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Seguro Maternidad | General

Mamá Feliz II

Desde

$50.672/mes

CONDICIONES PARTICULARES PÓLIZA INDIVIDUAL DE SEGURO PARA
PRESTACIONES MÉDICAS DE MATERNIDAD

SEGURO MAMA FELIZ II

Canal Agencial, Versión G

IMPORTANTE

Al contratar o incorporarse a este seguro de salud, usted debe tener presente lo siguiente:

A. Este es un seguro voluntario, que reembolsa sólo los gastos médicos cubiertos por esta Póliza y de cargo del
asegurado.

B. Este seguro, no sustituye la cobertura que otorga el Sistema Previsional privado o público al que esté afiliado
el asegurado y no necesariamente cubre las mismas prestaciones.

C. Antes de contratar este seguro es importante que usted se informe y tenga claridad sobre los siguientes
aspectos:

Duración de este seguro.

Cómo y bajo qué condiciones se renueva este seguro.

De qué manera se va a reajustar el costo de este seguro, en caso de renovación.

En qué casos NO SE PAGARÁ ESTE SEGURO.

Los requisitos para cobrar el seguro.

D. En el siguiente cuadro se resumen algunos antecedentes importantes que usted debe considerar, al momento
de contratar este seguro:

Este seguro:

NO contempla renovación garantizada. La póliza se renovará tácita y automáticamente por períodos
anuales si ninguna de las partes da aviso de término a la otra a través de carta certificada, con al
menos un mes de anticipación a la fecha de término del contrato que estuviere rigiendo.

SI podrá aumentar la prima (precio) en caso de renovación de la póliza. El aumento de prima por
cambio de tramo de edad, se aplicará en la anualidad de la Póliza.

NO considera la siniestralidad individual para el aumento de la prima en caso de renovación, para
aumentos de prima distintos a los correspondientes a tramo edad contenidos en las Condiciones
Particulares, se utilizará la siniestralidad global de la cartera Seguro Mamá Feliz versión G.

NO cubre preexistencias.

E. Las Condiciones Generales de este seguro se encuentran depositadas con el código
POL 320140470 en la
Comisión para el Mercado Financiero. Usted puede revisar este texto en
www.cmfchile.cl.
F. Este contrato no cuenta con sello Sernac.

CUADRO CONDICIONES ESPECIALES

Se deja constancia en el cuadro siguiente de aquellas enfermedades, dolencias o situaciones de salud
preexistentes declaradas por el contratante o asegurada, que no serán cubiertas o por el contrario, las condiciones
en que ellas serán cubiertas, según el siguiente detalle, si lo hubiere:

Condiciones
Especiales:
1. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD, EDADES MÍNIMAS Y MÁXIMAS DE INGRESO Y EDAD MÁXIMA DE
PERMANENCIA

1.1 Requisitos de Asegurabilidad:

La Compañía Aseguradora entregará las Coberturas detalladas en esta Póliza, tanto para la Asegurada Titular
como para el recién nacido, siempre que la fecha de la concepción sea posterior a la fecha de inicio de vigencia de
esta Póliza.

Si la Asegurada Titular no es el mismo contratante de esta póliza, para tener la calidad de asegurado deberá tener
relación con el Contratante de la presente póliza, ya sea familiar o contractual. Se entiende que solo tienen relación
familiar el conyugue, pareja o conviviente.

1.2 Edad mínima de ingreso a la Póliza:

La edad mínima de ingreso a la póliza para la Asegurada Titular será de 18 años y 0 días.

1.3 Edad máxima de ingreso a la Póliza:

La edad máxima de ingreso a la póliza para la Asegurada Titular será de 43 años y 364 días.

1.4 Edad máxima de cobertura en la póliza:

La edad máxima para las coberturas de maternidad de esta póliza para la Asegurada Titular es de 45 años y 364
días. Por sobre dicha edad esta póliza no otorgará cobertura.

Los hijos de la titular podrán permanecer en esta Póliza hasta la edad de 2 años y 0 días.

2. MONTO MÁXIMO DE GASTOS REEMBOLSABLES

El Asegurador reembolsará los Gastos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente Incurridos hasta el Monto
Máximo de Gastos Reembolsables por asegurado, durante la vigencia anual de la Póliza, que se estipulan a
continuación y según las condiciones señaladas:

Tipo de Evento
Monto Máximo de Gastos
Reembolsables efectuados en
Clínica Las Condes

Monto Máximo de Gastos
Reembolsables efectuados en otros
prestadores de salud

Eventos SIN Riesgo Vital
UF 5.000 Sin cobertura
Eventos CON Riesgo Vital
UF 5.000 UF 1.500
Los Montos Máximos de Gastos Reembolsables señalados en el cuadro precedente no son acumulables. Para
cada evento, se considerará el tope que corresponda a Clínica Las Condes o bien el que corresponda a otro
prestador de salud, dependiendo de cuál sea el establecimiento al que ingrese inicialmente el asegurado al
momento de producirse el Evento cubierto por la póliza.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el asegurado ingrese a otro prestador de salud con motivo de un Evento
con Riesgo Vital cubierto por la póliza, podrá ser trasladado a Clínica Las Condes tras ser estabilizado, aplicándose
en tal caso el tope de cobertura correspondiente a esta última, descontando el monto que la Compañía Aseguradora
haya debido cancelar al otro prestador de salud dentro de los márgenes de su respectivo tope.

Arancel Vivir Más

Según lo indicado en el Artículo 4° numeral 21 del Condicionado General, para efectos de la determinación de los
Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados, la Compañía Aseguradora utilizará como referencia el Arancel del
Prestador Clínica Las Condes denominado “Vivir Más”.

3. COBERTURAS

El Asegurador reembolsará los Gastos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente Incurridos hasta el Monto
Máximo anual de Gastos Reembolsables, indicado en punto anterior y después del pago del deducible por parte
de la asegurada indicado en el punto siguiente, según los Cuadros de Coberturas especificados a continuación y
sólo si son derivados de un Evento definido en el Condicionado General Artículo 4° numeral 16.
Para la cobertura de Gastos hospitalarios en otros prestadores de salud fuera de la región Metropolitana, la
evaluación de tratarse de una urgencia derivada de una complicación del embarazo o parto o un accidente del
hijo, la realizará la Contraloría Médica de Seguros CLC S.A.

Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora entregará las Coberturas
detalladas en esta Póliza, tanto para la Asegurada Titular como para el recién nacido, siempre que la fecha de la
concepción sea posterior a la fecha de inicio de vigencia de esta Póliza y que las prestaciones médicas sean
entregadas a través de alguno de los médicos individualizados en la página web de Seguros CLC S.A, quienes
forman parte del staff de médicos de Clínica Las Condes. La atención con otros médicos de dicha clínica no tiene
cobertura por este seguro.

Según lo indicado en el Artículo 2° del Condicionado General, la Compañía Aseguradora reembolsará los gastos
médicos como complemento a la cobertura del sistema de salud previsional y de otros seguros o beneficios a los
que se encuentre afiliada o adherida la asegurada.

3.1 Bonificación Mínima Isapre y Otros Seguros (sistema BMI):

Se deja establecido que, para que operen los porcentajes de cobertura indicados en estas condiciones particulares,
es condición necesaria que el sistema de salud previsional del asegurado y otros seguros o beneficios a los que
se encuentre afiliado o adherido el asegurado, cubran al menos el 35% del costo real de cada evento. Cuando el
sistema de salud previsional individualmente o en conjunto con otros seguros no cubra al menos dicho 35%, se
considerará como costo de cada evento para los efectos de determinar la cobertura solo el 65% de su valor, monto
respecto del cual se aplicarán los deducibles, porcentajes y topes de la póliza.

Sin perjuicio de lo anterior, no se aplicará el Sistema BMI a los siguientes gastos:

1) Los gastos no cubiertos por el sistema previsional del asegurado.

2) Los gastos generados por rescate y traslado secundario.

3.2 Cuadro de Coberturas para Gastos Médicos Razonables y Acostumbrados y Efectivamente Incurridos,
para Asegurada e hijo con un plan de salud de Isapre vigente con cobertura de parto sin restricciones1:

Cobertura
en Clínica
Las Condes

Cobertura en otros
prestadores de salud

Cobertura para Gastos Médicos de Hospitalización derivado de
Evento CON Riesgo Vital
100% 100%
Cobertura para Gastos Médicos de Hospitalización derivado de
Evento SIN Riesgo Vital
100% Sin Cobertura
Cobertura para Gastos Médicos Ambulatorios sólo si son

derivados de Complicaciones del Embarazo y/o del Parto
100% 50% para primera
atención de urgencia

Cobertura para Gastos Médicos de Hospitalización no cubiertos
por Isapre
50% Sin Cobertura
Cobertura para Gastos Médicos
Ambulatorios no cubiertos por
Isapre
sólo si son derivados de Complicaciones del Embarazo
y/o del Parto

50%
Sin Cobertura
Cobertura para Servicio Rescate CLC en caso de:

a) Evento con riesgo vital en RM y V región continental.

b) Evento con riesgo vital otras regiones o sin riesgo vital

a) 100%

b) 100% con tope
UF 50

Sin Cobertura

1 Plan de Salud Isapre sin restricción de parto: Para que sea aplicable la cobertura del cuadro 3.2 para
aseguradas con plan de Isapre sin restricción de parto, será requisito que la vigencia del plan de Isapre tenga a lo
menos 6 meses al momento del parto y/o complicación del embarazo.

Plan de Salud Isapre con restricción de parto: Se refiere a planes con cobertura limitada o restringida para
prestaciones obstétricas y atención del recién nacido.
3.3 Cuadro de coberturas para gastos médicos razonables y acostumbrados y efectivamente incurridos
para asegurada e hijo con plan de salud de Isapre con cobertura de parto restringida o sin Isapre vigente:

Cobertura en
Clínica
Las Condes

Cobertura en otros
prestadores de salud

Cobertura para Gastos Médicos de Hospitalización
35% Sin Cobertura
Cobertura para Gastos Médicos Ambulatorios sólo si son

derivados de Complicaciones del Embarazo y/o del Parto
35% Sin Cobertura
Cobertura para Servicio Rescate CLC en caso de:

a) Evento con riesgo vital en RM y V región continental.

b) Evento con riesgo vital otras regiones o sin riesgo vital

a) 35%

b) 35% con tope UF
50

Sin Cobertura

En estos casos no se aplicará el sistema BMI.

3.4 Tipo de Habitación en hospitalización: Este seguro cubrirá las hospitalizaciones en habitación estándar.

4. DEDUCIBLES

Es el monto de los Gastos Reembolsables que siempre son de cargo de la Asegurada Titular.

El Deducible se aplicará por cada Evento, por cada Asegurado y por cada Período de Duración del Reembolso del
Evento
, sobre el monto total de los Gastos Médicos según lo indicado a continuación.
Evento
Deducible
Deducibles para Parto sin complicaciones
UF 15
Deducibles para complicaciones del Embarazo, del Parto, y
enfermedad o accidente del hijo
UF 25
5. PERÍODO DE DURACIÓN DE REEMBOLSO

El Período de Duración de Reembolso será de dos (2) meses contado desde la fecha de ocurrencia de un Evento

siempre que el asegurado se encuentre vigente y con los pagos al día, en caso contrario el periodo será hasta 30
días desde el término de la póliza.
Este período podrá renovarse por períodos iguales, siempre que:
1) La Póliza esté vigente y con los pagos al día.

2) El Asegurado involucrado en el Evento esté vigente en la Póliza.

Por cada Período de Duración de Reembolso, se aplicará un nuevo Deducible según el punto 4 anterior.

6. PRIMAS Y EFECTO DEL NO PAGO DE LA PRIMA

6.1 Cálculo de Prima:

La Prima de este Seguro se expresa en UF (Unidades de Fomento) y tiene un valor único y fijo mensual de UF
1,30.

Tramo de edad 18 a 45 años, prima mensual: UF 1,30 con IVA

La comisión de intermediación corresponde al 10,3% de la prima neta recaudada el primer año y 2,4% de la prima
neta recaudada el segundo año. A partir del tercer año las pólizas no pagan comisión de intermediación.

6.2 Pago por medio de cobros automáticos (PAC o PAT):

Conforme a lo señalado en la Circular No 1499, de la
Comisión para el Mercado Financiero, se deja constancia que
el pago de la prima se efectuará mediante la modalidad de PAC (Autorización de descuento en cuenta corriente
bancaria) o PAT (Autorización de descuento en tarjeta de crédito), por lo que las condiciones del mandato que
autoriza esta modalidad de pago, forman parte integrante de las condiciones particulares de esta póliza.

La Compañía aseguradora no será responsable por las omisiones o faltas de diligencia que produzcan atraso en el
pago de la prima, aunque éste se efectúe mediante algún cargo o descuento convenido. El asegurado reconoce
que el pago de la prima es condición esencial para la vigencia de la póliza y el otorgamiento de la cobertura
contemplada en el presente seguro, por lo que consiente expresamente en las condiciones propuestas para su
cobro, y en los efectos que puedan llegar a generarse a consecuencia del no pago de las mismas.

6.4 Plazo de Gracia:

Para el pago de la prima se concederá un plazo de gracia de hasta 20 días, contado a partir de la fecha de pago
de la prima convenida. Durante este plazo la póliza permanecerá vigente, sin perjuicio que la Compañía podrá
rebajar la prima morosa de cualquier beneficio que deba pagar a los asegurados de las primas vencidas y no
pagadas.

7. DENUNCIA DE SINIESTROS

No obstante lo señalado en el Artículo 9° del Condicionado General, la asegurada no deberá dar aviso de siniestro
si el Monto de Gastos Efectivamente Incurridos es menor al deducible de la póliza, ya que en dicho caso no aplicará
la cobertura del Seguro. Tampoco deberá dar aviso si la hospitalización ocurre en Clínica Las Condes. En los demás
casos deberá efectuar tal aviso y el plazo de aviso para eventos atendidos en un prestador institucional de salud
distinto de Clínica Las Condes será de 30 días. Este
plazo se contará desde la fecha de emisión del documento
que da cuenta del gasto de cargo del asegurado cuyo reembolso se requiera, independiente de la fecha de la
prestación que lo origina. 4

8. VIGENCIA Y DURACION DEL CONTRATO DE SEGURO

La presente póliza tiene una duración de 1 año a contar desde la vigencia inicial de la póliza y será renovada al término
de cada período de cobertura, salvo en aquellos casos en que la Compañía haya manifestado su voluntad en contrario
por incumplimiento en el pago de la prima, por falta de veracidad u omisión en las declaraciones de la asegurada o por
cualquier otra causa contractual o legal.

El contratante podrá poner término al contrato de seguros dando aviso a través de carta certificada y con 30 días de
anticipación al término de la vigencia anual.

El contratante otorga su expreso consentimiento para que esta póliza se renueve anualmente a su término, siempre
que las condiciones indicadas en estas Condiciones Particulares se mantengan.

En el caso que hubieren cambios de cobertura y/o aumento de la prima por siniestralidad a ser aplicados en la
renovación de esta póliza, Seguros CLC S.A. enviará un correo electrónico al contratante a la dirección de correo
electrónico señalada en la propuesta de éste seguro. En él se indicarán las nuevas Condiciones de renovación. Todo
ello se hará 60 días antes del término de la vigencia de la póliza. El contratante deberá manifestar su voluntad de
aceptar las nuevas condiciones o terminar la póliza si no está de acuerdo con ellas dando respuesta al correo electrónico
enviado. Asimismo convienen que es responsabilidad del contratante comunicar a la Compañía cualquier cambio de
dirección en el correo electrónico antes señalado.

Lo anterior no aplicará si el aumento de prima es debido a un cambio detallado en el numeral 6.1 anterior, pues el
cliente al aceptar estas Condiciones Particulares acepta estos cambios.

9. INCORPORACION DEL RECIEN NACIDO

La incorporación de nuevos asegurados se realizará según el artículo 14° de las Condiciones Generales, salvo en
el caso de los hijos nacidos en Clínica Las Condes cuya fecha de la concepción fue posterior a la fecha de inicio
de vigencia de esta Póliza.

Estos recién nacidos podrán estar asegurados desde el momento de su nacimiento. Para ello, el Contratante deberá
firmar la Solicitud de Incorporación en la Compañía Aseguradora para el recién nacido en un plazo máximo de 30
días desde la fecha de nacimiento. Pasado este plazo, el recién nacido deberá someterse a la evaluación y
calificación de su estado de salud por parte de la Compañía y ser aceptado o rechazado por ésta, en cuyo caso la
fecha de inicio de vigencia de las coberturas y el correspondiente cobro de prima para el o los nuevos asegurados
dependientes se iniciará el día primero del mes siguiente de la fecha de aceptación por parte de la Compañía de
Seguros.

10. EXCLUSIONES

Serán las establecidas en el Condicionado General, depositado en la Comisión del Mercado Financiero con el
número POL 320140470
11. ATENCIÓN AL CLIENTE
La Oficina de Atención a Clientes de Seguros CLC S. A. se encuentra ubicada en Estoril 450, Edificio 1, Subterráneo
-1, Plataforma de Servicio al Paciente

El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30 a 18:30 horas.

Call Center: 02 2610 7000. Horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 20 horas.

E-mails de Contacto:

- Consultas o Reclamos:
[email protected]
- Pagos:
[email protected]
ANEXO 01
Circular N° 2131 Comisión para el Mercado Financiero

INFORMACION SOBRE ATENCION DE CLIENTES Y PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS

En virtud de la Circular Nº 2131 del 28 de noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y
liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos
que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios o legítimos interesados o sus
mandatarios.

Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público,
presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal
de atención.

Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que
no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción.

El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la
respuesta, podrá recurrir a la Comisión para el Mercado Financiero, Área de Protección al Inversionista y
Asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av. Libertador Bernardo O ́Higgins 1449, piso 1°, Santiago,
o a través del sitio web www.cmfchile.cl.