1RegiónMetropolitana 2.1.1Red Santa María Prestador: Clínica Santa María N°de Registro:15 de la Superintendenciade Salud RUT:90.753.000-0 Dirección:Avenida Santa María 0500, Providencia, Región Metropolitana Prestador:Centro Médico Santa María La Dehesa Razón Social: Centros Médicos y Dentales Multimed Ltda. RUT: 78.597.740-8 Dirección: Avenida La Dehesa 1445, Lo Barnechea, Región Metropolitana Prestador:Centro Médico Santa María La Reina Razón Social: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5 Dirección: Avenida Ossa 345, La Reina, RegiónMetropolitana Prestador:Centro Médico Santa María Vitacura Razón Social: Clínica Santa María SPA RUT:90.753.000-0 Dirección: AvenidaVitacura 4705, Vitacura, Región Metropolitana Prestador:Servicios Médicos Santa María Ltda Razón Social: Servicios Médicos Santa María Ltda RUT: 77.200.240-8 Dirección:AvenidaSanta María 0410 Providencia, Región Metropolitana
7 Prestador:Asociación Médica Santa María SPA Razón Social:Asociación Médica Santa María SPA RUT: 76.933.886-1 Dirección:AvenidaSanta María 0410 Providencia, RegiónMetropolitana Prestador:Unidad Toma de Muestra Príncipe de Gales Razón Social: Clínica Santa María RUT: 90.753.000-0 Dirección:Avda. Príncipe de Gales 9140, Local 218, La Reina, Región Metropolitana Prestador:Unidad Toma de Muestra El Alba Razón Social: Clínica Santa María RUT: 90.753.000-0 Dirección: Camino El Alba 11865, Local 215, Las Condes, RegiónMetropolitana 2.1.2Red Dávila Prestador:Clínica Dávila Recoleta N° de Registro: 2 de la Superintendenciade Salud RUT: 96.530.470-3 Dirección: Av. Recoleta 464, Recoleta, Región Metropolitana Prestador:Clínica Dávila Vespucio N°de Registro: 17 de la Superintendenciade Salud RUT: 96.898.980-4 Dirección: Seraf ín Zamora 190, La Florida, Región Metropolitana
8 Prestador: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5 Centro Médico Dávila Las Condes N° de Registro: 496 de laSuperintendenciade Salud Dirección: El Bosque Norte 0110, Las Condes, Región Metropolitana Centro Médico Dávila Ñuñoa N° de Registro: 649 de la Superintendenciade Salud Dirección: Avenida Irarrázaval 2401, Ñuñoa, Región Metropolitana Centro Médico Dávila Maipú N° de Registro: 636 de la Superintendenciade Salud Dirección: Avenida Pajaritos 1948, Maipú, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Bandera N° de Registro: 309 de la Superintendenciade Salud Dirección:Bandera 101, Santiago, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Puente Alto N° de Registro: 668 de la Superintendenciade Salud Dirección: Ernesto Alvear 63, Puente Alto, Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Quilicura N° de Registro: 25 de la Superintendenciade Salud Dirección: Avenida O'Higgins358, Quilicura,Región Metropolitana Centro Médico y Dental Vidaintegra Alameda. N° de Registro: 353 de la Superintendenciade Salud Dirección:AvenidaLibertadorBernardoO´Higgins1620,Santiago, Región Metropolitana
9 Prestador:Servicios Integrados de Salud Ltda. RUT: 79.980.070-5 Dirección: Av. Recoleta 464, Recoleta, Región Metropolitana Prestador:Servicios Médicos Vespucio Ltda. RUT:76.696.200-9 Dirección: Seraf ín Zamora 190, La Florida, Región Metropolitana 2.2Región del Biobío Prestador:Clínica Biobío S.A. N° de Registro: 132 de la Superintendenciade Salud RUT: 96.885.940-4 Dirección: Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío Prestador:Servicios Médicos del Biobío Ltda. RUT: 76.686.200-4 Dirección: Avenida Jorge Alessandri N° 3515, Talcahuano, Región del Biobío 2.3Región de Valparaíso RedClínica Ciudad Del Mar Prestador:Clínica Ciudad del Mar N° de Registro: 7 de la Superintendenciade Salud RUT: 96.885.950-1 Dirección: 13 Norte 635 Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Centro Médico Libertad Razón Social:Servicios Médicos ClínicaCiudad del Mar Ltda. RUT: 76.055.963-6 Dirección: Avenida Libertad 113, Viña del Mar, Región de Valparaíso
10 Prestador: Centro Médico Bosques Razón Social: Servicios Médicos ClínicaCiudad del Mar Ltda. RUT:76.055.963-6 Dirección:AvenidaEdmundoEluchans2030,ViñadelMar,Regiónde Valparaíso Prestador:Centro Médico Integral de la Mujer Razón Social: Servicios Médicos ClínicaCiudad del Mar Ltda. RUT: 76.055.963-6 Dirección: Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso Prestador:Laboratorio Clínica Vida Integra la Mujer Razón Social: Omesa SPA RUT: 96.617.350-5 Dirección: Avenida Libertad 1159, Viña del Mar, Región de Valparaíso Encaso dequealgunodeloscentrosmédicosantesindicadoscomoprestadorpref erentedeje de f uncionar o prestar servicios médicos, laCompañíaseguirá otorgando las coberturas detalladas en estas CondicionesParticularesen las clínicas señaladas anteriormente, dando cumplimientoasí a este contrato de seguro. 2.4Otrosprestadores de salud:Se otorga cobertura en todos los prestadores de salud habilitados en el territorio nacional conf orme al porcentaje de cobertura indicadoen el cuadro de coberturas o plan de reembolso. 3.Coberturas 3.1Seguro ComplementarioMásSaludMulticlínica–PlanBase Se reembolsará o pagará los gastos incurridos directamente alAseguradoo al prestador de salud, como complementodel Sistema Previsional de Saludde cadaAsegurado, los gastos médicos ambulatoriosy hospitalariosrazonablesy acostumbradosrealizadosen algunosdelosprestadores antesseñalados, ef ectuados o prescritos por un médico tratante, en que haya incurrido ef ectivamente a consecuencia de una incapacidadcubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia delAsegurado
11 en laPóliza. 3.1.1El Cuadro de Coberturas o Plan de Reembolsos en los prestadores de saludpreferentes y libre elecciónes el siguiente: SEGURO COMPLEMENTARIO MÁS SALUDMULTICLÍNICA–PLANBASE COBERTURA AMBULATORIA % ReembolsoTope Clínica Santa María Clínica Dávila Recoleta Clínica DávilaVespucio Clínica Biobío Clínica Ciudad del Mar Otros prestadores de saludPrestación (UF)Anual (UF) Consulta médica 70%50% UF 0,85 Sin Tope Exámenes de laboratorio, imagenología, radiografía y ultrasonografía UF 5 Procedimientos dediagnósticos y terapéuticos no quirúrgicosUF 12 Cirugía ambulatoriaSin Tope Kinesiología y fonoaudiologíaUF 0,5UF 11 COBERTURA HOSPITALARIA Clínica Santa María Clínica Dávila Recoleta Clínica Dávila Vespucio Clínica Biobío ClínicaCiudad del Mar Otros prestadores de saludPrestación (UF)Anual (UF) Día cama 70%50% UF 8 Sin TopeHonorarios médicos Sin TopeServicios hospitalarios Cirugía bariátricaUF 12 COBERTURA DE URGENCIA Clínica Santa María Clínica DávilaRecoleta Clínica Dávila Vespucio Clínica Biobío Clínica Ciudad del Mar Otros prestadores de saludPrestación (UF)Anual (UF) Consulta médica Servicio Urgencia 70%50% UF 1 Sin Tope Exámenes de laboratorio, imagenología, radiografía y ultrasonografía Servicio Urgencia UF 5
12 Procedimientos de diagnósticos y terapéuticos no quirúrgicos Servicio Urgencia UF 12 Medicamentos, materiales e insumos atención Servicio UrgenciaUF 2 COBERTURA MATERNIDAD Clínica Santa María Clínica Dávila Recoleta Clínica Dávila Vespucio Clínica Biobío Clínica Ciudad del Mar Otros prestadores de saludPrestación (UF)Anual (UF) Parto normal o cesárea 70%50%Sin Tope UF 30 Complicaciones del embarazoUF 25 Aborto novoluntarioUF 15 COBERTURA SALUD MENTAL Clínica Santa María Clínica Dávila Recoleta Clínica Dávila Vespucio Clínica Biobío Clínica Ciudad del Mar Otros prestadores de saludPrestación (UF)Anual (UF) Hospitalización psiquiátrica 70%50% UF 15UF 15 Consultas psiquiatría, psicología y psicopedagogíaUF 0,85UF 8,5 COBERTURAS ESPECIALES Clínica Santa María Clínica Dávila Recoleta Clínica Dávila Vespucio Clínica Biobío Clínica Ciudad del Mar Otros prestadores de saludPrestación (UF)Anual (UF) Consulta nutricionista y terapia ocupacional 70%50% UF 0,4UF 11 Prótesis y órtesis Ambulatorias (aranceladas) Sin Tope UF 10 Gastos por Óptica (cristales, marcos y lentes de contacto)UF 3 Cirugía ocular y refractivaUF 10 Ambulancia terrestre (50 km radio urbano)UF 20 MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSOANUALUF450 PORASEGURADO EnningúncasolaCompañíareembolsarámásalládelmontomáximodereembolsodelPlande Reembolso, aunque los topes anuales del detalle de prestaciones sean superiores a éste.
13 3.1.2El plan dereembolsos antes indicado se ajustará según los siguientes términos: a.Limitaciones de Cobertura (Artículo 3 POL32024 0023) a.1)Prestaciones AranceladasSIN bonif icación Sistema de Salud Previsionalde Salud Privado o Público LosgastosmédicoscubiertosporlaPólizaqueseencuentrenincluidosen elListadode Prestaciones de Help Seguros,que no reciban bonif icacióndel Sistema Previsional de Saludal cual se encuentra af iliado elAsegurado,gozarán de cobertura por laPólizaconsiderando una rebaja del50% al copago presentado a reembolso. a.2)Prestaciones no aranceladas Los gastosmédicosqueno se encuentrenincluidosen elListadodePrestacionesde Help Seguros, no gozarán de cobertura por el seguro. a.3)Prestaciones sin estar af iliado a Isapre o Fonasa grupos B, C o D En aquellos casos en que las prestaciones médicas cubiertas por laPólizase realicen estando elAseguradosin af iliación a una Isapre o Fonasa grupos B, C o D, se aplicará una rebaja del 80% al copago presentado a reembolso. a.4)Gastos en el extranjero Los gastos médicos incurridos en el extranjero no gozarán de cobertura por laPóliza. b.Bonificación Mínima Exigida (BME): b.1)En aquelloscasos en que las prestaciones recibidas por losAsegurados af iliados a Fonasa grupos B, C y D obtengan un reembolso, por parte de su Sistema Previsional de Salud y otras coberturas o benef icios de salud a que tenga derecho elAsegurado, superior a $0 (cero pesos) e inf erior o igualal 35%(treintay cincopor ciento)del costo de la prestación,se considerará como gasto ef ectivamente incurridopor elAseguradopara dichaprestación, el 65% (sesenta y cinco por ciento) del costo real de la prestación, monto sobre el cual se aplicará el porcentaje de cobertura estipuladoen el Plan de Reembolso señalando anteriormente. b.2)En aquelloscasos en que las prestaciones recibidas por losAsegurados af iliados a Isapre obtengan un reembolso, por parte de su Sistema Previsional de Salud y otras coberturas o benef icios de salud a que tenga derecho elAsegurado, superior a $0 (cero pesos) e inf erior o igual al 50% (cincuentapor ciento) del costo de la prestación, se considerará como gasto ef ectivamente incurrido por elAseguradopara dicha prestación, el 50% (cincuenta por ciento)
14 del costo real de la prestación,montosobre el cual se aplicaráel porcentaje de cobertura estipulado en el Plan de Reembolso señalando anteriormente. 3.1.3Monto máximo de reembolso anual porAsegurado UF450 3.1.4Deducibleanual porAsegurado Durante la vigencia de laPóliza, en la cobertura Complementaria de Salud, se aplicará un deducible anual porAsegurado, según el siguiente detalle. Deducibleanual porAsegurado Coberturas UF 5,00Hospitalaria Maternidad UF 0,7 Ambulatoria Urgencias Salud Mental Especiales 3.2Seguro ComplementarioMásSaludMulticlínica-PlanAmpliado Una vez consumido el monto máximo de reembolso de la cobertura Complementario de Salud Base, se reembolsará o pagará los gastos médicos razonables y acostumbrados realizados en algunos de losprestadores,yaseadirectamentealbenef iciariooalprestadordesalud,siemprecomo complemento del Sistema Previsional de Salud de cadaAsegurado, según lo indicado en el siguiente Cuadro de Coberturas o Plan de Reembolsos, los que deberán haber sido ef ectuados o prescritos por un médico tratante, y que se hayan originado a consecuencia de una incapacidadcubierta por este contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia delAsegurado en laPóliza.
15 3.2.1ElCuadrodeCoberturasoPlandeReembolsossegúnelprestadordesaludesel siguiente: 3.2.2El plan de reembolsos antes indicado se ajustará según los siguientestérminos: a.Limitaciones de Cobertura (Artículo 3 POL32024 0023) a.1)Prestaciones AranceladasSIN bonif icación Sistema de Salud Previsionalde Salud Privado o Público LosgastosmédicoscubiertosporlaPólizaqueseencuentrenincluidosen elListadode Prestaciones Help Segurosque no reciban bonif icacióndel Sistema Previsional de Salud al cual se encuentra af iliado el Asegurado,gozarán de cobertura por laPóliza considerando una rebaja del50% al copago presentado a reembolso.Prestación (UF)Anual (UF) Día cama Honorarios médicos Servicios hospitalarios Prestación (UF)Anual (UF) Prótesis y órtesis Ambulatorias (aranceladas)UF 10 Ambulancia terrestre (50 km radio urbano)UF 10 Tope % ReembolsoCOBERTURAS ESPECIALES SEGURO COMPLEMENTARIO MÁS SALUD MULTICLINICA - PLAN AMPLIADO Sin Tope COBERTURA HOSPITALARIA% Reembolso Tope 100% Clínica Dávila Recoleta, Clínica Dávila Vespucio, Clínica Santa María, Clínica Biobío, Clínica Ciudad del Mar 90% Otras instituciones de salud del país, excepto Clínica Alemana de Santiago, Clínica Las Condes, Clínica Universidad de los Andes, Clínica UC San Carlos de Apoquindo. 80% Clínica Alemana de Santiago, Clínica Las Condes, Clínica Universidad de los Andes y Clínica UC San Carlos de Apoquindo Sin Tope 100%Sin Tope
16 a.2)Prestaciones no aranceladas Los gastosmédicosqueno se encuentrenincluidosen elListadodePrestacionesde Help Seguros, no gozarán de cobertura por el seguro. a.3)Prestaciones sin estar af iliado a Isapre o Fonasa grupos B, C o D En aquellos casos en que las prestaciones médicas cubiertas por laPóliza se realicen estando elAsegurado sin af iliación a una Isapre o Fonasa grupos B, C o D, se aplicará una rebaja del 80% al copago presentado a reembolso. a.4)Gastos en el extranjero Los gastos médicos incurridos en el extranjero no gozarán de cobertura por laPóliza. c.Bonificación Mínima Exigida (BME) b.1)En aquelloscasos en que las prestaciones recibidas por losAsegurados af iliados a Fonasa grupos B, C y D obtengan un reembolso, por parte de su Sistema Previsional de Salud y otras coberturas o benef icios de salud a que tenga derecho elAsegurado, superior a $0 (cero pesos) e inf erior o igualal 35%(treintay cincopor ciento)del costo de la prestación,se considerará como gasto ef ectivamente incurridopor elAsegurado para dichaprestación, el 65% (sesenta y cinco por ciento) del costo real de la prestación, monto sobre el cual se aplicará el porcentaje de cobertura estipuladoen el Plan de Reembolso señalando anteriormente. b.2)En aquelloscasos en que las prestaciones recibidas por losAsegurados af iliados a Isapre obtengan un reembolso por parte de su Sistema Previsional de Salud y otras coberturas o benef icios de salud a que tenga derecho elAsegurado, superior a $0 (cero pesos) e inf erior o igual al 50% (cincuentapor ciento) del costo de la prestación, se considerará como gasto ef ectivamente incurrido por elAsegurado para dicha prestación, el 50% (cincuenta por ciento) del costo real de la prestación,montosobre el cual se aplicaráel porcentaje de cobertura estipulado en el Plan de Reembolso señalando anteriormente. 3.2.3Monto máximo de reembolso anual por Asegurado UF 2.500 anuales
17 3.3Listado de prestaciones Este seguro otorga cobertura sólo a las prestaciones detalladasen el Listado de Prestaciones de Help Seguros, el cual se encuentra a disposición de losAsegurados en el acceso de clientes en la página web de Helpseguros.cl. En caso que las prestaciones presentadas a reembolso se encuentren incluidasen el Listadode PrestacionesdeHelpSegurosynorecibanreembolsodelSistemadeSaludPrevisionaldel Asegurado,seaplicaránlaslimitacionesdecoberturasantesdescritasylosporcentajesde reembolso, según el tipo de prestación,detalladoen el Plan Reembolsosde estas Condiciones Particulares. 4.Exclusiones Rigen las exclusiones contenidas en el Artículo 8 del CondicionadoGeneral POL 3 20240023. 5.Condicionesy requisitos de asegurabilidad 5.1Edades límites que deben cumplir losAsegurados 5.1.1Titulares, cónyuge o conviviente civil opareja: •Edad mínima deincorporación a laPóliza: 18 años y 0 días. •Edad máxima deincorporación a laPóliza: 69 años y364 días •Edad máxima permanencia en laPóliza: 109 años y 364 días. Para aquelloscasosen que elAseguradoTitularsea un menor de edad según lo indicadoen el artículo1.2.deestasCondicionesParticulares,éstedeberácumplirconlosrequisitosde asegurabilidadestablecidos en el numeral siguiente. 5.1.2Hijos y nietos delAseguradoTitular, del o la cónyuge o convivientecivil o pareja: •Edad mínima de incorporación a la cobertura: Desde el díadel nacimiento si la f echa de concepción del embarazo es posterior a la f echa de inicio de vigencia de laPólizay es inscrito dentro de los 60 (sesenta) días de nacido. Si es incluidocon posterioridad al citado plazo, deberá suscribir DPS y, en caso de ser aceptado, el iniciode cobertura será a contar del primer díadel periodosiguientede cobertura al de su aceptación por parte de laCompañía. Si la f echa de concepción delembarazo es anterior a la f echa de inicio de vigencia de laPóliza, el
18 recién nacido sólo podrá ser incorporado al seguro transcurridos 14 (catorce) días corridos desde su nacimiento, previa evaluación y aceptación del riesgo por parte de laCompañía. En caso de seraceptado, el inicio de cobertura será a contar del primer día del periodo siguiente de cobertura al de su aceptación por parte de laCompañía. •Edad máxima de incorporación a la cobertura: 28 años y 364 días •Edad máxima permanencia en la cobertura: 29 años y 364 días 5.1.3Padre y madre delAseguradoTitular: •Edad mínima de incorporación a laPóliza: 18 años y 0 días. •Edad máxima de incorporación a laPóliza: 69 años y 364 días •Edad máxima permanencia en laPóliza: 109 años y 364 días. 5.2LosAsegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia delContrato de seguromantendránsu coberturahastaeltérminodelavigenciaanualdelperíodoenque cumplieron la edad máxima de permanencia. 5.3ElAseguradoTitularoContratante, según corresponda, deberácompletar el f ormulario “Propuesta deSeguro”ola“SolicituddeIncorporaciónalSeguro”y“DeclaraciónPersonaldeSalud”, declarando por él y por los integrantes del grupo f amiliar que va a asegurar. 5.4LosasegurablestendránlacalidaddeAseguradosdelaPóliza,sólocuandolaCompañía Aseguradora apruebe la “Propuesta de Seguro” o la “Solicitudde Incorporaciónal Seguro” o la “Declaración Personal de Salud”. 5.5TodosAsegurados al momento de su ingreso al seguro deberán contar con unSistema deSalud PrevisionalIsapre o Fonasa grupos B, C y D. 6. Moneda de laPóliza La prima será cobrada en UF (Unidades de Fomento)alContratante. 7.Primas y efectos del no pago de la prima La f orma de pago del seguro será mediante cargo automático en una tarjeta de crédito o débito, sobre las cuales serealizarán los cargos de la prima. La periodicidad del pago de las primas de este seguro será mensual. La recaudación de las primas será ef ectuada por el intermediarioQuePlan Corredores de Seguros Spa,
19 RUT 76.824.542-8. Ef ectuado el pago de la primera prima inicial de laPóliza, o en su caso, de la primera cuota de la prima estipulada a plazo, elAsegurador concede un plazo máximo de 30 (treinta) días corridos, para el pago de la siguiente,cualquierasea la f orma de pago convenida.Durante este período, el seguro permanecerá en pleno vigor. Conf orme al artículo 528 del Código de Comercio la f alta de pago de la prima al vencimiento del plazo de gracia se producirá la terminación del contrato a la expiración del plazo de 15 (quince) días contado desde la f echa de envío de la comunicación que, con este objeto, laCompañíaAseguradora dirija alAsegurado y dará derecho al primero a exigir que se le pague la prima devengada hasta la f echa de terminación. Producida la terminación,la responsabilidadde laCompañíaAseguradora por los siniestros posteriores cesará de pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial alguna. En caso de que laPólizatermine por f alta de pago, de acuerdo con lo expresado en los puntos anteriores, elContratante podrá solicitar su rehabilitación dentro de los 90 días siguientes al término anticipado. Para resolver sobre esta petición, elAsegurador podrá exigir delAseguradoque acredite a su satisf acción, que tanto él como sus benef iciarios/as, reúnan lasCondicionesde salud y otras necesarias para hacer ef ectiva la rehabilitación,debiendo elAseguradopagar todos los gastos que por este ef ecto se originen. En ningún caso el pago y la recepción de la prima por parte de laCompañíadespués de haber terminado la cobertura correspondiente a estaPólizadará derecho al pago del benef icio asociado a la cobertura. En tal caso la prima será devuelta al contratante de laPóliza, en moneda corriente y sin intereses al valor que tenga la moneda de estaPólizaal día de la devolución ef ectiva, en un plazo máximo de 10 (diez) días corridos.
20 8.Variaciones a la prima 8.1El valor de la prima mensualporAseguradose encuentra expresado enUFy es el siguiente: Seguro Complementario Más SaludMulticlínica-PlanBase RangoEdadesPrimaNetaMensualIVAPrimaBruta Mensual 0-17UF 0,59069UF 0,11223UF 0,70292 18-24UF 0,74489UF 0,14153UF 0,88642 25–34UF 0,88545UF 0,16824UF 1,05369 35–44UF 1,03268UF 0,19621UF 1,22889 45–54UF 1,21588UF 0,23102UF 1,44690 55–64UF 1,42365UF 0,27049UF 1,69414 65-70UF 2,06769UF 0,39286UF 2,46055 71-75UF 2,74304UF 0,52118UF 3,26422 76-80UF 3,63747UF 0,69112UF 4,32859 81-85UF 4,71672UF 0,89618UF 5,61290 86-90UF 6,05033UF 1,14956UF 7,19989 91-109UF 7,32250UF 1,39128UF 8,71378
21 Seguro Complementario Más SaludMulticlínica-PlanAmpliado Rango EdadesPrima Neta MensualIVAPrima Bruta Mensual 0-17UF 0,12487UF0,02373UF 0,14860 18-24UF 0,14794UF 0,02811UF 0,17605 25–34UF 0,18161UF 0,03451UF 0,21612 35–44UF 0,22412UF 0,04258UF 0,26670 45–54UF 0,28328UF 0,05382UF 0,33710 55–64UF 0,37806UF 0,07183UF 0,44989 65-70UF 0,56860UF0,10803UF 0,67663 71-75UF 0,86529UF 0,16441UF 1,02970 76-80UF 1,30963UF 0,24883UF 1,55846 81-85UF 1,97758UF 0,37574UF 2,35332 86-90UF 2,86217UF 0,54381UF 3,40598 91-109UF 4,19708UF 0,79745UF 4,99453 8.2El monto de la prima individualdependerá del tramo de edad en que se encuentre cada uno de losAsegurados de laPóliza, la suma de estas primas individualesdeterminará la prima mensual del grupo f amiliar. El caso unAsegurado cambie de edad durante la vigencia de laPóliza y esto impliquecambio de tramo de edad, la nueva prima correspondiente a la edad alcanzada se aplicará en la renovación de laPóliza. 8.3LaCompañíaAseguradora en cada renovaciónpodráajustar las primasnetas,conf orme a la variación que haya suf rido la cartera de af iliados al sistema previsional de salud Isapre, de acuerdo con la inf ormación de la Estadística Mensual de Movilidad de cartera de cotizantes del Sistema de IsaprequepublicaanualmentelaSuperintendenciadeSalud,considerandoindicadora nivel nacionalde “Cotizantesqueabandonanel SistemaIsapre”y losconceptosy def inicionesallí establecidos,o la estadísticaque emita al respecto en reemplazo de ésta. Esta inf ormación se encuentradisponibleen el sitioweb delaSuperintendenciadeSalud(supersalud.gob.cl),en Estadísticas por tema-Biblioteca digital.
22 De acuerdo al Indicador publicado anualmente por la Superintendencia de Salud o por el organismo que lo reemplace, el ajuste a aplicar será el siguiente: Indicador de Cotizantes que abandonan el Sistema IsaprePorcentaje de Ajuste sobre Prima Neta 0% a 10,99%IPC de la Salud 11% a 20,99%6% 21% a 40,99%10% 41% a 60,99%17% 61% a 80,99%22% 81% o másEvaluaciónCompañía Una vez publicadoel citadoIndicador por la Superintendenciade Salud o el que lo reemplace, el ajuste sobre las primas netas mencionadas en el punto 8.1. anterior, se aplicará a contar del mes subsiguientea la f echa de publicación del Indicador, a los contratos de seguros que se renueven a partir del plazo antes indicado. Las nuevas primas bruta a pago por cobertura, se calculará en base a las primas netas reajustadas más el impuesto al valor agregado (IVA). Así mismo, cuando corresponda aplicar el "IPC de la Salud”, la Compañía podrá ajustar la prima por cobertura, conf orme a la variación que haya suf rido el Índice de Precios al Consumidor para laDivisiónSaludentregadopor el InstitutoNacionaldeEstadísticade Chileen susboletines estadísticosmensuales o quien lo suceda o reemplace, correspondiente a los últimos12 (doce) meses anteriores al término de la vigencia anual. En estos casos, las nuevas primas brutas a pago se calculará en base a las primasnetas reajustadas más el impuesto al valor agregado (IVA). En caso queel Indicadorsegúnla tablaanteriorcorresponda aun 81%omás, la compañía evaluará el porcentaje de aumento a aplicar sobre las primas netas, inf ormando al Contratante con al menos 30 días de anticipación las nuevas condicionesde prima. Considerando las nuevas condicionespropuestas,siestasnosonexpresamenteaceptadas,elseguroterminaráal vencimiento del plazo acordado en las condiciones particulares de este seguro y NO SE RENOVARÁ por un siguienteperiodo. 8.4Lasvariacionesdeprimahansidodebidamenteinf ormadasenlaPropuestadelSeguroy consentidas por elAsegurado Titular.
23 9.Denuncia y liquidación de siniestros 9.1En caso de que elAseguradoincurra en un gasto susceptible de ser indemnizado en virtud de esta Póliza, deberá notif icar el siniestroa laCompañíaAseguradora, tan pronto sea posibleuna vez ef ectivamente incurrido el Gasto indemnizablea través de la presentación en laCompañíade los antecedentescorrespondientesen f orma presencial o a través de los canales que laCompañía disponga al ef ecto. 9.2Canal denuncia siniestro Cobertura Complementario de Salud: LaCompañíapone a disposición de losAseguradosel sitiowebHelpSegurosparapresentarlosdenunciosdesiniestrosdelas coberturas de laPóliza. Para ello deberá ingresar a www.HelpSeguros.cl, opción “Sucursal Virtual”, para realizar la solicitudde reembolso y consultar otros reembolsos solicitados. 9.3El plazo para la denuncia del siniestro se contará desde la f echa de emisión del documento que da cuenta del gasto de cargo delAseguradocuya indemnización requiere, independientede la f echa de la prestación que lo origina siempre que la prestación se realice durante la vigencia de laPóliza, y deberá ef ectuarse tan pronto sea posible,sin embargo, no podrá exceder de los 60 (sesenta) días corridos desde la emisión del documento contable que acredita el copago delAsegurado. 9.4En aquelloscasos en que elAseguradotuviesederecho a recibir reembolsos de algunaIsapre, Fonasa,ServiciodeBienestar,seguroprevisionaldesaludquedebaconcurriral pago,ode cualquier otra persona jurídica o institución que haya debido contribuir a él, deberá hacer uso de ellospreviamente. En dichoscasos, deberá presentar copias de las boletaso f acturas y de los documentoscomprobatorios de los benef icios ya recibidos, y deberá ef ectuarse tan pronto sea posible,sin embargo, no podrá exceder de los 60 (sesenta) días corridos desde la emisión del último documento contable que acredita el copago delAsegurado. En caso de atenciones de urgencia, deberá adjuntar a los documentos contables que acreditan el gasto médico realizado (bonos, reembolsos, boletas, f acturas) la epicrisisu hoja de atención de urgencias correspondiente. 9.5Parasolicitarelreembolsodeprestacionesdekinesiología,psicologíaeimagenología,será requisitopresentarjuntoaldocumentocontablequeacreditaelgastomédicorealizado,la derivación u orden médica correspondiente. 9.6Para los siniestros de prestaciones hospitalarias:A los programas médicos por hospitalizaciones, intervencionesoprocedimientos,deberán adjuntarseloscorrespondientesbonosdelSistema Previsional de Salud. Las f acturas por gastos hospitalarios y/o intervenciones deberán presentarse con su respectivapref actura y/o con el detalle completo de las prestaciones recibidas, más epicrisis
24 condiagnósticoyprotocolooperatorioencasodetratarsedeunacirugía.Además,deberá presentarlosbonos,reembolso,boletaporlasprestacionesmédicasrecibidas.Encasode accidentes, deberá adjuntar declaración de accidentes o parte policial, según corresponda. Sin el cumplimientode los requisitosseñaladosen este artículo,laCompañíaAseguradora no estará obligada a otorgar la cobertura correspondiente. 10. Vigencia y duración del contratode seguro La presentePólizatiene una duración de 12 (doce) meses a contar desde la vigencia inicial de laPólizay será renovada automáticamente al término de cada período de cobertura, salvo en aquellos casos en que laCompañíao elAseguradohayan manif estado su voluntaden contrario, con a lo menos 60 (sesenta) días corridos de anticipación a la f echa del vencimiento original o cualquiera de sus prórrogas, para ello. En caso de que laCompañíadecida no renovar el seguro, con a lo menos 60 (sesenta) días de anticipación al términodelavigenciade laPóliza,elAseguradorenviaráun correo electrónicoal Contratanteo AseguradoTitular,segúncorresponda,alaúltimadireccióndecorreo electrónicoregistradaen la Compañíau otro medioelectrónicoregistradoen laCompañíao, supletoriamente,al indicadoen las CondicionesParticulares, salvo que éste no dispusiere de correo electrónico o se opusiere a esa f orma de notif icación, indicandola No renovación de laPóliza. Asimismo, convienen que es responsabilidaddel Contratante comunicar a laCompañíacualquier cambio de dirección en el correo electrónico registrado en laCompañíapara las comunicaciones entre partes. El presente seguro NO cuenta con Renovación Garantizada. El Contratante podrá poner término anticipadoa sus coberturas previa notif icación por escrito a través del Corredoral correocontacto@queplan.clocontactandoal CentrodeAtenciónTelef ónicadeHelp Seguros. El seguro terminará automáticamente cuando: 10.1El/losAsegurado(s) cumpla(n) la edad máxima de permanencia establecidas en estasCondiciones Particulares. Sin embargo, mantendrán su cobertura hasta el término de vigencia anual, no siendo incluidosen la renovación correspondiente. En caso de que elAseguradoTitularsea el que alcance la edad límite de permanencia, el contrato de seguro se dará por terminadoal f inal de lavigenciaanualestablecidasen lasCondiciones
25 Particulares. 10.2Al f allecimiento del Contratante oAseguradoTitular. 10.3Cuando no se pague la prima respectiva. La f alta de pago de la prima producirá la terminación del contrato a la expiración del plazo de 15 (quince) días corridos desde la f echa de envío de la carta o del correo electrónico, según corresponda, que, con eseobjeto, dirija laCompañíaalAsegurado y daráderecho a aquellapara exigirquese lepaguelaprimadevengadahastalaf echa de terminación. 10.4Conf ormealasdemáscausalesdeterminaciónestablecidasenelartículo18y19delas CondicionesGeneralesde estaPóliza. 11. Contratación voluntaria y retracto En conf ormidad a lo dispuesto en el TítuloV de la Norma de Carácter General N°460 de la CMF, del 13 de agosto del año 2021, se inf orma lo siguiente: La contratación de este seguro es de carácter voluntario.Usted puede retractarse si la contratación la ef ectuó por un medio a distancia. Además, usted puede terminar los seguros voluntarios anticipadamente en cualquier momento, independientedel medio utilizadopara su contratación. 12. Derecho a retracto En caso que elcontrato de seguro se haya ef ectuado por un medioa distancia,elAsegurado, según corresponda, tendrá la f acultad de retractarse de este seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, en el plazo de diez (10) días contados desde la recepción de laPólizateniendo el derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que se hubiere presentado siniestros asociados al seguro, ocurridos durante este período de tiempo. ElAseguradopodrá manif estar su decisión de a través del Corredor al teléf ono 227127123o del correo contacto@queplan.clo contactando al Centro de Atención Telef ónica de Help Seguros.
26 13. Exclusiones de cobertura Rigen lasexclusiones de cobertura contenidas en el artículo8delCondicionadoGeneralde la POL 32024 0023. La presentePólizano cubre gastos médicos en que haya incurridounAseguradoque sean relativos a algunade las prestaciones, medicamentos, procedimientoso estudios que se indican a continuación,o se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidadque se menciona en el presente Artículo. No obstante lo indicado, si en el cuadro de benef icios o plan de reembolsos de lasCondicionesParticulares de laPólizase consideracobertura para algunaprestación o serviciomédico excluidomedianteeste artículo,seentenderáquelaprestaciónoserviciomédicoseencuentracubiertodeacuerdoalos porcentajes y límites de reembolso o pago indicados en dicho cuadro debenef icios. Se encuentran excluidos de cobertura: a)Lahospitalizaciónparaf ines dereposo,derehabilitación,comoasimismolahospitalización, consultas, exámenes y/o tratamientos por enf ermedades psiquiátricas y/o psicológicas. b)Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento. c)Cirugíay/otratamientosestéticos,cosméticos,plásticos,dentales,ortopédicosyotros tratamientosqueseanparaf inesdeembellecimientootengancomof inalidadcorregir malf ormaciones producidas por enf ermedades o accidentes anteriores a la f echa de vigencia inicial delAseguradoen laPóliza. d)Cirugía plástica, estética, cosmética o reparadora y tratamientos secundarios a dichas cirugías, a menosqueseanecesitadaporunalesiónaccidentalqueocurramientraselAseguradose encuentre amparado por laPóliza. e)Tratamientos por adicción a drogas, alcoholismo o tabaquismo. Lesión, enf ermedad o tratamiento causado por ingestión de alcohol, somníf eros, barbitúricos, drogas y demás sustancias de ef ectos análogos o similares, o hechos deliberados que cometa elAsegurado, tales como los intentosde suicidio, lesiones auto inf eridas y abortos provocados. f )Tratamientopor Síndromede Inmunodef icienciaAdquirida-SIDA-y/o cualquierotro cuadro producidoo f avorecido por el Virusde Inmunodef icienciaHumana(VIH),sus consecuenciasy complicaciones, y por enf ermedades asociadas, incapacidades, desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientosrelacionadoscon la condiciónde portador del V.I.H.o el SIDAquepadezca el Asegurado g)No se consideran para ef ecto de este seguro como incapacidad la cirugía y/o tratamientos a causa
27 de: I.Cirugía por obesidad o sobrepeso, independientementedel grado de obesidad o sobrepeso del Asegurado,sustratamientos,consecuenciasycomplicaciones,exceptocuandosehaya incluidodentrodelaCoberturadeHospitalizaciónyestéexpresamenteindicadoenlas CondicionesParticularesde laPóliza. II.Una Cirugía Maxilof acial, sus tratamientos, consecuencias y complicaciones. III.Una Cirugía de Rinoplastia y/o Septoplastia, sus tratamientos, consecuencias y complicaciones. IV.Cirugíade reducción o aumento mamario y ginecomastiapor cualquiercausa, aunque sean para f ines terapéuticos. V.Estudiosy tratamientos por talla baja, gigantismoy todo tipo de hormonas del crecimiento, así como también antagonistasLH y RH. VI.Tratamientos y/o cirugías oculares para vicios o def ectos de ref racción, tales como, miopía, astigmatismo, hipermetropía, y otras enf ermedades oculares. VII.Esterilización quirúrgica f emenina y masculina independiente de la causa por la cual se indique. VIII.Estudios de diagnóstico y tratamientos y procedimiento que tengan relación con problemas de esterilidad,impotenciamasculinao f emenina, f ertilidade inf ertilidad,sus complicacionesy consecuencias. IX.Tratamientos para adelgazar. h)Los siguientesinsumos o gastos f armacéuticos no se cubrirán, aun cuando éstos sean con f ines terapéuticos, ellos son: I.Insumos ambulatorios. II.Cualquier tipo de alimento o sustitutos alimenticios, aunque sean con f ines terapéuticos. III.Homeopatías y/o Recetario Magistral. IV.Los medicamentos para adelgazar V.Cremas, lociones f aciales, jabones, shampoo, f iltros solares, medias antiembólicaso para el tratamiento de várices. i)Incapacidad causada por: I.Guerra civil o internacional,sea que esta haya sido declarada o no, invasión y actividades u hostilidadesde enemigos extranjeros. II.ParticipaciónactivadelAseguradoenrebelión,revolución,insurrección,podermilitar , terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o f uera del país. III.Participación delAseguradoen actos calif icados como delitos por la ley. IV.Negligencia, imprudenciao culpa grave por parte delAsegurado. V.Encontrarse elAseguradobajo los ef ectos de drogas o alucinógenoso en estado de ebriedad,
28 de acuerdo a la graduación establecida en la legislación vigente a la f echa del hecho constatado mediante la documentación emanada de la autoridad u organismo competente. VI.Accidentes provocados por conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad, de acuerdo alagraduaciónestablecidaen lalegislaciónvigentea laf echa delaccidente,constatado mediante la documentación emanada de la autoridad u organismo competente. VII.Fusión y f isión nuclear o cualquier accidente nuclear. j)Todotipodeexámenesdentales,extracciones,empastes,cirugíay/otratamientodentalen general. k)Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos y de contacto, prótesis, órtesis, miembros artif iciales y suministro de aparatos o equipos médicos y/u ortopédicos, así como también la adquisicióno arriendo de equipos, tales como: sillasde ruedas, camas médicas, ventiladores mecánicos, etc. LaCompañíade seguros sólo reembolsará o pagará uno o más de estos elementos en la medida queesténexpresamenteindicadosenlasCondicionesParticularesbajoelítemCobertura Especiales. l)Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo ef ecto preventivo, no inherentes o necesarios para el diagnósticode una incapacidad, a excepción de los gastos por control de niñosano y control ginecológicoque seránreembolsados de acuerdo a la cobertura contratada de laPóliza. m)Hospitalizacióndomiciliariay la atención particular de enf ermería f uera del recinto hospitalario. n)Gastosporacompañantes,mientraselAseguradoseencuentrehospitalizado,incluyendo alojamiento, comidas y similares o)Lesiónoenf ermedad surgidasdelaocupacióndelAsegurado,cubiertaporlalegislaciónde Accidentes de Trabajo y Enf ermedades Prof esionales. p)Epidemiaso pandemias of icialmente declaradas por la autoridad competente o por el organismo de salud mundial competente, respectivamente. q)Incapacidadespreexistentes, es decir, aquellasenf ermedades, dolenciaso situacionesde salud diagnosticadaso conocidas por elAseguradoo por quien contrata en su f avor. r)Gastosmédicosprovenientesdeunahospitalizaciónen que incurraunAseguradooel recién nacido a consecuencia de embarazo, parto, cesárea y sus complicaciones. s)Malf ormaciones y/o incapacidad congénita, exceptos para losAsegurados nacidos en vigencia de laPólizaquesean inscritosdesdesu nacimientoysiemprequelaf echa deconcepcióndel embarazo sea posterior a la f echa de inicio de vigencia de laPólizaa la cual se incorpora. t)Tratamientos,drogasomedicamentosqueseanutilizadoshabitualmentecomométodo anticonceptivo, aun cuando su prescripción se indique como necesaria para el tratamiento de otra
29 enf ermedad distintaal de la anticoncepción.En estos se incluirán anticonceptivostradicionaleso de emergencia, anovulatorios, DIU, métodos de barrera, y otros de similares o distintos principios. u)Iriología,ref lexologíayengeneraltratamientosmédicosnotradicionalesoexperimentales, empíricos y también la medicina alternativa. v)Realizaciónoparticipaciónhabitualonohabitualenunaactividadodeporteriesgoso, considerándosecomo tales aquellosque objetivamente constituyan una agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía deejemplo, y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva, sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, la minería subterránea, los trabajos en altura o líneas de alta tensión, la inmersión submarina, el pilotaje civil, el paracaidismo, el montañismo, las alas delta, el bunge, el parapente, las carreras de autos y motos, entre otros. w)Criopreservación, así como la compra de células madre, sangre, hemoderivados y cualquier otro tejido u órgano. x)GastosquenoesténexpresamenteindicadosenelCuadrodeBenef iciosdetalladoenlas CondicionesParticularesde laPóliza, como, asimismo, gastos de exámenes y procedimientosa través de nuevas tecnologías no reconocidas por el sistema previsional de salud. Canales decontacto Si tienes dudas, contáctanos a través de: Call Center 600 600 1222 WhatsApp +569 6468 2239 Sitio Web Sucursal Virtual