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Adulto Mayor | Full

Seguro Adulto Mayor Ambulatorio Redsalud

Sin deducible anual por asegurado y Tope anual por asegurado: 25 UF

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Seguro
Adulto Mayor
Ambulatorio RedSalud
El Seguro Adulto Mayor Ambulatorio RedSalud se hace efectivo una vez aplicados los beneficios y coberturas de sistema de salud previsional respectivo, así como también los de
cualquier otro beneficio que posea el asegurado titular y sus cargas.
Exámenes de Laboratorio
Imagenología
Radiografías
Consultas Médicas
Cubre preexistencias
Sin deducible
Descubre un seguro complementario de salud que entrega
cobertura del 50% de los exámenes y consultas realizados en
Clínicas y Centros Médicos RedSalud.
ADULTO MAYOR AMBULATORIO REDSALUD
Entregamos
coberturas
Fonasa e
Isapres
Contrata 100% Online en redsalud.cl o vidacamara.cl
En este caso se trata de un
seguro individual, diseñado
para que el contratante
—que puede ser una
persona distinta del
asegurado titular— registre
los datos de pago.
Podrás hacer uso de tu seguro
al día siguiente de la
contratación de la póliza*.
Además, estará disponible el
ingreso de solicitudes de
reembolso a través de la APP y
Portal Privado web de Vida
Cámara.
*Este seguro contempla un período de
carencia, cuyo detalle se encuentra
indicado en el presente folleto.
Prima
La prima bruta del “Seguro Adulto
Mayor Ambulatorio RedSalud
será desde UF 0,61 por
asegurado incluido en la póliza, el
cual se pagará mediante cargo a
una tarjeta de débito o crédito.
Cobro Inicio de Cobertura
La cobertura anual por asegurado tiene un tope de UF 25, cuya aplicación se realiza de la siguiente manera: Por cada solicitud
de reembolso en exámenes y consultas, se aplicará un 50% de bonificación en el copago durante 12 meses o hasta completar
el tope de bonificación de UF 25. Los topes de cobertura se reinician anualmente, por lo que las UF 25 se comienzan a
contabilizar una vez renovado el seguro por el siguiente periodo de 12 meses.
DEBES SABER
Se aplicará una carencia de 60 (sesenta) días contada desde la fecha de contratación para las siguientes
prestaciones: Exámenes de laboratorio, exámenes de imagenología, radiografías, ultrasonografías y
medicina nuclear y Procedimientos de Diagnóstico.
Carencias
Plan de Coberturas
CONSULTAS MÉDICAS
EXÁMENES DE LABORATORIO
50%
50%
50%
50%
EXÁMENES DE IMAGENEOLOGÍA, RADIOGRAFÍAS,
ULTRASONOGRAFÍAS Y MEDICINA NUCLEAR
PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO
COBERTURA PORCENTAJE
REEMBOLSO
TOPE POR
PRESTACIÓN
TOPE ANUAL
COBERTURA
TOPE ANUAL DE COBERTURA EN UF 25 UF
Este seguro reembolsa, como complemento del Sistema Previsional de Salud de cada asegurado, los gastos médicos
razonables y acostumbrados, en que se haya incurrido efectivamente a consecuencia de una incapacidad cubierta por este
contrato de seguro y ocurrida durante la permanencia del asegurado en la póliza en los términos porcentuales, límites y
topes establecidos en estas Condiciones Particulares.
Para los casos que a continuación se indican, los términos de cobertura se ajustarán a lo siguiente:
Sobre la Cobertura
En aquellos casos en que el asegurado este afiliado a un sistema de salud previsional, privado o
estatal, y las prestaciones o gastos reclamados se encuentren tipificadas en el Arancel Fonasa
vigente a la fecha de la prestación, y no cuenten con bonificación, aporte y/o reembolso mayor que
cero (0) en tales instituciones, independiente de la causa que lo provoque, se aplicará una rebaja de
50% al porcentaje de reembolso establecido en el Plan de Reembolsos.
En caso de que el asegurado no se encontrara afiliado a un Sistema Previsional al momento del
siniestro, estos gastos serán cubiertos por el seguro aplicando una rebaja del 80% sobre los
porcentajes del cuadro "Plan de Reembolsos" con tope de 2 UF anual, previa acreditación de la
condición.
En aquellos casos en que el asegurado esté afiliado a un sistema de salud previsional privado o
público y durante la vigencia de esta póliza disminuyera la cobertura otorgada por el sistema
previsión al de salud del asegurado, en comparación a la otorgada al momento de contratar esta
póliza en más de un 20% ya sea por voluntad o condiciones ajenas al asegurado, la compañía
reducirá el porcentaje de reembolso en 80%.
Las prestaciones ambulatorias no tipificadas en el Arancel Fonasa serán cubiertas por el seguro
según lo indicado en el Plan de Rembolso.
La Compañía realizará la clasificación de las prestaciones de salud cubiertas por esta póliza en
conformidad a las definiciones y rubros de prestaciones contenidas en las Normas Técnicas
Administrativas del Arancel Fonasa vigente a la fecha de la respectiva prestación.
Esta póliza no otorga cobertura por gastos médicos incurridos en el extranjero.
Conoce la prima de tu seguro
COBERTURA
65 - 69 años
70 - 74 años
75 - 79 años
80 - 84 años
85 - 89 años
90 - 94 años
95 - 99 años
PRIMA BRUTA
0,61 UF
0,80 UF
0,97 UF
1,12 UF
1,26 UF
1,54 UF
1,77 UF
Periodicidad de pago de la prima: Pago mensual durante la vigencia de la póliza.
Modalidad de pago de la prima: Tarjeta de crédito y tarjeta de débito.
Plazo de Gracia: Para el pago de la prima se concede un plazo de gracia de 30 días
el cual será contado a partir del primer día del mes de cobertura no pagado.
Los cargos mensuales en la tarjeta de crédito y/o débito se harán en el
equivalente en pesos a la prima que corresponda al período.
La cobertura complementaria de salud aplicable a los gastos incurridos en alguno de los
establecimientos de salud, siempre que se encuentren operativos, corresponde a los que se indican a
continuación:
Cobertura
Clínica RedSalud
Providencia Santiago Providencia Av. Salvador 100, Providencia
Clínica RedSalud
Santiago Santiago Estación Central Av. Libertador Bernardo O'Higgins
4850, Estación Central
Clínica RedSalud
Vitacura Santiago Vitacura Av. Tabancura 1185, Vitacura
Clínica RedSalud
Iquique Iquique Iquique Libertador Bernardo O'Higgins 103,
Iquique
Clínica RedSalud
Elqui La Serena La Serena Av. El Santo 1475, La Serena
Clínica RedSalud
Valparaíso Valparaíso Valparaíso Brasil 2350, Valparaíso
Clínica RedSalud
Rancagua Rancagua Rancagua Av. Bernardo O'Higgins 634, Rancagua
Clínica RedSalud
Mayor Temuco Temuco Temuco Gabriela Mistral 1955, Temuco
Clínica RedSalud
Magallanes
Punta
Arenas Punta Arenas Av. Presidente Manuel Bulnes 01448,
Punta Arenas
Centro Médico
RedSalud Barrio
Independencia
Santiago Independencia Av. Independencia 565, Independencia
Clínica RedSalud
Providencia Santiago Providencia Av. Salvador 100, Providencia
Clínica RedSalud
Providencia Santiago Providencia Av. Salvador 100, Providencia
Nombre Ciudad Comuna Dirección
Centro Médico
RedSalud Chillán Chillán Chillán Constitución 620, Chillán
Centro Médico
y Dental RedSalud
Alameda
Santiago Santiago San Martín 30, Santiago
Centro Médico
y Dental RedSalud
Arauco
Santiago Las Condes
Av. Presidente Kennedy 5413,
Boulevard Mall Parque Arauco,
Las Condes
Centro Médico
y Dental RedSalud
Conchalí
Santiago Conchalí Av. Fermín Vivaceta 3161, Conchalí
Centro Médico y
Dental RedSalud
La Florida
Santiago
Santiago
La Florida Av. Vicuña Mackenna 7747, La Florida
Centro Médico
y Dental RedSalud
Maipú
Maipú Alberto Llona 1770, Maipú
Santiago
Centro Médico
y Dental RedSalud
Pedro de Valdivia
Providencia Av. Nueva Providencia 1920,
Providencia
Santiago
Centro Médico
y Dental RedSalud
Ñuñoa
Ñuñoa Av. Irarrázaval 2305, Ñuñoa
Santiago
Centro Médico
y Dental RedSalud
Puente Alto
Puente Alto Av. Concha y Toro 3779, Puente Alto
Santiago
Centro Médico
y Dental RedSalud
Quilicura
Quilicura
Av. Bernardo O'Higgins 581,
Mall Arauco Quilicura Local 67,
Quilicura
Santiago
Centro Médico
y Dental RedSalud
San Miguel
San Miguel Gran Avenida José Miguel Carrera 5728,
San Miguel
Santiago
Centro Médico
y Dental RedSalud
San Bernardo
San Bernardo
Centro Médico
y Dental RedSalud
Eleuterio Ramírez
Iquique Iquique
Centro Médico
y Dental RedSalud
Concepción
Concepción Concepción Freire 1445, Concepción
Eleuterio Ramirez 1162, Iquique
América 654, San Bernardo
Antofagasta
Centro Médico
y Dental RedSalud
Antofagasta
Antofagasta Antonio José de Sucre 251, Antofagasta
Calama
Centro Médico
y Dental RedSalud
Calama
Calama Av. Granaderos 1474, Calama
Nombre Ciudad Comuna Dirección
Centro Médico
y Dental RedSalud
Germán Riesco
Rancagua Rancagua Germán Riesco 206, Rancagua
Centro Médico
y Dental RedSalud
Los Angeles
Los Angeles
Valparaíso
Los Angeles Lautaro 615, Los Angeles
Centro Médico
y Dental RedSalud
Muelle Barón
Valparaíso Av. Argentina 1, Piso 2, Valparaíso
Osorno
Centro Médico
y Dental RedSalud
Osorno
Osorno Bernardo O'Higgins 791, Osorno
Puerto
Montt
Centro Médico
y Dental RedSalud
Puerto Montt
Puerto Montt Rengifo 412, Puerto Montt
Punta
Arenas
Centro Médico
y Dental RedSalud
Punta Arenas
Punta Arenas Pedro Montt 890, Punta Arenas
Temuco
Centro Médico
y Dental RedSalud
Temuco
Temuco Manuel Bulnes 846, Temuco
Valdivia
Centro Médico
y Dental RedSalud
Valdivia
Valdivia Av. Alemania 475, Valdivia
Viña del Mar
Centro Médico
y Dental RedSalud
Viña del Mar
Viña del Mar 3 Norte 464, Viña del Mar
Nombre Ciudad Comuna Dirección
Requisitos para tu Seguro
- Los asegurados que cumplan la edad máxima
de permanencia durante la vigencia del
contrato de seguro, mantendrán su cobertura
hasta el término de la vigencia anual del
período en que cumplieron la edad máxima
de permanencia.
- Las categorías de cónyuge, conviviente civil y
conviviente no civil son excluyentes entre sí;
por ello, en cada grupo familiar sólo podrá
permanecer vigente una de estas tipologías.
- Los nuevos asegurados dependientes
ingresarán al seguro sólo una vez evaluada su
solicitud de incorporación y aceptado su
ingreso por Vida Cámara.
- Sólo podrán ingresar a la póliza los nuevos
asegurados dependientes que cumplan con
algunas de las siguientes características: i)
cónyuge; ii) conviviente civil, iv) conviviente
no civil. En estos casos la cobertura se inicia-
- rá el primer día del periodo de cobertura si-
guiente al de su aceptación e incorporación al
presente seguro
Titular 65 años
COBERTURA
Cónyuge, conviviente
civil o conviviente no
civil 65 años
84 años y 364 días
84 años y 364 días
99 años y 364 días
99 años y 364 días
EDAD MÍNIMA
DE INGRESO
EDAD MÁXIMA
DE INGRESO
EDAD MÁXIMA
DE PERMANENCIA
La cobertura de este seguro es anual con renovación
automática por periodos sucesivos e iguales, mientras se
cumplan los requisitos de asegurabilidad, se mantenga el
asegurado titular al día en el pago de las respectivas
primas.
DERECHO A RETRACTO
Como asegurado, podrás retractarte del seguro, sin
expresión de causa ni cargo alguno, en el plazo de diez
(10) días contados desde la recepción de la póliza
teniendo el derecho a la devolución de la prima que
hubiere pagado, a no ser que se hubiere presentado
siniestros asociados al seguro, ocurridos durante este
período de tiempo.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO
El asegurado podrá comunicar su decisión de terminar
anticipadamente el seguro a través del portal
Vida Cámara, contenido en el sitio web de la
compañía, ingresando con su acceso personal y
seleccionando la solicitud correspondiente, o a
través de una comunicación escrita dirigida a la
compañía.
La terminación del seguro se efectuará a contar
de la fecha de recepción en la compañía de la
comunicación del asegurado. En los casos que
corresponda, se efectuará devolución de prima
del periodo de cobertura no consumido.
Vigencia y Renovación
Principales Exclusiones
Las exclusiones contempladas en este seguro corresponden a las establecidas en el Artículo 8 de las Condiciones Generales
de la póliza de seguros inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 320230476, a excepción de las
exclusiones de cobertura establecidas en las letras r) y v) de la señalada disposición.
No obstante lo indicado, si en el cuadro de beneficios de las Condiciones Particulares de la póliza se considera cobertura para
alguna prestación o servicio médico excluido mediante este artículo, se entenderá que la prestación o servicio médico se
encuentra cubierto de acuerdo a los porcentajes y límites de reembolso o pago indicados en dicho cuadro de beneficios.
Se encuentran excluidos de cobertura:
G.
La hospitalización para fines de reposo, de
rehabilitación, como asimismo la
hospitalización, consultas, exámenes y/o
tratamientos por enfermedades
psiquiátricas y/o psicológicas.
Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos
de cuarentena o aislamientos.
Cirugía y/o tratamientos estéticos,
cosméticos, plásticos, dentales, ortopédicos y
otros tratamientos que sean para fines de
embellecimiento o tengan como finalidad
para corregir malformaciones producidas por
enfermedades o accidentes anteriores a la
fecha de vigencia inicial del asegurado en la
póliza.
Cirugía plástica, estética, cosmética o
reparadora y tratamientos secundarios a
dichas cirugías, a menos que sea necesitada
por una lesión accidental que ocurra mientras
el asegurado se encuentre amparado por la
póliza.
Tratamientos por adicción a drogas,
alcoholismo o tabaquismo. Lesión,
enfermedad o tratamiento causado por
ingestión de alcohol, somníferos, barbitúricos,
drogas y demás sustancias de efectos
análogos o similares, o hechos deliberados
que cometa el asegurado, tales como los
intentos de suicidio, lesiones auto inferidas y
abortos provocados.
Tratamiento por Síndrome de
Inmunodeficiencia Adquirida - SIDA - y/o
cualquier otro cuadro producido o favorecido
por el Virus de Inmunodeficiencia Humana
(VIH), sus consecuencias y complicaciones, y
por enfermedades asociadas, incapacidades,
desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientos
relacionados con la condición de portador del
V.I.H. o el SIDA que padezca el Asegurado.
No se consideran para efecto de este seguro como
enfermedad la cirugía y/o tratamientos a causa de:
I. Cirugía por obesidad o sobrepeso,
independientemente del grado de obesidad o
sobrepeso del asegurado, sus tratamientos,
consecuencias y complicaciones.
II. Una Cirugía Maxilofacial.
III. Una Cirugía de Rinoplastía y/o Septoplastía,
excepto cuando se haya contratado la cobertura
de Cirugía de Rinoplastia y/o Septoplastia
descrita en el Beneficio de Hospitalización del
articulo 3 de este condicionado, y esté
expresamente indicado en las Condiciones
Particulares de la póliza.
IV. Cirugía de reducción o aumento mamario y
ginecomastia por cualquier causa, aunque sean
para fines terapéuticos.
V. Estudios y tratamientos por talla baja,
gigantismo y todo tipo de hormonas del
crecimiento, así como también antagonistas LH y
RH.
VI. Tratamientos y/o cirugías oculares para vicios
o defectos de refracción, tales como, miopía,
astigmatismo, hipermetropía, y otras
enfermedades oculares.
F.
E.
C.
A.
D.
B.
VII. Esterilización quirúrgica femenina y
masculina independiente de la causa por la
cual se indique.
VIII. Estudios de diagnóstico y tratamientos y
procedimiento que tengan relación con
problemas de esterilidad, impotencia
masculina o femenina, fertilidad e infertilidad,
sus complicaciones y consecuencias.
IX. Tratamientos para adelgazar.
Los siguientes insumos o gastos
farmacéuticos no se cubrirán, aún cuando
éstos sean con fines terapéuticos, ellos
son:
I. Insumos ambulatorios utilizados en una
cirugía.
II. Cualquier tipo de alimento o sustitutos
alimenticios, aunque sean con fines
terapéuticos.
III. Homeopatías y/o Recetario Magistral.
IV. Cremas, lociones faciales, jabones,
shampoo, filtros solares, medias
antiembólicas o para el tratamiento de
várices.
V. Medicamentos biológicos e
inmunoterapias.
Lesión o enfermedad causada por:
I. Guerra civil o internacional, sea que esta
haya sido declarada o no, invasión y
actividades u hostilidades de enemigos
extranjeros.
II. Participación activa del asegurado en
rebelión, revolución, insurrección, poder
militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o
conmoción contra el orden público, dentro o
fuera del país.
III. Participación del asegurado en actos
calificados como delitos por la ley.
IV. Negligencia, imprudencia o culpa grave
por parte del asegurado.
V. Encontrarse el Asegurado bajo los efectos
de drogas o alucinógenos o en estado de
ebriedad, de acuerdo a la graduación establecida
en la legislación vigente a la del hecho
constatado mediante la documentación emanada
de la autoridad u organismo competente.
VI. Accidentes provocados por conducir un
vehículo motorizado en estado de ebriedad, de
acuerdo a la graduación establecida en la
legislación vigente a la fecha del accidente,
constatado mediante la documentación emanada
de la autoridad u organismo competente.
VII. Fusión y fisión nuclear o cualquier accidente
nuclear.
Todo tipo de exámenes dentales, extracciones,
empastes, cirugía y/o tratamiento dental en
general, como también todo tipo de Cirugía
Maxilofacial, a excepción de la necesaria a raíz de
un accidente ocurrido durante la vigencia del
asegurado en la póliza, sólo serán cubiertas si se
ha contratado el beneficio o la cobertura adicional
dental correspondiente, en los porcentajes y
monto asegurado que para ella se definan en las
condiciones particulares de la póliza.
Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos y de
contacto, prótesis, órtesis, miembros artificiales y
suministro de aparatos o equipos médicos y/u
ortopédicos, así como también la adquisición o
arriendo de equipos, tales como: sillas de ruedas,
camas médicas, ventiladores mecánicos, etc. La
compañía de seguros sólo reembolsará o pagará
uno o más de estos elementos en la medida que
estén expresamente indicados en las Condiciones
Particulares bajo la cobertura de Beneficio
Ambulatorio.
Tratamientos, visitas médicas, exámenes,
medicamentos, remedios o vacunas para el sólo
efecto preventivo, no inherentes o necesarios
para el diagnóstico de una incapacidad, a
excepción de los gastos por control de niño sano
y control ginecológico que serán reembolsados
de acuerdo a la cobertura contratada de la
póliza.
Hospitalización domiciliaria y la atención
particular de enfermería fuera del recinto
hospitalario.
Gastos por acompañantes, mientras el asegurado
se encuentre hospitalizado, incluyendo
alojamiento, comidas y similares.
I.
K.
L.
M.
N.
H.
J.
R.
Q.
U.
S.
T.
V.
O.
P.
Lesión o enfermedad surgidas de la
ocupación del asegurado, cubierta por la
legislación de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales.
Epidemias y Pandemias declaradas por la
autoridad competente o por el organismo de
salud mundial competente, respectivamente.
Gastos médicos provenientes de una
hospitalización en que incurra un asegurado o
el recién nacido a consecuencia de embarazo,
parto, cesárea y sus complicaciones.
Situaciones, dolencias o enfermedades
preexistentes.
Malformaciones y/o incapacidad congénita.*
Tratamientos, drogas o medicamentos que
sean utilizados habitualmente como método
anticonceptivo, aun cuando su prescripción
se indique como necesaria para el
tratamiento de otra enfermedad distinta al de
la anticoncepción. En estos se incluirán
anticonceptivos tradicionales o de
emergencia, anovulatorios, DIU, métodos de
barrera, y otros de similares o distintos
principios.
Iriología, reflexología y en general
tratamientos médicos no tradicionales o
experimentales, empíricos y también la
medicina alternativa.
Realización o participación habitual o no
habitual en una actividad o deporte riesgoso,
considerándose como tales aquellos que
objetivamente constituyan una agravación
del riesgo o se requiera de medidas de protección
o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo, y
sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva
sino que meramente enunciativa, se considera
actividad o deporte riesgoso el manejo de
explosivos, la minería subterránea, los trabajos en
altura o líneas de alta tensión, la inmersión
submarina, el pilotaje civil, el paracaidismo, el
montañismo, las alas delta, el bungee, el
parapente, las carreras de autos y motos, entre
otros.
Criopreservación, así como la compra de células
madre, sangre, hemoderivados y cualquier otro
tejido u órgano.
Gastos que no estén expresamente indicados en
el Cuadro de Beneficios detallado en las
Condiciones Particulares de la Póliza, como
asimismo, gastos de exámenes y procedimientos
a través de nuevas tecnologías no reconocidas
por el sistema previsional de salud.
Ambulancia aérea.
La práctica como deportista profesional de alto
rendimiento según la Ley 19.712.
AA) Eventos que sean consecuencia del viaje o
vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase como
pasajero o piloto, excepto como pasajero en uno
operado por una empresa de transporte aéreo
comercial, sobre una ruta establecida para el
transporte de pasajeros sujeto a itinerario.
BB) Eventos ocurridos a Asegurados que, al mo-
mento de la contratación del seguro o, en fecha
posterior, no estuvieran incorporados a un siste-
ma previsional de salud.
Los términos del seguro, sus características y demás condiciones se encuentran descritos bajo el código
POL 320230476 del Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero y en sus respectivas
Condiciones Particulares.
X.
Z.
Y.
W.
MEDICAMENTOS DE MARCA Hasta 30%
MEDICAMENTOS GENÉRICOS Hasta 70%
BENEFICIODESCRIPCIÓN
Tope máximo de $25.000 por beneficiario al mes
Beneficios Adicionales en Farmacia Cruz Verde
Beneficio adicional que otorga hasta un 70% de descuento en todas las Farmacias Cruz Verde a lo
largo del país* en la solicitud de los medicamentos genéricos y bioequivalentes que se indican más
adelante recetados por un médico.
Quedan excluidos de los citados descuentos: vacunas, medicamentos oncológicos, inmunológicos, medicina
reproductiva, medicina veterinaria, dispositivos o accesorios, recetario y oficinales, y/o cualquier otro producto de
especialidad o similar comercializado por Cruz Verde o el Centro de Especialidades Farmacéuticas (Cesfar), o
cualquiera de los medicamentos antes indicados en su presentación Bioequivalentes y/o genérica. Se excluyen
también recargas de telefonía celular, juegos de azar o recaudaciones.”.
El beneficio adicional se extiende tanto para el asegurado titular como a sus asegurados dependientes,
garantizando una cobertura amplia y equitativa. Para disfrutar de estos descuentos, el asegurado deberá presentar
la receta médica correspondiente, su cédula de identidad vigente, y mencionar el nombre del beneficio adicional
al momento de la solicitud de medicamentos. Es importante destacar que estos descuentos no son acumulables
con otras promociones.
Los beneficios adicionales, descuentos y ofertas son otorgados por Farmacias Cruz Verde S.A., los cuales no constituyen cobertura de segu-
ros, siendo de responsabilidad del prestador el otorgamiento de los beneficios a los asegurados titulares y sus dependientes, la entrega de
éstos se ajustará a la vigencia del contrato que mantiene Compañía de Seguros de Vida Cámara S.A y Farmacias Cruz Verde S.A., junto con la
continuidad de la póliza de seguros del asegurado.
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